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La Superintendencia Financiera, a través de la Carta Circular 06 de 2015, modificó la Carta Circular 01 de 2015, referente a la inclusión de un campo en el Módulo de Registro de Negocios Fiduciarios para la clasificación de los negocios de acuerdo al marco contable en el que deben reportar.

 

El texto de la Carta Circular 01 de 2015 es el siguiente:

 

“En atención a que entidades fiduciarias han venido analizando en el Comité Técnico-Contable del sector, la clasificación de los negocios fiduciarios conforme a los requerimientos establecidos en la Carta Circular 01 de 2015, en especial con mayor detenimiento los negocios fiduciarios que serían clasificados como del Grupo 2 y Grupo 3, evidenciando en ese caso que dichos grupos presentan la mayor cantidad de negocios que se deben analizar a la luz del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 3022 de 2013 y en el Decreto 2267 de 2014, se considera oportuno otorgar un plazo adicional para clasificar los negocios fiduciarios que prepararán su información financiera bajo cada uno de los marcos normativos indicados en la Carta Circular 01 de 2015.

 

Teniendo en cuenta el proceso de actualización a ejecutar por parte de las entidades, se otorga como plazo máximo el próximo 13 de febrero de 2015, fecha a partir de la cual se deshabilitará la opción de modificación. Cualquier cambio en este campo con posterioridad a la fecha antes indicada deberá ser solicitado mediante comunicación suscrita por el Representante Legal de la entidad, en la cual se sustenten las razones que justifican la modificación”.

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La Superintendencia Financiera, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución 0598 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 23 de febrero al 15 de marzo de 2024, se certifica en 22,06% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de abril de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 14 puntos básicos (-0,14%) frente a la vigente en marzo de 2024 (22,20%).

Crédito productivo

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 23 de febrero al 15 de marzo de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad Efectivo anual
Crédito productivo de mayor monto 27,35%
Crédito productivo rural 20,54%
Crédito productivo urbano 36,10%
Crédito popular productivo rural 46,47%
Crédito popular productivo urbano 54,70%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 30 de abril de 2024.

Con base en la información reportada por los establecimientos de crédito, la Superintendencia Financiera, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución 0400 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 2 de febrero al 23 de febrero de 2024, se certifica en 22,20% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 31 de marzo de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 111 puntos básicos (-1,11%) frente a la vigente en febrero de 2024 (23,31%).

Crédito productivo

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 2 de febrero al 23 de febrero de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad / Efectivo anual

Crédito productivo de mayor monto / 27,47%
Crédito productivo rural / 25,10%
Crédito productivo urbano / 36,85%
Crédito popular productivo rural / 45,87%
Crédito popular productivo urbano / 51,09%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 31 de marzo de 2024.

Para conocer la Resolución 0400, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera, expidió la Resolución 0150 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 29 de diciembre de 2023 y el 19 de enero de 2024, se certifica en 23,31% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 29 de febrero de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 1 punto básico (-0,01%) frente a la vigente en enero de 2024 (23,32%).

Crédito productivo
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 29 de diciembre de 2023 y el 19 de enero de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:
Modalidad Efectivo anual
Crédito productivo de mayor monto 27,66%
Crédito productivo rural 29,34%
Crédito productivo urbano 36,34%
Crédito popular productivo rural 43,45%
Crédito popular productivo urbano 46,82%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 29 de febrero de 2024.

Para conocer la Resolución 0150, haga clic aquí.

 

La Superintendencia Financiera expidió la Resolución 2331 de 2023 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 1 de diciembre y el 22 de diciembre de 2023, se certifica en 23,32% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 31 de enero de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 172 puntos básicos (-1,72%) frente a la vigente en diciembre de 2023 (25,04%).

Crédito productivo

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 1 de diciembre y el 22 de diciembre de 2023, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad Efectivo anual
Crédito productivo de mayor monto 28,54%
Crédito productivo rural 32,73%
Crédito productivo urbano 36,11%
Crédito popular productivo rural 41,86%
Crédito popular productivo urbano 43,11%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 31 de enero de 2024.

Para conocer la Resolución 2331, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución 2074 de 2023 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre el 3 de noviembre y el 24 de noviembre de 2023, se certifica en 25,04% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 31 de diciembre de 2023.

La nueva certificación representa una disminución de 48 puntos básicos (-0,48%) frente a la vigente en noviembre de 2023 (25,52%).

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).

Para conocer la Resolución 2074, haga clic aquí.

Con base en la información reportada por los establecimientos de crédito, la Superintendencia Financiera, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución 1801 de 2023 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre el 29 de septiembre y el 20 de octubre de 2023, se certifica en 25,52% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de noviembre de 2023.

La nueva certificación representa una disminución de 101 puntos básicos (-1,01%) frente a la vigente en octubre de 2023 (26,53%).

Para conocer la Resolución 1801, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera expidió la Resolución 1520 de 2023 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario y consumo de bajo monto, y extiende la vigencia de las certificaciones de las modalidades de crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre el 1 de septiembre y el 22 de septiembre de 2023, se certifica en 26,53% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 de octubre y el 31 de octubre de 2023.

La nueva certificación representa una disminución de 150 puntos básicos (-1,50%) frente a la vigente en septiembre de 2023 (28,03%).

Crédito de consumo de bajo monto
Con base en la información trimestral reportada por los establecimientos de crédito entre el 1 de septiembre de 2022 y el 30 de junio de 2023, período durante el cual se observó un aumento significativo de las tasas de interés de mercado, se certifica en 38,76% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto, el cual tendrá vigencia de un año comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.

La nueva certificación representa un aumento de 939 puntos básicos (9,39%) frente a la que estaba vigente al 30 de septiembre de 2023 (29,37%).

Para conocer la Resolución 1520, haga clic aquí.

Con base en la información semanal reportada por los establecimientos de crédito durante el período comprendido entre el 04 de agosto y el 25 de agosto de 2023, la Superintendencia Financiera en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución No.1328 de 2023 por medio de la cual certifica en 28.03% efectivo anual el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de septiembre de 2023.

La nueva certificación representa una disminución de 72 puntos básicos (-0.72%) frente a la vigente en agosto de 2023 (28.75%).

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305). Resultado de lo anterior, para septiembre de 2023 los valores resultantes para la modalidad de crédito de consumo y ordinario son:

Interés remuneratorio y de mora: 42.05% efectivo anual
Usura: 42.05% efectivo anual

Estos resultados representan una disminución de 108 puntos básicos (-1.08%) con respecto al período anterior.

Para conocer la Resolución 1328, haga clic aquí.

Con base en la información semanal reportada por los establecimientos de crédito durante el período comprendido entre el 27 de mayo y el 23 de junio de 2023, la Superintendencia Financiera en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución No. 0945 de 2023 por medio de la cual certifica en 29.36% efectivo anual el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 31 de julio de 2023.

La nueva certificación representa una disminución de 40 puntos básicos (-0.40%) frente a la vigente en junio de 2023 (29.76%).

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305). Resultado de lo anterior, para julio de 2023 los valores resultantes para la modalidad de crédito de consumo y ordinario son:

Interés remuneratorio y de mora: 44.04% efectivo anual
Usura: 44.04% efectivo anual

Estos resultados representan una disminución de 60 puntos básicos (-0.60%) con respecto al período anterior.

Para conocer la Resolución 0945, haga clic aquí.

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