Circular 022, Superfinanciera divulga las tarifas máximas del SOAT para 2026
Richard santaLa Superintendencia Financiera de Colombia emitió la Circular 022 del 30 de diciembre de 2025, por la cual ajustó las tarifas máximas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) que regirán en 2026.
Cabe señalar que las tarifas máximas aplicables a las categorías con rango diferencial por riesgo definidas en el Decreto 2497 de 2022, modificado por el Decreto 2312 de 2023, se deben ajustar con base en la variación anual de la Unidad de Valor Tributario (UVT), es decir, 5,17% para 2026.
Para las demás categorías, que representan el 50% del parque automotor, y de acuerdo con la revisión periódica que realiza la SFC para determinar las condiciones técnicas y financieras de la operación del SOAT, las tarifas se incrementan aproximadamente en 0,38%.
Determinantes de la tarifa máxima
El análisis realizado por la SFC con base en la información disponible reportada por las compañías de seguros permite concluir que:
1. Parque automotor asegurado. En el último año aumentó 7% al pasar de 9,9 millones a 10,6 millones de pólizas expedidas aproximadamente. Este incremento se dio principalmente en categorías de vehículos que muestran las mayores tasas de siniestralidad.
2. Frecuencia (número de personas afectadas en accidentes de tránsito por cada 100 pólizas de SOAT vigentes en el año). Presentó una disminución de 1,1%, pasando de 9,3% en 2024 a 8,2% en 2025.
3. Severidad de los siniestros (costo promedio por víctima). Aumentó en cerca de COP 179 mil, al pasar de COP 2,6 millones en 2024 a COP 2,8 millones en 2025.
4. Siniestralidad general del SOAT (porción de la prima devengada por las aseguradoras que se usa para la atención de víctimas de accidentes de tránsito). La cual disminuyó un 4,9% entre 2024 y 2025.
Recomendaciones al momento de comprar el SOAT
Utilice siempre los canales oficiales. La SFC tiene a disposición los canales presenciales y no presenciales a través de los cuales se puede presentar una reclamación en caso de que haya una inadecuada aplicación de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia o cuando una compañía de seguros autorizada para expedir el SOAT no lo haga:
Centro de contacto: (+57) 601 307 8042, línea gratuita nacional 01 8000 120 100 y desde el celular #903.
Botón naranja “Personas” ubicado en la página principal de nuestro sitio web www.superfinanciera.gov.co en la opción “Presenta tus quejas e inconformidades”.
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Asunto: queja por no expedición SOAT.
Evite caer en el SOAT falso
Compruebe que la entidad sea vigilada por la SFC en https://www.superfinanciera.gov.co/publicaciones/61694.
Acceda a los canales oficiales de las entidades vigiladas para consultar los productos ofrecidos o realizar pagos. Al utilizar internet, ingrese a sitios seguros.
Si va a adquirir el SOAT a través de un intermediario de seguros (personas naturales y/o jurídicas), verifique si efectivamente está autorizado para comercializarlo a través del Sistema Único de Consulta de Intermediarios de Seguros en https://www.superfinanciera.gov.co/publicaciones/10089684.
Absténgase de consignar dinero en cuentas bancarias o depósitos cuyo titular sea una persona natural, salvo que haya corroborado que se trata de un intermediario de seguros autorizado.
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