La Superintendencia de Sociedades expidió el manual de ética, que hará parte del nuevo sistema de selección de los auxiliares de la justicia.
El manual hace parte de la reglamentación del Decreto 2130 de 2015, con el cual, además, se promueve la participación efectiva de personas idóneas en los procesos que se adelantan en la entidad.
La nueva normatividad establece que los auxiliares de justicia se deben someter a códigos de conducta, por lo que el manual de ética contiene una serie de deberes como la buena fe, la lealtad, el respeto a las reglas del debido proceso, la imparcialidad, la eficiencia en la gestión, entre otros.
La Superintendencia pretende ejercer un control efectivo de cada auxiliar para que antes de ser designado, se revise si hay alguna situación de conflicto que pueda viciar su trabajo.
“Se trata de una serie de reglas que van a permitir que todas las personas que ocupen el cargo se sientan más tranquilos de que su conducta se ajusta a las pautas más elevadas de transparencia y de ética”, explicó el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.
El manual contiene además una lista de deberes particulares que deberá cumplir cada promotor, interventor o liquidador, como por ejemplo, suministrar información veraz y completa durante el procedimiento de inscripción a la lista y mantener su información actualizada.
Así mismo, cada auxiliar de justicia deberá suscribir un compromiso de confidencialidad e informar sobre el acaecimiento de cualquier hecho que pueda ser constitutivo de conflicto de interés o que pueda afectar negativamente el ejercicio de sus funciones.
Causales de incumplimiento
Entre las causales de incumplimiento del manual de ética de los auxiliares de la justicia están, entre otros, suministrar información engañosa acerca de sus calidades profesionales y académicas o sobre cualquier tipo de información que se haya tenido en cuenta para inscribirlo en la lista.
En casos como este, el juez del concurso o funcionario a cargo de la intervención dará traslado a la Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia.
Entre las faltas que ocasionan incumplimiento aparece también el hacer uso indebido de información privilegiada, así como haber participado en la celebración de actos encaminados a disponer, gravar o generar detrimento de los bienes que integren el activo de la empresa que esté en un proceso concursal.
Conflictos de interés
El manual de ética contiene un capítulo dedicado a los conflictos de interés, que se presenta cuando el interés personal del auxiliar de la justicia o el de alguna de las personas vinculadas a él, le impida actuar de forma objetiva, imparcial o independiente.
Al respecto, explica que para que se configure una situación u ocurra una conducta que dé lugar a un conflicto de interés no será indispensable que exista un beneficio económico, directo o indirecto para el auxiliar de la justicia.
En caso de que el auxiliar considera que está incurso en un conflicto de interés antes o después de su designación, debe informarlo para que se adopte la decisión más pertinente.
Para conocer el manual de ética para auxiliares de la justicia, haga clic aquí.