Martes, 01 Marzo 2016 23:19

Circular 016, Gestiones para el pago de giros internacionales y nacionales

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La Superintendencia Financiera dio nuevas indicaciones en las Gestiones para el pago de giros internacionales y nacionales, las cuales quedaron consignadas en la Carta Circular 016 del 29 de febrero de 2016. El siguiente es el texto de dicha circular:

 

Apreciados señores:

Considerando que las entidades vigiladas deben emplear la debida diligencia en el ofrecimiento de sus productos o en la prestación de sus servicios a los consumidores, a fin de que éstos reciban la información y/o la atención debida en las relaciones que se establezcan con aquellas y en el desenvolvimiento de su operaciones, se recuerda que los intermediarios del mercado cambiario deberán contar con la capacidad operativa y administrativa, entre otras, que les permita el cumplimiento de sus operaciones de cambio.

 

En este sentido, les corresponde adelantar gestiones oportunas tendientes a la ubicación de los beneficiarios de los giros internacionales, con el propósito de surtir los pagos en el menor tiempo posible desde la fecha en que su importe se encuentre a disposición para el cobro, lo cual incluye la disposición de mecanismos efectivos que permitan desde el inicio de la operación de giro, esto es, desde que se materializa el vínculo contractual con el remitente, identificar al beneficiario de los giros para que los recursos les sean entregados en el menor tiempo posible.

 

Lo anterior, independientemente de los términos establecidos por los respectivos Money Remitter o Corresponsales para la devolución de los giros cuando haya transcurrido determinado tiempo sin que se hubiera hecho exigible su pago.

 

Dicho mecanismo deberá ser controlado según se trate de beneficiarios que acrediten la calidad de clientes, en cuyo caso se determinará su búsqueda en los registros que ya reposen en la entidad y de aquellos que son usuarios, respecto de quienes se debe requerir información suficiente sobre su ubicación.

 

Igual exigencia se predica de aquellos establecimientos de crédito que presten el servicio de giros nacionales.

 

Atentamente,

JUAN PABLO ARANGO ARANGO
Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión Institucional

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