El Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP- publicó el Documento de Orientación Pedagógica No. 22 Información de Sostenibilidad en los Reportes Financieros, un instrumento útil que ofrece lineamientos claros y prácticos para la integración de la información de sostenibilidad en los reportes financieros, en alineación con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

El documento está diseñado para facilitar la comprensión y aplicación de estos requerimientos por parte de las organizaciones, promoviendo un enfoque flexible y progresivo que permita una adecuada interoperabilidad con los principales marcos internacionales. Además, aborda elementos clave como definiciones fundamentales, contexto normativo y herramientas prácticas que fortalecen la capacidad de las entidades para integrar la sostenibilidad como un pilar central en su gestión y comunicación financiera.

Este DOP surge del trabajo articulado entre el Comité Técnico Ad Honorem de Expertos en Sostenibilidad y el CTCP. Este comité contó con la participación de diversas partes interesadas, entre otras: entidades, gremios, representantes del gobierno, académicos y sociedades de contadores. Ellos aportaron su experiencia para enriquecer este esfuerzo.

Como marco de referencia internacional se destaca la “Agenda 2030” para el Desarrollo Sostenible, aprobada en 2015 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, que establece una visión integral de sostenibilidad ambiental, social y de gobernanza (ASG) aplicable a los 193 países miembros. Este acuerdo global se ha convertido en una guía esencial para el trabajo de la comunidad internacional, sirviendo como inspiración y orientación en el desarrollo de este documento.

En línea con lo anterior, esta orientación tiene como propósito principal suministrar, tanto a profesionales de la contaduría pública (en formación o con experiencia), como a entidades de cualquier tamaño, industria o sector, un documento útil para entender el ambiente sobre los informes de sostenibilidad.

Este documento identifica los requisitos existentes a nivel internacional y nacional para la presentación de información no financiera, principalmente aquellos provenientes de los estándares de divulgación del Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB, por su sigla en inglés) de la Fundación IFRS[1]: NIIF S1 Requerimientos Generales para la Información a Revelar sobre Sostenibilidad relacionada con la Información Financiera y NIIF S2 Información a Revelar relacionada con el Clima. La base estructural de estas normas son las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) que constituyen el marco normativo vigente en Colombia, introducidas en el ordenamiento legal del país a través de la Ley 1314 de 2009 de intervención económica.

Así mismo, se incluyen comparaciones con otros estándares globales como los emitidos por la Unión Europea, la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC, por su sigla en inglés), la Iniciativa de Reporte Global (GRI, por su sigla en inglés y el Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima (TCFD, por su sigla en inglés); un análisis de los avances normativos en Colombia (en el organismo de normalización CTCP, en las entidades que ejercen la inspección vigilancia y control y en entidades del sector público como el Departamento Nacional de Planeación -DNP- y la Contaduría General de la Nación -CGN-) y por aspectos específicos como la materialidad.

Es importante destacar que no tiene carácter normativo ni regulatorio, por lo que no es vinculante ni compromete decisiones gubernamentales o regulatorias que se encuentren en desarrollo bajo las directrices del Gobierno Nacional. Fue aprobado en sesión ordinaria del 16 de diciembre de 2024.

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La DIAN emitió la Circular 001 del 13 de febrero de 2025, mediante la cual da lineamientos para la gestión de la Resolución de Información Exógena Tributaria.

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En los últimos seis meses, 8.757 contribuyentes con obligaciones fiscales en mora han suscrito facilidades de pago con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN); de ellos, 4.518, es decir, el 52 %, incumplieron con los compromisos suscritos, situación que deriva en la declaración de incumplimiento y la aplicación de procesos de cobro administrativo.

En este contexto, la autoridad tributaria hizo un llamado a los deudores morosos para que entre el 17 y el 21 de febrero se sumen a la jornada 'Al día con la DIAN le cumplo al país', con el fin de normalizar su situación fiscal y evitar sanciones administrativas y penales.

“Quiero hacer un llamado muy especial a todos los ciudadanos que tengan cuentas pendientes con la DIAN para que aprovechen esta jornada y se pongan al día; tengan en cuenta que los contribuyentes que acumulen más de seis meses de mora y deudas superiores a cinco salarios mínimos serán reportados en el Boletín de Deudores Morosos del Estado, afectando su historial financiero y su acceso a créditos y contrataciones con el sector público", aseguró el director general (e) Luis Eduardo Llinás.

Es de recalcar que las obligaciones fiscales conllevan costos adicionales, pues según el artículo 635 del Estatuto Tributario, los intereses moratorios se liquidan a una tasa equivalente a la tasa de usura vigente menos dos puntos, lo que hace que el incumplimiento de pagos sea una carga financiera significativa para los contribuyentes.

La jornada está dirigida a contribuyentes con obligaciones en mora de hasta 180 días que no han sido objeto de medidas cautelares ni han participado en jornadas anteriores, contribuyentes con denuncias penales en proceso por omisión de agente retenedor o recaudador, así como a quienes adeuden obligaciones en los periodos 4 y 5 de 2024 de Impuesto Sobre las Ventas (IVA) e Impuesto Nacional al Consumo.

A lo largo de la semana, se adelantarán acciones asociadas a la regularización de obligaciones fiscales para evitar sanciones penales, verificación del cumplimiento de las facilidades de pago otorgadas y evaluación de medidas administrativas para contribuyentes en mora.

Por medio de la Circular 001 del 12 de febrero de 2025, la DIAN informa el precio promedio de las transacciones de los título y bonos que se transaron en Bolsa en el mes de diciembre de 2024, de conformidad con lo previsto en el artículo 271 del Estatuto Tributario.

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El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 0175 del 14 de febrero de 2025, "Por el cual se adoptan medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar".

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La DIAN publicó el proyecto de resolución Por la cual se habilita el Recibo Oficial de Pago de Tributos Aduaneros y Sanciones Cambiarias Formulario V9 para recaudar el Impuesto Especial para el Catatumbo establecida en el Decreto 0175 del 14 de febrero de 2025.

Dicho Decreto adopta medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar.

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 18 de febrero de 2025, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Sub_Operacion_aduanera@dian.gov.co.

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Por medio del Decreto 0174 de 13 de febrero de 2025, el Ministerio de Hacienda reglamenta los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario y se sustituyen los artículos 1.2.1 .17.20. y 1.2.1.17.21. del Capítulo 17 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para ajustar el costo fiscal de los activos fijos.

Para conocer el Decreto 0174, haga clic aquí.

El Gobierno promulgó la Ley 2447 del 13 de febrero de 2025 "Por medio del cual se eliminan todas las formas de uniones tempranas en las cuales uno o ambos contrayentes o compañeros permanentes sean menores de 18 años y se fortalece la política pública nacional de infancia y adolescencia mediante la creación del programa nacional de proyectos de vida para niños, niñas y adolescentes".

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La Ley 2445 del 11 de febrero de 2025, modifica el título IV de la Ley 1564 de 2012, referente a los procedimientos de insolvencia de la persona natural no comerciante y se dictan otras disposiciones.

Para conocer la Ley 2445, haga clic aquí.

Por medio de la Ley 2446 del 11 de febrero de 2025, se crea la política pública de cárceles productivas (pcp) en favor de la población privada de la libertad, se establecen incentivos tributarios y administrativos para fomentar la vinculación de entidades y organizaciones a los programas productivos carcelarios y se dictan otras disposiciones.

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