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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió una guía de preguntas y respuestas explicando en qué consiste el mecanismo de Obras por Impuestos, OXI.

 

El documento da respuestas a preguntas como:

 

¿Cuáles son las modalidades para OXI?
¿Qué tipo de proyectos son aceptados para aplicar el mecanismo?
¿Existe un límite para la inversión en proyectos de OXI? ¿Cómo va a funcionar el banco de proyectos?
¿Cómo es el procedimiento para aplicar el mecanismo?

 

Para conocer el documento sobre OXI completo, haga clic aquí.

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La 11ª Jornada “Al día con la DIAN, le cumplo al país”, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, visitó un total de 6.151 establecimientos en todo el país, con actividades de comercio de lujos, autopartes y textiles, cuyas obligaciones suman en total $76.594 millones, así como a contribuyentes que tienen deudas de 2016 y 2017 con la Entidad por $345.522 millones, lo que permitió gestionar una cartera total de $422.116 millones.

 

De este total de establecimientos visitados, se auditaron 378, haciendo requerimientos a los contribuyentes que no están haciendo el pago del impuesto de IVA e Impuesto al consumo que cobran al consumidor; así mismo se revisaron los temas aduaneros, lo que permitió unas aprehensiones por valor de $2.130 millones, además se encontraron 25 establecimientos con indicios de inexactitud y se enviaron para sanción por cierre a 15 contribuyentes por no facturar.

 

Así mismo, se adelantaron las tareas para secuestrar 3 establecimientos de comercio (restaurantes) en Bogotá y Medellín.

 

Los montos más representativos de las deudas gestionadas en esta jornada correspondieron a contribuyentes ubicados en Bogotá: $152.319 millones, Medellín $93.201 millones, Cali: $36.149 millones, Barranquilla $29.852 millones y Bucaramanga $20.773 millones.

 

En cuanto a las acciones de fiscalización, la DIAN señaló que, en las visitas adelantadas a los establecimientos de comercio de autopartes y textiles, se verificó el cumplimiento de los requisitos legales de la mercancía comercializada, de las obligaciones de los responsables del Impuesto sobre las Ventas, así como controles de facturación, inscripción en el RUT, periodicidad del IVA y clasificación de regímenes común y simplificado, entre otros.

 

Entre enero y octubre, la DIAN ha efectuado más de 6 millones de acciones enmarcadas en el Plan Nacional de Cobro y en el Plan de Choque Contra la Evasión y el Contrabando, enfocadas principalmente en el control, seguimiento de la facturación e ingresos de responsables de IVA e impuesto nacional al consumo; verificación de los activos de establecimientos de comercio en mora para establecer el respaldo del pago de las obligaciones pendientes con la Entidad.

 

Del total de acciones, 3.8 millones corresponden a correos electrónicos cuya gestión demanda cruces de información de bases de datos, perfilamiento de riesgo y selección de casos de omisión y/o incumplimiento parcial de las obligaciones de declarar y pagar; más de un millón 180 mil llamadas telefónicas, 774 mil mensajes de texto; más de 58 mil visitas a morosos; cerca de 36 mil embargos a cuentas bancarias; acciones que han permitido recaudar por concepto de gestión $6.8 billones.

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Por medio de la Resolución 2517 del 17 de noviembre de 2017, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, Seccional Medellín, modificó el horario de atención al público en todas sus sedes, el cual quedará de 7:45 am hasta la 1:00 pm, en jornada continua.

 

Para conocer la Resolución 2517 completa, haga clic aquí.

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A través de labores de inteligencia adelantadas en varias ciudades del país, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, identificó la utilización de un programa informático contable ilegal que permite el fraude al fisco nacional.

 

El software es ofrecido públicamente a los comerciantes, a través de correo electrónico, con la principal “ventaja” de ajustar el valor de las ventas y facturas, de acuerdo con el valor definido por los dueños de los establecimientos comerciales en las declaraciones mensuales o trimestrales de los impuestos a las ventas (IVA) y al consumo.

 

A partir de ello, DIAN realizó inspecciones a comercios en ciudades como Bogotá, Cartagena, Bucaramanga, Sogamoso, Santa Marta, Medellín, Cali, Barrancabermeja y Barranquilla. En cuatro de estos casos, los valores dejados de declarar (evadidos) a la DIAN, por IVA e Impoconsumo, ascienden a $140.000 millones.

 

En otras 16 investigaciones que adelanta la Administración Tributaria, este valor supera los $100.000 millones, dentro de los cuales también se hallaron contribuyentes omisos o que dejaron de declarar y pagar los correspondientes impuestos a la DIAN.

 

En de los comercios inspeccionados por la DIAN se destacan reconocidos restaurantes, supermercados, empresas de alimentos, comercializadores de productos agrícolas, locales de zapatos, comercio al por menor de prendas de vestir y sus accesorios, entre otros.

 

De acuerdo con lo indicado por la Directora de Gestión de Fiscalización, María Pierina González Falla, los casos identificados permitirán a la DIAN recuperar importantes cifras de dineros evadidos al fisco nacional. Para ello, la Entidad requirió a los responsables de los establecimientos comerciales corregir sus declaraciones tributarias con los valores adecuados. De no hacerlo en un tiempo prudencial definido por la DIAN, podrían incurrir en un delito penal, tal como lo estable el artículo 339, de la Ley 1819 de 2016.

 

“Con la información obtenida en la investigación, la DIAN denunció ante la Fiscalía General de la Nación al proveedor de este software fraudulento y seguiremos en la búsqueda de otros productos similares que afectan grandemente los impuestos con los cuales se financia el funcionamiento del estado colombiano”, agregó la Directora de Gestión de la DIAN.

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La Subdirección de Gestión de Tecnología de Información y Telecomunicaciones de la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que el sábado 18 de noviembre de 2017 entre las 5:30 a.m. y las 7:30 a.m. se realizará mantenimiento a la plataforma tecnológica de la DIAN.

 

Debido a lo anterior y durante este tiempo, no habrá disponibilidad de ningún servicio aduanero y/o tributario dispuesto por la Entidad.

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Se acerca la época navideña, y las compras por internet desde Colombia en el exterior aumentan, por esto, es importante que quienes utilizan los servicios de las tiendas virtuales, tengan claridad con respecto al tratamiento aduanero y los requisitos que se deben cumplir para la importación de los productos adquiridos a través del comercio electrónico.

 

Uno de los aspectos a tener en cuenta por la comunidad de compradores es que la modalidad de importación de sus pedidos virtuales se denomina Tráfico Postal y Envíos Urgentes, la cual tiene un tratamiento aduanero regulado por el Decreto 2685 de 1999 y la Resolución número 4240 de 2000.

Según esta modalidad, se podrán importar los envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos urgentes siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

 

  • El valor no debe exceder los dos mil dólares (US$2.000).
  • El peso no debe exceder los cincuenta (50) kilogramos.
  • No pueden incluirse mercancías sobre las cuales existan restricciones legales o administrativas para su importación, salvo cuando se trate de envíos que no constituyan expedición comercial. Se entenderá que se trata de envíos que no constituyen expediciones de carácter comercial, aquellos que no superen seis (6) unidades de la misma clase.
  • No pueden incluirse los bienes contemplados en el Acuerdo de la Unión Postal Universal entre los que se encuentran: juguetes bélicos, dinero en efectivo, papel moneda o cualquier otro título valor al portador, objetos obscenos o inmorales, pornografía, juguetes sexuales o similares, alcoholes y licores de todo tipo, medicinas (incluyendo vitaminas), tabaco, artículos de aseo en general, productos químicos, material peligroso, motores de combustión interna y equipos que contengan motores, cocaína, morfina, marihuana, opio y otros estupefacientes.
  • No pueden incluirse armas, publicaciones que atenten contra la moral y las buenas costumbres, productos precursores en la elaboración de narcóticos, estupefacientes o drogas no autorizadas por el Ministerio de Salud y mercancías cuya importación se encuentre prohibida por el artículo 81 de la Constitución Política o por convenios internacionales a los que haya adherido o adhiera Colombia.
  • Las medidas no deben superar un metro con cincuenta centímetros (1.50 mt.) en cualquiera de sus dimensiones, ni tres metros (3 mt.) la suma de la longitud y el mayor contorno tomado en sentido diferente al de la longitud, cuando se trate de paquetes postales.
  • Al momento de arribar al territorio aduanero nacional deberán presentar la factura comercial o el documento que acredite la operación, dónde conste el valor del envío remitido bajo el régimen de tráfico postal.

 

Vale la pena tener en cuenta que las labores de recepción y entrega de importaciones por tráfico postal, no son adelantadas por la DIAN. Estas se encuentran a cargo de la Administración Postal Nacional y las empresas legalmente autorizadas por ésta. Las de envíos urgentes se realizan directamente por las empresas de transporte internacional, que hubieren obtenido licencia del Ministerio de las TIC como empresas de mensajería especializada.

 

Ahora bien, los intermediarios de esta modalidad deben inscribirse ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- y constituir garantía bancaria o de compañía de seguros por el equivalente a dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, renovable anualmente, cuyo objeto es garantizar la entrega de los documentos a la Aduana, la presentación de la declaración, el pago de los tributos aduaneros y sanciones, así como el valor de rescate por abandono cuando a ello hubiere lugar.

 

Por último, con excepción de los envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos urgentes pagarán el gravamen ad valorem correspondiente al arancel de aduanas del 10% e IVA del 19% que son recaudados por los intermediarios de la modalidad y consignados mensualmente al Tesoro Nacional.

 

Cuando las mercancías no cumplan los requisitos anteriormente descritos, la legislación aduanera establece la figura del cambio de modalidad de importación, lo cual conlleva al cumplimiento de los requisitos y formalidades de la modalidad de importación ordinaria, entretanto, se dispone el traslado de la mercancía a un depósito.

En octubre, el recaudo bruto de los tributos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, fue de $7,7 billones, valor que representa una variación nominal de 10.6% frente al mismo mes de 2016, en el que se obtuvieron $7,0 billones.

 

El recaudo de los impuestos que corresponden a la actividad económica interna crecieron en 10.5%, pasando de $5,3 billones en septiembre de 2016 a $5,8 billones en el mismo período de 2017, mientras que los restantes $1,9 billones, están asociados al recaudo de los tributos externos en las operaciones de comercio exterior, con un crecimiento de 10.9%.

 

La mayor contribución a la variación del mes de octubre estuvo a cargo del recaudo de las retenciones en la fuente a título de renta, IVA y timbre, que registró un incremento de 8.8%, al pasar de $3,8 billones en 2016 a $4,1 billones en 2017, con una contribución a la variación de 4.8%

 

Enero Octubre
Para el período enero – octubre de 2017 el recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN alcanzó la cifra de $116,5 billones, que se traduce en una variación nominal de 7.1%, respecto al mismo período de 2016, en el que se obtuvieron ingresos por $108,8 billones.

 

De manera agregada, el recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la cifra de $99,1 billones mostrando una variación nominal de 6.8% frente al mismo período de 2016 que fue de $92,8 billones. Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA), se incrementaron en 9.2%, al recaudarse la cifra de $17,4 billones.

 

La mayor contribución a la variación del período corresponde al recaudo del impuesto al valor agregado IVA, que mostró un crecimiento nominal del 23.9% pasando de $21,6 billones en 2016 a $26,8 billones en 2017, mostrando una contribución a la variación de 4.7%. Son tres los factores que explican entre otros, el desempeño del IVA. El primero de ellos, el incremento de la tarifa general que pasó del 16% al 19%; el segundo, los resultados de la gestión de la DIAN, que desde comienzos del año ha venido adelantando campañas de cobro y de control del tributo y, en tercer lugar, los efectos inducidos por tipificar como delito penal en la Ley 1819 de 2016 la conducta de no cobrar el IVA.

 

El Impuesto de Renta y Complementarios mostró un crecimiento nominal del 40.1%, al pasar de un recaudo de $10,7 billones en el período enero – octubre de 2016 a $15,0 billones en el mismo período de 2017. Este crecimiento se explica principalmente por la liquidación y pago del anticipo de la sobretasa al impuesto sobre la renta y complementarios que reemplazó la sobretasa de CREE y que debió se debió liquidar y pagar con las declaraciones de renta del año gravable en el mes de abril, así como por el recaudo obtenido en aplicación de los beneficios establecidos en los artículos 305 y 306 de la Ley 1819 de 2016, en los que se faculta a la DIAN para realizar conciliaciones en procesos contenciosos administrativos, así como a terminar por mutuo acuerdo los procesos administrativos.

 

Recaudo por Gestión
En la ejecución de los Planes de Cobro y de Control a la evasión y el contrabando, así como las Jornadas Integrales de Control y Servicio, “Al día con la DIAN le cumplo al país” realizadas cada mes, se han adelantado cerca de tres millones de acciones, entre ellas: 1.180.511 llamadas telefónicas, 774.303 mensajes de texto a celular, 72.350 citaciones a oficinas de cobro, 58.286 visitas a morosos, 35.623 embargos a cuentas bancarias y 49.750 depósitos judiciales, entre otros, que hasta el pasado 30 de septiembre coadyuvaron a recuperar cartera por $6,1 billones.

 

En cada jornada mensual, la DIAN enfoca sus acciones en diferentes sectores de la economía con obligaciones pendientes, como en el pasado mes de octubre cuando se concentró en profesionales independientes, asalariados y dueños de establecimientos de comercio que adeudan a la Entidad un total de $727.963.

 

La meta de gestión programada para el trimestre octubre – diciembre alcanza los $1.7 billones.

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En la última semana, en el marco de la 10ª versión de la Jornada “Al día con la DIAN, le cumplo al país”, estrategia enmarcada en el Plan Nacional de Cobro y en el Plan de Choque Contra la Evasión y el Contrabando, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, concentró sus esfuerzos en esta oportunidad en sectores de profesionales independientes, asalariados y dueños de establecimientos de comercio que adeudan a la Entidad un total de $727.963 millones.

 

Es así como se adelantaron diligencias de embargo de salarios y, o honorarios a 6.243 contribuyentes con obligaciones pendientes por $206.325 millones; se visitaron 4.800 contribuyentes morosos con actividades económicas relacionadas con arquitectura e ingeniería, consultoría técnica, construcción de obras de ingeniería civil y el comercio de productos textiles, que tienen obligaciones pendientes con la DIAN por $425 mil millones.

 

Igualmente, se realizaron 1.512 visitas a establecimientos de comercio con actividad económica “5611 Expendio a la mesa de comidas preparadas” (servicios de restaurante), que adeudan impuesto al consumo por $69.213 millones.

 

Los montos más representativos de las deudas gestionadas en esta jornada corresponden a contribuyentes que se encuentran en Bogotá: $509.235 millones, Cali: $96.741 millones, Medellín $65.867 millones, Barranquilla $42.185 millones y Cartagena $13.932 millones.

 

La DIAN precisó que, en esta jornada, adelantada entre el 23 y el 27 de octubre, funcionarios de las 34 seccionales de impuestos enfocaron su gestión en acciones de control, seguimiento de la facturación, y verificación de los activos que conforman esos establecimientos de comercio para establecer el respaldo del pago de las obligaciones pendientes con la Entidad.

 

Entre enero y septiembre, la DIAN ha efectuado cerca de 3.1 Millones de acciones enmarcadas en el Plan Nacional de Cobro y en el Plan de Choque Contra la Evasión y el Contrabando, que permitieron recaudar por concepto de gestión $6.1 billones.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que, a partir del 01 de noviembre, los ciudadanos clientes de la ciudad de Medellín que requieran ser atendidos en los Puntos de Contacto (Alpujarra, Antigua Aduana y Sede Campestre) de la Dirección Seccional de Impuestos de Medellín, deberán programar su cita a través del servicio de agendamiento Web de la Entidad, www.dian.gov.co botón “Asignación de citas”, para los siguientes trámites:

 

Punto de Contacto Alpujarra:
•Inscripción RUT Persona Natural y/o Firma Electrónica (Emisión y Renovación).
•Inscripción o Actualización RUT persona Jurídica.
•Solicitudes especiales (Cambio de régimen común a simplificado del IVA, cese de actividades en ventas o cancelación del RUT).
•Orientación TAC.

 

Puntos de Contacto: Antigua Aduana y Sede Campestre:
•Inscripción RUT Persona Natural y/o Firma Electrónica (Emisión y Renovación).
•Inscripción o Actualización RUT persona Jurídica.

 

De igual manera se recuerda a toda la ciudadanía que el servicio de agendamiento DIAN al igual que la gestión de los trámites son TOTALMENTE GRATUITOS y no requieren intermediación particular.

 

Para mayor información comuníquese al Contact Center: 057(1) 5462200 - 057(1) 6059830 Bogotá; Línea nacional: 01 900 555 0993 y 01900 111 5462, atención de lunes a viernes 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados de 8:00 am a 2:00 p.m.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN informa a los usuarios que deben tener en cuenta que mediante el artículo 108 de la Ley 1819 de 2016 se modificó el artículo 260-5 del Estatuto Tributario, con el objeto de adoptar el alcance de la documentación comprobatoria de precios de transferencia alineándola a los nuevos estándares internacionales establecidos en el resultado de la Acción 13 del proyecto BEPS OCDE/G20.

 

Por lo anterior, nos permitimos informarles que la DIAN está trabajando en el desarrollo normativo e informático con el fin de que los contribuyentes puedan cumplir con la obligación de presentar el Informe País por País.

 

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