Jueves, 21 Septiembre 2017 21:01

Circular 24, crea formato 534 y deroga el Formato 398

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Por medio de la Circular Externa 024 del 21 de septiembre de 2017, la Superintendencia Financiera crea el Formato 534 “Uso de productos y servicios financieros” y se deroga el Formato 398 “Servicios prestados a través de los corresponsales y oficinas”.

 

El siguiente es el texto completo de la Circular Externa 024:

 

Apreciados señores:

Con el propósito de obtener información periódica y actualizada sobre diferentes aspectos de la inclusión financiera, incluyendo la desagregación por género en la tenencia de los diferentes productos financieros, esta Superintendencia, en ejercicio de sus facultades, en especial de lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, ha considerado necesario crear el Formato 534 (Proforma F.0000-161) “Uso de productos y servicios financieros” con su correspondiente instructivo.

 

En virtud de lo anterior, se imparten las siguientes instrucciones:

 

PRIMERA: Derogar el formato 398 “Servicios prestados a través de los corresponsales y oficinas” y su correspondiente instructivo, a partir de octubre de 2017.

SEGUNDA: Crear el formato 534 (Proforma F.0000-161) “Uso de productos y servicios financieros” con su respectivo instructivo, para el reporte de la información relacionada con inclusión financiera.

 

TERCERA: El formato 534 se debe reportar de manera independiente del formato 503 “Desembolsos de Microcréditos y Comisión Mipyme”.

 

CUARTA: Para asegurar la correcta transmisión de la información del formato descrito en la instrucción segunda de esta circular, las entidades destinatarias deben realizar pruebas obligatorias entre el 27 de noviembre y el 7 de diciembre de 2017, con la información con corte al 30 de junio de 2017.

QUINTA: La primera transmisión oficial del formato 534 “Uso de productos y servicios financieros”, se realizará con la información con corte al 31 de diciembre de 2017, de acuerdo con el plazo establecido en el respectivo instructivo.

 

SEXTA: Entre el 1 y 16 de febrero de 2018, las entidades deben realizar retransmisión obligatoria de la información con corte al 31 de diciembre de 2016 a través del formato 534.

SEPTIMA: La presente circular rige a partir de su publicación.

 

Se adjuntan las páginas que contienen el formato y el instructivo.


Cordialmente,

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia 

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