Los Contadores Públicos y las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable a los cuales se les hubiere expedido la tarjeta profesional o tarjeta de registro según sea el caso, deberán actualizar sus datos registrados ante la Junta Central de Contadores, JCC, de forma anual y antes del 1 de marzo de cada año.
Así lo estableció la Resolución N° 973 de 2015, que reglamenta la inscripción en el registro profesional y la expedición de la tarjeta profesional de Contador Público y la tarjeta de registro de las Entidades que presten servicios propios de la Ciencia Contable.
Si es persona natural, actualice sus datos haciendo clic aquí.
Si es persona jurídica, actualice los datos haciendo clic aquí.
Lo último de Richard santa
- Decreto 1390, Gobierno declara el Estado de Emergencia Económica y Social
- Emergencia económica no incluye impuesto del 5xmil
- Turismo en Colombia consolida crecimiento, según análisis de Supersociedades
- Concepto 305, CTCP sobre Alcance del Revisor Fiscal
- MinHacienda anuncia alternativa de emergencia económica