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A través del Decreto 1271 de 2024, expedido el 15 de octubre de 2024, los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Hacienda y Crédito Público determinaron la incorporación de la norma de información financiera NIIF 17 -Contratos de Seguro, al Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015.

En su artículo primero, el decreto recién expedido adiciona el Anexo Técnico No. 01 de 2024 del Grupo 1 a los anexos incorporados en el Decreto 2420 de 2015. Asimismo, en el segundo, adiciona el artículo 1.1.4.1.4, que aborda las simplificaciones para la implementación de la NIIF 17, las cuales deben aplicar los preparadores de información financiera del Grupo 1 y que son vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Las simplificaciones, aplicables a los estados financieros individuales y separados, contemplan aspectos como el nivel de agregación, la medición (incluyendo la estimación de los flujos de efectivo futuros, la tasa de descuento y el ajuste por riesgo no financiero), el enfoque general, el enfoque de asignación de prima, el enfoque de comisión variable, la prueba de onerosidad y los ajustes por experiencia y esperados.

En el artículo tres, se explica el manejo de las reservas técnicas y se delega en la Superintendencia Financiera de Colombia la definición de normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de contabilidad y de información financiera, en relación con las salvedades señaladas para dichas reservas, entre otros temas.

En el artículo cuatro define el régimen de transición, estableciendo como fecha de entrada en vigor del decreto el primero de enero de 2027, y brindando condiciones especiales para la presentación de estados de resultados de aquellos preparadores con diferencias netas positivas o negativas entre el régimen previo y el nuevo que incorpora el decreto. Con la entrada en vigor de este decreto, se deroga la aplicación de la NIIF 4.

En la elaboración del Decreto 1271 de 2024 se siguió la recomendación del Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP-, en su calidad de organismo de normalización técnica en materia de contabilidad e información financiera en Colombia, a la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera –URF-, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y a la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, sobre la incorporación de la NIIF 17 al ordenamiento jurídico colombiano.

El CTCP actúa bajo las disposiciones de la Ley 1314 de 2009, que determina la convergencia a estándares internacionales para la regulación de los principios y normas de contabilidad, información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia.

Para conocer el Decreto 1271, haga clic aquí.

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