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El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios, hasta el 14 de agosto, el Proyecto de Decreto “Por el cual se regulan las Conciliaciones Contencioso Administrativas Tributarias, y las Terminaciones por mutuo acuerdo en materia tributaria, aduanera y cambiaria, de acuerdo a lo establecido en los artículos 305 y 306 de la Ley 1819 de 2016”.

 

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El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, solicitó a la Superintendencia Financiera de Colombia, realizar un estudio para analizar la modificación en la periodicidad de la certificación en la tasa de interés bancario con que se determina la usura.

 

De acuerdo al Jefe de la cartera de Hacienda, este estudio analizará el tiempo en el que el ente supervisor certifica el Interés Bancario Corriente, que actualmente se ubica en 32,97% para créditos de consumo y ordinario.

 

“Estamos solicitando a la Superintendencia Financiera que haga un estudio con los pros y contras sobre la posibilidad de modificar la periodicidad de certificación de la tasa de interés bancario con que se determina la usura, para buscar una transmisión más ágil de la reducción de tasas de interés del Banco de la República a los créditos de consumo que pagan los hogares”, dijo el funcionario.

Y enfatizó: “el estudio debe ser rápido, vamos a pedir 15 días para que se realice”.

De acuerdo al Jefe de la cartera de Hacienda, este estudio se necesita para analizar adecuadamente las decisiones de política que debe adoptar el Ministerio de Hacienda como parte de la Junta del emisor, en particular evaluar si se debe mantener por tres meses la metodología actual del cálculo de la certificación de la tasa de interés bancario corriente.

“Hoy la tasa de interés bancario corriente con la que se determina la usura se fija trimestralmente y queremos que se analice la posibilidad de fijarla bimestralmente o mensualmente para que llegue rápidamente la reducción de la tasa de interés de la política del Banco de la Republica a los hogares”, indicó Cárdenas.

El Ministro de Hacienda precisó además que esta petición a la Superintendencia Financiera, se enmarca en las competencias y autorizaciones legales que tiene el ente de vigilancia y control.

“A los bancos debemos reconocer que las tasas de los créditos a las empresas –lo que se conoce como los créditos comerciales-, han bajado considerablemente, prácticamente en la misma proporción que las tasas de política del Banco de la República, pero nos falta un paso más: las tasas del consumo a los hogares. Nuestro llamado es: no vamos a adoptar medidas punitivas o de carácter administrativo, vamos a revisar la periodicidad de la certificación de la tasa de interés bancario corriente con que se calcula la usura”, resaltó.

Finalmente, Cárdenas resaltó que esta medida, acompañada de la decisión del Banco de la Republica de reducir la tasa de intervención en 50 puntos básicos, busca que el resultado del crecimiento del año 2017 sea el mejor posible.

“Buscamos que frente a donde estábamos a final del año 2016, este año (2017) comience a mostrar una recuperación, que Colombia Repunte, que el tercer trimestre sea mejor que el segundo y que el cuarto trimestre sea mejor que el tercero. En eso estamos trabajando sin pausa, nuestro compromiso es con Colombia”, recalcó.

Y añadió: “trabajamos en la reducción de la tasa de interés bancario corriente que se usa para fijar la usura, en la tasa de intervención del Banco de la República, en los proyectos de infraestructura 4G, en la construcción de aulas escolares, la destinación de los recursos de las regalías; es decir, trabajar en todos los frentes para lograr que el resultado de la economía para los colombianos termine el año

El Ministerio de Hacienda, publicó para comentarios entre el 27 de julio y 10 de agosto de 2017, el Proyecto de Decreto “por el cual se modifica parcialmente el Capítulo 18, Título 1, Parte 2, Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”.

 

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El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para sustituir los artículos 1.3.1.10.4; 1.3.1.10.5; 1.3.1.10.6; 1.3.1.10.7; 1.3.1.10.8; 1.3.1.10.9 y 1.3.1.10.10 del Capítulo 10 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1, para reglamentar el numeral 10 del artículo 424 del Estatuto Tributario”.

 

La entidad recibirá comentarios del 6 al 21 de julio de 2017. Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios, hasta el 5 de julio de 2017, "Por el cual se modifica el Título 3 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con el manejo de los excedentes de liquidez de las entidades estatales del orden nacional y territorial".

 

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El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, celebró la aprobación en cuarto debate por parte de la Plenaria de la Cámara de Representantes, del Proyecto de Ley de Conglomerados Financieros y Mecanismos de Resolución.

 

De acuerdo al Jefe de la cartera de Hacienda, el proyecto que se convertirá en Ley una vez sea sancionado por el Presidente de la República, Juan Manuel Santos, brinda facultades a la Superintendencia Financiera de Colombia para vigilar a los Conglomerados Financiaros, lo cual redundará en un sistema financiero más transparente y sólido.

 

Dentro de las novedades incluidas en el Proyecto de ley, el Ministro resaltó la definición de un nivel de capital a nivel conglomerado, suficiente para respaldar todos los riesgos agregados.

 

“Antes no se podían vigilar. La Superintendencia va a poder exigir un nivel de capital adecuado para que las Holding Financieras puedan respaldar todos los riesgos asumidos por el conglomerado. Esto significa más seguridad y estabilidad para el sistema financiero”, indicó el funcionario.

 

El Ministro Cárdenas resaltó además el avance que representa la aprobación del articulado en el marco regulatorio y de supervisión del sistema financiero colombiano, al mismo tiempo que destacó el aporte en el proceso de internacionalización experimentado durante los últimos años.

 

“Este marco regulatorio está alineado con las mejores prácticas internacionales, siguiendo las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (FMI)”, dijo Cárdenas.

“Lo dispuesto en la Ley está en línea con las mejores prácticas internacionales definidas en el Comité de Basilea e implementadas en varias economías del mundo”, añadió.

 

Por su parte, el Superintendente Financiero de Colombia, Jorge Castaño Gutiérrez, aseguró que “los nuevos instrumentos permitirán consolidar los logros obtenidos en materia de regulación y supervisión comprensiva y consolidada, lo que contribuirá a una mayor solidez y estabilidad del sistema financiero tanto a nivel local como regional”.

 

Finalmente, el Ministro destacó que el nuevo mecanismo de resolución introducido en este Proyecto de Ley hace más eficiente el proceso de liquidación de una entidad financiera y protege los recursos públicos para que los aportes de los contribuyentes no sean usados durante estos procesos.

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El Ministerio de Hacienda, publicó el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar la Parte I de la Ley 1819 de 2016", sobre el régimen de personas naturales.

 

La entidad recibirá comentarios hasta el 16 de junio de 2017.

 

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El Ministerio de Hacienda, publicó el Proyecto de Decreto para comentarios "Por el cual se adiciona un enciso al parágrafo del artículo 1.6.1.1. Capítulo 13, Título 1, Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”, mediante el cual se prorroga el plazo de inscripción del monotributo hasta el 31 de agosto.

 

La entidad recibirá comentarios hasta el 9 de junio de 2017. Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

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El Ministerio de Hacienda, publicó en el home de la página web y en la Sección Normativa, el Proyecto de Decreto para comentarios “Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con la ponderación por el nivel de riesgo crediticio de las operaciones de redescuento de las entidades autorizadas para realizar tales operaciones”.

 

La entidad recibirá comentarios hasta el 2 de junio de 2017. Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

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El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios, hasta el 22 de mayo de 2017, el proyecto de decreto "Por el cual se modifica el Título 17 del Libro 1 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010 en relación con los recursos de cuentas abandonadas de las que trata la Ley 1777 de 2016".

 

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