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Martes, 22 Septiembre 2020 08:59

Gobierno estudia plan de salvamento del empleo

El Gobierno nacional alista medidas adicionales para darle oxígeno al sector productivo y al empleo de los colombianos en el proceso de reactivación económica. Este lunes, en la segunda Comisión consultiva para el financiamiento empresarial, presidida por la Vicepresidente Marta Lucía Ramírez, los empresarios entregaron un paquete de propuestas que serán estudiadas en las próximas dos semanas.

“Hemos escuchado los planteamientos sobre las garantías, sobre las tasas de interés, sobre la manera en que podemos tener más acceso del sector real a la financiación. Acordamos hoy que el Gobierno va a analizar su viabilidad, cuáles necesitan una ley, o cuáles se pueden acoger con decretos o resoluciones de alguna de las superintendencias: financiera o de sociedades. Si alguna de las propuestas no resulta viable, también lo informaremos así al sector privado. Máximo en 15 días, va a haber un pronunciamiento del Gobierno, recogiendo la totalidad de medidas adicionales que se van a adoptar para el salvamento financiero de las empresas, para la reestructuración de sus créditos”, señaló la Vicepresidente.

El documento presentado por el sector privado enfatizó en la necesidad de estimular la demanda, incluir todo tipo de empresas (grandes, medianas, pequeñas micro e independientes) con productos acordes a las necesidades de cada una, mirar opciones no tradicionales, ampliar el mecanismo de garantías estatales y considerar que existen casos donde la necesidad no es de crédito sino de capitalización.

Una de las prioridades en este proceso, es la población informal, que requiere garantías y apoyo en el camino a la formalización, tarea que ha venido liderando, de la mano de Confecámaras.

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, expresó que otro planteamiento de los empresarios como es la reapertura de todos los sectores sin restricciones también está dentro de las prioridades del Gobierno, el cual insistirá ante los alcaldes, quienes tienen la potestad de tomar estas decisiones. “La premisa es una reapertura pronta con responsabilidad y disciplina en todos los municipios del país”, dijo.

Juan Pablo Zárate, viceministro de Hacienda, recordó que el Fondo Nacional de Garantías dispone de los medios para ampliar sus capacidades hasta $40 o $50 billones, en línea con una de los planteamientos empresariales.

Para los pequeños y medianos empresarios, que aún llevan sobre sus hombros el impacto de la pandemia, este trabajo articulado representa un bálsamo para mantener el crecimiento y el empleo.

“Recibimos con gran optimismo la creación de esta comisión en donde está ANDI, Acopi, Fenalco, los pequeños empresarios, empresarios informales, los comerciantes, los restaurantes, una gran cantidad de agentes de los que arman todo el tejido empresarial de nuestro país, además, del sector servicios, gimnasio, confecciones y textiles. Trajimos a la mesa un poco los dolores, las angustias, las afugias y las necesidades de los empresarios, que fue la tarea que, de alguna forma, nos encomendó el Gobierno. Hicimos una presentación de ocho grupos de solicitudes, recomendaciones, ideas, que esperamos sean estudiadas”, señaló Bruce Mac Master, presidente de la ANDI.

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La Comisión de Expertos del Sistema Tributario Territorial entregó, tras un año de análisis y trabajo, su informe final de recomendaciones al Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Luego de conocer el informe por parte la Secretaría Técnica, a cargo del Centro de Estudios sobre Desarrollo Económico -CEDE de la Universidad de los Andes, el ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla, agradeció la ardua labor de los expertos quienes se trazaron el objetivo de entregar unas recomendaciones que lleven a un sistema tributario territorial simple, eficiente, equitativo y sostenible.

El titular de la cartera manifestó que estas recomendaciones servirán como insumo para que el Gobierno nacional impulse modificaciones que refuercen los sistemas tributarios de cada nivel territorial, que genere los incentivos correctos y fomente la autonomía de los departamentos y municipios.

“Las recomendaciones que hoy nos entrega la Secretaría Técnica están planteadas bajo tres principios orientadores: el fortalecimiento de la autonomía de las entidades territoriales, la reducción de las ineficiencias de la estructura tributaria territorial y la provisión adecuada de bienes públicos. Estas, sin duda, serán la guía de las reformas que se discutirán en las asambleas departamentales, concejos municipales y, por supuesto, el Congreso de la República”, expresó el titular de la cartera de las finanzas públicas.

En el evento de cierre, el ministro subrayó el trabajo de la Comisión, la cual estudió, entre otros, el impuesto predial, el ICA, los impuestos departamentales al consumo, las estampillas, y diferentes aspectos de la administración tributaria necesarios para la simplificación y eficiencia del sistema tributario territorial.

Cabe recordar que la Comisión de Expertos del Sistema Tributario Territorial nació como una iniciativa del Gobierno nacional dentro de la Ley de Financiamiento y estuvo compuesta por Olga Lucía Acosta, Cristina Arango, Ana Lucía Villa, Fidel Castaño, Daniel Escobar, Roberto Junguito, Pedro Sarmiento, Eduardo Wiesner y Alejandro Gaviria.

El informe completo lo puede consultar aquí.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, OCDE, instalaron oficialmente la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios, que se encargará de estudiar y analizar los tratamientos excepcionales vigentes en el sistema tributario nacional.

Esta comisión tiene el fin de entregar las recomendaciones finales al Gobierno sobre cómo debe desarrollarse el sistema tributario colombiano. Se basa en el artículo 137 de la Ley 2010 de 2019, promovido por el Congreso de la República y respaldado por el Gobierno nacional.

La Comisión está integrada por cinco expertos internacionales: David Rosenbloom, director del Programa de Tributación Internacional de la Universidad de Nueva York; Brian Arnold, catedrático de Derecho Tributario en la Universidad de Waterloo; Jeffrey Owens, profesor de reconocidas universidades y autoridad global en impuestos; Pascal Saint-Amans, director del Centro de Política y Administración Tributaria de la OCDE; y Kent Smetters, profesor de la Escuela de Negocios de la Universidad de Pennsylvania. La conformación de la Comisión fue producto de una revisión exhaustiva de posibles miembros que garantizaran un alto nivel de conocimiento académico y de política pública.

Por parte del Gobierno nacional, estarán Ángel Custodio Cabrera, ministro de Trabajo; Rodolfo Enrique Zea, ministro de Agricultura y Desarrollo Rural; José Manuel Restrepo, ministro de Comercio, Industria y Turismo; Juan Pablo Zárate, viceministro Técnico de Hacienda y José Andrés Romero, director general de la DIAN. La Secretaría Técnica la conformarán conjuntamente la OCDE y la DIAN.

Durante nueve meses estos expertos cumplirán el mandato legal de: “estudiar los beneficios tributarios vigentes en el sistema tributario nacional, con el objeto de evaluar su conveniencia y proponer una reforma orientada a mantener los beneficios tributarios que sean eficientes, permitan la reactivación de la economía, fomenten el empleo, emprendimiento y formalización laboral, empresarial y tributaria que se fundamenten en los principios que rigen el sistema tributario nacional”, según lo establecido en la Ley de Crecimiento Económico.

La Comisión operará hasta mediados de 2021, y entregará documentos preliminares a partir de febrero. La metodología de trabajo consiste en cinco mesas temáticas, cada una de las cuales será presidida por uno de los expertos internacionales. Estos grupos de trabajo se reunirán aproximadamente una vez al mes y prepararán insumos para ser discutidos en sesiones plenarias, donde todos los miembros de la Comisión se reúnen a discutir los avances de cada mesa temática, así como las recomendaciones concretas.

Las cinco mesas de trabajo serán sobre los siguientes temas: impuesto de renta corporativo, impuesto de renta a personas naturales y dividendos, impuesto al valor agregado (IVA), comercio exterior, ingresos no constitutivos de renta e incentivos para el campo.

El Gobierno nacional espera que los borradores como el informe final de la Comisión sean insumos relevantes para llevar a cabo la reforma fiscal que el país requiere, tal como se señaló en el Marco Fiscal de Mediano Plazo de 2020.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios hasta el 26 de agosto de 2020 “Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con la reglamentación de las condiciones de operación de la renta vitalicia inmobiliaria y se dictan otras disposiciones".

Para conocer el proyecto de Decreto, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 13 de agosto el proyecto de decreto “Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el régimen de clasificación de los inversionistas y se dictan otras disposiciones”.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios hasta el 6 agosto de 2020, “Por el cual se reglamentan los artículos 242, 242-1, 245 y 246-1 del Estatuto Tributario y se modifican, sustituyen y adicionan artículos, del Capítulo 10 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1, del Capítulo 7 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1, del Capítulo 21 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 y del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente al impuesto a los dividendos.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda, informa a la ciudadanía que se encuentra publicado en el home de la página web y en la Sección Normativa el Proyecto de Decreto para comentarios del 22 de julio al 6 agosto de 2020, hasta las 12 de la noche “Por el cual se reglamentan los artículos 27, 46, 55, 206, 206-1, 235-2, 330, 331, 332, 333, 335 y 336 del Estatuto Tributario, se modifica, sustituye y adiciona unos artículos al Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 21 de julio 2020, el proyecto de decreto “Por el cual se reglamenta el parágrafo 8 del artículo 118, el parágrafo 11 del artículo 119 de la Ley 2010 de 2019, el artículo 244 de la Ley 1955 de 2019, adicionado por el artículo 139 de la Ley 2010 de 2019, el Decreto Legislativo 688 de 2020 y se sustituye el Título 2 de la Parte 12 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público”, sobre la presunción de costos.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó el Marco Fiscal de Mediano Plazo 2020. Durante 2019, la economía colombiana se aceleró, creciendo 3,3%. Lo anterior demuestra que tiene fundamentales sólidos. La aceleración se vio interrumpida por la pandemia del COVID-19, que llevará a que la economía se contraiga 5,5% en el 2020. Gracias a los buenos fundamentales, se espera una recuperación rápida, con un crecimiento de 6,6% en 2021.

 

El déficit fiscal del Gobierno Nacional Central para el 2019 fue 2,5%. Como se expone en los planes financieros de 2020 y 2021, el déficit fiscal se incrementará a 8,2% del PIB en 2020, para luego caer a 5,1% del PIB en 2021.

 

El resumen ejecutivo del Marco Fiscal de Mediano se presenta a continuación:

 

Resumen ejecutivo:
Suspensión de la Regla Fiscal

  • Se estima que, en 2020, como consecuencia de un choque exógeno sin precedentes, la deuda pública a lo largo y ancho del mundo se eleve de manera sustancial. Los estimativos recientes del FMI sugieren que la relación entre deuda pública bruta y PIB del Gobierno General subiría 26pp entre 2019 y 2020 en el promedio de economías avanzadas. En particular, este indicador se incrementaría en 21pp en el promedio ponderado de los países de la Zona Euro, 32,7pp en Estados Unidos y 30pp en Japón. Asimismo, se estima que la razón deuda a PIB del promedio de países de América Latina aumente en 10,9pp durante 2020.
  • Como resultado de la magnitud del choque macroeconómico que experimenta actualmente el país, y la necesidad de utilizar la flexibilidad permitida por la ley 1473 de 2011, el Gobierno decidió suspender la Regla Fiscal para los años 2020 y 2021.
  • A la fecha, además de Colombia, más de 20 países con diversas calificaciones crediticias han flexibilizado sus metas fiscales a raíz de los efectos de la pandemia.
  • Como insumo para la decisión, el Gobierno solicitó concepto previo al Comité Consultivo de la Regla Fiscal, el cual, por unanimidad, determinó apoyar la utilización de este mecanismo, en reconocimiento de la insuficiencia del componente cíclico de la regla para absorber la extraordinaria magnitud del choque actual.
  • La estrategia fiscal del Gobierno nacional establece que se retornará a la senda de déficit fiscal consistente con los parámetros establecidos en la regla fiscal a partir del 2022.
  • El programa determina que en el año 2021 se llevará a cabo un ajuste sustancial del déficit fiscal, desmontando buena parte de los gastos extraordinarios de la emergencia. Así mismo, fija las metas de déficit de 2020 y 2021 (8,2% y 5,1% del PIB, respectivamente) que son un ancla de la política fiscal.
  • Por último, a petición del Gobierno Nacional, el CCRF ejercerá el papel de Comité independiente para el monitoreo de las finanzas públicas, durante el tiempo de suspensión de la regla fiscal.

 

2019

  • La economía colombiana creció 3,3% en 2019, acelerándose 0,8 puntos porcentuales (pp) frente a 2018, en un contexto de desaceleración de la economía mundial. Las buenas condiciones domésticas impulsaron la demanda interna, que a su vez fue el principal motor del crecimiento económico. Dentro de la demanda interna se destaca el dinamismo del consumo de los hogares y de la inversión. Sectorialmente, el crecimiento estuvo jalonado principalmente por sectores no transables, con excepción de la construcción, que fue el único sector con un crecimiento negativo.
  • A pesar del crecimiento observado, los resultados del mercado laboral no fueron satisfactorios. La tasa de desempleo se ubicó en 10,5% (0,8pp superior a la de 2019) y el número de ocupados se redujo en 170 mil personas. Al mismo tiempo, la tasa global de participación se redujo 0,7pp. Los sectores que registraron la mayor pérdida de empleos fueron el agropecuario y la industria manufacturera.
  • La inflación mostró un incremento de 62 puntos básicos (pb), cerrando en 3,8% en 2019 y ubicándose dentro de la meta del Banco de la República.
  • El crecimiento de la demanda interna por encima del PIB generó un incremento de 0,3pp en el déficit de la cuenta corriente hasta 4,2% del PIB. La inversión extranjera directa (IED), que creció 26,3%, representó la principal fuente de financiamiento.
  • En 2019, el GNC alcanzó el menor déficit fiscal desde 2014 y el primer superávit primario desde 2012, consolidando la senda decreciente de su balance iniciada en 2016. Esto hubiera permitido lograr una reducción de la deuda en 2019. No obstante, se realizó el reconocimiento de pasivos no explícitos costosos que, si bien aumentó el saldo de deuda, traerá ahorros financieros en el futuro.
  • El resto del sector público tuvo un comportamiento disímil. Mientras que el sector de regionales y locales deterioró su resultado fiscal en 0,9pp del PIB, el Banco de la República produjo mayores utilidades por 0,4pp del PIB, frente a 2018. A nivel agregado, el Sector Público Consolidado (SPC) presentó un déficit fiscal de 2,9% del PIB.
  • El aumento en el déficit de cuenta corriente y la disminución del déficit del Gobierno Nacional Central (GNC), permitieron la ampliación del déficit privado, que se reflejó en mayor consumo e inversión, en medio de condiciones financieras favorables.

 

2020

  • En 2020, se esperaba que la economía continuara su proceso de aceleración, lo que efectivamente sucedió en enero y febrero. Sin embargo, a raíz de la propagación del COVID-19 en Colombia, se implementaron medidas de aislamiento preventivo, que, junto con un contexto internacional dominado por la incertidumbre global, llevaron a revisar el pronóstico de crecimiento del PIB desde 3,7% a -5,5%. Tanto en Colombia, como en el resto del mundo, hay alta incertidumbre alrededor de los pronósticos de crecimiento. En ambos casos, la profundidad y la duración de la recesión estarán ligadas a la evolución de la pandemia.
  • La naturaleza del choque afectará tanto la producción como la demanda agregada. Los sectores más afectados serán comercio (-11,2%), construcción (-16,1%) y arte, entretenimiento y recreación (-28,2%). Por otro lado, el consumo de los hogares y la inversión caerían 5,7% y 17,7%, respectivamente, y el gasto del Gobierno, que crecería 4,1%, sería el único componente de la demanda interna que contribuiría a su crecimiento.
  • La crisis afectará los mercados laborales en todo el mundo, lo que se reflejará en caídas en la tasa de ocupación, aumentos en la inactividad y mayores tasas de desempleo en Colombia.
  • En este contexto, la política diseñada por el Gobierno nacional, para enfrentar la emergencia económica y sanitaria ocasionada por el COVID-19, se ha cimentado alrededor de tres ejes: i) el fortalecimiento del sistema de salud y su capacidad de respuesta; ii) ayuda social a la población en condición vulnerable y iii) la protección del empleo y mitigación de la afectación sobre el aparato productivo.
  • Se espera que la contracción de la economía de 5,5% esté acompañada por una inflación de 2,4%, inferior en 1,4pp frente a la de 2019, ampliando el espacio para una política monetaria contracíclica.
  • Como producto de la recesión, los flujos de IED disminuirán en el presente año (-38,5%). En el financiamiento externo, la caída de estos ingresos sería compensada por el aumento en el endeudamiento externo del sector público para hacer frente a la crisis. Lo anterior se reflejará en un mayor déficit de cuenta corriente de 4,8% del PIB.
  • La reducción de los precios del petróleo, dentro del contexto de financiamiento externo antes descrito, llevará a que la tasa de cambio promedio para el año sea de $3,960 pesos por dólar.
  • A diferencia de 2019, el mayor déficit de cuenta corriente y la ampliación del déficit del GNC generarían un superávit privado, reflejado en menores niveles de inversión y consumo por parte de este sector.
  • Frente al plan financiero de 2020 presentado a comienzo de año, la meta de déficit fiscal del GNC se ampliaría 6,0pp, hasta 8,2% del PIB. Esta meta constituye el ancla de la política fiscal en 2020 y es consistente con una reapertura económica que se acelera a partir del segundo semestre del año. La deuda neta, por su parte, presentaría un incremento de alrededor de 15pp del PIB, jalonado por el mayor déficit fiscal, el menor PIB nominal y un fuerte efecto de la depreciación, que incrementa el valor de la deuda externa en pesos. No obstante, se estima que la deuda como porcentaje del PIB potencial se ubicará por debajo de 60% del PIB, umbral a partir del cual aumenta la probabilidad de que se observen trayectorias de endeudamiento insostenibles en el futuro.
  • El déficit del Gobierno General (GG) se ampliaría hasta 9,2% del PIB en 2020, lo cual contempla, además del comportamiento del GNC, un mayor déficit del sector de regionales y locales y un menor superávit de la seguridad social. El Banco de la República tendría por segundo año consecutivo un nivel de superávit extraordinario. Todo lo anterior situaría el déficit del SPC en niveles de 9,5% del PIB.

 

2021

  • El escenario macroeconómico para 2021 presenta una inusual incertidumbre, asociada al desconocimiento sobre la duración y profundidad que pueda generar la pandemia del COVID-19 en la salud, el tejido empresarial, las relaciones laborales y el sistema financiero.
  • En el escenario central, se espera que en 2021 el grueso de la economía retome sus actividades, una vez se disipe el choque asociado al COVID-19, permitiendo un rebote de la actividad productiva hasta alcanzar niveles del PIB similares a los de 2019. Lo anterior implicaría un crecimiento económico de 6,6%, resultado que estaría condicionado a que el estado de los balances financieros de las empresas les permita financiar su capital de trabajo y, en particular, reabsorber la mano de obra.
  • Los fundamentales macroeconómicos que determinaron el crecimiento de 2019 y los primeros meses de 2020 no se deberían ver afectados por la pandemia, y deberían seguir impulsando el crecimiento en 2021. Estos incluyen una política tributaria amigable con la inversión, una mayor fuerza de trabajo por cuenta del stock de inmigrantes, expectativas de inflación cercanas a la meta, que dan espacio para una política monetaria expansiva, y un sistema financiero sólido.
  • Con la recuperación esperada de la economía global, el comportamiento de los distintos componentes de la balanza de pagos se iría normalizando. Sin embargo, la tasa de cambio se mantendría en niveles superiores a la observada antes de la pandemia. Este hecho, aunado a la recuperación de los socios comerciales y los precios del petróleo llevarían a una disminución del déficit en cuenta corriente que ascendería a 3,7% del PIB. Dada la normalización de las condiciones financieras, se espera una recuperación de la IED que crecería 22,5% y volvería a ser la principal fuente de financiamiento del déficit externo.
  • La recuperación de la demanda interna y la corrección del déficit del GNC generarían un menor superávit privado, que, aunque no alcanzaría los niveles registrados de 2019, sí reflejaría la convergencia hacia un equilibrio que da un mayor espacio al gasto privado.
  • En el marco de la recuperación económica, el ajuste en el déficit del GNC (hasta 5,1% del PIB) se derivará principalmente del desmonte de buena parte de los gastos extraordinarios realizados para atender la pandemia en 2020, aunque se mantendrán algunos gastos que son un efecto rezagado de esta, especialmente los relacionados con las transferencias para el sector salud. De igual manera, el resultado fiscal estará afectado por un moderado ajuste de la inversión y el aumento de los ingresos fiscales, principalmente los tributarios.
  • De esta forma, en el 2021 iniciará la senda de reducción de la deuda (-5,1pp del PIB frente a 2020), en respuesta a las favorables perspectivas de las variables macroeconómicas que determinan su dinámica (principalmente el PIB y la tasa de cambio) y a las menores presiones al alza generadas por un déficit primario inferior del Gobierno nacional.
  • En términos agregados, se espera que el déficit del GG disminuya en 4,0pp del PIB y se ubique en 5,2% del PIB, como consecuencia de la reducción del déficit del GNC, del sector de regionales y locales (+0,4pp del PIB) y el aumento del superávit de seguridad social a niveles históricos (+0,4pp del PIB).

 

Mediano plazo

  • Tras el fuerte choque que afrontaría la economía colombiana en 2020 y la posterior recuperación en 2021, se prevé que la economía siga presentando excesos de oferta. Consistente con lo anterior, el escenario de mediano plazo se caracteriza por tasas de crecimiento del PIB superiores al promedio de largo plazo entre 2022 y 2028, año en el que se cerraría la brecha del producto. A partir de 2029, la economía crecería a su ritmo potencial, entre 3% y 3,5%.
  • Los determinantes de esta trayectoria incluyen la reducción del costo de uso del capital, que generaría efectos permanentes sobre la tasa de inversión de la economía, y el incremento en la fuerza laboral e impulso a la productividad, como resultado de la migración proveniente de Venezuela.
  • El déficit de cuenta corriente disminuiría de 3,2% a 2,5% del PIB entre 2022 y 2031, y sería cubierto en un 90% por flujos de IED, atraídos, en buena parte, por la reducción del costo de uso del capital. Este resultado se daría en un contexto de una mayor diversificación productiva, que favorecería la participación de las exportaciones no tradicionales en las totales, generando una mayor competitividad.
  • El ajuste del desbalance externo previsto en el mediano plazo estaría fundamentado en una corrección importante tanto del déficit privado como público, en línea con una tasa de inversión estable (23,3% en promedio) y un ligero aumento del ahorro total de la economía en el mediano plazo, hasta llegar a 21,9% del PIB.
  • Una vez disipados los efectos de la pandemia, en nuestro escenario central, en el 2022, el GNC retomará la senda de balance fiscal que establece la regla, generando importantes superávits primarios que, junto con sólidas bases macroeconómicas, darán como resultado una deuda pública decreciente en el mediano plazo.
  • El Gobierno nacional dispone de un conjunto de alternativas para retornar a la senda de déficit estipulada por la Regla Fiscal en 2022, que combina incrementos en los ingresos y reducciones en los gastos. El escenario central del Gobierno se fundamenta en la intención de combinar un incremento sustancial y permanente del ingreso corriente, con una priorización y focalización de los gastos corrientes, que permitan abrir gradualmente espacio para la inversión pública.
  • De acuerdo con el escenario central, en torno al cual persiste alta incertidumbre, se plantea la necesidad de aumentar los ingresos corrientes a partir de 2022 y mejorar la focalización y efectividad del gasto social. De acuerdo con el análisis técnico, Colombia tiene un alto potencial para incrementar sus ingresos recurrentes, y al mismo tiempo reducir parte de sus gastos en funcionamiento.
  • Para el resto del sector público, se prevé una normalización de su dinámica de ingresos y gastos a partir de 2022. En línea con el importante ajuste fiscal que se proyecta para el GNC, se esperan altos superávits primarios para el GG desde 2022 en adelante, que orientarán la deuda neta del GG hacia niveles cercanos al 31% del PIB en 2031.
  • Finalmente, este MFMP2020 cierra con un análisis integral sobre la sostenibilidad de la deuda pública del GNC para el periodo 2020-2031, que en términos generales refleja cómo, ante diversos escenarios de estrés, el pasivo tiende a estabilizarse en el tiempo.

El Gobierno nacional otorgará mensualmente y hasta por tres veces, un aporte por empleado correspondiente a un 40% del salario mínimo, es decir $351.000 pesos, para que, con él, las empresas paguen los salarios de sus trabajadores.

 

Esta y otra información, podrá encontrarla en la página web https://www.ugpp.gov.co/PAEF

 

1. ¿Quiénes pueden acceder a este apoyo?
Personas jurídicas, personas naturales empleadoras, empresas sin ánimo de lucro, consorcios y uniones temporales.

 

2. ¿Qué requisitos debo cumplir para postularme?
Los postulantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
i. Haber sido constituido antes del 1º de enero de 2020.
ii. Contar con una inscripción al registro mercantil. En todo caso, esta inscripción deberá haber sido realizada o renovada por lo menos en el año 2019.
iii. Demostrar la necesidad del aporte estatal certificando la disminución del 20% de sus ingresos.
iv. Tener un producto de depósito (eje. cuenta de ahorros, cuenta corriente) en una entidad financiera.

 

Las entidades sin ánimo de lucro, consorcios y uniones temporales no deberán cumplir con el requisito establecido en el numeral 2. En su lugar, deberán aportar copia del Registro Único Tributario.

 

En el caso de personas naturales, para efectos del cumplimiento del requisito establecido en el numeral 1, se tomará como referencia la fecha de inscripción en el registro mercantil.

 

La persona natural que cumpla cualquiera de las siguientes condiciones no podrá acceder al Programa:

 

Tengan menos de tres empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020.

 

Sean Personas Expuestas Políticamente (PEP) o sean cónyuges, compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de Personas Expuestas Políticamente (PEP).

 

3. ¿Cómo se calcula la disminución de ingresos?
El cálculo deberá realizarse usando alguna de las siguientes opciones, a su elección:

1. Comparando los ingresos del mes inmediatamente anterior al de la solicitud del aporte con los ingresos del mismo mes del año 2019.
2. Comparando los ingresos del mes inmediatamente anterior al de la solicitud del aporte con el promedio aritmético de ingresos de enero y febrero de 2020.

Se tendrán en cuenta las reglas de realización del ingreso, de conformidad con los marcos técnicos normativos contables vigentes en Colombia.

 

4. ¿De cuánto es el apoyo para mi empresa?
El apoyo es un monto de suma fija correspondiente al 40% de un SMMLV ($351.000 pesos) por cada empleado de su empresa.

 

5. ¿Cómo se determina el número de empleados de mi empresa?
El número de empleados corresponde a los cotizantes reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes inmediatamente anterior al de la postulación a cargo de dicho beneficiario.

 

Al respecto, se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:
- Los cotizantes cuyo ingreso base de cotización sea, por lo menos, de un SMLMV.
- Los cotizantes para quienes se haya cotizado el mes completo.
- Los cotizantes que aparezcan afiliados en los diferentes subsistemas que le apliquen, como empleados de la empresa que solicita el subsidio.
- Los trabajadores a los cuales no se les haya aplicado la novedad de suspensión temporal de contrato de trabajo o de licencia no remunerada (SLN).
- Los trabajadores reportados en la PILA correspondiente al mes inmediatamente anterior al de postulación, correspondan, como mínimo, en un 80% a los trabajadores reportados en la PILA correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020 a cargo de dicho beneficiario.
- Que el respectivo trabajador no haya sido tenido en cuenta para el cálculo del aporte estatal de otro beneficiario.

 

6. ¿Cómo puedo postularme para acceder a este programa?
Su empresa deberá presentar, ante la entidad financiera en la que tenga un producto de depósito, los siguientes documentos:

i. Formulario estandarizado, y puesto a disposición de los potenciales beneficiarios a través de las entidades financieras, debidamente diligenciado y firmado por el representante legal de la empresa, del consorcio o unión temporal, o persona natural empleadora.
ii. Certificación firmada por (i) el representante legal o la persona natural empleadora y (ii) el revisor fiscal o contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal, en la que se certifique:

a. La disminución de ingresos.
b. Que los empleados sobre los cuales se recibirá el aporte efectivamente recibieron el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior.
c.     Que, sin perjuicio de lo establecido en el numeral anterior, se pagarán, a más tardar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de los recursos, las obligaciones laborales adeudadas. Esta posibilidad de certificación y destinación solo será procedente por una única vez, para pagar la nómina del mes de abril con la postulación respectiva del mes de mayo de 2020.

 

7. ¿Qué debo hacer si cuento con productos de depósito en más de una entidad financiera?
Deberá realizar el procedimiento de postulación ante una sola de dichas entidades, a su elección. Así mismo, las postulaciones que se hagan en los siguientes meses deberán realizarse ante la misma entidad financiera en la cual fue realizada la primera postulación. La simple entrega de documentos no implica el derecho a recibir este aporte estatal.

 

8. ¿Cuándo puedo postularme?
La recepción de postulaciones para los meses de mayo, junio y julio se realizará en los siguientes períodos:
-Desde el 22 hasta el 29 de mayo para el aporte de mayo
-Desde el 1 hasta el 17 de junio para el aporte de junio
-Desde el 1 hasta el 16 de julio para el aporte de julio.

 

9. ¿Por cuántos meses podré obtener este apoyo?
El aporte estatal podrá ser solicitado hasta por tres ocasiones. De ser así, el beneficiario deberá cumplir, en cada caso, con el procedimiento descrito.

 

10. ¿Qué pasa si ya solicité al Fondo Nacional de Garantías -FNG- un crédito de nómina?

Los potenciales beneficiarios del Programa que igualmente tengan la calidad de deudores de líneas de crédito para nómina garantizadas del Fondo Nacional de Garantías deberán postularse al aporte estatal del PAEF a través de la entidad financiera con la cual adquirieron dicha línea de crédito garantizada. En este caso, los recursos que reciba tanto por el crédito como por el PAEF no podrán superar el valor total de la nómina para el mes sobre el cual se realizó el cálculo del Programa.

 

11. ¿Cuándo debo restituir los aportes estatales?
El aporte estatal deberá ser restituido al Estado por parte del beneficiario cuando:
i. Habiendo recibido el aporte, se evidencie que, al momento de la postulación, no cumplía con los requisitos establecidos
ii. Se compruebe que existió falsedad en los documentos presentados para acreditar los requisitos establecidos.
iii. El beneficiario se haya comprometido al pago de salarios adeudados de abril y no haya cumplido con dicho compromiso.

 

12. ¿Cómo puedo saber si la empresa donde trabajo accedió al subsidio estatal?
La UGPP en su portal web, https://www.ugpp.gov.co/PAEF, habilitará la consulta de los beneficiarios y el de sus trabajadores.

 

13. ¿Cuándo se entregan los recursos a los beneficiarios del Programa?
El esquema implementado implica un período inicial de recepción de postulaciones, seguido de una validación de las mismas, por lo que la entrega de los recursos se realiza a finales de mes para cada uno de los meses en los que está activo el Programa, es decir mayo, junio y julio de 2020.

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