Martes, 06 Mayo 2014 06:44
En mayo 9 comienzan vencimientos de impuestos
Escrito por Fernando SalazarA partir del próximo 09 de mayo, y hasta el 22 del mismo mes, comenzará el quinto período de vencimientos para declaración, presentación y pago de impuestos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.
La autoridad tributaria recordó a los contribuyentes que en ese período deberán presentarse las declaraciones y pagos de los siguientes impuestos:
La autoridad tributaria recordó a los contribuyentes que en ese período deberán presentarse las declaraciones y pagos de los siguientes impuestos:
- Retención mensual en la fuente
- Declaración y pago mensual y cuatrimestral del Impuesto sobre la renta para la Equidad- CREE
- Impuesto al Valor Agregado - IVA (bimestral y cuatrimestral, así como el primer pago anual del 30%)
- Impuesto al consumo bimestral
- Pago de la séptima cuota del impuesto al patrimonio
- Impuesto a la gasolina y al ACPM
- Gravamen a los movimientos financieros
- Séptima cuota impuesto al patrimonio
En este mes, los cerca de 52.300 contribuyentes obligados a declarar renta y con un patrimonio líquido a 01 de enero de 2011 igual o superior a $ 1.000 millones, deberán pagar la séptima cuota del impuesto al patrimonio.
Como se recordará, dicho impuesto está destinado a conjurar y prevenir la extensión de los efectos del estado de emergencia declarado mediante el Decreto 4580 del 2010 originado en el fenómeno de “La Niña” atendiendo a los damnificados por la ola invernal de 2011. Por concepto de este impuesto, la DIAN espera recaudar en cada una de las siguientes cuotas (7a y 8a), $2.25 billones.
Declaración y pago IVA
Igualmente, la administración tributaria insistió en recordar a los contribuyentes que tienen la obligación de presentar la declaración y pago del impuesto al valor agregado (IVA) tener en cuenta las periodicidades para el cumplimiento de dicho impuesto
Estas son:
Tenga en cuenta las siguientes recomendaciones
- Quienes estando obligados a la periodicidad cuatrimestral o anual y presentaron declaración bimestral en marzo, esta declaración no tiene efecto legal.
- Quienes estando obligados a la periodicidad cuatrimestral y presentaron declaración bimestral en marzo deberán presentar la declaración en mayo incluyendo las operaciones correspondientes al período enero - abril y pagar la diferencia frente a lo que canceló en marzo.
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Quienes están obligados a realizar la declaración y el pago anual deberán presentar la declaración en el mes de enero de 2014. Si no lo hicieron,
deberán cumplir con este trámite lo antes posible, pues los intereses y sanciones se incrementan diariamente.
- Sin embargo, en mayo de este año deberán cancelar el 30% de ese impuesto. Ese valor resultará de aplicar el 30% a la sumatoria de los saldos a pagar de los bimestres 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de 2013.
- Evite que se causen sanciones por extemporaneidad, así como interés de mora.
- Para las declaraciones bimestral, cuatrimestral, o anual se deberá utilizar el mismo formulario de IVA (Formulario 300), sólo debe marcar la periodicidad en la casilla 24.
- Los contribuyentes presentaron declaraciones del periodo gravable enero - febrero, en el mes de marzo, cuando su periodicidad ahora es cuatrimestral o anual, por lo cual deberán hacer las declaraciones y/o pagos pertinentes.
Finalmente, la DIAN recomendó a los obligados a cumplir con estas obligaciones tributarias en dentro de los plazos establecidos, a fin de evitarse sanciones por extemporaneidad e intereses de mora. También indicó que los servicios informáticos electrónicos de la Entidad funcionan 7 días a la semana, 24 horas al día.
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