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El Gobierno Nacional a través del Ministerio del Trabajo acaba de actualizar los formatos para emitir dictamen y evaluar la pérdida de la capacidad laboral y ocupacional, originadas por lesiones de riesgos laborales de los trabajadores colombianos.

 

Esta es una herramienta fundamental para la expedición del dictamen que les facilita a los médicos realizarlo de manera más objetiva y acorde a los avances normativos y técnicos definidos en el nuevo Manual Único de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional, expedido por el Gobierno Nacional el año pasado.

 

Según lo explicó el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda Villegas, "Lo novedoso de la aplicación es que le permite al trabajador conocer en detalle cómo se realizó su calificación y los fundamentos que se tomaron para su resultado final".

 

Los nuevos formatos tendrán que ser diligenciados por los trabajadores que se encuentren en proceso de calificación por pérdida de la capacidad laboral y ocupacional de todos los sectores, ya sea público, oficial, semioficial y privado, independientemente de su tipo de vinculación laboral, clase de ocupación, edad, tipo y origen de discapacidad o condición al Sistema de Seguridad Social Integral.

 

Estos a su vez, serán remitidos a las juntas de calificación de invalidez, así lo señala la Resolución 3745 del presente año.

 

La directora de Riesgos Laborales, Andrea Torres Matiz, confirmó que los nuevos formatos comienzan a utilizarse de inmediato, los cuales están disponibles en la página web de la entidad, link: http://fondoriesgoslaborales.gov.co/seccion/normatividad/resoluciones.html

 

Es de recordar que actualmente la calificación se realiza con base en el Manual Único de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional, expedido el año pasado por el Gobierno Nacional, la cual es remitida por las Juntas de Calificación de Invalidez, aportando los criterios técnicos, científicos de evaluación y calificación de pérdida de capacidad laboral porcentual ante una deficiencia, discapacidad y minusvalía ocasionadas como consecuencia de una enfermedad o accidente.

 

Son cuatro formularios establecidos con rutas claras para la calificación de acuerdo con la etapa de ciclo vital de las personas, es decir, aporta tablas diferentes para niños, adolescentes, adultos y adulto mayor, teniendo en cuenta su ocupación y labor, lo que permite un dictamen más equitativo.

 

Además, contienen información general del dictamen, de la entidad calificadora, datos generales y antecedentes laborales del calificado, examen físico y valoración del rol laboral y/o ocupacional; y concepto del dictamen pericial y grupo calificador.

El Ministerio del Trabajo instó a todos los empleadores del país a crear las condiciones para que no haya más muertos a causa de accidentes laborales en el Colombia. El año pasado, 540 trabajadores perdieron la vida a causa de accidentes en su lugar de trabajo.

 

La Directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, Andrea Torres Matiz, reveló que de enero a junio de 2015 el número de personas que perdieron la vida en accidentes laborales fueron 271. "En el mismo período el número de accidentes fue de 344 mil", complementó.

 

La funcionaria sostuvo que "Todo es prevenible" con el nuevo Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo que está en implementación por parte de los empleadores del país y el cual promueve el Ministerio del Trabajo por todo el territorio nacional.

 

"Ni un solo muerto más y cero accidentes en las empresas tiene que ser el gran objetivo de todos", afirmó la Directora de Riesgos Laborales, durante su participación en el Séptimo Simposio de Salud y Bienestar, realizado en Bogotá.

 

Torres Matiz recalcó la importancia de que todas las empresas del país implementen el nuevo Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), que busca reducir el número de accidentes de trabajadores en las empresas.

 

En el país se ha podido llegar a más de 19 mil trabajadores en 45 ciudades que han asistido a las jornadas de sensibilización para la implementación de la nueva norma.

 

El nuevo Sistema obliga a los contratantes a realizar un reconocimiento permanente de las condiciones de trabajo que inciden en el bienestar, la seguridad y la salud de los trabajadores, permitiendo realizar las acciones de mejora con oportunidad.

 

A partir del próximo año la medida empieza a regir para las empresas de menos de diez 10 trabajadores. Posteriormente se aplicará para las organizaciones con 10 hasta 200 empleados y para las de más de 201 trabajadores.

El ministro del Trabajo, Lucho Garzón, anunció que el próximo martes presentará al Congreso el proyecto de nueva Ley de Primer Empleo.

 

Al instalar un foro sobre empleo juvenil organizado por el Banco Mundial, Garzón expuso la estrategia del Gobierno para continuar bajando las tasas de desempleo en los jóvenes y destacó la decisión de impulsar una nueva versión de la Ley de Primer Empleo como una forma de estimular a los empleadores para que ocupen a los jóvenes.

 

Recordó que a través de esa Ley y otros estímulos y programas, el desempleo juvenil en Colombia cayó en los primeros cuatro años del Gobierno Santos del 19.9 por ciento al 15.8 por ciento.

 

El Ministro del Trabajo expuso la estrategia del Gobierno Nacional para eliminar las barreras que tienen hoy los jóvenes para conseguir empleo y destacó la otra iniciativa que se está preparando, esta vez para evitar que la falta de libreta militar sea un obstáculo al momento de buscar trabajo.

 

Explicó que la propuesta que será llevada al congreso contempla la reducción de la edad para prestar el Servicio Militar de 28 a 24 años, fija plazos para que los remisos una vez se ocupen puedan pagar por cuotas, la libreta militar, y condona las deudas de éstos hasta en un 80 por ciento.

 

El Ministro Garzón dijo, de otra parte, que doce mil aprendices del SENA serán vinculados a seis mil empresas mediante el Programa "40 Mil Primeros Empleos", a través del cual el Estado paga los seis primeros meses de salario del joven inexperto, con la condición de que el empleador retenga por otros seis meses al 60 por ciento del personal contratado mediante esta estrategia.

"Todo trabajador con estabilidad laboral reforzada sólo puede ser despedido con el permiso del Ministerio del Trabajo, independientemente que exista justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo".

 

El pronunciamiento lo hizo el Ministerio del Trabajo al sancionar a Almacenes Éxito en Cartagena por despedir a un trabajador que tenía esa condición debido a una enfermedad auditiva. La investigación concluyó que el trabajador no solamente fue despedido, sino que además tampoco se le ordenó el examen médico de egreso que habría permitido establecer su condición de salud.

 

Los hechos que dieron origen a la sanción se presentaron en agosto de 2013 en la sede de la cadena de supermercados del Centro Matuna de Cartagena, al dar por terminado el contrato a uno de sus trabajadores argumentando justa causa y cuatro días después de que regresara de una incapacidad determinada por la EPS Salud Total, como consecuencia de una enfermedad auditiva sensorial.

 

La investigación fue iniciada en febrero de este año por la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio a través de la dirección Territorial de Bolívar. Las averiguaciones de los inspectores permitieron establecer que después del despido, la EPS determinó que el quejoso padecía una grave enfermedad de pérdida de audición, la que se ratificó con el concepto de fonoaudiología que dictaminó una pérdida de un 76% de la capacidad laboral.

 

Para la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Trabajo, "La empresa Almacenes Éxito actuó de manera desproporcional y arbitraria" y consideró su conducta como "Falta gravísima", al no ordenar el examen de egreso del trabajador ni tener en cuenta los antecedentes de incapacidades que tenía por las mismas dolencias. Al no ordenar los exámenes, no pudo conocer la condición salud en que el trabajador se encontraba y que lo protegía con la figura de la ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA razón por la cual su despido sólo podía producirse con autorización del Ministerio del Trabajo.

 

En sus consideraciones, El Grupo de Prevención, Inspección, Vigilancia y Control de la Territorial Bolívar del Ministerio del Trabajo, hizo, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

"No se requiere que haya incapacidad laboral, para que exista estabilidad laboral reforzada".

 

"Si bien es cierto que las empresa cumple con la obligación de afiliar a sus trabajadores al Sistema de Seguridad Social, ello no exime al empleador de su obligación de realizar los respectivos exámenes de egreso".

El Gobierno Nacional anunció que presentará un Proyecto de Ley que limitará la prestación del Servicio Militar hasta la edad de 24 años y facilitará mecanismos para que los jóvenes remisos puedan tener acceso a empleo sin que medie el requisito de la libreta militar.

 

El presidente, Juan Manuel Santos dijo al hacer el anuncio que se establecerán plazos hasta de 18 meses para que los jóvenes que estén trabajando puedan pagar por cuotas la libreta militar.

 

Santos, acompañado de los ministros de Defensa, Luis Carlos Villegas y del Trabajo, Lucho Garzón reveló además que la iniciativa pretende también bajar hasta en un 80 por ciento las multas que se imponen por el incumplimiento en el pago de la libreta militar.

 

El Primer Mandatario le pidió además al Ministro Lucho Garzón que prepare un Proyecto de Ley para reactivar los beneficios de la que se llamó Ley del Primer Empleo.

 

El Presidente destacó que una de las principales barreras de los jóvenes para acceder a un empleo es la libreta militar como requisito. Hay cerca de 565.000 jóvenes entre 18 y 28 años que no tienen resuelta su situación militar, lo que les ha impedido encontrar un trabajo o han tenido que ocuparse en la informalidad.

 

El proyecto presentado busca:

Primero: reducir de 28 a 24 años la edad máxima para prestar el servicio militar. Es decir, después de los 24 años no serán requeridos por las Fuerzas Militares.

 

Segundo: los jóvenes que no tengan resuelta su situación militar podrán ser contratados, pero tendrán un periodo de gracia de 18 meses para normalizar su situación.

 

Tercero: establecer facilidades para el pago de las multas y de la cuota de compensación militar –con cobros diferidos, libranzas, descuentos de nómina o créditos. Incluso, definirá criterios que permitan reducir las multas hasta en un 80 por ciento.

 

Cuarto: Para los jóvenes que presten el servicio militar también tendrán incentivos. Para ellos habrá prelación en los programas gubernamentales de generación de empleo y de enganche laboral, así como una prelación en los cursos de capacitación.

 

Dado que parte de los beneficios de la Ley de Primer Empleo expiraron el año pasado, el ministro Lucho Garzón prepara un proyecto de Ley de Empleo Juvenil, de manera que se reactiven beneficios y se generen alternativas adicionales para que los jóvenes del país tengan más oportunidades de empleo.

Luego de un análisis basado en las evidencias existentes de buenas prácticas para la salud de los trabajadores colombianos, el Ministerio del Trabajo, actualiza 10 Guías de Atención Integral en Seguridad y Salud en el Trabajo (GATISST).

 

Las guías exponen cuáles son los pasos adecuados que se deben realizar al trabajador para prevenir ciertas enfermedades o las ya existentes y mirar cuál es el tratamiento más adecuado para recuperar al trabajador con enfermedades como asma ocupacional, dolor lumbar, dermatitis, cáncer de pulmón, hombro doloroso, neumoconiosis, derivados de exposición a trabajos de rocas silíceas, polvo de carbón y a los asbestos; hipoacusia del ruido; bencenos utilizados en fábricas de pinturas, pegantes e industria química; organofosforados o manipulación y contacto con plaguicidas de alta toxicidad; y desórdenes musculoesqueléticos.

 

El titular de la Cartera Laboral, Luis Eduardo Garzón, destacó: "Este es un trabajo mancomunado y articulado con todos los actores claves del Sistema de Riesgos Laborales como trabajadores, pacientes, academia, sociedades científicas, administradoras de riesgos laborales (ARL), prestadores de servicios y empleadores, nos pone a la vanguardia a nivel internacional con acciones efectivas y seguras en beneficio de la salud de los trabajadores y orientadas a generar impacto positivo en el Sistema".

 

Luego de un trabajo continuo durante un año y con el apoyo del Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS), hoy fueron presentados los resultados de la actualización de las Guías con la participación de cerca de 250 asistentes.

 

Según lo explicó la directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, Andrea Torres Matiz, las 10 guías no se actualizaban desde hacía cinco años: "Serán aplicables a todas las actividades productivas, en el marco de un Sistema de Gestión Integral del Riesgo y teniendo en cuenta las precisiones técnicas requeridas de acuerdo con las características del contexto en el que se apliquen, con el objetivo de orientar a todos los actores involucrados para llevar actividades generales de prevención, vigilancia, diagnóstico e intervención ocupacional".

 

Para asegurar la transparencia del proceso y la participación de todos los involucrados en el tema se cumplió con todos los procedimientos y políticas. Se tuvieron en cuenta las recomendaciones de expertos, en cuento a las competencias y los posibles conflictos de interés en cada uno de los actores, primando el interés tanto de los pacientes como de los trabajadores, con un enfoque preventivo y siguiendo la metodología definida por el Ministerio de Salud y Protección Social para el desarrollo de Guías de Práctica Clínica.

 

Para consultar los avances, haga clic aquí.

La formalización de los trabajadores colombianos tiene implicaciones como la vinculación al Sistema General de Seguridad Social y la realización del contrato de trabajo, como regulación especial de la relación de los trabajadores. Esta es la principal conclusión del panel "Por la Formalización del Empleo", que se realizó en el marco de la celebración del Día del Trabajo Decente.

 

El Viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda, planteó aspectos generales de la formalización del trabajo subordinado y desde las relaciones laborales, labor que se hace desde la Inspección Vigilancia y Control con las empresas que tiene trabajadores con contrato de trabajo.

 

Recordó que "A partir de los elementos esenciales del contrato de trabajo, del art. 23 C.S.T., se perfecciona la relación de trabajo. El contrato puede ser manifiesto, o generarse con ocasión de la aplicación de la presunción del art. 24 C.S.T.; circunstancia que hace que la relación laboral tenga unas características particulares".

 

Borda, explicó que existen otras formas contractuales que, en su ámbito de regulación, afectan el trabajo, como es el régimen de las Cooperativas de Trabajo Asociado, el Contrato Sindical y el de las Empresas de Servicios Temporales.

 

En cuanto a los empresarios y sindicatos, señaló "Ninguna figura contractual puede ser utilizada para vulnerar los derechos laborales, esto es, los derechos derivados de la relación de trabajo, contenidas en el Código Sustantivo del Trabajo", al tiempo que resaltó la importancia de los Acuerdos de Formalización, establecidos en la Ley 1610 de 2013.

 

Por su parte, el Viceministro de Empleo y Pensiones, Luis Ernesto Gómez, puntualizó "La realidad de la sociedad colombiana nos pone de presente que el trabajo es una actividad que se desarrolla de muchas formas, además de la del trabajo subordinado. Muchas personas trabajan de manera independiente, por cuenta propia, o de manera autónoma, y las nuevas dinámicas económicas y tecnológicas muestran que las relaciones económicas, a través de los desarrollos tecnológicos, plantean nuevos desafíos para la consecución del Trabajo Decente, aplicable a los trabajadores independientes".

 

Así mismo, compartió que la formalización, desde este enfoque, se plantea como la vinculación de los trabajadores independientes, autónomos o por cuenta propia, se lleva a cabo mediante la afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral: Pensiones, Salud y Riesgos Laborales.

El presidente de Colpensiones, Mauricio Olivera, presentó el nuevo modelo de Protección Social que contempla Cotización por Semanas, Pensión Familiar y Beneficios Económicos Periódicos -BEPS.

 

"Este Gobierno ha hecho un gran esfuerzo por diseñar mecanismos y programas que le permitan a todos los colombianos contar con un futuro menos incierto, con protección y bienestar, de eso se trata este nuevo modelo, de aumentar la cobertura del Sistema Pensional", explicó el presidente Olivera.

 

Colpensiones cuenta actualmente con más de seis millones de afiliados y aproximadamente 1.200.700 pensionados, quienes han confiado su futuro y bienestar en la nueva administradora de pensiones del Estado.

 

Asímismo, el Mauricio Olivera resaltó que las personas del Sisbén se pueden beneficiar de BEPS y Colombia Mayor al mismo tiempo, para aumentar sus ingresos al llegar a la edad de retiro.

 

Nuevo Modelo de Protección Social
Beneficios Económicos Periódicos, BEPS: actualmente este nuevo programa de ahorro cuenta con más de 100 mil afiliados del Sisbén 1, 2 o 3, quienes no cuentan con los ingresos suficientes para aportar a pensión. Con BEPS los trabajadores pueden ahorrar lo que puedan, cuando quieran y al llegar a la edad de retiro el Estado aportará un 20% más.

 

Pensión Familiar: las parejas, quienes individualmente no cumplan con el requisito de las semanas y pertenecen al Sisbén 1 y 2, podrán sumar sus semanas cotizadas para obtener una pensión de vejez.

 

Cotización por Semanas: las personas que trabajan por días podrán aportar a pensión sólo por las semanas laboradas.

La planta de personal de 904 inspectores del trabajo quedó al ciento por ciento y en funcionamiento, lo que permitirá que "Esta labor en Colombia sea eficaz para la protección de los derechos de los trabajadores". Así lo afirmó el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo, Enrique Borda Villegas.

 

El Viceministro precisó que en casi cuatro años, en que esta Cartera fue reorganizada, el número de funcionarios inspectores de trabajo aumentó gradualmente de 424 en 2011 a 904 a nivel nacional en el presente año, lo que representa, un incremento del 113 por ciento, con el fin de fortalecer la inspección del trabajo para afrontar cambios y proteger los derechos de los trabajadores en el país, sobre todo aquellos cuyas condiciones laborales son más difíciles o vulnerables.

 

Los 904 inspectores que hay en el país son especializados en tercerización laboral, trabajo infantil y poder preferente.

 

"En el marco de los avances que adelanta la cartera del trabajo en materia de inspección laboral y derechos de los trabajadores nos permitirá avanzar en concertación social, que garantice el respeto y vigencia de los derechos laborales, en cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ratificación del Convenio 81 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relacionado con la inspección de trabajo y cumplimiento de las normas de protección laboral, así como desarrollar las relaciones laborales de manera ordenada y constructiva", manifestó el Viceministro Borda.

 

Todos los inspectores de trabajo cumplen funciones de control o policía administrativa laboral y están facultados para realizar labores de inspección, vigilancia y control para acatar las normas laborales, entre ellas, las del Sistema General de Riesgos Laborales y de Pensiones, así como el derecho de asociación sindical.

 

Igualmente, proporcionan asesoría técnica a los trabajadores, empleadores y usuarios del sistema y realizan visitas de carácter preventivo en los centros de trabajo e imponen sanciones establecidas en el régimen legal vigente, tareas que hacen parte del Ministerio del Trabajo.

 

Las principales causas de sanciones que puede imponer un inspector de trabajo en las visitas a las empresas son por incumplimiento al reglamento de trabajo, accidentes y muertes laborales, despidos, cierre o suspensión no autorizado, no atención a los requerimientos del Ministerio, no consignación de cesantías, no pago de salarios, dotación y de prestaciones sociales y riesgos laborales, por intermediación laboral sin autorización y violación a las normas de seguridad y salud en el trabajo.

 

"Un inspector puede ir a hacer averiguaciones a las empresas y dependiendo de la investigación que realicen, abre un proceso sancionatorio que puede terminar con una multa que hoy llega a 5 mil salarios mínimos, es decir; más de 3 mil millones de pesos", aseguró Enrique Borda.

 

1.494 sanciones fueron ejecutoriadas a empresas y personas naturales por violación a las leyes laborales en 2013 por $36.092 millones. El año pasado 96 sanciones fueron impuestas, lo que representa cerca de 32 mil millones de pesos. Sin embargo, el Ministerio del Trabajo busca disminuir estas sanciones con acciones preventivas y promoviendo la formalización laboral.

 

Así mismo, los inspectores han intervenido en sectores críticos a nivel sectorial y regional de tercerización laboral en puertos, minas e hidrocarburos, flores, azúcar y en el sector palmero.

 

El Ministerio del Trabajo con el apoyo de cooperación técnica de la OIT capacitó a los inspectores y auxiliares en temas relacionados con procedimiento administrativo y sancionatorio, formalización del empleo e intermediación laboral, derecho colectivo y solución de conflictos y competencias de inspección, vigilancia y control.

 

Para continuar mejorando la labor de los inspectores de trabajo, la cartera laboral con la cooperación técnica de la OIT desarrolla un Sistema informático que permitirá hacer un control y seguimiento efectivo en las investigaciones que adelantan los inspectores, el análisis de información para la toma de decisiones y el mejoramiento de los informes, reportes y estadísticas, fundamental para las labores en tiempo real que realizan los inspectores de trabajo.

Todos los trabajadores independientes por cuenta propia que devenguen más de 1 salario mínimo mensual legal, podrán afiliarse voluntariamente al Sistema General de Riesgos Laborales.

 

El Ministerio del Trabajo a través de la Dirección de Riesgos Laborales, junto con los ministerios de Salud y Hacienda, construyen un proyecto de decreto que busca reglamentar dicha afiliación voluntaria para trabajadores independientes por cuenta propia que ejercen cerca de 200 ocupaciones u oficios más representativos con el objetivo de mejorar sus condiciones de trabajo y salud.

 

Actores, artesanos, comerciantes, conductores y propietarios de vehículos, jardineros, escritores, sastres, carpinteros, camareros, mecánicos, operarios de mantenimiento, panaderos, plomeros, ayudantes de construcción, deportista y recicladores, son algunas de las ocupaciones que se beneficiarán con la medida.

 

Andrea Torres Matiz, directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo indicó: "La persona que se incorpore deberá estar previamente afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones y una vez afiliado, su cobertura será inmediata".

 

También señaló que la afiliación la hará el trabajador independiente a través de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) que escoja. La cotización será asumida en su totalidad por el trabajador a través de la Planilla Integrada de Autoliquidación de Aportes (PILA), la cual será ajustada por el Ministerio de Salud para que el trabajador efectúe el pago en los términos y plazos señalados en la autoliquidación, de manera anticipada, precisando tiempo, modo y lugar en el cual se desarrollará la actividad, así como la clase de riesgo y dependiendo de la ocupación u oficio, se determinará la asignación de la tarifa.

 

Esta nueva afiliación se suma a la de los trabajadores independientes que en forma voluntaria y colectiva actualmente se vinculan al Sistema de Seguridad Social Integral a través de las asociaciones y agremiaciones.

 

Igualmente, obligatoriamente están afiliadas las personas que tienen un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, y los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo.

 

Para participar con sugerencias o comentarios sobre esta propuesta ingrese al siguiente enlace: http://www.mintrabajo.gov.co/normatividad/participe-en-la-construccion-de-leyes-decretos-o-normatividad.html

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