Circular 60, Superfinanciera sobre colaboración con las autoridades judiciales
Richard santaLa Superintendencia Financiera publicó su Carta Circular 60 del 7 de octubre de 2022, por medio de la cual aclara sobre el deber de colaboración con las autoridades judiciales y administrativas. Atención de requerimientos de la Procuraduría General de la Nación.
El siguiente es el texto de la Circular 60:
Respetados señores:
La Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación a través de Oficio No. 01950 puso en conocimiento de esta Superintendencia la necesidad de agilizar el proceso de respuestas que las entidades vigiladas deben tener frente a los requerimientos de información que realiza en el ejercicio de sus funciones de Policía Judicial en el marco de los procesos disciplinarios.
En consecuencia, solicita la Superintendencia Financiera de Colombia «… exhorte a las entidades bancarias, para el cabal cumplimiento y entrega dentro de los términos fijados de la información que se requiera por parte de este órgano de control, lo que permitirá la realización del apoyo de una manera oportuna dentro de los procesos disciplinarios que adelanta la Procuraduría General de la Nación.»
Es importante señalar que la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación presta colaboración técnica y científica a los operadores disciplinarios en las investigaciones de las conductas de los servidores públicos o particulares que ejerzan funciones públicas (artículo 10° del Decreto Ley 262 de 2000).
De conformidad con lo expuesto, esta Superintendencia les recuerda a las entidades vigiladas el deber que les asiste de procurar el inmediato y correcto cumplimiento de las órdenes y requerimientos impartidos por las autoridades administrativas y judiciales, en los términos establecidos en los numerales 5, 5.2 y 5.3 del Capítulo I del Título IV de la Parte I de la Circular Básica Jurídica.
Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia
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