Jueves, 10 Julio 2014 07:56
Corte declara exequible Reforma Tributaria de 2012
Escrito por Fernando SalazarTras ser demandada por supuestamente contar con algunos conceptos inconstitucionales, la Sala Plena de la Corte Constitucional dejó en fime todos los artículos de la Reforma Tributaria, establecida en la Ley 1607 de 2012, aprobada en diciembre de ese año.
Los vicios de inconstitucionalidad que alegaba la demanda, hacían referencia a vicios de trámite en el Congreso. En su fallo, la Corte Constitucional indicó que dicha reforma no atentaba contra los preceptos de justicia y equidad y que sus artículos están acordes con las normas.
El único articulado que quedó fuera de esta Ley, era el que establecía un régimen especial para San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que buscaba dar cumplimiento a programas estratégicos que para el efecto defina el Gobierno Nacional para el Archipiélago.
Esta parte, establecida entre los artículos 151 a 155, fueron declarados inexequibles porque, como había argumentado la Procuraduría General, no tenía relación directa con el resto de la Reforma Tributaria.
Entre los aspectos más destacados de esta Reforma Tributaria, se encuentran la creación del Impuesto Mínimo Alternativo, el Impuesto sobre la renta para sociedades y desmontó los parafiscales para que las empresas generen más impuestos.
Para conocer la Ley 1607 de diciembre de 2012, haga clic aquí.
Los vicios de inconstitucionalidad que alegaba la demanda, hacían referencia a vicios de trámite en el Congreso. En su fallo, la Corte Constitucional indicó que dicha reforma no atentaba contra los preceptos de justicia y equidad y que sus artículos están acordes con las normas.
El único articulado que quedó fuera de esta Ley, era el que establecía un régimen especial para San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que buscaba dar cumplimiento a programas estratégicos que para el efecto defina el Gobierno Nacional para el Archipiélago.
Esta parte, establecida entre los artículos 151 a 155, fueron declarados inexequibles porque, como había argumentado la Procuraduría General, no tenía relación directa con el resto de la Reforma Tributaria.
Entre los aspectos más destacados de esta Reforma Tributaria, se encuentran la creación del Impuesto Mínimo Alternativo, el Impuesto sobre la renta para sociedades y desmontó los parafiscales para que las empresas generen más impuestos.
Para conocer la Ley 1607 de diciembre de 2012, haga clic aquí.
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