La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 054 del 28 de mayo de 2020, por la cual se modifican los plazos para la presentación de la información exógena cambiaria, definidos en los parágrafos transitorios del artículo 4 de las resoluciones 9147, 9148 y 9149 del 14 de agosto de 2006.

 

Para conocer la Resolución 054, haga clic aquí.

La Resolución 053 del 28 de mayo de 2020, emitida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, modifica los plazos establecidos para la presentación de información tributaria del año gravable 2019 ante la entidad.

 

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 052 del 22 de mayo de 2020, por la cual se da continuidad a medidas de protección y urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la entidad.

 

Para conocer la Resolución 052, haga clic aquí.

Por medio de la Resolución 051 del 21 de mayo de 2020, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, modifica el instructivo del formulario No. 490 Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el año 2020.

 

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 050 del 20 de mayo de 2020, por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0030 de 29 de marzo de 2020 por medio de la cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la DIAN.

 

Para conocer la Resolución 050, haga clic aquí.

La Resolución 049 del 18 de mayo de 2020, emitida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, flexibiliza transitoriamente algunas disposiciones para acceder al régimen de Compañías Holding Colombianas – CHC, de que tratan los artículos 894 al 898 del Estatuto Tributario.

 

Para conocer la Resolución 049, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 743 del 28 de mayo de 2020, Por el cual se reglamentan el parágrafo 2 del artículo 257 y el parágrafo del artículo 357 del Estatuto Tributario y se adicionan y sustituyen artículos de los Capítulos 4 y 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente al manejo contable de las donaciones.

 

Para conocer el Decreto 743, haga clic aquí.

Por medio del Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, el Ministerio del Interior imparte instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público.

 

Para conocer el Decreto 749, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación publicó la Resolución 096 del 25 de mayo de 2020, por medio de la cual se prorroga la suspensión de términos de manera general en las actuaciones administrativas que deban adelantarse en la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación (U.A.E. CGN).

 

Para conocer la Resolución 096, haga clic aquí.

Como consecuencia de la nueva extensión del Aislamiento Preventivo Obligatorio para contener el Covid-19, la Superintendencia de Sociedades se permite informar la modificación de los plazos para la presentación de los estados financieros de las empresas con corte al 31 de diciembre de 2019 y modificaciones de otros plazos de informes de interés.

 

Cambios en plazos para envío de estados financieros individuales y separados
La presentación de estados financieros se iniciará desde el miércoles 3 de junio y culminará el martes 30 de junio.

 

Cabe recordar que la presentación de los estados financieros aplica para las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales obligadas a presentar la información financiera. A su vez, esta modificación aplica para los estados financieros individuales y separados (Grupos 1, 2 y 3).

 

La Superintendencia tiene a disposición de las empresas todas las herramientas necesarias para que puedan presentar la información financiera en este momento. En razón de lo anterior, y teniendo en cuenta que es un procedimiento virtual, invitamos a las empresas a continuar con el proceso de presentación de la información financiera de 2019.

 

Plazos Informe 42 Prácticas Empresariales
Adicionalmente, la Supersociedades también modificó los plazos para el envío del Informe 42 Prácticas Empresariales a 31 de diciembre de 2019, que permite conocer información sobre las prácticas empresariales y el Gobierno Corporativo de las empresas vigiladas.

 

Cambios en plazos para envío de estados financieros consolidados y combinados

Como resultado de las modificaciones, también se modificaron los plazos para que las empresas envíen los estados financieros consolidados y combinados a 31 de diciembre 2019. En este sentido las matrices o controlantes deberán remitir esta información a más tardar el viernes 17 de julio de 2020.

 

Plazos para entidades empresariales que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha o que se encuentran en liquidación voluntaria

También se modifica el plazo sobre Información Financiera de Fin de Ejercicio para Entidades Empresariales que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha o que se encuentren en liquidación voluntaria, de tal manera que las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control que a 31 de diciembre de 2019, determinen que no cumplen con la hipótesis de negocio en marcha o se encuentren adelantando un proceso de liquidación voluntaria, deben presentar la información a más tardar el jueves 25 de junio de 2020.

 

Nuevos plazos para equipos de fútbol
El plazo para la presentación de la información financiera de los equipos de fútbol con deportistas profesionales organizados como sociedades anónimas, con corte a 31 de diciembre de 2019 también se modificó. La nueva fecha máxima de entrega será el viernes 12 de junio de 2020.

 

Para conocer la Circular 010, haga clic aquí.

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