Los Contadores Públicos y las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable a los cuales se les hubiere expedido la tarjeta profesional o tarjeta de registro según sea el caso, deberán actualizar sus datos registrados ante la Junta Central de Contadores, JCC, de forma anual y antes del 1 de marzo de cada año.
Así lo estableció la Resolución N° 973 de 2015, que reglamenta la inscripción en el registro profesional y la expedición de la tarjeta profesional de Contador Público y la tarjeta de registro de las Entidades que presten servicios propios de la Ciencia Contable.
Si es persona natural, actualice sus datos haciendo clic aquí.
Si es persona jurídica, actualice los datos haciendo clic aquí.
Lo último de Richard santa
- Banco de la República decidió mantener inalterada la tasa de interés en 9,25%
- Gobierno radica el proyecto de ley del nuevo régimen sancionatorio aduanero
- SuperSociedades presenta herramienta interactiva “Pymes 2025”
- Concepto 268, Régimen simple de tributación – Contabilización
- Ley 2550, crea el fondo del emprendimiento de cafés especiales