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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se adiciona la Resolución 000015 del 17 de febrero de 2016, para ampliar el programa de Operador Económico Autorizado a las Instalaciones Portuarias.

 

Por lo anterior, la entidad se recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 10 de octubre de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

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Hasta el 11 de octubre la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recibirá comentarios por el proyecto de resolución por la cual se prescribe el formato de Reporte de Conciliación Fiscal de que trata el numeral 2 del artículo 1.7.1 del Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria para el período gravable 2020 y fracción de 2021.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

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En desarrollo de las acciones del Plan de Cobro y Fiscalización que hacen parte de la jornada “Al Día con la DIAN, le cumplo al país", en septiembre la entidad realizará acciones de control enfocadas en las actividades económicas relacionadas con bares, restaurantes, floristerías, moteles y comercio en general, buscando gestionar $341.841 millones por concepto de cobro y $349.284 millones por acciones de fiscalización.

 

El director de gestión de ingresos, Lisandro Junco Riveira mencionó que las acciones se concentrarán especialmente en las ciudades en las que la cartera morosa es más elevada como: Bogotá con una cuantía de $81.193.834.249, Medellín con $31.679.241.762, Bucaramanga con $12.500.534.172, Barranquilla con $10.629.750.413 y Popayán con $6.444.407.779.

 

Adicionalmente, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) gestiona, durante el mes de septiembre, cartera por un valor de $341.841 con la realización de 10.970 acciones entre las que se encuentran: aplicación de Depósitos Judiciales de 2.533 contribuyentes que adeudan a la entidad $61.938 millones, envío de 1.238 insumos a la unidad penal por el delito de omisión del agente retenedor, autoretenedor y recaudador, de contribuyentes con obligaciones por valor de $23.620 millones, secuestro de 288 bienes por obligaciones que suman $55.858 millones y 121 avalúos por de bienes de contribuyentes con deudas por valor de $23.372 millones, Procesos de Cobro relacionados con el Sector 6.790 en cuantía de $177.053 millones.

 

Es importante advertir a los contribuyentes, que, de no ponerse al día en sus obligaciones, se iniciarán acciones como: embargos a sumas de dinero y bienes, además del envío de insumos a la unidad penal por el delito de omisión del agente retenedor, autoretenedor y recaudador.

 

En materia de fiscalización tributaria se llevarán a cabo más de 400 visitas a los establecimientos de comercio de productos como floristerías, perfumes, zapatos, relojes, joyería, prendas de vestir, comercio de rancho y licores, así como a los responsables que presten servicios de restaurante y bar, con el fin de realizar seguimiento de control y fiscalización de facturación, recaudo y pago del impuesto a las ventas e impuesto al consumo, de acuerdo con la actividad económica.  

 

Recaudo por gestión
Como resultado de las jornadas “Al Día con la DIAN, le cumplo al país" con corte al 31 de agosto, se han realizado 107.116 acciones que han permitido el recaudo de $8 billones por gestión de cobro, frente a los $6.2 billones obtenidos en el mismo periodo del año anterior y $1.78 billones de gestión aceptada, como resultado de las acciones de fiscalización tributaria.

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La Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, dispuso el formulario 2593 para la presentación y pago del anticipo bimestral del Régimen Simple de Tributación (RST), correspondiente a los primeros 8 meses del año gravable 2019.

 

Los contribuyentes que optaron por este nuevo régimen de tributación, podrán cumplir con su obligación ingresando a www.dian.gov.co, en la opción usuarios registrados, y diligenciar el formulario recibo electrónico SIMPLE F2593.

 

Una vez guardado y presentado, la plataforma le permitirá generar el recibo oficial de pago de impuestos nacionales F490, con el concepto de pago 27-SIMPLE. Paso seguido, podrá realizar el pago electrónicamente desde cualquiera de los 13 bancos autorizados*, o imprimir dos ejemplares del recibo para hacerlo de manera presencial en el banco.

 

Cuántos contribuyentes pertenecen al RST
A la fecha, 8.050 contribuyentes se encuentran inscritos en el RST. Es importante resaltar que el pasado 16 de septiembre venció el plazo para que los contribuyentes que contaban con Registro Único Tributario (RUT) y estaban interesados en optar por este régimen, realizaran la actualización de su RUT y se inscribieran. Quienes no lo hicieron, podrán acogerse entre el 1 y el 31 de enero de 2020.

 

Los contribuyentes que no cuentan con inscripción en el RUT podrán hacer parte del RST en cualquier momento, sólo deben gestionar ante la DIAN la inscripción en el RUT, indicando su interés en ello.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recordó que el próximo 25 de septiembre vence el plazo otorgado por la Ley de Financiamiento (Ley 1943 de 2018), para aquellos contribuyentes del impuesto sobre la renta que a 1 de enero de 2019 posean activos omitidos o pasivos inexistentes, para que declaren, liquiden y paguen el impuesto de normalización tributaria.

 

José Andrés Romero, Director General de la DIAN, invitó a los colombianos a aprovechar esta gran oportunidad, jugarle limpio al país y formalizar su situación fiscal, liquidando una tarifa del 13%, en el Formulario 445, antes que la Entidad inicie los procesos de fiscalización correspondientes, aplicándoles en la declaración de renta una sanción de inexactitud del 200% del mayor valor de impuesto a cargo determinado (Numeral 1 del Art. 648 del Estatuto Tributario).

 

El funcionario recordó que la Administración Tributaria está en un proceso de transformación, donde se vienen haciendo grandes esfuerzos para brindar herramientas, y canales modernos y ágiles para facilitar trámites, garantizando que, bajo los propósitos de cercanía con el ciudadano y la legitimidad, los contribuyentes tengan plena confianza en una Entidad que trabaja para facilitarle el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y construir una Colombia Más Honesta.

 

José Andrés Romero se mostró confiado en la oportuna respuesta de los colombianos a esta invitación y a que eviten además de las sanciones monetarias, sanciones penales derivadas de estos actos. Recordó igualmente que la DIAN cuenta con información privilegiada proporcionada por otras jurisdicciones, mediante la cual se tiene conocimiento de activos en el exterior o declarados inexactamente (incluidas cuentas bancarias), los cuales no han sido reportados o han sido reportados por montos inferiores por parte de los contribuyentes colombianos en sus declaraciones de renta.

 

El Director de la DIAN afirmó que “los activos de los contribuyentes que sean objeto de este impuesto, para efectos patrimoniales, deberán incluirse en la declaración del impuesto sobre la renta y complementario - año gravable 2019, y de los años siguientes, cuando haya lugar a ello, y dejarán de considerarse activos omitidos".

 

Intercambio de información con Panamá
La Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas, DIAN, el Ministerio de Economía y Finanzas de la República de Panamá y la Dirección General de Ingresos de ese país, sostuvimos una reunión de acercamiento con resultados positivos en Panamá el pasado 2 de septiembre, en la que reiteramos el compromiso de ambos países con la transparencia fiscal internacional, la colaboración mutua y el intercambio efectivo de información para fines fiscales.

 

En próximos días recibiremos la visita del equipo técnico del Gobierno Panameño, para acordar el plan de trabajo que lleve a la implementación de la Convención Multilateral para la Asistencia Administrativa Mutua en materia Fiscal (MAC) y el Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes para CRS (MCAA), de tal forma que se garanticen las condiciones para el intercambio automático de información financiera entre ambos países, antes del mes de marzo del año 2020. En su momento emitiremos un comunicado conjunto a la opinión pública.

 

Lo anterior, es una buena noticia para la Administración Tributaria, y ratifica la invitación que estamos haciendo a los colombianos con activos no declarados en el exterior, a que se acojan a la Normalización Tributaria y se pongan la camiseta del país para construir una Colombia más honesta.

Entre enero y agosto de 2019 el recaudo bruto de los impuestos nacionales de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, fue de $105,61 billones, lo que representa un crecimiento del 10.5% en relación con el mismo período de 2018, cuando se alcanzó la suma de $95,57 billones.

 

Este resultado se explica, en primer lugar, por el comportamiento del recaudo por Retención en la Fuente a título de Renta, que sumó $34,52 billones el cual, comparado con el mismo período de 2018, en el que se lograron $30,76 billones, representa una variación de 12.2% y una contribución de 3.9% a la variación.

 

En segundo lugar, se ubicó el crecimiento del recaudo por concepto de tributos aduaneros, mostrando un aumento de 16.9% con respecto al mismo período de 2018, en el que se logró un recaudo de $14,20 billones, mientras que en 2019 fue de $16,59 billones, con una contribución a la variación de 2.5%.

 

De manera agregada, el recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la suma de $89,02 billones, lo que representa una variación nominal de 9.4% frente al 2018 en el que ingresaron $81,37 billones.

 

Por último, es importante mencionar que el recaudo obtenido mediante el pago de las obligaciones a través del uso de los títulos de devolución de impuestos – TIDIS, registró un valor de $5,24 billones.

 

Agosto
El recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN en agosto fue de $9,68 billones, lo que representa un crecimiento del 8.3%, en relación con el mismo período de 2018, cuando se alcanzó la cifra de $8,94 billones. Este crecimiento se soporta principalmente en el comportamiento del recaudo de la retención en la fuente a título de renta y los tributos aduaneros, que en conjunto aportaron el 68.5% del total recaudado.

 

Por concepto de Retención en la fuente a título de renta, se recaudaron $4,31 billones, que comparado frente al mismo período de 2018, representa un aumento de 8.9% y una contribución a la variación de 4.0 puntos porcentuales, es decir, que del 8.3% de crecimiento, este concepto contribuyó con 4.0%.

 

Similar desempeño presentó el recaudo de los tributos aduaneros, que alcanzó la suma de $2,33 billones, arrojando un incremento de 12.3% en relación con 2018 y una contribución a la variación de 2.9%.

 

El 80.6% del recaudo bruto obtenido en el mes de agosto se concentró en tres conceptos: la retención en la fuente a título de renta con 44.5%, los tributos aduaneros con el 24.0% y el impuesto de renta con el 12.1%, de participación.

 

Recaudo por Gestión
En agosto se adelantó la octava jornada “Al día con la DIAN le cumplo al país", en cuyo desarrollo se adelantaron 3.322 acciones del Plan de Cobro sobre cartera vencida en cuantía de $235.172 millones. Estas acciones comprendieron: embargos e investigación de bienes.

 

La ejecución del Plan de Cobro de 2019, ha coadyuvado para que en el período enero – agosto se haya alcanzado un recaudo por gestión de $8 billones, lo que representa una variación de 26,7% en relación con el mismo período de 2018, en el que se había obtenido ingresos por $6,26 billones.

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Con el objetivo de facilitar a los contribuyentes el pago de sus obligaciones tributarias, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reguló el pago de los impuestos nacionales, a través de otros medios como las tarjetas de crédito de las diferentes franquicias y otros productos crediticios.

 

Entre las entidades que ya ofrecen esta nueva opción se encuentran: Itaú, Bancolombia, GNB Sudameris y Davivienda, quienes han dispuesto este servicio.

 

Los clientes de estas entidades, podrán pagar de forma inmediata y en línea sus obligaciones con la DIAN, obtener financiación del pago a través de su tarjeta de crédito y evitar la mora en el pago de sus impuestos.

 

Próximamente este servicio estará dispuesto para las demás entidades que hacen parte del grupo de Entidades Autorizadas para Recaudar (EAR).

 

La DIAN invita a la ciudadanía a consultar con sus entidades bancarias el protocolo a seguir para utilizar este nuevo servicio.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó para comentarios el proyecto de resolución por la cual se modifica el artículo 2° de la Resolución 057 del 13 de abril de 2015, referente a las importaciones desde zonas francas.

 

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 24 de septiembre de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Consulte el Proyecto de Resolución aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de Resolución por el cual se reglamenta el Decreto 1370 del 01 de agosto de 2019 y se dictan otras disposiciones.

 

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución del 06 al 12 de septiembre de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

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Hasta el 11 de septiembre la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recibirá comentarios sobre el proyecto de resolución por la cual se modifican la fecha máxima para iniciar la expedición de la factura electrónica de venta establecida para el Grupo 1 del numeral 2 y el parágrafo transitorio del artículo 3 de la Resolución 000020 del 26 de marzo de 2019.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Consulte el Proyecto de Resolución haciendo clic aquí.

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