La Superintendencia de Sociedades publicó el Oficio 220-028457 del 09 de abril de 2019, el cual tiene como referencia el pago de dividendos en especie con bienes distintos a las acciones liberadas de la misma sociedad.

 

Para conocer el Oficio 220-028457 completo, haga clic aquí.

En Medellín hay más de 150.000 contribuyentes inscritos en el Registro de Información Tributaria y todos deben declarar el Impuesto de Industria y Comercio.

 

Las fechas límite para la declaración van del 17 al 30 de abril de acuerdo con el último dígito del NIT. Durante este lapso, diariamente, unos 6.250 ciudadanos presentan su declaración. El no cumplimiento de este trámite da lugar a sanciones.

 

La Administración Municipal invita a los comerciantes a tener en cuenta estos plazos y a adjuntar la documentación requerida para adelantar la declaración. Además, pone a disposición de los ciudadanos los siguientes canales:

  • Declaración en línea: en el portal www.medellin.gov.co, ícono Declaración y pago de Industria y Comercio.
  • Declaración física en: Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia (sede Centro); Centro Administrativo Municipal, piso 2; centros comerciales El Tesoro, Oviedo, Premium Plaza, Sandiego, Los Molinos, Unicentro y Florida; Mascerca de Belén, Castilla, Guayabal, Floresta, Poblado; casas de gobierno de Altavista, Palmitas, San Antonio de Prado, San Cristóbal y Santa Elena; y sedes de Fenalco y Ruta N.

 

Para consultar las fechas de vencimiento de acuerdo con el último dígito del NIT y los documentos a adjuntar, la Alcaldía de Medellín habilitó la línea telefónica 44 44 144, opción 2, y el chat tributario que está en www.medellin.gov.co/hacienda.

Desde el pasado primero de abril, los exportadores que despachan su carga desde la terminal aérea El Dorado de Bogotá hacia otros mercados no deben presentar la carta de responsabilidad en forma física, sino que lo deben hacer en forma electrónica a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

 

Durante las Mesas de Facilitación del Comercio Exterior que se adelantaron con representantes de los sectores agropecuario y de sustancias controladas, la viceministra de Comercio Exterior, Laura Valdivieso Jiménez, les explicó a los empresarios que participaron que, luego de las pruebas piloto que se realizaron por algunos meses, ya este proceso se adelanta en forma virtual.

“El hecho de hacerlo a través de sistemas informáticos se traduce en menos tiempos para los empresarios, en más seguridad de la cadena logística, en el fortalecimiento del sistema de gestión de riesgos de la Policía Antinarcóticos y en la eliminación de papeles”, explicó la Viceministra.

Esta carta de responsabilidad es un documento que se presenta a la Policía Antinarcóticos, que le permite conocer qué carga sale del país y definir si requiere inspección física, documental o no intrusiva.

A mediados de mayo iniciarían las pruebas piloto en los aeropuertos de Rionegro y Cali.

Por otro lado, durante la Mesa de Facilitación del sector agropecuario, y ante la solicitud de los cafeteros de tener una sola inspección de la carga, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) explicó que adelanta el proceso de acreditación y certificación de Almacafé en Cartagena para habilitar la inspección que hacen los exportadores del grano en esas bodegas, lo cual representará menos costos y tiempos en la operación de exportación.

Igualmente, se identificaron acciones de mejora en la atención a la hora de inspección por parte de las autoridades de productos perecederos como los pescados, en las revisiones de carga en un mismo sitio, en la disposición de personal en algunos puertos por periodos más largos de tiempo en el día y en un mejoramiento de los sistemas informáticos.

En cuanto a la Mesa de Facilitación con el sector de químicos y sustancias controladas, se identificaron oportunidades de mejora en el perfilamiento de riesgos de los productos que se exportan, así como en la capacitación de funcionarios para la correcta manipulación de la carga y en la sistematización de procesos en las entidades que intervienen en las operaciones de comercio exterior de esta clase de bienes.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 28 de abril de 2019 el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta el parágrafo 5 del artículo 855 del Estatuto Tributario, se adiciona el Capítulo 29 al Título 1 Parte 6 del Libro 1 y el parágrafo 2 al artículo 1.6.1.21.13. del Capítulo 21 Título 1 Parte 6 del Libro 1 y se modifica el artículo 1.6.1.21.14. del Capítulo 21 Título 1 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Hasta el 27 de abril el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios del Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta el artículo 49 de la Ley 788 de 2002, modificado por el artículo 49 de la Ley 1816 de 2016”.

 

Dicho proyecto de decreto hace reglamenta el Precio, Venta, Publico (PVP) que se constituye en la base gravable del componente ad valorem del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, indicó que desde el próximo lunes 22 de abril la expedición de certificados de origen entre la República de Colombia y los Estados Unidos Mexicanos, en el marco del Acuerdo Alianza del Pacífico, se efectuará en forma digital.

 

Es importante tener en cuenta que, en caso de no poder ser emitido o transmitido en digital, este podrá expedirse de forma física. Sin embargo, una vez la implementación se estabilice, se informará la fecha en la que los certificados de origen se emitirán de manera digital.

 

Vale la pena recordar que, los certificados de origen que amparen mercancías de exportación con destino a Chile y Perú, en el marco del Acuerdo Alianza del Pacífico, continuarán expidiéndose de manera física.

 

Para la elaboración del COD en el aplicativo informático, se debe configurar el navegador Internet Explorer a versión 9, a diferencia de los CO antiguos que se elaboran en 7 u 8; este proceso puede efectuarse a través del recurso de emulación, haciendo uso de la tecla de función F12 y después seleccionar IE 9.

El Superintendente de Sociedades Dr. Juan Pablo Liévano en compañía de delegados y asesores, socializó la metodología y el plan de trabajo, mediante el cual se busca construir y proponer una reforma legislativa al Régimen General de Sociedades y al Régimen de Insolvencia.

 

Esta propuesta, sin duda alguna, en caso de ser aprobada, le permitirá al sector empresarial afrontar con mejores herramientas los retos que se están presentando y que vendrán durante el Siglo XXI. El documento presentado será el resultado de un trabajo minucioso por parte de destacados expertos, los cuales se reunirán en torno a cinco mesas de trabajo que abordarán los siguientes temas:

 

1 Administradores, régimen de responsabilidad y temas afines
2 Accionistas minoritarios, buen gobierno corporativo, beneficiario real; y temas afines
3 De la supervisión externa (inspección, vigilancia y control) e interna (revisor fiscal, normas de aseguramiento); y temas afines
4 Disolución y liquidación voluntaria, sociedades fachadas, cumplimiento normativo, contabilidad (normas de información financiera); y temas afines.
5 Insolvencia: Reorganización, liquidación judicial; y temas afines

 

Para el Superintendente de Sociedades Dr. Juan Pablo Liévano: "Este esfuerzo marcará la diferencia para lograr una propuesta de un nuevo y mejor marco normativo que genere seguridad jurídica, emprendimiento y legalidad, en procura de la equidad, con instrumentos más idóneos y ajustados a las dinámicas empresariales.", afirmó el Superintendente.

 

Con esta actividad, la cual se da en el marco de la conmemoración de los ochenta años de la Superintendencia de Sociedades, la Entidad continúa adelante en su propósito de aportar y apoyar el "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad" propuesto por el Presidente Iván Duque, a través de estrategias que permitan generar más empresa y más empleo, contribuyendo así al desarrollo económico y social del país y contar con empresas competitivas, productivas y perdurables.

El Decreto 608 del 8 de abril de 2019, modifica y adiciona unos artículos de la Sección 2 del Capítulo 13 Título 1 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, por el cual se señalan los plazos para declarar y pagar el Impuesto al Patrimonio y el Impuesto Complementario de Normalización Tributaria.

 

Para conocer el Decreto 608 completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que a partir del 15 de abril del año en curso, la presentación y recepción de solicitudes de trámite de emisión de certificados de origen, en el marco del Acuerdo de Complementación Económica ACE-72, que amparen mercancías de exportación con destino a los Países Parte de Mercosur Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, se deben presentar a través del aplicativo informático de origen que para el efecto tiene disponible la entidad.

 

Para la elaboración del Certificado de Origen en el aplicativo informático se debe configurar el navegador Internet Explorer a versión 9 a diferencia de los certificados antiguos que se elaboran en versión7 u 8; este proceso se puede efectuar a través de un proceso de emulación mediante la tecla de función F12 y allí se cambia a versión 9.

 

El Certificado de Origen se identifica con el código 294.

Mediante el Decreto 579 del 2 de abril de 2019, por medio del cual se reglamenta el numeral 13 del artículo 424 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 1 de la Ley 1943 de 2018, y se sustituye el artículo 1.3. 1. 12. 14. del capítulo 12 del título 1 de la parte 3 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

 

Dicho Decreto hace referencia a los bienes excluidos del impuesto ventas que se introduzcan y comercialicen en los departamentos de Amazonas, Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada.

 

Para conocer el Decreto 579 completo, haga clic aquí.

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