Martes, 20 Marzo 2018 07:44

Sábado 31 de marzo es la fecha límite para la renovación de la matrícula mercantil

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La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia hace un llamado a los empresarios para que renueven a tiempo la matrícula mercantil, cuya fecha límite es el 31 de marzo y evitar de esta manera que puedan ser sancionados por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

 

Cabe destacar que la última semana que la Ley establece para cumplir con la diligencia coincide este año con la celebración de la Semana Santa, por lo cual es recomendable adelantar la gestión. Aunque el 31 de marzo es sábado, la Cámara de Comercio abrirá sus puertas de 8:00 a.m. a 12:00 m. para atender a quienes no lograron cumplir con el requisito de manera previa.

 

Desde la Cámara de Comercio están disponibles los espacios físicos alternos y virtuales para facilitar la renovación de la matrícula mercantil a los empresarios. Este año están habilitados en el departamento 4.988 puntos de servicio y recaudo para que comerciantes y empresarios de la jurisdicción de la Cámara cumplan con esta obligación legal.

 

La renovación también puede hacerse en el sitio web camaramedellin.com, en las sedes de la Cámara en Medellín y en las subregiones donde tiene presencia; además de ello, los recaudos también se pueden hacer en la red de bancos, corresponsales bancarios de Banco de Occidente y en la red de recaudo no bancario como puntos del Grupo Éxito, Baloto y Gana.

 

Se espera que al 31 de marzo, 91.066 comerciantes renueven su matrícula mercantil y que hagan lo propio 4.841 entidades sin ánimo de lucro.

 

Beneficios de la renovación

  • Participar sin costo en capacitaciones orientadas al crecimiento empresarial.
  • Acceder a Herramientas Empresariales, un servicio desarrollado para los empresarios que se formalizan y hacen parte de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia.
  • Obtener descuentos y tarifas especiales en el portafolio de Servicios Especializados.
  • Recibir asesoría personalizada en el Consultorio en Comercio Exterior.
  • Acreditar al empresario ante los clientes como una organización segura y seria, además de transmitir la confianza necesaria por estar legalmente constituidos.
  • Permite una mayor visibilidad como empresarios en el mercado, además de tener acceso a créditos y concursar en licitaciones.
  • La renovación permite acceder a nuevos mercados y expandir la actividad económica.
  • Renovar fortalece el sector formal del país, y cierra brechas a la ilegalidad.

 

Sanciones

  • De acuerdo con el artículo 30 de la Ley 1727 de 2014, la no renovación oportuna de la matrícula mercantil puede acarrear sanciones económicas de hasta 17 SMMLV, que serán impartidas directamente por la Superintendencia de Industria y Comercio —SIC—.
  • Compete a la Superintendencia de Industria y Comercio imponer sanciones cuando tal obligación no se cumpla, según lo dispone el numeral 5 del artículo 11 del Decreto 2153 de 1992.
  • También cabe destacar que la Ley 1727 de 2014 en su artículo 31 ordena a las cámaras de comercio depurar el Registro Mercantil e ingresar en estado de liquidación y disolución a las empresas que en el lapso de los últimos cinco años no hayan cumplido con la obligación de renovar su matrícula mercantil.

 

Aplicación del Código Nacional de Policía
Para los empresarios a quienes se les haya impuesto una multa con fundamento en el Código Nacional de Policía y Convivencia, hayan pasado más de seis meses desde la fecha de expedición del comparendo y aún no han pagado, no podrán renovar la matrícula mercantil, lo que ocasionaría sanciones por la no renovación a tiempo de la matrícula.

 

Asimismo, esta normativa aplica para las actividades de alto impacto, que son aquellas en las que existe la venta y consumo de bebidas alcohólicas o los servicios sexuales; para esto el comerciante, que debe estar formalizado, al realizar la actualización debe aportar a la Cámara de Comercio, el certificado del uso del suelo en el que conste que dicha actividad es permitida en el lugar. Esto depende de cada plan de ordenamiento territorial de cada uno de los municipios adscritos a la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Medellín.

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