DIAN implementa Servicio Informático Régimen Zona Económica y Social Especial
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, implementó el Servicio Informático Régimen Zona Económica y Social Especial – SI ZESE, con el propósito de facilitar el envío, gestión y consulta de la información que deben reportar los contribuyentes que se hayan acogido a este régimen.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 1.4.5.2 de la Resolución 227 de 2025 (adicionado con la Resolución 234 de 2025), a partir de 2026, la información que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos para el Régimen ZESE (ver artículo 1.2.1.23.2.7 del Decreto 1625 de 2016), deberá enviarse únicamente a través del Servicio Informático Régimen Zona Económica y Social Especial (SI ZESE) y no de forma física ni mediante correo electrónico, como se realizaba hasta el 2025.
El plazo para cargar la información correspondiente al año gravable 2025 es hasta el próximo 29 de marzo. Es importante advertir que la no presentación de esta información o hacerlo de forma extemporánea, incompleta o inexacta, puede dar lugar a sanciones tributarias.
¿Cómo realizar el envío de la información?
Los contribuyentes (sociedades comerciales) que se hayan acogido al Régimen ZESE pueden ingresar al Servicio a través del portal transaccional de la DIAN (muisca.dian.gov.co).
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, la DIAN dispuso el Paso a paso “Envío de información Régimen ZESE", en el que se explica de manera visual y rápida cómo navegar en el nuevo Servicio Informático Régimen Zona Económica y Social Especial – SI ZESE, o ingresando aquí.
Finalmente, se recuerda que el SI ZESE está habilitado únicamente para las sociedades comerciales que se encuentran acogidas al referido régimen dentro de los plazos legales. En consecuencia, no permite la inscripción de nuevas sociedades comerciales en el Régimen ZESE.
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