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El presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley 1762 del 06 de julio de 2015, mediante la cual se adoptan instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el contrabando, el lavado de activos y la evasión fiscal.

 

La presente ley tiene por objeto modernizar y adecuar la normativa existente a la necesidad de fortalecer la lucha contra la competencia desleal realizada por personas y organizaciones incursas en operaciones ilegales de contrabando, lavado de activos y defraudación fiscal.

 

La ley moderniza y adecua la normativa necesaria para prevenir, controlar y sancionar el contrabando, la defraudación fiscal y el favorecimiento de esas conductas; para fortalecer la capacidad institucional del Estado; para establecer mecanismos que faciliten que los autores y organizaciones dedicadas o relacionadas con este tipo de actividades sean procesadas y sancionéldas por las autoridades competentes; y para garantizar la adopción de medidas patrimoniales que disuadan y castiguen el desarrollo de esas conductas.

 

Para conocer la Ley 1762 del 6 de julio de 2015 completa, haga clic aquí.

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Más de 15 estructuras criminales desarticuladas y 139 personas capturadas, son los principales resultados en la lucha frente al contrabando, luego de la expedición de la Ley 1762 de 2015 (Ley Anticontrabando).

 

Así lo señaló el Director de Gestión de Fiscalización, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, Leonardo Sicard Abad, en el marco del Segundo Encuentro contra el Contrabando de América Latina, organizado por la Alianza Latinoamericana de Anticontrabando, realizado en Chile.

 

Para el directivo de la DIAN, esta norma le ha permitido a la Entidad mayor capacidad operativa y “dientes” en esta incansable lucha frente a uno de los delitos con mayores implicaciones para la economía del país.

 

Desde 2015, la Ley Anticontrabando le ha permitido a la DIAN más de 1.000 aprehensiones, valoradas en cerca de $149.000 millones de pesos, de mercancías con valores superiores a 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes; mientras que en hidrocarburos (aprehensiones mayores de 20 galones) esta cifra asciende aproximadamente a 2.600 aprehensiones por un valor aproximado de $5.700 millones.

 

Los productos con mayores aprehensiones por sectores económicos son: materias textiles y confecciones, calzado y sus partes, productos de las industrias químicas; materias plásticas y sus manufacturas y máquinas, aparatos y material eléctrico.

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En los últimos días, asociaciones de comerciantes han manifestado su preocupación por el impacto que tendrá en sus negocios la recién aprobada Ley Anticontrabando. Este documento contiene las inquietudes más frecuentes y la respuesta que el Gobierno da a ellas.

 

¿Se ha contemplado otorgar un periodo de transición para aplicación de la ley luego de la sanción presidencial?
No se ha contemplado un periodo de transición. Sin embargo, el Gobierno se ha comprometido a socializar la ley, hacer pedagogía de la misma y a fomentar una cultura de la legalidad entre los comerciantes. El Gobierno tendrá mesas de trabajo con ellos para evaluar la nueva legislación y las normas que tienen relación con el tema.

 

Temas penales, registros y normativas serán claramente explicados.

 

¿La nueva ley favorece los abusos para el decomiso de mercancías?
Falso. Las aprehensiones no fueron modificadas por la ley. El Gobierno expidió un decreto este año, el 993, que trae una reglamentación diferente sobre ese tema y no estipula sanción de aprehensión o decomiso por errores u omisiones en descripción de mercancías. Lo que sí hizo la ley fue fortalecer a todas las entidades que luchan contra el contrabando, y esto debe traducirse en la prevención del abuso. Más aún, el Gobierno tiene una filosofía de cero tolerancia ante el abuso y motiva a los comerciantes a denunciar cualquiera de sus formas.

 

¿Aumentarán barreras administrativas (limitaciones distintas de los aranceles, trámites aduaneros complejos, medidas sanitarias y de calidad excesivas)?
La preocupación por las barreras administrativas no tiene relación directa con la Ley Anticontrabando. Esta ley ha dado pie a que se expongan otras preocupaciones de los comerciantes, como los requisitos sanitarios que se exigen a algunos productos. En las mesas de trabajo el Gobierno ha adquirido el compromiso de identificar barreras y eliminar trámites innecesarios.

 

¿Habrá cárcel para los comerciantes pequeños?
La ley endurece las penas en casos específicos y sanciona a los funcionarios públicos que participen en el contrabando. De ninguna manera sanciona con cárcel a los pequeños comerciantes que tengan todo en regla. Además, en materia penal no existe la llamada responsabilidad objetiva, es decir, en Colombia se evalúa si hay o no intención fraudulenta y los juicios observan el debido proceso y el derecho de defensa.

 

¿Se terminará judicializando al trabajador y no a los verdaderos promotores del contrabando? ¿Serán sancionados hechos que pueden ser de desconocimiento del conductor, tendero o comerciante?
Para que se tipifique un delito se debe demostrar el dolo, es decir, el conocimiento y la intención de la persona al participar en cualquier eslabón del contrabando. Si el conductor, tendero u otro desconocía de buena fe estar haciendo parte de la cadena no tiene por qué preocuparse. La ley vigente, antes de la Ley Anticontrabando, ya contemplaba la judicialización de quien favoreciera el contrabando. De cualquier manera, la premisa de esta ley es atacar grandes estructuras.

 

¿Qué se ha pensado sobre la propuesta de los comerciantes de declarar Norte de Santander y Nariño como zonas francas para la libre importación de productos?
La ley anticontrabando no tiene nada que ver con este tema. Es una solicitud que se viene haciendo desde hace mucho tiempo. Cualquiera puede acceder a la figura de Zona Franca si cumple con los requisitos de ley. Algo diferente son las Zonas Aduaneras Especiales. Son peticiones que están en discusión en las mesas de Gobierno para evaluar impacto, conveniencia y disposiciones legales.

 

¿Se excluirán del negocio de la importación a los pequeños y medianos comerciantes para que las únicas beneficiadas sean las multinacionales?
No. La ley busca beneficiar a todos los sectores de la economía. No fue redactada para favorecer a ningún grupo en particular sino para perseguir la ilegalidad.

 

¿Desaparecerían todos los Sanandresitos del país en 6 meses, dejándole el comercio solo a una gran multinacional chilena que ha comprado todas las grandes superficies?
Desaparecerán las empresas que contrabandeen, no los Sanandresitos. Las empresas del comercio legal, grandes y pequeñas, no tienen nada de qué preocuparse.

 

Los precios de los productos obtenidos por las grandes cadenas y los obtenidos por los pequeños comerciantes son muy distintos.

 

¿Hay igualdad de condiciones para poder importar?
La ley no hace alusión a este tema, pero es pertinente aclarar que los precios de referencia se utilizan para detectar si una mercancía que entra al país está por debajo o por encima del rango considerado normal en el mercado. Esos son precios internacionales que se construyen a partir de información suministrada por los mismos importadores. Cosa muy diferente es la base de precios construida por la DIAN a partir de estudios de costo de producción de los bienes en el exterior y que son considerados para avalúo de mercancías aprehendidas para efectos penales y de pago de bodegaje. Dado que eso ha generado confusión, la DIAN emitirá un concepto para aclarar la diferencia entre los precios de referencia y los valores de incautación. Asimismo, con base en la información suministrada por los pequeños comerciantes, evaluará si existen valores de incautación que deban ser ajustados para que correspondan realmente a los valores del mercado.

 

¿La ley criminaliza a los comerciantes que legalmente compran productos en zonas distintas del país, como por ejemplo Medellín, donde muchos tenderos adquieren licores típicos de la región en almacenes de cadena y luego en Bogotá son perseguidos aun con todas las facturas al día?
La Ley Anticontrabando no tiene nada que ver con este tema. Cuando un licor se produce en un departamento y luego es distribuido en otro, debe pagar los impuestos de ese otro departamento. Lo único que ésta ley contempla es la unificación, a nivel nacional, de las sanciones relacionadas con la evasión al impuesto al consumo.

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La Ley Anticontrabando, aprobada por el Congreso de la República, es resultado de un esfuerzo de décadas para apoyar a la industria y el comercio del país, y combatir la competencia desleal a la que se enfrentan por el contrabando.

 

Los pequeños comerciantes -que necesitan acceder a productos importados para ofrecer a sus consumidores-, cuentan con todo nuestro apoyo para hacerlo de manera legal, con herramientas de facilitación del comercio.

 

El 17 de junio de 2015, el Gobierno Nacional se comprometió con los pequeños comerciantes de los Sanandresitos con acciones para apoyar su actividad comercial en el marco de la legalidad. El Gobierno Nacional destaca el compromiso manifestado por los pequeños comerciantes en el sentido de apoyar el comercio en el marco de la legalidad, combatiendo conjuntamente el contrabando.

 

En menos de dos semanas ya cumplimos nuestros compromisos, así:
1. Instalar una comisión integrada por el gobierno y pequeños comerciantes para verificar el cumplimiento de los acuerdos, y consolidar espacios de cooperación entre autoridades y pequeños comerciantes para combatir eficazmente el contrabando.

 

En los 15 días transcurridos desde la firma del acuerdo, se han realizado 5 reuniones (Bogotá, Cali, Medellín, Ipiales) con la participación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, INVIMA, DIAN, POLFA, Bancóldex y representantes de los pequeños comerciantes. Esta agenda de reuniones a lo largo del país continuará desarrollándose en las próximas semanas, y en ellas se verifica el cumplimiento de los acuerdos, se socializa el proyecto de ley y la normatividad vigente, y se establecen mesas de trabajo para avanzar en el cumplimiento de los acuerdos alcanzados con los pequeños comerciantes.

 

La Defensoría del Pueblo ha acompañado el proceso y da fe del cumplimiento de estos acuerdos.

 

2. Concertación de la reglamentación de la Ley: una vez comience el proceso de reglamentación de la Ley, se trabajará conjuntamente con los pequeños comerciantes de acuerdo con lo establecido en el acta.

 

3. Eliminación de barreras monopólicas, prácticas anti-competitivas y expedición de permisos y licencias por parte del INVIMA: el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió la Resolución 2249 de 2015, que permite a los pequeños comerciantes la importación de perfumes sin exigir el requisito de declaración de fabricante. De esta manera, se eliminan las barreras de importación de perfumes en favor de los pequeños comerciantes.

 

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo se comprometió también con realizar reuniones entre pequeños comerciantes, distribuidores y fabricantes. El Ministerio está a la espera de que los pequeños comerciantes indiquen con quiénes quieren realizar prioritariamente esas reuniones.

 

4. Investigación y sanción al Contrabando Técnico: en la sesión del Consejo de Ministros del 22 de junio de 2015, se aprobó la estrategia de lucha integral contra el contrabando que hace especial énfasis en la lucha contra el contrabando técnico, especialmente en temas de subfacturación, origen falso y clasificaciones arancelarias irregulares.

 

5. Instrumentos financieros y de cooperación técnica: el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presentó el portafolio de servicios de las entidades del sector para apoyar pequeños comerciantes con énfasis en acceso al crédito y programas de formalización, según la priorización hecha por ellos mismos. Actualmente, Bancóldex cuenta con líneas de crédito para pequeñas empresas, e invita a los comerciantes a que hagan uso de estos recursos en beneficio de su actividad comercial. Para avanzar en este punto, es necesaria la presentación de necesidades por parte de los pequeños comerciantes.

 

6. Estudio de posibles reformas a la Ley: se reafirma la voluntad de trabajar en beneficio de los pequeños comerciantes, y de revisar sus propuestas en beneficio de la economía nacional, el comercio y la industria nacional.

 

El Gobierno Nacional, a través del Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría; la Ministra de Comercio, Industria y Turismo, Cecilia Álvarez-Correa Glen; y el director de la DIAN, Santiago Rojas Arroyo, invita a los pequeños comerciantes del país a continuar trabajando de la mano en estos puntos, sin dejarse presionar por terceros con intereses que no se conduelen con sus necesidades ni con las del país.

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