Martes, 25 Noviembre 2014 08:00

506 mil trabajadores están vinculados a empresas de servicios temporales

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El aumento de la producción en ciertas épocas del año, como diciembre, Semana Santa, producción agrícola y vacaciones, demandan por tiempo limitado un mayor número de empleados en las compañías, lo que los lleva a acudir a las empresas de Servicio Temporales.

Las Empresas de Servicios Temporales (EST), se encargan de contratar la prestación de servicios con terceros beneficiarios, para colaborar en forma temporal en el desarrollo de sus necesidades y por causales claramente identificadas en la Ley, por sólo 6 meses, prorrogables hasta 1 año, para ejercer labores transitorias como sustitución de persona, sea por motivos de enfermedad, vacaciones, licencia de maternidad, reemplazos o trabajos de temporada que incremente la producción.

Los trabajadores temporales que en el país ascienden a más de 506 mil, cuentan con todas las garantías laborales que tienen los empleados de planta como: salarios, prestaciones sociales y seguridad social, salud, pensión, Cajas de Compensación y afiliación a Sistema de Riesgos Laborales.

Toda empresa de servicio temporal debe ser autorizada por el Ministerio del Trabajo, de lo contrario está actuando de manera ilegal.

Ramiro Correa, funcionario en temas laborales del Ministerio del Trabajo, precisó "Si una empresa tiene un trabajador en misión por más de un año, automáticamente ese contrato se establece a término indefinido y por tanto, debe contratarlo o vincularlo directamente. Es una figura de la cual no se debe abusar y debe ser declarada por un Juez Laboral".

Correa hizo un llamado a los empresarios para que no se dejen engañar por personas que utilizan la fachada de servicios temporales pero no cumplen con los requisitos para adelantar esta tarea conforme lo establecen las normas. También recordó que es ilegal la utilización de esta figura para tercerizar la contratación de personal de planta y /o reducir los costos de nómina.

Ángela María Caro, Asesora del Ministerio del Trabajo, explicó que en la época decembrina se incrementa la prestación de servicios, el comercio aumenta y requiere de personal adicional y se acude a la prestación de los servicios temporales "No se puede contratar una empresa de servicios temporales para que le suministre todo el personal que se necesita, pues es ilegal".

Los sectores de mayor dinamismo que más demandan servicios temporales son: manufacturero: 26%; comercio: 23%; servicios: 13%; y el financiero: 11%. El sector agrícola que cuenta con picos altos de producción, maneja el 8%, y el de construcción el 5%, anotó el presidente de la Asociación Colombiana de Servicios Temporales en Colombia (Acoset), Miguel Pérez.

Resaltó que sectores como el eléctrico, minas y transporte vienen incursionando en el servicio temporal. El tema fue abordado hoy sábado en el programa institucional "El Trabajo Como Debe Ser", que se emite por las cadenas básicas de Caracol y RCN.

DATO
En Colombia hay 636 empresas de servicios temporales registradas en el Ministerio del Trabajo.
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