Mostrando artículos por etiqueta: DIAN

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que finalizada la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19 decretada desde el año 2020 por el gobierno nacional, expedirá a partir del 1 de julio de 2022 los certificados de origen de forma física con firmas y sellos manuales por parte de los funcionarios habilitados para los siguientes acuerdos:

Acuerdo de Alcance Parcial No 28 Colombia - Venezuela Código 254

Comunidad Andina (Bolivia) Código 255

ALADI Preferencia Regional PAR 4 Código 255.

Cuba AAP-049 Código 255

TLC Colombia -Costa Rica Código 293

Colombia - Mercosur ACE 72 (Argentina, Uruguay y Paraguay) Código 294

TLC Colombia- Israel Código 295

Certificados para terceros paises (260)

En formato preimpreso con firma y sello manual se expedirán los siguientes certificados de origen:

Sistema General de Preferencias Código 250

Acuerdo Comercial Colombia – Panamá Código 257

Acuerdo de Alcance Parcial - Países CARICOM Código 271

Acuerdo Comercial CAN – MERCOSUR ACE 059 Código 273

Acuerdo Comercial Colombia- Países EFTA Código 283

Acuerdo Comercial Colombia - Unión Europea Código 290

Acuerdo Comercial Colombia- Reino Unido Código 297

Los certificados de origen bajo el marco de los siguientes acuerdos se continuarán expidiendo de forma digital:

CAN (Ecuador y Perú) Código 255

TLC Colombia – México ACE 033 Código 256

TLC Colombia – Chile ACE 024 - Código 258

TLC Alianza del Pacifico Código 292

Colombia- MERCOSUR (Brasil – ACE 72) Código 294

La Subdirección Técnica Aduanera informa que a partir del 28 de junio de 2022 el certificado de origen con destino al Reino Unido estará disponible en el sistema informático de certificado de origen. Se precisa que para la expedición del certificado de origen se deben presentar las declaraciones juramentadas de origen por cada uno de los productos haciendo uso del esquema 49 y luego generar el certificado de origen bajo el código interno 297.

Para aquellos exportadores que ostentan la calidad de Exportador Autorizado, tendrán que presentar una nueva solicitud de Exportador Autorizado bajo el marco de este acuerdo ante de la Coordinación del Servicio de Origen, con el fin de continuar expidiendo las pruebas de origen en factura. Hasta tanto no se expida por parte de la DIAN una nueva autorización deberán solicitar la expedición del certificado de origen EUR1 ante la Dirección Seccional que por logística se les facilite.

Etiquetado como

De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 666 del 28 de abril de 2022 que prorrogó la emergencia sanitaria hasta el 30 de junio de 2022, y teniendo en cuenta que los Usuarios Aduaneros Permanentes y Usuarios Altamente Exportadores conservarán su condición hasta dicha fecha en razón a la finalización de la emergencia sanitaria, es importante mencionar que la DIAN les permitirá presentar la declaración consolidada de pagos dentro de los cinco (5) primeros días del mes de julio de 2022.

Así mismo, es preciso señalar que, todas las declaraciones de importación presentadas desde el 1 de julio de 2022 se deberán tramitar como importador ordinario sujetándose a los requisitos definidos para dicho trámite, que incluye la presentación y aceptación, pago y levante.

De otra parte, los Usuarios Aduaneros Permanentes y Usuarios Altamente Exportadores que tienen operaciones aduaneras vigentes amparadas con la garantía global presentada como UAP o ALTEX, y que no cuenten con la calidad de Operador Económico Autorizado- OEA o de Usuario Aduanero con Tramite Simplificado, deberán constituir garantías específicas por el término de la vigencia que le resta a cada modalidad u operación aduanera en particular, teniendo en cuenta que la premisa de la garantía es completar la cobertura de la duración del régimen correspondiente, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto 1165 de 2019 que establece que las garantías se mantendrán vigentes mientras dure el objeto asegurable.

En desarrollo de la jornada Al día con la DIAN, le cumplo al país, que corresponde a junio, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, enfocó sus acciones en los contribuyentes de los sectores de explotación de minas y canteras, petróleo y gas, quienes, según los reportes del primer trimestre del año, han obtenido resultados favorables en su inversión y productividad.

Es así como teniendo en cuenta los resultados del índice de precios del productor en mayo de 2022, cuando el sector con mayor crecimiento fue el de explotación de minas y canteras, petróleo y gas y demás actividades relacionadas, y haciendo uso de la analítica de datos, se identificaron en los sistemas de información de la entidad, más de 10.900 contribuyentes que desarrollan dichas actividades económicas y que tienen pendiente el pago de sus obligaciones tributarias, con una cartera cercana a los $1,5 billones.

En consecuencia, la entidad invita a estos contribuyentes a ponerse al día en sus obligaciones, para lo cual, entre el 21 y el 24 de junio están siendo contactados por la entidad, de acuerdo con la dirección seccional en la que se adelanta el proceso de cobro, de modo que pueda evaluarse el estado de cuenta y la información necesaria para el cumplimiento de su obligación.

Sumado a lo anterior, y con el propósito de continuar adelantando la formalización de los sectores relacionados con las actividades económicas tales como extracción de piedras y metales preciosos, carbón, gas y petróleo, entre otros minerales, la DIAN invita a que dichos contribuyentes verifiquen el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales, en particular aquellas relacionadas con la facturación, reportes de información y presentación de declaraciones tributarias.  

Por último, en lo que tiene que ver con los contribuyentes obligados al régimen de precios de transferencia, vale la pena recordar que mediante el Decreto 1778 de 2021 se establecieron los plazos para presentar las obligaciones asociadas al régimen como lo son Declaración Informativa formulario 120 y/o Documentación comprobatoria informe local y maestro, ya que la no presentación oportuna de las obligaciones mencionadas acarrea las sanciones establecidas en el Artículo 260-11 del estatuto tributario, respecto de la documentación comprobatoria y de la declaración informativa.

Resultados plan de choque contra la evasión
Entre enero y mayo, como resultado de las acciones de lucha contra el contrabando y la evasión, la entidad alcanzó u recaudo de $12.7 billones, continuando así con la ejecución del plan de choque contra la evasión.

Este resultado se discrimina en ingresos efectivos por $10.08 billones y gestión por fiscalización por $1.9 billones. Lo anterior evidencia un crecimiento porcentual acumulado a 31 de mayo de 39.4%, en comparación con los 5 primeros meses de 2021.

Etiquetado como

Ventas por $10,61 billones y un reporte de 7.270.181 transacciones a través de factura electrónica fue el balance del segundo día sin IVA del año que se cumplió este viernes 17 de junio.

La cifra cumplió las expectativas anunciadas por los comerciantes agremiados de Fenalco, que habían estimado entre $9 y $10 billones en esta jornada, la última que se realiza durante el gobierno del presidente Iván Duque.

De acuerdo con los datos del sistema de Factura Electrónica la DIAN, estas cifras representan un incremento del 16,6% en valor y del 6% en número de transacciones respecto de la primera jornada del Día Sin IVA del 2022 que se realizó el pasado 11 de marzo.

“El resultado nos deja muy satisfechos porque le imprime dinamismo al comercio, a la industria, a la generación de empleo y al recaudo del país. Esto nos confirma que los días sin IVA se convirtieron en uno de los instrumentos más exitosos del gobierno del presidente Iván Duque para avanzar de la reactivación al crecimiento económico sostenido" afirmó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba.

La ministra señaló que estos valores son preliminares y están sujetos a ajustes por futuras inclusiones de notas crédito o débito y reportes que se hagan en las próximas dos semanas, por concepto de comercio electrónico y de los facturadores declarados en contingencia.

Según el reporte de la DIAN, entre los artículos cobijados por la exención con mayor aumento en sus ventas con respecto al primer día sin IVA de este año están: los Equipos y aparatos de sonido y video con una variación del 54,0%; artículos deportivos con 44,9%; calzado y artículos de cuero con 44,8%; computadores, equipos periféricos con 40,3% y prendas de vestir con 32,0%.

Por regiones, el Sistema de Factura Electrónica de la DIAN reportó que durante esta jornada las ventas en Antioquia registraron un aumento del 55,66%, en Cundinamarca del 34,93%, en Santander del 22,38%, en Bogotá con 13,86% y en el Valle del Cauca del 12,28%.

Frente a estos resultados, el director de la DIAN, Lisandro Junco Riveira destacó que en este segundo Día sin IVA del año el número de ventas por número de facturas electrónicas creció más que en el primer día del año 2022.

"Las cifras son la muestra del éxito de esta octava jornada de día sin IVA: $10,6 billones en ventas, y 7.270.181 facturas electrónicas registradas y auditadas por nuestro sistema. Esto nos permite afirmar que los colombianos están mejor informados y estimulados para aprovechar este beneficio tributario, y la DIAN con su transformación tecnológica y de gestión inteligente, ha respondido de manera ágil y cercana a los ciudadanos y comerciantes.", indicó el director de la DIAN.

Por su parte, el presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal, destacó el éxito de la jornada que superó las expectativas de los comerciantes.

“Enviamos un agradecimiento a todos los colombianos que aprovecharon y se apropiaron de este maravilloso instrumento para comprar más económicamente, en todos los estratos, en todas las ciudades y municipios de Colombia. Igualmente, nuestro reconocimiento a los comerciantes por su organización, buen servicio y la mejor disposición para atender a todos los clientes; al Gobierno por ser socio de este importante instrumento que no solamente ha ayudado a la reactivación de la economía, sino también a los recaudos fiscales por concepto de las ventas que no son exentas del IVA", dijo el dirigente gremial.

Comercio electrónico
Las ventas a través de canales digitales alcanzaron durante esta jornada los $678.600 millones, con 1,7 millones de transacciones aprobadas, según el reporte de la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico. El gremio destacó el crecimiento del uso de la tarjeta debito como medio de pago de los consumidores de comercio electrónico.

“El comportamiento del comercio electrónico durante la segunda fecha de exención del IVA del año fue positivo. Continuaremos trabajando para que la industria ofrezca experiencias de compra seguras y satisfactorias cada día y durante las jornadas de activación de ventas que se avecinan", aseguró, la presidenta de la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico, María Fernanda Quiñones.

Al igual que en las jornadas de los años anteriores, el comercio electrónico y los sistemas de facturación electrónica tuvieron un desempeño óptimo para garantizar las compras masivas que se reportaron durante el día.

Etiquetado como

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por medio de la cual se establece el procedimiento para la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia.

Incluye Formulario 120, la presentación del Informe Local y el Informe Maestro de la Documentación Comprobatoria, la notificación del Informe País por País y se adopta el contenido y las especificaciones técnicas de la información que debe presentarse a través de los servicios informáticos electrónicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, para el año gravable 2021 y siguientes.

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 29 de junio de 2022.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

Para comentarios fue publicada por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, el proyecto de Resolución por la cual se reglamenta el artículo 616-5 del E.T., adicionado por el art. 14 de la Ley 2155 de 2021, referente a la implementación de la factura del impuesto sobre la renta.

La DIAN recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 18 de junio de 2022, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

Etiquetado como

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, publicó el proyecto de Resolución, por la cual se establece el calendario para la implementación del límite de las cinco (5) UVT, como monto máximo para la expedición de los documentos equivalentes generados por máquina registradora con sistema P.O.S.

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 18 de junio 2022, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

Etiquetado como
Miércoles, 08 Junio 2022 14:39

Aclaración de la DIAN sobre Decreto 955

Con ocasión de la entrada en vigencia del Decreto 955 del 4 de junio del 2022 "Por el cual se establece una medida transitoria sobre el valor en aduanas de las mercancías importadas, al Territorio Aduanero Nacional en el marco de lo dispuesto en la Decisión 894 de la Comunidad Andina", la DIAN informó que la casilla 79 de la Declaración de Importación se debe diligenciar con cero (0), cuando se trate de las subpartidas arancelarias contempladas en el artículo 1 (Exclusión) del Decreto en mención.

En lo que respecta al diligenciamiento de la Declaración Andina de Valor -DAV-, las casillas (117 a 120) correspondientes al valor del flete y gastos conexos, se deberán diligenciar con cero (0). Cabe anotar que cuando el término de negociación incluya el valor del flete, éste se deberá deducir en las casillas 132 o 133 de la DAV, cuando se trate de las subpartidas arancelarias contempladas en el artículo 1 del Decreto ibídem.

Etiquetado como

Los comerciantes, empresarios y las familias colombianas se preparan para vivir la segunda jornada de día sin IVA del 2022, que se realizará el próximo viernes 17 de junio.

“Colombia está viviendo una reactivación económica que se ve en el aumento de las ventas del comercio al por menor y del electrónico, del empleo y del crecimiento de la economía en general. Estamos seguros de que esta segunda jornada, al igual que las anteriores, le dará un nuevo impulso a la economía del país y será de gran beneficio para el sector empresarial, el empleo y los hogares" aseguró la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba.

Este segundo día sin IVA del año se realizará después de que los trabajadores colombianos reciban la prima de servicios que se paga a mitad de año, de tal manera que los hogares podrán aprovechar este ingreso para comprar bienes con el beneficio de la exención del impuesto.

Sobre esta nueva jornada, el director general de la DIAN, Lisandro Junco Riveira, afirmó que “este es el octavo día sin IVA que los colombianos pueden aprovechar para ahorrar en la compra de los artículos cubiertos y los comerciantes para dinamizar sus ventas. Recordemos que estas jornadas también impactan de manera positiva el recaudo, porque la cadena que genera el IVA tiene tributación y la exención solo está para el consumidor".

En esta oportunidad, al igual que en las jornadas anteriores, la DIAN estará monitoreando las transacciones en tiempo real por medio de la factura electrónica y generando los reportes que le permitirán al país conocer los resultados del segundo día sin IVA del año

Por su parte Fenalco, el gremio de los comerciantes, espera que este segundo día sin IVA de 2022 sea muy exitoso para los colombianos, de manera que puedan acceder a productos con descuentos del 19%, para el recaudo esperado por el gobierno y para todos los comerciantes.

“Ese día los colombianos también podrán aprovechar las promociones del comercio y los descuentos, y los empresarios podrán sacar todos sus inventarios al servicio de los consumidores" dijo el presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal Sanclemente.

Fenalco ha insistido en que los días sin IVA llegaron para quedarse, por eso su presidente aseguró que harán un llamado “al gobierno que llegue, a que mantenga los días sin IVA como un gran esfuerzo para la recuperación de la economía colombiana".

Optimismo en comercio electrónico
Pero no solo hay expectativas positivas frente al comportamiento del comercio en establecimientos físicos. La ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Carmen Ligia Valderrama Rojas, resaltó que "el comercio electrónico impulsa el crecimiento de la economía y aumenta la competitividad, lo que permite al consumidor la libre elección y diversificación de posibilidades a la hora de adquirir productos".

La funcionaria llamó la atención sobre algunas recomendaciones que deben tener en cuenta los colombianos a la hora de realizar transacciones seguras online, como utilizar una red Wifi de confianza, comprar en sitios web reconocidos, evitar enlaces de correos o anuncios, utilizar su computador o celular personal, cambiar constantemente sus claves y revisar la política de privacidad del comercio.

Página 59 de 148

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.