Circular 24, certificado digital para remisión de información a Superfinanciera
La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 024 del 20 de agosto de 2015, sobre el Certificado digital para efectos de la remisión de información electrónica a la entidad.
El texto de la Circular 24 es el siguiente:
Como es de su conocimiento, mediante las Circulares Externas 027 de 2004 y 024 de 2005 expedidas por la entonces Superintendencia Bancaria de Colombia, se impartieron instrucciones relacionadas con la remisión de información electrónica con firma digital, de conformidad con lo previsto en la Ley 527 de 1999. Para tal fin, las entidades vigiladas debían obtener el certificado digital expedido por la entidad autorizada por la Superintendencia de Industria y Comercio para prestar dichos servicios.
Teniendo en cuenta que en la actualidad existen otras entidades de certificación que cumplen con los requisitos previstos en la normatividad vigente, este Despacho en ejercicio de la facultad señalada en el numeral 9° del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, considera pertinente instruir a las entidades vigiladas para que la información que remiten a esta Superintendencia en forma electrónica llegue debidamente autenticada por parte del representante legal (principal o suplente), del revisor fiscal (principal o suplente), del contador o del defensor del consumidor financiero, según sea el caso, mediante su firma digital, para lo cual podrán contar con certificados emitidos por cualquier entidad de certificación abierta que esté debidamente constituida, acreditada y supervisada por los organismos competentes, de conformidad con lo previsto en la Ley 527 de 1999 y los Decretos 2364 de 2012 y 333 de 2014.
La presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las Circulares Externas 027 de 2004 y 024 de 2005.
Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia (E)
Inician vencimientos para la presentación de información de FATCA
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que en desarrollo del acuerdo para mejorar el cumplimiento fiscal internacional e implementar el intercambio automático de información entre los gobiernos de Colombia y de los Estados Unidos, se inició el proceso de reporte de la información por parte de las Instituciones Financieras de Colombia.
Es así como desde el 25 de agosto, venció el plazo para que las Instituciones Financieras de Colombia sujetas a reportar, cuyo último dígito de NIT termine en 0 y 1, envíen la información referente a la Ley sobre cumplimiento fiscal relativo a cuentas en el extranjero (FATCA).
El proceso continuará de manera consecutiva con los dos últimos dígitos hasta el 31 de agosto, cuando vence el plazo para las Instituciones con NIT terminados en 8 y 9.
Para facilitar el envío de la información, la DIAN ha dispuesto del “Servicio FATCA” a través de los servicios informáticos electrónicos, de tal manera que las Instituciones Financieras sujetas a reportar puedan cargar los archivos XML, de acuerdo con lo contemplado en la Resolución 060 del 12 de junio de 2015.
En la página web de la entidad www.dian.gov.co, los interesados encontrarán una guía para el proceso de cargue de los archivos, así como una sección de preguntas frecuentes.
Circular Superfinanciera 23, racionalización de las transmisiones de formatos en ceros
La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 023 del 20 de agosto de 2015, que tiene como referencia la Racionalización de las transmisiones de formatos en ceros.
Este es el texto completo de la Circular 23 de la Superfinanciera:
Con el fin de reducir la carga operativa que representa la obligatoriedad de transmitir a la Superintendencia Financiera de Colombia formatos en ceros, este Despacho en uso de sus facultades legales, en especial de las previstas en el numeral 9° del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, considera necesario impartir la siguiente instrucción:
A partir de la entrada en vigencia de la presente circular, las entidades vigiladas deberán abstenerse de transmitir los formatos, que en la actualidad reportan en cero (0), siempre que no exista información a reportar dentro del periodo respectivo.
Sin perjuicio de lo anterior, se recuerda a las entidades vigiladas que la no remisión de la información, cuando existan datos a reportar, constituye un incumplimiento normativo y puede acarrear la imposición de sanciones administrativas.
La presente circular rige a partir del 1 de enero de 2016.
Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIERREZ
Superintendente Financiero de Colombia (E)
SuperSociedades explicó alcances de la reforma al Régimen de Sociedades
El superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, explicó los principales aspectos del proyecto de ley que busca reformas sustantivas al régimen vigente en materia de sociedades.
El objetivo del proyecto es modificar aquellas normas que requieren de una actualización por razones de obsolescencia o aquellas respecto de las cuales se justifica un cambio de enfoque, por haberse demostrado su inoperancia durante su vigencia.
La iniciativa se orienta a mantener un esfuerzo continuado de revisión de las normas mercantiles que gobiernan la constitución y el funcionamiento de las compañías.
El proyecto, que ya fue radicado en la Secretaría de la Cámara de Representantes y está próximo a iniciar su trámite legislativo, contiene 53 artículos distribuidos en los siguientes ocho capítulos:
1. Extensión de algunas de las reglas previstas en la Ley 1258 de 2008 (“Por medio de la cual se crea la sociedad por acciones simplificada”) a los tipos de sociedad tradicionales.
2. Reformas a la sociedad por acciones simplificada.
3. Responsabilidad de administradores.
4. Acciones para impetrar la responsabilidad de los administradores.
5. Registro mercantil de las sociedades.
6. Reformas a las facultades de la superintendencia de sociedades.
7. Procedimiento administrativo sancionatorio de la superintendencia de sociedades.
8. Opresión de asociados minoritarios.
IFAC publica la traducción al español del código de ética, edición 2014
La Federación Internacional de Contadores (IFAC, por su sigla en inglés) publicó recientemente el Manual del Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad, Edición de 2014.
Al documento se puede acceder de forma gratuita haciendo clic aquí.
CTCP presenta a los reguladores una propuesta de enmiendas a las NIIF vigentes
Tras la puesta en discusión pública, la recepción y análisis de los comentarios recibidos de las enmiendas efectuadas por el IASB a las Normas Internacionales de Información Financiera durante el período comprendido entre el 01/07/2014 y el 31/12/2014, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, concluyó que no existen aspectos de fondo que pudieran implicar la inconveniencia en su aplicación en Colombia.
De acuerdo con lo anterior, el consejo recomienda la expedición de un Decreto Reglamentario que ponga en vigencia las enmiendas a las NIC 27 y 28, la NIIF 10, así como a las del Ciclo 2012-2014 emitidas por el IASB, las cuales actualizaran los marcos técnicos normativos vigentes.
La propuesta puede ser consultada haciendo clic aquí.
Colombia y Guatemala firman acuerdo en materia laboral
Colombia y Guatemala suscribieron un acuerdo de intercambio de cooperación y de asistencia técnica en materia laboral para hacer frente a los nuevos desafíos originados en las nuevas relaciones laborales y comerciales.
El Memorando de Entendimiento fue firmado por el Ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garzón, y su homólogo de Guatemala, Carlos Doménico Ulbán López, acto simbólico, que tuvo lugar en el Consejo directivo del Sena, con la presencia del embajador de Guatemala en Colombia, Iván Espinoza Farfán; el director de la entidad, Alfonso Prada, los presidentes de las centrales sindicales y gremios.
El objetivo de este acuerdo busca aumentar la eficacia de las políticas y acciones dirigidas a la promoción de trabajo digno, mejora de las condiciones laborales y la promoción de los principios laborales contenidos en la OIT.
Este acuerdo facilitará desarrollar herramientas que permitan a los Ministerios del Trabajo, el ejercicio de un rol activo en el mundo actual y en la búsqueda de conocimientos y prácticas capaces de integrar las dimensiones económicas y sociolaborales de las políticas nacionales y regionales.
El Ministro Garzón sostuvo que en materia de paz y posconflicto Guatemala está en el centro del país y estamos aprovechando su experiencia y así lo seguiremos haciendo al máximo en estos temas.
Garzón también destacó el tripartismo:"Que es deliberación permanente para buscar acuerdos comunes sobre empleo y formación del talento humano para el trabajo de los colombianos a través del Sena".
Dentro de la cooperación habrá intercambio de buenas prácticas que les permita fortalecer la promoción de la empleabilidad y protección de los derechos laborales de trabajadores locales y migrantes.
Entre los compromisos asumidos también se incluye el intercambio de experiencias en materia de políticas de empleo, diseño de estrategias que mejoren los mecanismos de empleabilidad a través de la capacitación y el apoyo a micro emprendimientos, la protección de los derechos laborales, especialmente orientados a jóvenes, mujeres jefes o cabeza de hogar, personas con discapacidad, agricultores, informales y demás personas de grupos de atención prioritaria.
"Guatemala juega un papel estratégico por las relaciones comerciales y su historia con Centroamérica, y el Sena recibirá todo su experiencia para mejorar cada vez más el talento de los trabajadores de los dos países", anotó Alfonso Prada, director del Sena.
Igualmente, habrá intercambio de experiencias en materia de erradicación del trabajo infantil, teniendo en cuenta poblaciones indígenas y buenas prácticas en materia de Teletrabajo, equidad Laboral y sello Equipares, con el fin que sean replicadas en cada país.
El convenio también permitirá intercambiar experiencias de negociación colectiva en el sector público, de diálogo Social con los distintos sectores como empleadores, trabajadores, sociedad civil, inspecciones a centros de trabajo, vigilancia y control; y con la Comisión Especial de Tratamiento de Conflictos – CETCOIT, encargada de atender los problemas en temas regulados por los convenios de la OIT, en cuanto a libertad Sindical.
El acuerdo tendrá una vigencia de dos años, renovables automáticamente. Colombia y Guatemala se reunirán de manera regular para supervisar su aplicación y el desarrollo de las actividades y compromisos.
Esta visita del alto funcionario de Guatemala finaliza mañana con la presentación de algunas experiencias que han permitido que Colombia sea un caso de progreso, y reconocimiento por la Organización Internacional del Trabajo, OIT.
Colombia ha firmado estos Memorandos de Entendimiento también con Ecuador y Perú y El Salvador.
DIAN publica guía para envío de información a través de Fatca
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la guía para el envío de información por parte de las instituciones financieras obligadas a reportar información de Intercambio Automático, respecto a la Ley sobre el Cumplimiento Fiscal relativo a Cuentas en el Extranjero, Facta, utilizando el servicio que con este fin dispuso la entidad.
Para acceder al documento completo de la DIAN, haga clic aquí.
Resolución 084, adopta manual de inspección no intrusiva para aduanas
Mediante la Resolución 084 del 31 de julio de 2015, la Comisión Intersectorial para la implementación y seguimiento de los sistemas de inspección no intrusiva, adoptó el Manual de Procedimientos de Inspección no Intrusiva Simultánea para las operaciones de importación, exportación y tránsito aduanero en los terminales marítimos y se dictan otras disposiciones.
Para conocer la Resolución 084 completa, haga clic aquí.
Quinta jornada nacional especial de cobro de la DIAN
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, tendrá este sábado 22 de agosto una quinta jornada especial de cobro a nivel nacional, brindando atención a los contribuyentes en las 34 Direcciones Seccionales en todo el país, en horario de 8 a.m. a 5 p.m.
La DIAN aseguró que esta será una nueva oportunidad para que los contribuyentes morosos de impuestos nacionales como: al consumo, sobre la renta, al patrimonio, a las ventas y los demás administrados por la Entidad, conozcan el estado de cuenta de sus obligaciones en mora y reciban orientación para obtener el beneficio, incluido en el Art. 57 de la Reforma Tributaria (Ley 1739 de 2014).
Esta Ley estableció una condición especial de pago que les permite a los contribuyentes poner al día sus obligaciones en mora, correspondientes a los períodos gravables 2012 y anteriores, si pagan de contado del 100% de la obligación principal pendiente, a partir del 02 de junio y hasta el 23 de octubre, obteniendo así el 60% de descuento en los intereses y sanciones actualizadas, hasta la fecha en que se
realice el pago.
Para mayor información y programación su cita consulte: http://www.dian.gov.co/micrositios/reforma/beneficiostributarios.html