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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable para el año 2019.

 

La entidad recibirá observaciones y comentarios por parte de los usuarios y partes interesadas a través de la dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. hasta el 08 de noviembre de 2018, después del último día de publicación estos comentarios no serán tenidos en cuenta.

 

Para ver el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

Hasta el 9 de noviembre estará disponible para comentarios el proyecto de resolución publicado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, por la cual se adopta la utilización de la firma electrónica en los actos administrativos generados a través del Servicio Informático Electrónico en la gestión de solicitudes de devolución y/o compensación

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución a través del correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

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Jueves, 25 Octubre 2018 07:23

Imputarán cargos a morosos con la DIAN

En desarrollo de las acciones del Plan de Cobro y Fiscalización, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, ha denunciado penalmente a 8.164 contribuyentes morosos, que, a pesar de los llamados, no atendieron los diferentes requerimientos persuasivos para efectuar el pago, omitiendo trasladar los dineros de la Nación recaudados por concepto de Impuesto al Valor Agregado -IVA, Retención e Impoconsumo, y que le adeudan a la Entidad cerca de $376.000 millones.

 

Desde el mes de septiembre la DIAN, en conjunto con la Fiscalía General de la Nación, se adelantan acciones para imputar cargos a 177 contribuyentes por el delito de omisión al agente retenedor o recaudador, de estos, 132 corresponden a Bogotá y 35 a Medellín, actividad que se seguirá adelantando en el resto del país.

 

Adicionalmente, en la Jornada "Al Día con la DIAN, le cumplo al país", del presente mes, la Entidad procederá a efectuar 4.000 visitas de investigación de bienes a contribuyentes morosos que adeudan $271.000 millones; y se embargarán las cuentas bancarias de 4.200 morosos, que no atendieron los diferentes llamados para ponerse al día en sus obligaciones fiscales.

 

En materia de fiscalización, entre el 22 y 26 de octubre se tiene previsto cerrar 49 establecimientos de comercio, en todo el país, de responsables del Impuesto Sobre las Ventas y del Impuesto Nacional al Consumo, que no cumplen con la obligación de expedir factura o documento equivalente sobre todas las operaciones comerciales que realizan. Igualmente, se llevarán a cabo 374 visitas de control a contribuyentes que ejecutan actividades comerciales en establecimientos de: producción y comercialización de productos de madera; comercialización de productos de plástico como: tejas, láminas, divisiones, tubos y techos en plástico o PVC, con el fin de revisar obligaciones formales, control de ingresos y facturación.

 

Así mismo, se advierte a los contribuyentes que cuando la deuda determinada corresponda a retenciones, al Impuesto Sobre las Ventas o al Impuesto Nacional al Consumo, y la mora en la cancelación del saldo a pagar sea superior a dos (2) meses, se trasladarán los insumos correspondientes para la instauración de la denuncia penal por omisión al agente retenedor o recaudador y se iniciará el proceso encaminado a la aplicación de la sanción de clausura o cierre de establecimiento, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4 del artículo 657 del Estatuto Tributario.

 

Desde enero la DIAN adelanta el Plan Nacional de Cobro 2018, cuyas acciones conjuntas de cobranzas y fiscalización, han permitido recaudar en los diez (10) primeros meses del año, la suma de $7.1 billones, por concepto de gestión.

De acuerdo con el último reporte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, un total de 2.902.256 personas naturales presentaron su declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario por el año gravable 2017, lo que significa un aumento del 14% en el número de declarantes.

 

El recaudo preliminar reportado por los sistemas es de $2.32 billones, una vez descontadas las retenciones en la fuente, los anticipos del impuesto pagados el año anterior y los saldos a favor de los contribuyentes; lo que significa que superamos la meta establecida de $2 billones.

 

Para el año gravable 2017, todas las personas naturales debieron presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario en el formulario 210, salvo las Personas Naturales y Asimiladas No Residentes y las Sucesiones Ilíquidas de Causantes No Residentes, quienes debieron hacerlo en el formulario 110. El 99.9% de los contribuyentes cumplieron con su obligación de presentar la declaración de manera virtual, a través de los sistemas informáticos (SIE) de la DIAN, mientras que el 0.1% lo hizo a través de las declaraciones litográficas o papel químico.

 

La DIAN hace una invitación a los contribuyentes que no presentaron su declaración de Renta y Complementario en las fechas establecidas, ellos aún pueden hacerlo. Deberán pagar una sanción de extemporaneidad que corresponde al 5% del impuesto por mes o fracción de mes y liquidar los intereses correspondientes.

 

Por último, vale la pena recordar que, para este año, fueron aplicados los cambios previstos por la Ley 1819 de 2016, utilizando el Sistema de Renta Cedular.

Hasta el 5 de noviembre la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recibirá comentarios sobre el proyecto de resolución por la cual se reglamenta el Libro 1 del Decreto XXX de 2018, referente a la reglamentación aduanera.

 

Puede enviar sus comentarios al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

La Defensoría del Contribuyente y del Usuario Aduanero de la DIAN, publicó un documento con los 5 aspectos básicos que debe saber sobre Conciliación Fiscal.

 

1. ¿Qué es Conciliación Fiscal?
Es una (sic) sistema de control mediante el cual se deben registrar las diferencias que surjan entre la aplicación de los marcos técnicos normativos contables (NIIF) y las disposiciones del Estatuto Tributario.

 

2. ¿Quiénes están obligados a realizar el reporte de conciliación fiscal formato 2516?
La Resolución 0073 de 2017 estableció que el formato 2516, el cual debe elaborar y presentar los contribuyentes declarantes de Renta obligados a llevar contabilidad (sin importar si pertenecen al régimen ordinario o especial) que declaren en el Formulario 110 y que hayan percibido Ingresos Brutos Fiscales iguales o superiores a 45.000 UVT ($1.433.655.000 para el año gravable 2017).
Resolución 000073 de 29-12-2017

 

3. ¿Cuál es el plazo para presentar el reporte de conciliación fiscal formato 2516?
La Resolución 0020 de 2018 estableció el plazo para presentar el “Reporte de Conciliación Fiscal Anexo Formulario 110”, Formato modelo número 2516, correspondiente al período gravable 2017 el cual vence entre el 24 de octubre y el 7 de noviembre de 2018, atendiendo el último dígito del Número de Identificación Tributaria -NIT.
Resolución 000020 de 28-03-2018

 

4. ¿Cómo debe presentarse la información?
La información a que se refiere la Resolución debe ser presentada en forma virtual utilizando los Servicios Informáticos Electrónicos de la DIAN, haciendo uso del Instrumento de Firma Electrónica (IFE).

 

Puede descargar el pre validador del Formato 2516 directamente del portal de la DIAN en: Reporte Conciliación Fiscal

 

5. ¿Qué pasa si no presento el Reporte dentro del plazo fijado?
El incumplimiento de la obligación de presentar el Reporte de conciliación fiscal dentro del plazo fijado, se considera para efectos sancionatorios como una irregularidad en la contabilidad, sancionable de acuerdo con el artículo 655 del Estatuto Tributario.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, advirtió a la ciudadanía acerca del envío de correspondencia que personas inescrupulosas están haciendo llegar a los contribuyentes con falsas notificaciones de levantamiento de embargo.

 

Con el envío de las comunicaciones que relacionan las presuntas obligaciones con la DIAN, pretenden tener contacto con el contribuyente, para suplantar a servidores públicos de la Entidad y facilitar la ejecución de acciones fraudulentas.

 

Al respecto, la Entidad informa que está adelantando las acciones pertinentes ante las autoridades, para que se lleven a cabo las investigaciones que correspondan.


Es importante mencionar que, la DIAN envía a los contribuyentes por correo certificado, y de acuerdo con la información del Registro Único Tributario - RUT, información de cobros o embargos.

 

La comunicación indica al contribuyente la necesidad de presentarse ante la administración tributaria que corresponda para adelantar los trámites a que haya lugar. También se recomienda que, en caso de recibir correos electrónicos a nombre de la DIAN, estos sean validados a través de la página web www.dian.gov.co

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Entre enero y septiembre de 2018, el recaudo bruto acumulado de los impuestos administrados por la DIAN alcanzó la cifra de $110,5 billones, que representa un aumento de 1.6% en relación con el mismo período de 2017, en el que se alcanzó la suma de $108,8 billones.

 

Este resultado obedece principalmente al recaudo por Retención en la Fuente a título de Renta, IVA y Timbre el cual mostró un mejor comportamiento en el período observado, presentando un incremento de 10.2%, al pasar de $35,8 billones en 2017 a $39,5 billones en 2018, con una contribución de 3.3% a la variación

 

Se destaca el comportamiento observado en el recaudo del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios que presentó una variación de 16.1% con una contribución a la variación de 2.1%, registrando un ingreso en 2018 de $16,8 billones frente a $14,5 billones en 2017.

 

En cuanto a la participación de cada uno de los impuestos en el recaudo total, se tiene que el 91.6% está distribuido de la siguiente manera: Impuesto de Renta y Complementarios (15.2%), IVA (25.8%), Retención en la Fuente a título de Renta, IVA y Timbre (35.8%) y los tributos aduaneros (14.8%).

 

El restante 8.4% corresponde a ingresos por los impuestos de: Consumo, Gravamen a los Movimientos Financieros, Gasolina y ACPM, Carbono, Riqueza, y Renta CREE.

 

De modo agregado, el recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la cifra de $94,2 billones, mostrando una variación nominal de 0.9% frente al 2017 que fue de $93,2 billones. Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA) aumentaron 4.9%, con un recaudo cercano a los $16,3 billones.

 

De otra parte, en el período enero – septiembre, el recaudo con Títulos de Devoluciones de Impuestos - TIDIS ascendió a $6,6 billones, producto de las devoluciones de saldos a favor a los contribuyentes, que se efectúan mediante títulos entregados en períodos anteriores.

 

Septiembre
En septiembre, se alcanzó un recaudo bruto de $14,9 billones, destacándose el comportamiento del recaudo por concepto de Retención en la Fuente a título de Renta, IVA y Timbre que mostró un aumento de 11.5% al pasar de $4,0 billones en 2017 a $4,5 billones en 2018, y una participación en el total del 30%. De igual manera, son relevantes los ingresos por el Impuesto al Valor Agregado –IVA que representan un 40% de lo obtenido en el período observado; estos dos impuestos contribuyeron con el 70% del recaudo obtenido en septiembre.

 

Recaudo por Gestión
La DIAN, en desarrollo de acciones de servicio y control que buscan disminuir la evasión y el contrabando, ha logrado un recaudo por gestión de $6,3 billones con corte a 31 de agosto de 2018, que en comparación con la gestión del mismo período de 2017 en el que se logró un recaudo de $4.97 billones, representa un crecimiento de 25.9%.

 

Igualmente, y con el fin de seguir incrementando el recaudo para que el gobierno pueda destinar mayores recursos a la financiación de obras que estimulen el desarrollo del país, la nueva Dirección de la DIAN invita a todos los contribuyentes a cumplir, oportunamente, con sus obligaciones.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, tiene el listo el proyecto de decreto que dará seguridad jurídica a las operaciones de comercio exterior a través de la armonización y consolidación de la normatividad en materia aduanera, con lo que se espera mejorar la eficiencia logística y facilitar el comercio.

 

El Director General de la DIAN, José Andrés Romero Tarazona, afirmó que con este proyecto de decreto está cumpliendo en un tiempo récord de 30 días a la comunidad de comercio exterior con la armonización y compilación de la norma aduanera.

 

“Me comprometí a entregar este proyecto en 45 días; 30 días después lo estamos entregando para comentarios de los ciudadanos, pues el tema de la facilitación y eficiencia del comercio exterior es prioritario para esta administración", señaló José Andrés Romero.

 

El decreto armoniza y consolida la normatividad en esta materia y se presenta en tres libros: el Libro Primero se constituye en la herramienta jurídica soporte para la realización de las operaciones y trámites aduaneros desde la fecha de entrada vigencia de este decreto, hasta que entre en vigencia de manera integral el Libro Segundo, dando certeza jurídica inmediata a la comunidad de comercio exterior para la realización de sus negocios.

 

El Libro Segundo es la base legal necesaria para continuar el desarrollo de los servicios informáticos electrónicos que se realiza actualmente y en el futuro en la normatividad que regirá las operaciones de comercio exterior.

 

El Libro Tercero presenta las disposiciones transversales aplicables a todo el decreto, es decir al Libro Primero y al Libro Segundo, con el fin de dejar de manera expresa las disposiciones transitorias, vigencias y derogatorias.

 

El Proyecto se encuentra publicado para comentarios a partir de hoy, 9 de octubre, hasta el 23 de octubre de 2018 y los comentarios se pueden hacer a través de la página del Ministerio de Hacienda.

En la medida en que se trata de un Decreto que contiene las normas conocidas y utilizadas de manera cotidiana por la comunidad aduanera, pero agrupadas en un único ordenamiento normativo, se espera que el proceso de comentarios y emisión de la norma sea muy sencillo y de esa forma se logre el objetivo de que el nuevo decreto entre en vigencia desde el 1° de enero de 2019.

 

Finalmente, el Director de la DIAN, indicó que “estamos comprometidos y enfocados en brindar seguridad jurídica y facilitar la logística a las operaciones de comercio exterior, estableciendo reglas claras y armónicas que ayuden a que los funcionarios, usuarios y operadores puedan aplicarlas fácilmente".

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, presentó para comentarios el proyecto de resolución por la cual se establece el procedimiento de retención en la fuente para prestadores de servicios electrónicos digitales desde el exterior.

 

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 23 de octubre de 2018, a través del correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">

 

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