Supersociedades establece procedimiento para constituir títulos de depósito judicial
Richard santaA partir del 1º de junio de 2018, la constitución de títulos de depósito judicial en procesos que se adelanten ante cualquiera de las dependencias de la Superintendencia de Sociedades, solamente podrá hacerse con la información precisa y completa del número de cuenta y el número de proceso correspondiente a cada consignación.
Adicionalmente, cambiará la manera de diligenciar el formato de consignación de dineros para constituir títulos de depósito judicial en procesos que se adelantan ante la Superintendencia de Sociedades: desde el próximo 1° de junio deberá indicarse el concepto 1 "Depósitos judiciales" y ya no el número 2 "Entes Coactivos", como se venía haciendo, en el formato de consignación.
Dicho cambio permitirá mayor agilidad en la gestión diaria de los procesos que la entidad administra.
Para el caso específico de los procesos jurisdiccionales que se adelantan en la ciudad de Bogotá, recuerde que el número de cada proceso se podrá consultar en los siguientes enlaces:
Procesos de recuperación empresarial
Lo último de Richard santa
- Corte aclara a quienes cobija el fuero de estabilidad laboral reforzada
- Aporte voluntario del 10% en Bogotá, ahora se reconoce con beneficios tributarios
- Resolución 9021, DIAN restringe el tránsito internacional de cigarrillos
- DIAN acelerará modernización y ejecutará 68 % de su presupuesto en 2025
- En 45 ciudades DIAN extiende horarios de atención presencial para facilitar la declaración de renta