Mostrando artículos por etiqueta: Factura electrónica

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 094 del 30 de septiembre de 2020, por la cual se modifica parcialmente el numeral 2 del artículo 20 de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020, referente a la fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta en las entidades del Estado.

Para conocer la Resolución 094, haga clic aquí.

Etiquetado como

La Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020, publicada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, desarrolla los sistemas de facturación, los proveedores tecnológicos, el registro de la factura electrónica de venta como título valor, se expide el anexo técnico de factura electrónica de venta.

 

Para conocer la Resolución 042, haga clic aquí.

Etiquetado como

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 020 del 26 de marzo de 2019, por la cual se señalan los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta con validación previa a su expedición y se establece el calendario para su implementación.

 

Para conocer la Resolución 020 completa, haga clic aquí.

Etiquetado como

La Resolución 001122 del 15 de febrero de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, habilita a las personas naturales, jurídicas y demás sujetos que de manera voluntaria hayan optado ser facturadores electrónicos.

 

Para conocer la Resolución 001122, haga clic aquí.

Etiquetado como

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó la Resolución 294 del 13 de febrero de 2018, “Por la cual se expide el Manual de Funcionamiento de los Sistemas de Negociación electrónica de facturas electrónicas como Título valor”.

 

Con esta resolución se busca establecer mecanismos confiables de identificación, comunicación, y negociación de las facturas electrónicas como título valor, para garantizar la protección de los derechos de sus tenedores legítimos, de terceros y la circulación de la factura electrónica cómo título valor, por medio de un marco legal propicio para el funcionamiento, operación y control de los Sistemas de Negociación Electrónica.

 

Para conocer la Resolución 294 completa, descargue el archivo adjunto a esta noticia.

Con la Resolución 019 del 24 de febrero de 2016, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, prescribe un sistema técnico de control para la factura electrónica acorde con el Decreto 2242 de 2015, se señalan los procedimientos que deben agotar y los requisitos que deben cumplir los sujetos del ámbito de este decreto y se disponen otros aspectos en relación con la factura electrónica.

 

Para conocer la Resolución 019 completa y los documentos anexos, haga clic aquí.

Etiquetado como

El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 358 del 05 de marzo de 2020, por el cual se reglamentan los artículos 511, 615, 616-1,616-2,616-4, 617, 618, 618-2 Y 771-2 del Estatuto Tributario, 26 de la Ley 962 de 2005 y 183 de la Ley 1607 de 2012 y se sustituye el Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, sobre la factura electrónica.

 

Para conocer el Decreto 358, haga clic aquí.

Con el fin de facilitar la financiación de las empresas, en particular de las medianas y pequeñas, el Gobierno Nacional expidió el decreto 1349 mediante el cual se podrán negociar las facturas electrónicas.

 

La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, destacó que con la medida se generará un mercado más eficiente en este tema, toda vez que las empresas tendrán margen de negociar o vender las facturas a tasas más competitivas, lo que se traducirá en la generación de un flujo de caja ágil.

 

El factoring es un contrato que permite el traspaso de este instrumento de una empresa a otra, a término fijo, a cambio de obtener el dinero de manera inmediata.

 

Con este decreto se permitirá negociar dicha herramienta como título valor, a tasas atractivas de descuento, ofrecidas en un mercado transparente. De esta manera, el acto administrativo respaldará los proyectos de crecimiento, expansión, innovación y desarrollo de la industria.

 

La preparación de la norma contó con el acompañamiento del Banco Mundial, a través de un trabajo conjunto que permitió identificar barreras en el sector empresarial, relacionadas con los tiempos de la negociación y desembolsos de pagos a proveedores por parte de sus clientes.

 

Con esta medida Colombia mejora sus estándares en buenas prácticas comerciales a nivel internacional, tal como lo han logrado Chile y México, que han impulsado el crecimiento industrial utilizando esta reglamentación.

 

De este modo se garantiza la protección de los derechos de terceros, de los titulares y del mercado de los títulos valores en general. Así se logra, de manera trasversal, abandonar viejas prácticas comerciales y permitir la implementación de mecanismos modernos haciendo uso del entorno digital.

 

Con la expedición de este decreto, las entidades involucradas tienen 12 meses para crear los manuales de funcionamiento y seleccionar el operador que pondrá en marcha la plataforma a través de la cual se efectúa la negociación y venta de la factura electrónica, salvo que la misma se haya negociado directamente.

 

Para conocer el Decreto 1349 completo, haga clic aquí.

Etiquetado como

A través del Decreto 2242 del 24 de noviembre de 2015, el Ministerio de Hacienda reglamentó las condiciones de expedición e interoperabilidad de la factura electrónica con fines de masificación y control fiscal.

 

Para conocer el Decreto de 2242 de 2015, haga clic aquí.

Jueves, 13 Octubre 2022 15:15

DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS TRIBUTARIOS

 100-PREGUNTAS-BANNER.jpg
 

SE RESUELVE 100 PREGUNTAS SOBRE:

DOCUMENTOS SOPORTE, FACTURA ELECTRÓNICA, NÓMINA Y RADIAN

 

Hemos encontrado que la mayoría de las personas conocen la normatividad, pero las inquietudes son muchas por lo que decidimos hacer un seminario en el que se dé respuesta a dichas inquietudes, para ello presentaremos como temario las primeras 50 preguntas y las otras 50 se tomaran de las enviadas con anticipación por los participantes.

 

boton expositor 

 

Álvaro Sánchez Uribe

 

Magíster en Derecho programa en tributación de la Universidad Externado de Colombia, Especialista en Derecho Tributario y Aduanero de la Universidad Católica de Colombia, Contador Público de la Universidad de Ibagué, con más de 25 años de experiencia, se ha despeñado en el campo fiscal ocupando cargos directivos técnicos en la DIAN.

 

Catedrático en Posgrados en Gerencia de Impuestos, Derecho Tributario, Revisoría Fiscal y Auditoría Externa, Diplomados en materia tributaria y Conferencista, en las materias y temas de Sistemas de Facturación, Procedimiento Tributario, Auditoría Tributaria, Impuesto de Renta, Impuesto sobre las Ventas IVA - En varias universidades del país.

 

boton infogeneral

PLATAFORMA:                    Online

FECHA:                                noviembre 22 de 2022

HORARIO:                           5:30 p. m. a 9:00 p. m.

INVERSIÓN:                        125.000 más IVA

boton descuentos

  • 5 % Dos asistentes bajo la misma factura
  • 10% Tres asistentes bajo la misma factura
  • 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura 

 

boton inscripciones

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443.

 

WhatsApp:  3006519641

 

 

boton mediosdepago   

Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.

 

Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0

  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
  • Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045

 

Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil  icef.pagoagil.co

 

boton mayoresinfor 

 

Telefono:     (4)4442926

Celulares:     3206751610 – 3124235443

WhatsApp:   3006519641

Correos:      Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

 

boton politicas

  • Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.}

 

  • Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

 

  • Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.

 

  • Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
 
Página 2 de 10

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.