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Por medio del Decreto 0533 de 29 de abril de 2024, el Ministerio del Trabajo Por el cual se sustituye la Sección 10 del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, y se reglamenta el Incentivo para la creación y permanencia de nuevos empleos formales.

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Mediante decreto 1736 del 20 de octubre, firmado por el presidente Gustavo Petro; los ministros del Trabajo, Gloria Inés Ramírez y de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla; notificaron a los empleadores del país, la ampliación de los estímulos por la generación de nuevos empleos.

“Se entenderán por empleados, los trabajadores dependientes por los cuales el empleador haya cotizado el mes completo al Sistema General de Seguridad Social en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA. Con un ingreso base de cotización, de al menos un salario mínimo legal mensual vigente y que estén afiliados como empleados del postulante en el Registro Único de Afiliación, RUAF y realicen aportes en todos los subsistemas que le correspondan”, puntualiza el decreto.

La iniciativa busca promover, generar y proteger los nuevos empleos con aportes directos a la nómica por la contratación de jóvenes, mujeres y hombres. El incentivo mensual calculado sobre el SMLV representa:

Jóvenes entre 18 y 28 años, el 25 %: $290.000
Mujeres mayores de 28 años, el 15 %:$174.000
Hombres mayores de 28 años el 10 %: $116.000

“Este incentivo se financiará con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación, en la sección presupuestal del Ministerio del Trabajo y estará supeditado a la disponibilidad con la que cuente el Gobierno Nacional en el Presupuesto General de la Nación. Para ello se podrá limitar el número de cotizantes a reconocer por empleador. Además, el incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales, se aplicará igualmente para aquellos empleadores que vinculen a personas en condición de discapacidad.", explicó la Ministra del Trabajo.

Los documentos requeridos para acceder al beneficio son:

Formulario de solicitud de la entidad financiera, firmado por empleador/a, representante legal. Aplica también para el caso de las cooperativas.
Certificación firmada por empleador/a, representante legal, contador/a o revisor fiscal, que indique estar al día en salarios y pagos de seguridad social de trabajadores.
RUT
Contrato laboral mínimo de 6 meses.

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