Martes, 22 Febrero 2022 11:48

Seminario Declaración de Renta Persona Natural

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Seminario Declaración de Renta 
Persona Natural

 

 

 

 

Con motivo de los vencimientos del año 2022 y la presentación de las declaraciones tributarias anuales de personas naturales por el año gravable 2021 y 2022, en especial el SISTEMA CEDULAR Y LAS NOVEDADES EN LA CEDULA GENERAL, aplicando la última doctrina, jurisprudencia y la reglamentación, se hace indispensable elaborarlas adecuadamente, además de tener en cuenta los cambios introducidos, que permiten optar por los costos y gastos en la Renta de Trabajo o aplicar el mínimo vital del 25%.

 

 

boton temario

1- DECLARACIONES DE RENTA PERSONAS NATURALES DEL AÑO GRAVABLE 2021:

- Declaraciones Personas Naturales 210 y efectos del formato 2517: Determinación practica y depuración simultanea de las rentas cedulares, aplicación y diferenciación de la  liquidación del impuesto de renta con las dos (2) tablas de impuestos y las diferentes bases gravables, requisitos, precauciones y los cambios en la determinación de la renta presuntiva y la renta por comparación patrimonial, efectos en los beneficios en los ingresos no constitutivos de renta (contribuciones voluntarias a la pensión obligatoria), en las rentas exentas y en las deducciones, según el tipo de cedula, la firmeza de la declaración, el efecto del beneficio de auditoría, la big data e inteligencia artificial de la DIAN  y los cruces con la información exógena y la UGPP.

Depuración de las diferentes rentas cedulares independientes, en donde se efectuará cada depuración de manera detallada, con la aplicación de las limitaciones, siguiendo las reglas establecidas para cada cedula.

- Declaraciones de Activos en el Exterior 160 a 1° de enero de 2022: Cuando aplican, que contienen y como se declaran, además en que momento deben ser presentadas y evitar así la modificada sanción especifica.

- Declaración a 1° de enero de 2022 de Normalización y Saneamiento del 445 del 2022: Cuando aplican, que contienen y como se declaran, evitando así las sanciones específicas.

 

 

2- ALGUNOS EFECTOS CLAVES EN LA LIQUIDACIÓN DE LAS GANANCIAS OCASIONALES 2021: Aplicación adecuada de las tarifas, ampliación y comprensión de hechos generadores, optimización de las exenciones y exclusiones, planeación fiscal en ventas de activos fijos.

 

3- ALGUNOS EFECTOS DEL NUEVO FORMATO 2517 QUE FORMA PARTE INTEGRAL DEL FORMULARIO 210 PARA LAS PERSONAS NATURALES OBLIGADAS A LLEVAR LIBROS DE CONTABILIDAD: Reflexiones sobre la conciliación fiscal 2021.

 

 

 

boton expositor

 

Jaime Hernán Monclou Pedraza

Contador Público titulado de la Universidad Central, Socio fundador de la Firma Monclou Asociados SAS, Consultor con especializaciones en Revisoría Fiscal de la Universidad Piloto de Colombia y en Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia, Miembro y Consejero Directivo del Instituto Colombiano de Derecho Tributario – ICDT (2012–2019) y del Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP.

Docente de posgrados (Especialización y Maestría) de universidades, tales como: Universidad Sergio Arboleda, Universidad de los Andes, Pontificia Universidad Javeriana, Universidad de la Salle, Universidad Piloto de Colombia, Universidad Surcolombiana del Huila y Universidad Libre de Pereira. Amplia experiencia en seminarios y conferencias sobre Actualización y Planeación Tributaria, dictadas con reconocidas entidades.

Principales Publicaciones: Asobancaria: Actualización y Práctica Tributaria (1995-2002); Bancos de Bogotá, Popular, Colmena y AV villas (1997–2003). Auditoria a los sistemas de información en Empresas Sociales del Estado (2000–2006). Cartillas Declaración de Renta 2010 al 2016 – Editorial Nueva Legislación. Manual Régimen Tributario Especial 2009 al 2011 para entidades sin ánimo de lucro – Editorial Nueva Legislación. Cartilla de IVA 2010 al 2015 – Editorial Nueva Legislación, Cartilla Practica 2016 Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP.

 

 

boton infogeneral

 

MODALIDAD:  Online

FECHA:            mayo 14 de 2022

HORARIO:       8:00 a.m. a 12:00 m.

VALOR:            $98.000 más IVA


* Incluye certificado y memorias.

 

 

 

boton descuentos

  • 5 % Dos asistentes bajo la misma factura
  • 10% Tres asistentes bajo la misma factura
  • 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura

 

  

boton inscripciones 

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443

WhatsApp:  3006519641

 

 

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Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.

 

Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0

  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
  • Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045

 

Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil  icef.pagoagil.co

 

 

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  • Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
  • Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
  • Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
  • Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

 

 

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