La DIAN informó que está publicado el formato de listado de productores que debe diligenciarse adjunto al certificado de origen del TLC Colombia – Costa Rica, de conformidad con la Decisión No. 02 del 10 de febrero de 2017, en el evento en que el certificado ampare mercancías de más de un productor y se señale en el campo 5 del certificado de origen “varios”.

 

Para acceder al formato, haga clic aquí.

De acuerdo con el director de Política Macroeconómica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Óscar Mauricio Valencia Arana, los impuestos verdes no deben verse solo como un mecanismo de recaudo y tributación, sino también como una forma de que los distintos actores de la sociedad adopten políticas ambientales en su cotidianidad, por eso, dijo que la directriz de política, tanto para productores, consumidores, y ciudadanos, es la internalización de los costos que genera la contaminación.

 

El funcionario, quien hizo parte del panel Perspectivas del financiamiento climático en Colombia: tendencias y oportunidades, en el marco del evento ‘Finanzas del Clima’, planteó los mecanismos financieros con los que ya cuenta Colombia, que es necesario seguir fortaleciendo.

 

"No solo tenemos el impuesto al carbono, esta política viene de la mano con otros mecanismos, como la tasa de utilización del agua, la tasa de retribución de vertimientos y la inversión forzosa del 1%, que es algo fundamental, porque, no solo permite establecer proyectos que tengan licencia ambiental, sino que deben asignar recursos para que estas inversiones sean perdurables en el tiempo”, indicó.

 

En tal sentido, señaló que una medida adicional al impuesto al carbono es el mecanismo del carbono neutro, que busca incentivar la inversión privada que ayude a reducir las emisiones, lo que implica un estímulo a dichos proyectos, que podrán deducir estas inversiones de lo que deben pagar por el impuesto al carbono.

 

De igual forma, manifestó que el fortalecimiento del mercado de capitales, en el que está trabajando el Gobierno, es clave para que los actores del sector tengan en cuenta los riesgos que implica el cambio climático y generen instrumentos para hacer frente a este flagelo.

 

"En esto se involucran esfuerzos del Gobierno y del sector privado. Esta complementariedad tiene un margen transnacional y lo podemos hacer con países pares, por eso es clave la Alianza del Pacífico y el MILA. Nos podemos fortalecer en términos comerciales, pero las oportunidades importantes se encuentran en el mercado de capitales y, en particular, en instrumentos financieros para mitigar riesgos asociados con el cambio climático, en este aspecto hay mucho por hacer”, señaló.

Por medio de la Resolución No. 523 del 19 de noviembre de 2018, la Contaduría General de la Nación redefine la utilización de la cuenta 3145-lmpactos por la Transición al Nuevo Marco de Regulación para Entidades de Gobierno durante el año 2018 y el reporte de las categorías Estado de Situación Financiera de Apertura e Información Contable Pública - Convergencia, y deroga la Carta Circular 002 de 2018.

 

Para conocer la Resolución 523 completa, haga clic aquí.

En desarrollo de las acciones del Plan de Cobro y Fiscalización enmarcadas en la Jornada "Al Día con la DIAN, le cumplo al país", la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN – adelantará 3.094 visitas de investigación de bienes a contribuyentes morosos de los principales corredores comerciales, que adeudan a la Entidad $227.388 millones.

 

Adicionalmente, dando continuidad a la actividad conjunta llevada a cabo entre la DIAN y la Fiscalía General de la Nación, para impulsar el proceso de imputación de cargos por el delito de omisión al agente retenedor o recaudador, se adelantarán audiencias de imputación de cargos a 99 contribuyentes que no trasladaron los recursos recaudados por valor de $287.369 millones, en las Seccionales de Barranquilla, Bogotá, Grandes Contribuyentes y Montería.

 

Así mismo, la DIAN advierte a los contribuyentes que cuando la deuda determinada corresponda a retenciones, al Impuesto Sobre las Ventas o al Impuesto Nacional al Consumo, y la mora en la cancelación del saldo a pagar sea superior a dos (2) meses, se trasladarán los insumos correspondientes para la instauración de la denuncia penal por omisión al agente retenedor o recaudador y se iniciará el proceso encaminado a la aplicación de la sanción de clausura o cierre del establecimiento.

 

En materia de fiscalización, se tiene prevista la realización de 370 visitas de control de ingresos y facturación a contribuyentes que realizan actividades de comercialización de prendas de vestir; importación y comercialización de aparatos electrónicos, y producción y comercialización de muebles. Así mismo, se realizarán acciones de control a 4.000 contribuyentes obligados a reportar información exógena por el año gravable 2016, que no cumplieron con su obligación, en las que se les invitará a presentar voluntariamente la información y a liquidar la sanción por no informar.

 

En lo corrido del año se han realizado embargos a 55.000 contribuyentes morosos, quienes, a pesar de los llamados, no atendieron los diferentes requerimientos persuasivos para efectuar el pago.

 

Desde enero la DIAN adelanta el Plan Nacional de Cobro 2018, cuyas acciones conjuntas de cobranzas y fiscalización, han permitido recaudar en los once (11) meses del año, la suma de $8.1 billones, por concepto de gestión.

 

Por último, la DIAN invita a quienes tienen pendiente el cumplimiento de sus obligaciones fiscales ponerse al día, de lo contrario se advierte que se decretarán las medidas cautelares pertinentes.

La Contaduría General de la Nación publicó la Carta Circular No. 003 del 19 de noviembre de 2018, la cual tiene como referencia la Aplicación del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y Evaluación del Control Interno Contable.

 

Para conocer la Circular 003 completa, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades, mediante la Circular Externa 201-000005 de 2018 estableció los plazos de reporte de los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2018.

 

Las sociedades obligadas a reportar deberán entregar los estados financieros y los documentos adicionales entre el 27 de marzo y el 30 de abril de 2019.

 

Según la circular, los estados financieros certificados y dictaminados, deberán ser entregados dentro de las fechas señaladas a continuación, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de la entidad empresarial, sin incluir el de verificación (DV).

 

Sociedades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha
Por otro lado, las sociedades en liquidación voluntaria o que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha tendrán plazo para presentar sus respectivos informes hasta el 30 de mayo de 2019, de acuerdo con la Circular Externa 100-006 de 2018.

 

Condiciones de uso
1) Los estados financieros son de público acceso.
2) Los terceros podrán utilizarlos y transformarlos sin restricciones de ninguna naturaleza.
3) La Superintendencia de Sociedades es la titular de los derechos de propiedad intelectual sobre los datos y la información publicados en el Portal de Información Empresarial – PIE.
4) Cuando se usen o transformen los datos publicados en el PIE, deberá citarse a la Superintendencia de Sociedades como fuente de dicha información así: "Fuente: Portal de Información Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – PIE, www.supersociedades.gov.co".

 

Para conocer la Circular 005 completa, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 023 del 14 de noviembre de 2018, la cual tiene como referencia: Instrucciones relativas a las obligaciones especiales aplicables a las sociedades comisionistas de bolsas de valores frente a inversiones con baja transaccionalidad en acciones, operaciones de intermediación de bajo monto, operaciones de adquisición de acciones cuando el emisor actúe como depositante directo, e inversionistas con inversiones existentes en valores.

 

El siguiente es el texto completo de la Circular 23:

 

Apreciados señores:

 

Esta Superintendencia está evaluando permanentemente alternativas para impulsar el desarrollo del mercado de valores mediante la participación de nuevos inversionistas y la masificación de diferentes segmentos del mercado. Con el propósito de promover y afrontar problemas propios del mercado accionario y fomentar el acceso de pequeños inversionistas a productos del mercado de valores, este Despacho, en ejercicio de sus facultades legales y en particular las establecidas en el numeral 5º de artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, considera pertinente impartir las siguientes instrucciones:

 

PRIMERA: Adicionar el numeral 3 del Capítulo I del Título III de la Parte III de la Circular Básica Jurídica, relativo a las inversiones con baja transaccionalidad en acciones.

 

SEGUNDA: Adicionar el numeral 4 del Capítulo I del Título III de la Parte III de la Circular Básica Jurídica, relativo a las operaciones de intermediación de bajo monto en el mercado de valores.

 

TERCERA: Adicionar el numeral 5 del Capítulo I del Título III de la Parte III de la Circular Básica Jurídica, relativo a la asesoría y el deber de información en operaciones de adquisición de valores cuando el emisor actúe como depositante directo.

 

CUARTA: Adicionar el numeral 6 del Capítulo I del Título III de la Parte III de la Circular Básica Jurídica, relativo al deber de información frente a inversionistas con inversiones existentes en acciones.

 

QUINTA: Modificar los subnumerales 4.2.2.1.7 y 4.2.2.2.1.8.1.1 del Capítulo IV del Título IV de la Parte I de la Circular Básica Jurídica, con el fin de introducir instrucciones especiales relativas a la vinculación de inversionistas en operaciones de intermediación de bajo monto en el mercado de valores y a la actualización de información en inversiones con baja transaccionalidad en acciones.

La presente circular rige a partir de su publicación.

 

Se anexan las páginas objeto de modificación.

 

Cordialmente,

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia

El presidente de la República, Iván Duque Márquez, posesionó este lunes 19 de noviembre, en la Casa de Nariño, a Juan Pablo Liévano Vegalara como nuevo superintendente de Sociedades.

 

Liévano Vegalara es abogado de la Pontificia Universidad Javeriana. Además se especializó en derecho comercial en la Universidad de los Andes y en derecho procesal en la universidad del Rosario.

 

El nuevo superintendente de Sociedades cuenta con una maestría en Administración de Empresas de la American University (Washington D.C. – USA) y una en Derecho Internacional de Negocios del mismo claustro educativo.

 

Liévano Vegalara asesoró, como parte de su ejercicio profesional de abogado, a distintas compañías del sector privado y participó en diversas juntas directivas de importantes empresas del país.

 

Tras su posesión, Liévano Vegalara agradeció la confianza brindada por el presidente Duque al designarlo como como superintendente de Sociedades y explicó que durante su administración trabajará con ahínco en pro de la conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo y siempre bajo el criterio de agregación de valor.

 

De igual forma explicó que en su administración consolidará las bases para avanzar hacia una agenda de legalidad, emprendimiento y equidad.

La Superintendencia de Sociedades reportó un creciente interés sobre la información financiera de las empresas colombianas, a juzgar por el alto volumen de entradas que registra el Portal de Información Empresarial PIE, el cual sobrepasó la cifra de un millón de visitas.

 

Un estudio adelantado por la Delegatura de Asuntos Económicos y Contables revela que el aumento en el número de conexiones hechas por usuarios de esta herramienta ha sido de 1.000 por ciento en los últimos cuatro años.

 

Los registros evidencian que cada vez hay un mayor interés desde el extranjero por conocer la situación financiera y los movimientos de las empresas que tienen su domicilio en Colombia y que le reportan sus balances a la Superintendencia de Sociedades.

 

Además, estas cifras confirman que se ha consolidado el Portal de Información Empresarial PIE, como una herramienta que permite poner a disposición del público la información financiera reportada a la Superintendencia de Sociedades, por alrededor de 20 mil compañías.

 

La SuperSociedades destaca el uso masivo del Portal como un significativo logro que permite que la información financiera de las empresas locales sea analizada y estudiada no solo en Colombia, sino también a nivel internacional.

 

Dicha información está contenida bajo el formato XBRL, que es una especie de idioma universal que se utiliza al rededor del mundo para consultar los reportes financieros empresariales, por lo que es conocido por los usuarios a muchos países y que incluye información que antes no se conocía.

 

Al respecto resulta pertinente recordar que entre mayor información tengan los empresarios e inversionistas, mejores decisiones de negocios se pueden tomar y es la Superintendencia de Sociedades la entidad que la provee.

 

La información financiera de las compañías no solo se consulta en Colombia. El PIE registra ingreso desde Estados Unidos, Ecuador, Perú, Bélgica, Bulgaria, Canadá y Australia, entre otros países. Esto demuestra la universalidad del proceso y la importancia de poder mostrar los informes de las empresas.

 

Durante el 2018, por segundo año consecutivo las empresas han reportado sus estados financieros bajo normas internacionales NIIF, lo cual también representa un logro significativo para la Superintendencia de Sociedades, si se tiene en cuenta que esto hace posible la comparación de los balances bajo estándares mundiales.

Viernes, 16 Noviembre 2018 06:48

129 empresas han solicitado ingresar al RUTEC

Más de 129 empresas en el país han solicitado el ingreso al Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia, RUTEC, medio electrónico implementado por el Ministerio del Trabajo que permite registrar y certificar los trabajadores extranjeros en el país, con el fin de caracterizar la población migrante laboral y lograr una supervisión de su situación y condiciones de trabajo.

 

Según reportó la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo, hacen parte del grupo de las empresas que ya se han inscrito: Bancolombia, Falabella, Agencia de viajes y turismo Aviatur SAS, 3M Colombia SA, Fundación Santa Fe de Bogotá, DHL Express Colombia Ltda, Central Termoeléctrica El Morro 2 SAS ESP, Asociación Colegio Granadino, Ernst And Young SAS; Drummond Ltd, Compañía Eléctrica De Sochagota SA ESP, entre otras.

 

La ministra del Trabajo, Alicia Arango Olmos, felicitó a las empresas que ya se han registrado, al tiempo que invitó a los que no lo han hecho para que se inscriban, al igual que a sus trabajadores extranjeros, “es de suma importancia para el Ministerio del Trabajo adelantar acciones hacia una política migratoria laboral, promover la garantía de derechos laborales de los extranjeros en el país y evitar las prácticas abusivas de contratación, para lo cual estaremos muy atentos”, señaló.

 

La titular de la cartera laboral, aprovechó la ocasión para recordarle a todos que el RUTEC, “no es una ruta de empleo, no es un permiso de trabajo o un requisito para acceder a un trabajo, no es una constancia que se solicite para afiliar a EPS, Pensiones, Caja Compensación Familiar y ARL y mucho menos, es un Permiso Especial de Permanecía, ni una medida de regularización para población extranjera”.

 

Es de aclarar que en el RUTEC, deben registrarse todos los trabajadores extranjeros dependientes e independientes que se encuentren trabajando formalmente en el país, trabajadores con Permiso Especial de Permanencia, PEP que aporten al Sistema de Seguridad Social, y el personal administrativo de las Embajadas o Consulados en Colombia.

 

Para el caso de los trabajadores extranjeros dependientes, son las empresas del sector público y las empresas del sector privado que vinculan o contratan personas extranjeras dentro del territorio nacional, quienes deben realizar el registro de sus trabajadores.

 

Todo empleador tendrá hasta 120 días calendario para registrar a sus trabajadores extranjeros ante el RUTEC, siguientes a la celebración del contrato o desde la vinculación, acorde con la resolución 4386 de 2018, igual plazo tendrán las empresas que cuenten con trabajadores extranjeros anteriores a la expedición de esta resolución.

Con los inscritos en el RUTEC, el Ministerio del Trabajo, logrará generar insumos de pertinencia y calidad para la construcción de la Política de Migración Laboral , conocer las características de perfil socio – laboral de la población extranjera en Colombia, promover la garantía de derechos laborales de los extranjeros en el país, así como evitar las prácticas abusivas de contratación.

 

Así mismo, los trabajadores extranjeros, se beneficiarán para defender la garantía de sus derechos laborales, hacer posibles reclamaciones al empleador, demostrar permanencia en el país y se les facilitará el trámite de visas y su movilidad laboral.

 

¿Cómo acceder o registrarse en el RUTEC?
• Ingresar a la página web del Ministerio del trabajo u seleccionar opción RUTEC
• Registrar información de la empresa en el Registro Único de Empresa - RUE
http://app2.mintrabajo.gov.co/FTRUE/Modulo/Frontend/Organizacion/RegistrarSolicitudRegistro
• Validar información por parte del Ministerio del Trabajo
• Registrar información de los trabajadores extranjeros, entre los que deben estar: datos personales, tipo de contrato y nivel educativo y de idiomas.

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Medellín - Antioquia | Colombia
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