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Declaración de Renta Personas Naturales


Tributación de las personas naturales como sujetos pasivos del impuesto sobre la renta y complementario en Colombia:
Condición de tributación de las personas naturales residentes y no residentes en Colombia.
Determinación del patrimonio bruto:
Reglas de juegos en la determinación del costo fiscal de los activos
Requisitos de los pasivos.
Determinación de la renta de las personas naturales:
Régimen cedular aplicable a los SI residentes mediante Rentas Líquidas Cedulares: General (trabajo, de capital y no laboral), de Pensiones, y, Renta Líquida Cedular por dividendos y participaciones.
Determinación ordinaria de la renta bajo la cédula general.
Determinación de la renta cedular por pensiones.
Determinación de la renta cedular por dividendos y participaciones.
Régimen de renta aplicable a los NO residentes.
Impuesto complementario: Ganancias ocasionales:
Depuración y tarifas de la Ganancia Ocasional en Colombia.
Descuentos Tributarios.
Taller práctico - plantilla

Cesar E. Anzola Aguilar
Contador Público, Especializado en Derecho Tributario y Aduanero, Magister en Dirección y Gestión Tributaria, Certificado en Normas Internacionales - NIIF, Docente de las Universidades Javeriana, Rosario y Sergio Arboleda, conferencista y capacitador en programas tributarios, contables (NIIF) y financieros en el sector privado. Socio de Impuestos de la firma ITGS Consultoría y Aseguramiento. Coautor de las cartillas Conciliación Fiscal año 2017, Renta Personas Jurídicas años 2018 al 2025, Cartilla Régimen Simple de Tributación año 2020 al 2025.

- PLATAFORMA: Online
- FECHA: Jueves 23 de abril del 2026
- HORARIO: 4:00 p.m. a 9:00 p.m.
- INVERSIÓN: $180.000 más IVA
- INCLUYE: Plantilla para declaración y memorias



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Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
DIAN modifica plazos de declaración, retención y autorretención en Cauca y Nariño
Con el ánimo de brindar seguridad jurídica a los agentes de retención ubicados en los departamentos de Cauca y Nariño, y brindar el apoyo a la recuperación económica de dicha región, el Gobierno nacional amplió los plazos para la presentación y pago de la declaración mensual de retenciones y autorretenciones en la fuente de febrero y marzo de 2023, establecidos inicialmente en el Decreto 2487 del 16 de diciembre de 2022.
Es así como con la expedición del Decreto 262 del 24 de febrero de 2023, los agentes de retención del Impuesto Sobre la Renta y Complementario y/o Impuesto de Timbre, y/o Impuesto Sobre las Ventas -IVA, así como los autorretenedores del Impuesto Sobre la Renta y Complementario, que a 31 de enero de 2023 se encontraban domiciliados en los departamentos de Cauca y Nariño, realizarán la presentación de la declaración y pago de las retenciones practicadas en febrero y marzo, entre el 9 y el 23 de mayo de 2023, de acuerdo con el último número del NIT.
La modificación de las fechas se determinó debido a la afectación generada por el cierre de la carretera Panamericana, como consecuencia del derrumbe presentado el pasado 9 de enero de 2023 a la altura del kilómetro 75, del municipio de Rosas en el departamento del Cauca. Lo anterior, generó el aislamiento por vía terrestre, viéndose afectado el normal desarrollo económico de la región.