Concepto 167, Utilidades por adopción NIIF – Grupo No.1
Escrito por Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 167 en el cual responde a la siguiente consulta:
"He revisado varios de los conceptos respecto a los movimientos a las utilidades por adopción de NIIF, emitidos por el Consejo técnico de la Contaduría Pública (CTCP) los cuales han sido orientados hacia las entidades que aplican las normas para PYMES.
Mi inquietud es sobre el movimiento de las utilidades por adopción de una entidad perteneciente al grupo 1 que aplica las normas plenas o full.
Pregunta con Ejemplo práctico:
Una entidad del grupo uno, hizo uso de la opción de costo atribuido en las inversiones, que poseía, en subordinadas y asociadas. Años después, varias de esas inversiones fueron vendidas. La pregunta que surge en este contexto, es la siguiente:
¿Qué se debe hacer con los efectos que las inversiones vendidas tuvieron en la utilidad por adopción por primera vez?
¿Qué normas NIIF plenas fundamentan la respuesta a la pregunta anterior?".
Para conocer la respuesta de la entidad y el Concepto 167, haga clic aquí.
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