Martes, 02 Febrero 2016 08:41

La factura electrónica ya está reglamentada en Colombia

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A través del Decreto 2242 de 2015, el Gobierno Nacional reglamentó las condiciones de expedición de la factura electrónica en Colombia, una solución digital que reducirá los costos de transacción relacionados con la emisión y recepción de facturas para los empresarios del país.

 

La factura electrónica es un documento que soporta las transacciones de compra de bienes o servicios, que por sus características facilita la interoperabilidad entre los compradores y vendedores que utiliza internet como medio de distribución.

 

El nuevo modelo de factura electrónica permitirá mayor interoperabilidad entre los sistemas de información de vendedores y compradores, haciendo más eficientes sus procesos relacionados con facturación. Esto se traduce en una mejora en la competitividad del país al disminuir los costos de transacción en la economía y un aumento de la eficiencia en los procesos logísticos.

 

De acuerdo con el Decreto 2242, a partir del año 2017 a la DIAN dispondrá de manera gratuita los servicios informáticos de facturación electrónica para las micro y pequeñas empresas. Por su parte las grandes empresas adquirirán a través de operadores habilitados los servicios informáticos de facturación electrónica a un costo que determine el mercado.

 

Se espera que para finales de febrero esté disponible el formato electrónico de generación estándar de la factura electrónica.

 

¿Qué requisitos deberán seguir los Proveedores Tecnológicos que ofrezcan servicios de factura electrónica?

  • Estar habilitado como facturador electrónico
  • Tener vigente y actualizado el RUT
  • Ser responsable del impuesto sobre las ventas y pertenecer al régimen común
  • Acreditación ISO 27001 o hacerlo dentro de los dos años siguientes a la 
autorización
  • Patrimonio líquido igual o superior a veinte mil (20.000) UVT y 50% de activos fijos correspondan al patrimonio líquido. (29.753 = $ 595.060.000)
  • Condiciones de operatividad tecnológica que señale la DIAN
  • Los Proveedores Tecnológicos que ofrezcan servicios de factura electrónica, previa solicitud, deberán ser autorizados por la DIAN por periodos de 5 años.
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