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Los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Hacienda y Crédito Público publicaron el proyecto de decreto “Por medio del cual se compilan y actualizan los marcos técnicos de las Normas Información Financiera NIIF para el Grupo 1 y de las Normas de Información Financiera, NIIF para las Pymes, Grupo 2, anexos al Decreto 2420 de 2015, modificado por los Decretos 2496 de 2015, 2131 de 2016 y 2170 de 2017, respectivamente, y se dictan otras disposiciones”.

 

La finalidad del Decreto a expedir, es: 1.- Compilar y actualizar:

 

El marco técnico de las Normas de Información Financiera NIIF para el Grupo 1, dispuestas en los anexos 1.1. 1.2 y 1.3., incorporados en el Decreto 2420 de 2015, modificado por los Decretos 2496 de 2015, 2131 de 2016 y 2170 de 2017, respectivamente, en el anexo denominado “ANEXO TÉCNICO COMPILATORIO No. 1, DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIIF, GRUPO 1”, que hace parte integral del proyecto de Decreto, el cual incorpora dentro del mismo, tanto las enmiendas emitidas por el IASB durante el segundo semestre de 2017, a saber: “(a) participaciones de largo plazo en asociadas y negocios conjuntos (modificaciones a la NIC 28, publicada en octubre de 2017); (b) características de cancelación anticipada con compensación negativa (Modificaciones a la NIIF 9, publicada en octubre de 2017; (c) mejoras anuales a las Normas NIIF ciclo 2015- 2017, publicada en diciembre de 2017); y, (d) documento de práctica de las NIIF No. 2, realización de Juicios sobre materialidad o importancia relativa, emitidos en septiembre de 2017”, como las “Correcciones de Redacción”, emitidas por el IASB en diciembre de 2017, para estos estándares y la CINIIF 22.

 

El marco técnico normativo de las Normas de Información Financiera, NIIF para las Pymes, Grupo 2, dispuesto en los anexos 2 y 2.1., incorporados en el Decreto 2420 de 2015, modificado por el Decreto 2496 de 2015, con el anexo denominado “ANEXO TÉCNICO COMPILATORIO No. 2, DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIIF PARA LAS PYMES GRUPO 2”, que hace parte integral del proyecto de Decreto, el cual incorpora, las “Correcciones de Redacción”, emitidas por el IASB en diciembre de 2017, para estos estándares.

 

Esta propuesta normativa surge del estudio, discusión pública y posterior recomendación del Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP- a las direcciones de regulación de los mencionados ministerios.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

El IASB, organismo encargado de la emisión de las Normas Internaciones de Información Financiera, NIIF, está llevando a cabo el proceso de discusión pública de la propuesta sobre la clasificación de instrumentos financieros con características de patrimonio, que modifica la NIC 32, Instrumentos Financieros: Presentación.

 

Por su parte, el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (GLENIF), cuyo representante por Colombia es el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), ha conformado el Grupo Técnico de Trabajo 68 (GTT 68) para analizar esta temática y presentar una posición unificada por Latinoamérica ante el IASB.

 

El CTCP, como organismo normalizador de la contabilidad en Colombia, también quiere conocer los comentarios de los distintos grupos de interés con el fin de evaluar la opción de remitir directamente al emisor de las NIIF (International Accounting Standard Board – IASB -) los comentarios de Colombia sobre este tema, en cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley 1314 de 2009.

 

De acuerdo con lo anterior, el CTCP pone a disposición del público el documento en español acerca de las modificaciones propuestas sobre los Instrumentos Financieros con Características de Patrimonio, el cual contiene once (11) preguntas. Sobre aquellas inquietudes, que fueron planteadas por el IASB, atentamente pedimos el envío de comentarios a la dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. antes del 30 de octubre de 2018.

 

El CTCP, consolidará los comentarios recibidos, preparará y presentará la postura colombiana en las reuniones del grupo de trabajo del GLENIF. También evaluará si es viable remitir directamente al IASB las conclusiones y comentarios recibidos en el proceso de consulta pública.

 

Los documentos relacionados con el aludido proyecto de interpretación pueden ser consultados haciendo click en el siguiente vínculo: http://www.ctcp.gov.co/ctcp_discusion.php

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, ha emitido una recomendación para la incorporación de la Fe de Erratas a las normas técnicas del Grupo 1 (NIIF completas) y del Grupo 2 (NIIF para las PYMES) y la unificación en un solo texto de las enmiendas del segundo semestre de 2017 y las mejoras anuales a las normas NIIF ciclo 2015-2017.

 

El CTCP después de haber analizado la totalidad de las correcciones incorporadas por el IASB en el documento “Correcciones de Redacción” emitido en diciembre de 2017, las modificaciones propuestas en el documento de enmiendas del segundo semestre de 2017, y las mejoras anuales a las normas NIIF ciclo 2015-2017, ha concluido que es de alta importancia incorporar estos ajustes en los anexos técnicos que serán emitidos para actualizar los anexos 1 y 2 del Decreto 2420 de 2015 y sus modificatorios.

 

De no hacerlo, se podrían generar diferencias y errores en la interpretación de las normas, por cuanto ellos no han sido incorporados en los ficheros oficiales de gobierno que remite el Instituto Nacional de Contadores Públicos (INCP) para efectos de la expedición y modificación de los marcos técnicos de información financiera.

 

Por lo tanto, en adición a las recomendaciones emitidas por este consejo, en relación con la expedición de un decreto reglamentario, que actualice en su totalidad los anexos técnicos 1 y 2 del Decreto 2496 de 2015, modificado por los decretos 2131 de 2016 y 2170 de 2017, también recomienda que las correcciones de redacción, las enmiendas del segundo semestre de 2017, y las mejoras Anuales a las Normas NIIF ciclo 2015-2017, sean consideradas en conjunto para modificar la información de los ficheros oficiales de gobierno contenidos en el libro rojo 2017 y en la NIIF para las Pymes, los cuales serán utilizadas como base para la actualización de los anexos 1 y 2 del Decreto 2420 de 2015 y sus modificatorios.

 

De esta forma se incorpora en un solo cuerpo normativo los anexos técnicos que contienen las normas de información financiera aplicables para las entidades clasificadas en los Grupos 1 y 2, respectivamente.

Además de lo anterior, aclara que el tema referente a las enmiendas del segundo semestre de 2017, y las mejoras anuales a las normas NIIF ciclo 2015-2017, fue puesto en discusión pública el 20 de febrero de 2018.

La documentación con la propuesta y sus anexos fue dirigida a los ministerios de Hacienda y Crédito Público y Comercio, Industria y Turismo en su condición de reguladores.

 

Consulte aquí la propuesta

 

Consulte aquí la documentación adjunta.

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, culminó el proceso de consolidación, revisión y análisis de comentarios a las enmiendas de la NIC 28, la NIIF 9 y mejoras anuales a las NIIF Ciclo 2015 – 2017, emitidas por el IASB en el segundo semestre de 2017.

 

Concluye el organismo de normalización técnica en cartas dirigidas a los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Hacienda y Crédito Público que no se identificaron aspectos de fondo que pudieran implicar la inconveniencia en su aplicación en Colombia.

 

En la misiva el CTCP también recomienda la expedición de un Decreto Reglamentario que ponga en vigencia las mencionadas enmiendas y su aplicación obligatoria sea a partir del 2019. Así, explica que las fechas de vigencia incluidas en el texto original de las normas no se tengan en cuenta en la regulación colombiana.

 

Consulte los documentos finales aquí.

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dentro del proceso de discusión pública del GTT 65 sobre modificaciones a la NIC 8, amplió el plazo para la recepción de comentarios hasta el 22 de junio de 2018.

 

El IASB, organismo encargado de la emisión de las Normas Internaciones de Información Financiera (NIIF), está llevando a cabo el proceso de discusión pública sobre el proyecto de norma: Modificaciones propuestas a la NIC 8 “Cambios de Políticas Contables”

 

Por su parte, el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (GLENIF), cuyo representante por Colombia es el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), ha conformado el Grupo Técnico de Trabajo 65 (GTT 65) para analizar esta temática y presentar una posición unificada por Latinoamérica ante el IASB.

 

El CTCP, como organismo normalizador de la contabilidad en Colombia, también quiere conocer los comentarios de los distintos grupos de interés con el fin de evaluar la opción de remitir directamente al emisor de las NIIF (International Accounting Standard Board – IASB -) los comentarios de Colombia sobre este tema, en cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley 1314 de 2009.

 

De acuerdo con lo anterior, el CTCP pone a disposición del público el documento en español acerca de las modificaciones propuestas a la NIC 8 “Políticas Contables y Estimaciones Contables”, el cual contiene dos (2) preguntas, acompañado además de una presentación para su mejor comprensión y entendimiento. Sobre dichas inquietudes, las cuales fueron planteadas por el IASB, atentamente pedimos el envío de comentarios a las direcciones electrónicas: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">

 

El CTCP, consolidará los comentarios recibidos, preparará y presentará la postura colombiana en las reuniones del grupo de trabajo del GLENIF. También evaluará si es viable remitir directamente al IASB las conclusiones y comentarios recibidos en el proceso de consulta pública.

 

Los documentos relacionados con el aludido proyecto de interpretación pueden ser consultados haciendo clic aquí.

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El IASB, organismo encargado de la emisión de las Normas Internaciones de Información Financiera, NIIF, está llevando a cabo el proceso de discusión pública sobre el proyecto de norma: Modificaciones propuestas a la NIC 8 “Cambios de Políticas Contables”

 

Por su parte, el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (GLENIF), cuyo representante por Colombia es el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), ha conformado el Grupo Técnico de Trabajo 65 (GTT 65) para analizar esta temática y presentar una posición unificada por Latinoamérica ante el IASB.

 

El CTCP, como organismo normalizador de la contabilidad en Colombia, también quiere conocer los comentarios de los distintos grupos de interés con el fin de evaluar la opción de remitir directamente al emisor de las NIIF (International Accounting Standard Board – IASB -) los comentarios de Colombia sobre este tema, en cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley 1314 de 2009.

 

De acuerdo con lo anterior, el CTCP pone a disposición del público el documento en español acerca de las modificaciones propuestas a la NIC 8 “Políticas Contables y Estimaciones Contables”, el cual contiene dos (2) preguntas, acompañado además de una presentación para su mejor comprensión y entendimiento. Sobre dichas inquietudes, las cuales fueron planteadas por el IASB, atentamente pedimos el envío de comentarios a la dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ; Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. antes del 18 de mayo de 2018.

 

El CTCP, consolidará los comentarios recibidos, preparará y presentará la postura colombiana en las reuniones del grupo de trabajo del GLENIF. También evaluará si es viable remitir directamente al IASB las conclusiones y comentarios recibidos en el proceso de consulta pública.

 

Los documentos relacionados con el aludido proyecto de interpretación pueden ser consultados haciendo click en el siguiente vínculo: http://www.ctcp.gov.co/ctcp_discusion.php

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El próximo 30 de abril se termina el plazo para que los interesados envíen sus comentarios en relación con publicación para discusión de las Enmiendas del Segundo Semestre 2017 NIIF Ciclo 2015 – 2017.

 

En febrero de 2018, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó los documentos que comprenden modificaciones la NIC 28 y a la NIIF 9 emitidas por el IASB durante el segundo semestre de 2017.

 

Se invita a todas las partes interesadas a enviar sus comentarios sobre el documento a los correos electrónicos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y /o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

 

El plazo máximo para recibir las observaciones es del 30 de abril de 2018.

 

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, comparte para discusión pública y comentarios la revisión del articulado del Decreto 2649 de 1993 a la luz de los nuevos marcos técnicos normativos de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información.

 

Se invita a todas las partes interesadas a enviar sus comentarios sobre el documento a los correos electrónicos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y /o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. El plazo máximo para recibir las observaciones es del 31 de marzo de 2018.

 

Este sometimiento del análisis de la norma tiene justificación en:

 

En virtud de la Ley 1314 de 2009 se expidieron los decretos reglamentarios para entidades clasificadas en los Grupo 1, 2 y 3, que aplicarían NIIF plenas, NIIF para Pymes y contabilidad simplificada para Microempresas, respectivamente.

La vigencia de los decretos reglamentarios establecieron que a partir de la fecha de aplicación de los marcos técnicos normativos, no seguirían aplicando lo dispuesto en los Decretos 2649 y 2650 de 1993 y las normas que los modifiquen o adicionen y demás normatividad contable vigente sobre la materia para ese entonces.

El artículo 2.1.1 del Decreto Único Reglamentario número 2420 de 2015 que compiló los decretos reglamentarios de la Ley 1314 de 2009, en su numeral 3 aclaró que en lo no regulado por los decretos reglamentarios de los nuevos marcos normativos de información financiera para los preparadores clasificados en los Grupos 1, 2 y 3, seguiría vigente el Decreto 2649 de 1993.

La Superintendencia de Sociedades, el Ministerio de Comercio, industria y Turismo y el CTCP celebraron varias reuniones durante el año 2017 y en lo corrido del 2018, para realizar una revisión conjunta de la totalidad de los artículos del Decreto 2649 de 1993.

La comunidad contable en general ha venido presentado diversos interrogantes acerca de la vigencia y aplicación del Decreto 2629 de 1993.

Por tal razón, se hace necesario realizar un análisis del articulado contenido en el Decreto 2649 de 1993 frente a los nuevos marcos técnicos normativos de información financiera y establecer su vigencia, no vigencia o derogatoria.

Adicionalmente, es importante mencionar que una vez se defina la vigencia del articulado del Decreto 2649 esto se tendrá de insumo para presentar la propuesta del Sistema Documental Contable que también se tiene incorporada en el plan de trabajo del CTCP.

 

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, comparte para discusión pública y comentarios las mejoras anuales a las normas NIIF ciclo 2015-2017; modificaciones a la NIC 28 y a la NIIF 9 emitidas por el IASB durante el segundo semestre de 2017.

 

Se invita a todas las partes interesadas a enviar sus comentarios sobre el documento a los correos electrónicos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y /o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. El plazo máximo para recibir las observaciones es del 30 de abril de 2018.

 

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, comparte la traducción oficial del Documento de Práctica de las NIIF Número 2 Realización de Juicios sobre Materialidad o Importancia Relativa.

 

Esta es la traducción oficial es aprobado por International Accounting Standards Board – IASB- y contiene 47 páginas. Entre los títulos más importantes abordados se encuentran la definición de material o con importancia relativa, los usuarios principales y sus necesidades de información, la interacción con las leyes y regulaciones locales y la realización de juicios sobre materialidad.

 

El documento proporciona a las entidades que reportan guías no obligatorias sobre la realización de juicios sobre materialidad o importancia relativa al preparar los estados financieros con propósito general de acuerdo con las normas NIIF.

 

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

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