La Contaduría General de la Nación emitió la Resolución 386 del 3 de octubre de 2018, por la cual se incorpora, en el Marco Normativo para Entidades de Gobierno, el Procedimiento contable para el registro de los recursos entregados en administración y se modifica el Catálogo General de Cuentas de dicho Marco Normativo.

 

Para conocer la Resolución 386 completa, haga clic aquí.

Entre enero y septiembre de 2018, el recaudo bruto acumulado de los impuestos administrados por la DIAN alcanzó la cifra de $110,5 billones, que representa un aumento de 1.6% en relación con el mismo período de 2017, en el que se alcanzó la suma de $108,8 billones.

 

Este resultado obedece principalmente al recaudo por Retención en la Fuente a título de Renta, IVA y Timbre el cual mostró un mejor comportamiento en el período observado, presentando un incremento de 10.2%, al pasar de $35,8 billones en 2017 a $39,5 billones en 2018, con una contribución de 3.3% a la variación

 

Se destaca el comportamiento observado en el recaudo del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios que presentó una variación de 16.1% con una contribución a la variación de 2.1%, registrando un ingreso en 2018 de $16,8 billones frente a $14,5 billones en 2017.

 

En cuanto a la participación de cada uno de los impuestos en el recaudo total, se tiene que el 91.6% está distribuido de la siguiente manera: Impuesto de Renta y Complementarios (15.2%), IVA (25.8%), Retención en la Fuente a título de Renta, IVA y Timbre (35.8%) y los tributos aduaneros (14.8%).

 

El restante 8.4% corresponde a ingresos por los impuestos de: Consumo, Gravamen a los Movimientos Financieros, Gasolina y ACPM, Carbono, Riqueza, y Renta CREE.

 

De modo agregado, el recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la cifra de $94,2 billones, mostrando una variación nominal de 0.9% frente al 2017 que fue de $93,2 billones. Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA) aumentaron 4.9%, con un recaudo cercano a los $16,3 billones.

 

De otra parte, en el período enero – septiembre, el recaudo con Títulos de Devoluciones de Impuestos - TIDIS ascendió a $6,6 billones, producto de las devoluciones de saldos a favor a los contribuyentes, que se efectúan mediante títulos entregados en períodos anteriores.

 

Septiembre
En septiembre, se alcanzó un recaudo bruto de $14,9 billones, destacándose el comportamiento del recaudo por concepto de Retención en la Fuente a título de Renta, IVA y Timbre que mostró un aumento de 11.5% al pasar de $4,0 billones en 2017 a $4,5 billones en 2018, y una participación en el total del 30%. De igual manera, son relevantes los ingresos por el Impuesto al Valor Agregado –IVA que representan un 40% de lo obtenido en el período observado; estos dos impuestos contribuyeron con el 70% del recaudo obtenido en septiembre.

 

Recaudo por Gestión
La DIAN, en desarrollo de acciones de servicio y control que buscan disminuir la evasión y el contrabando, ha logrado un recaudo por gestión de $6,3 billones con corte a 31 de agosto de 2018, que en comparación con la gestión del mismo período de 2017 en el que se logró un recaudo de $4.97 billones, representa un crecimiento de 25.9%.

 

Igualmente, y con el fin de seguir incrementando el recaudo para que el gobierno pueda destinar mayores recursos a la financiación de obras que estimulen el desarrollo del país, la nueva Dirección de la DIAN invita a todos los contribuyentes a cumplir, oportunamente, con sus obligaciones.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, tiene el listo el proyecto de decreto que dará seguridad jurídica a las operaciones de comercio exterior a través de la armonización y consolidación de la normatividad en materia aduanera, con lo que se espera mejorar la eficiencia logística y facilitar el comercio.

 

El Director General de la DIAN, José Andrés Romero Tarazona, afirmó que con este proyecto de decreto está cumpliendo en un tiempo récord de 30 días a la comunidad de comercio exterior con la armonización y compilación de la norma aduanera.

 

“Me comprometí a entregar este proyecto en 45 días; 30 días después lo estamos entregando para comentarios de los ciudadanos, pues el tema de la facilitación y eficiencia del comercio exterior es prioritario para esta administración", señaló José Andrés Romero.

 

El decreto armoniza y consolida la normatividad en esta materia y se presenta en tres libros: el Libro Primero se constituye en la herramienta jurídica soporte para la realización de las operaciones y trámites aduaneros desde la fecha de entrada vigencia de este decreto, hasta que entre en vigencia de manera integral el Libro Segundo, dando certeza jurídica inmediata a la comunidad de comercio exterior para la realización de sus negocios.

 

El Libro Segundo es la base legal necesaria para continuar el desarrollo de los servicios informáticos electrónicos que se realiza actualmente y en el futuro en la normatividad que regirá las operaciones de comercio exterior.

 

El Libro Tercero presenta las disposiciones transversales aplicables a todo el decreto, es decir al Libro Primero y al Libro Segundo, con el fin de dejar de manera expresa las disposiciones transitorias, vigencias y derogatorias.

 

El Proyecto se encuentra publicado para comentarios a partir de hoy, 9 de octubre, hasta el 23 de octubre de 2018 y los comentarios se pueden hacer a través de la página del Ministerio de Hacienda.

En la medida en que se trata de un Decreto que contiene las normas conocidas y utilizadas de manera cotidiana por la comunidad aduanera, pero agrupadas en un único ordenamiento normativo, se espera que el proceso de comentarios y emisión de la norma sea muy sencillo y de esa forma se logre el objetivo de que el nuevo decreto entre en vigencia desde el 1° de enero de 2019.

 

Finalmente, el Director de la DIAN, indicó que “estamos comprometidos y enfocados en brindar seguridad jurídica y facilitar la logística a las operaciones de comercio exterior, estableciendo reglas claras y armónicas que ayuden a que los funcionarios, usuarios y operadores puedan aplicarlas fácilmente".

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, presentó para comentarios el proyecto de resolución por la cual se establece el procedimiento de retención en la fuente para prestadores de servicios electrónicos digitales desde el exterior.

 

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 23 de octubre de 2018, a través del correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

De acuerdo con un fallo de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, la presunción de rentabilidad mínima prevista en el artículo 35 del Estatuto Tributario no se aplica en las operaciones realizadas por los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios sometidos al régimen de precios de transferencia, dada la existencia de regulación especial para dicho régimen.

 

Síntesis del caso: Se anularon los Oficios 066668 de 11 de julio de 2008 y 058444 de 16 de septiembre de 2013, expedidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, en cuanto conceptuaban que la presunción de rentabilidad mínima por préstamos u operaciones de financiamiento, a que se refiere el artículo 35 del Estatuto Tributario, se aplicaba en las operaciones realizadas por los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios sometidos al régimen de precios de transferencia.

 

Problema jurídico: ¿La presunción de intereses mínimos a que se refiere el artículo 35 del Estatuto Tributario se aplica en las operaciones realizadas por los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios sujetos al régimen de precios de transferencia?

 

Tesis: “Teniendo en cuenta que el régimen de precios de transferencia “tiene por finalidad que los contribuyentes -del impuesto sobre la renta- [cuyas operaciones deban observar las normas de precios de transferencia] determinen los ingresos, costos y deducciones teniendo en cuenta para tales negociaciones los precios y márgenes de utilidad de operaciones comparables con o entre partes independientes, para que prevalezcan los precios de mercado y no los fijados por las partes artificialmente por la vinculación que poseen, con el ánimo de reducir la carga tributaria”, se concluye que la presunción de interés mínimo previsto en el artículo 35 del ET no se debe aplicar a los contribuyentes del impuesto sobre la renta sometidos al régimen de precios de transferencia, porque estos están obligados a observar las reglas que en operaciones de financiamiento, fijó el legislador, para tal fin. Para la Sala, con la expedición de la Ley 1607 de 2012 (art. 118), lo que finalmente hizo el legislador, fue impartirle claridad al tema, al incluir, de manera expresa, que la presunción prevista en el artículo 35 del ET no se aplica a los contribuyentes sometidos al régimen de precios de transferencia, lo que encuentra explicación, en la existencia de regulación especial para dicho régimen, de obligatorio cumplimiento. (…) Por lo anterior, se impone declarar la nulidad de los oficios demandados, porque mediante estos actos administrativos la DIAN conceptuó lo contrario, acudiendo a una interpretación con la que se desconoció la regulación especial prevista para el régimen de precios de transferencia”.

 

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, sentencia de 21 de junio 2018, C.P. Jorge Octavio Ramírez Ramírez, radicación: 11001-03-27-000-2014-00023-00 (21038).

El presidente de la República, Iván Duque hizo un reconocimiento a la ministra del Trabajo, Alicia Arango, por la creación de la Ventanilla Única de Trámites en materia laboral que permitirá a los ciudadanos, realizar servicios electrónicamente sin hacer filas, desplazamientos y ahorro en tiempo y dinero.

 

“Uno de los avances en materia laboral es el proyecto piloto de la Ventanilla Única y que ayudará muchísimo a los generadores de empleo y a los trabajadores, así lo pude apreciar este sábado en la Feria de Servicios del Gobierno Nacional y el impacto que va a tener”, dijo el Jefe de Estado.

 

La titular de la cartera laboral explicó: “Es una opción adicional a la solicitud física para que el ciudadano no tenga que desplazarse a las sedes de las Direcciones Territoriales o Inspecciones de trabajo lo pueda realizar desde cualquier sitio vía electrónica en el mundo y a cualquier hora”.

 

La ventanilla de radicación WEB permitirá adelantar desde la aprobación del reglamento de trabajo de las empresas de servicios temporales hasta la autorización para las horas extras.“Les ahorrará cerca de 20 trámites en temas de inspección, vigilancia y control”, aseguró la ministra.

 

En lo que respecta, al Programa de Colombia Mayor, dijo que en el Huila 53 mil adultos mayores reciben el subsidio y en el municipio de Garzón, más de 3 mil beneficiarios, cuota que a partir de enero del próximo año será recibida mensualmente. Actualmente, este programa tiene aún más de 2 millones 500 adultos mayores que necesitan este apoyo, de los cuales, 700 mil están en pobreza extrema.

 

La ministra Arango Olmos también se refirió al tema de la equidad, en donde a través del Sello de Equidad Laboral EQUIPARES, ha logrado que los empresarios hagan parte de la inclusión real de las mujeres al mercado laboral, a la fecha más de 50 empresas están vinculadas, de las cuales cuatro son del Huila. Así mismo, señaló que esta cartera trabaja con el BID para que la mujer sea valorada por lo que sabe, por sus estudios y no porque es mujer.

 

En lo que respecta el Servicio Público de Empleo (SPE), la Ministra aseguró que el departamento tiene disponible 1.382 vacantes de empleo e invitó a los ciudadanos para que se acerquen al SPE y a la Agencia de Empleo de la Caja de Compensación Familiar del Huila (Comfamiliar).

 

Finalmente, la jefa de la cartera laboral se refirió al Programa de Estado Joven para que las entidades del Gobierno Nacional les den la oportunidad a los jóvenes de engancharse en su primer empleo, e igualmente destacó que junto con el Ministerio de Comercio modificaron los permisos que los empresarios solicitan para el pago de horas extras, los cuales se harán cada dos años y no cada año, lo cual consideró: “esto ayudará mucho a los empresarios”.

La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 021 del 5 de octubre de 2018, la cual tiene como referencia: Modificación del Formato 317 “Tasas de Interés del Saldo de la Cartera de Créditos – Persona Natural y Jurídica” (Proforma F.1000-98).

 

El siguiente es el texto completo de la Circular 021:

 

Esta Superintendencia en uso de sus facultades legales, en particular las previstas en el numeral 5º de artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y en consideración al oficio JD-S-04420 del Banco de la República imparte las siguientes instrucciones:

 

PRIMERA: Modificar el Formato 317 “Tasas de Interés del Saldo de la Cartera de Créditos – Persona Natural y Jurídica” (Proforma F.1000-98).

 

SEGUNDA: Para asegurar la correcta transmisión de la información, las entidades destinatarias de esta circular deben realizar pruebas obligatorias entre el 3 y el 14 de diciembre de 2018, con la información al corte del 31 de diciembre de 2017.

 

TERCERA: La primera transmisión oficial debe hacerse con información al corte del 31 de diciembre de 2018, en el plazo establecido en el respectivo instructivo.

 

CUARTA: La presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Se anexan las páginas objeto de modificación.

 

Cordialmente,

JORGE CASTAÑO GUTIERREZ
Superintendente Financiero de Colombia

Con el propósito de poner en marcha una estrategia para acompañar la internacionalización de las regiones de Colombia y el avance de proyectos generadores de desarrollo socioeconómico, el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo Abondano, anunció la creación del programa Regiones Estratégicas de Internacionalización Prioritaria, Reip.

 

El Ministro explicó que, en primer lugar, las Regiones de Internacionalización Prioritarias pretenden identificar ámbitos regionales de valor para atraer inversión extranjera. Lo anterior significa procurar el asentamiento de empresas ancla y, además, promover la actividad exportadora.

 

Así mismo, detalló que las Reip también buscan promover proyectos regionales y nacionales y, así mismo, implementar medidas de apoyo y promoción de orden nacional y territorial para avanzar hacia la internacionalización de las regiones.

 

Los ámbitos regionales de valor que serán identificados por las Reip, agregó el ministro Restrepo, deben entenderse como departamentos (uno o más) que presenten condiciones adecuadas de infraestructura y logística, un tejido empresarial dinámico que tenga vocación de exportar y conformar clústeres (encadenamientos) y, también, buenas perspectivas de crecimiento y articulación a la economía global.

 

“Nuestra primera Reip será en la Región Caribe, en el corredor que conecta a Cartagena, Barranquilla y Santa Marta”, anunció el Ministro de Comercio, Industria y Turismo ante empresarios del Caribe y autoridades regionales.

 

De acuerdo con Restrepo, entre los instrumentos que harán parte de las Regiones Estratégicas de Internacionalización Prioritaria (Reip) están algunos como promoción, facilitación en trámites y localización de empresas, apoyo sectorial e incentivos locales –estos serán materializados a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de ProColombia, y de los departamentos y municipios en el marco de las Comisiones Regionales de Competitividad–.

 

Los tres pasos para poner en marcha una Reip
El Ministro explicó que el primer paso para conformare una Reip consiste en que la región interesada en esta estrategia presente una propuesta ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

 

Esta primera etapa implica diseñar estrategias sectoriales y territoriales, mecanismos para la gestión institucional regional, propuestas de proyectos estratégicos para internacionalizar la región y, también, requerimientos para articular esas iniciativas al ordenamiento territorial de las regiones.

 

La segunda etapa (que toma cerca de un mes), consiste en que el Ministerio y ProColombia validen la propuesta para así dar paso a la coordinación de la estrategia de implementación de la Reip. Lo anterior también significa la definición de los instrumentos que serán necesarios para la internacionalización.

 

Finalmente, la tercera etapa implica que el Ministerio y ProColombia implementen, en primer lugar, la estrategia red carpet, con la que se busca agilizar las inversiones de impacto regional.

 

Luego, estas entidades tienen la tarea de facilitar trámites portuarios, permisos de construcción, licencias ambientales regionales, entre otros. Tercero, el Ministerio y ProColombia además tendrán la misión de articular la oferta institucional nacional a los sectores vinculados a la estrategia.

 

Restrepo concluyó que tanto el Ministerio como ProColombia pondrán en marcha la estrategia de internacionalización “Buscando aumentar las exportaciones y la inversión extranjera directa a las regiones” y agregó que las regiones podrán establecer incentivos tributarios departamentales o municipales para que invertir sea más atractivo.

La página www.colombiaagil.gov.co, el hashtag #ColombiaÁgil y las mesas de trabajo sectorizadas, son los tres mecanismos que el Gobierno puso a disposición de la ciudadanía para identificar trámites y barreras dispendiosas o engorrosas que dificultan la actividad empresarial que complican la relación de los ciudadanos con el Estado.

 

Los canales forman parte de la campaña “Estado Simple, Colombia Ágil”, trabajo articulado entre Función Pública, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Departamento Nacional de Planeación (DNP).

 

Los ejes de esta campaña son: 1) Intervenir trámites y barreras que dificultan la relación con el Estado, 2) Articular esfuerzos entre las entidades gubernamentales para la identificación e intervención de trámites y regulaciones identificados por los ciudadanos, 3) Poner en marcha un sistema que garantice que la regulación en Colombia sea pertinente.

 

En la página web www.colombiaagil.gov.co están disponibles tres formularios para tramitar en línea, donde la gente podrá hacer propuestas hasta el 29 de octubre sobre normas ineficientes, normas obsoletas y trámites difíciles.

 

Además, quienes deseen hacer comentarios o aportes sobre el tema en las redes sociales, podrán utilizar el hashtag #ColombiaÁgil.

 

Además, cada uno de los ministerios pondrá en marcha un plan para reunirse con representantes del sector a su cargo (gremios, asociaciones, organizaciones, con los que se relacionan permanentemente) en mesas de trabajo, con el fin de identificar trámites y trabas que los afectan y generar una hoja de ruta a partir de enero de 2019.

 

El viceministro Pineda enfatizó que este es un tema prioritario para el actual Gobierno dentro de sus metas económicas. “Una forma de aumentar la productividad es simplificar trámites, y es, y debe ser, una estrategia para elevar la competitividad del país”, señaló.

 

La campaña, precisamente, busca que el Estado no sea un “enemigo”, sino un aliado de las tareas diarias de los colombianos, lo que redundará en ahorro de tiempo y reducción de costos para empresas y ciudadanos.

 

"Todo lo que está debajo de la punta del iceberg es la regulación. Eso también crea ineficiencias (normas, circulares, entre otros). Daremos un paso adicional en conjunto con el sector privado y la ciudadanía para encontrar esas normas que no dejan avanzar la productividad. Todas las normas tienen costo para el Estado y para la ciudadanía. Implican costos para los empresarios también. Política regulatoria en pro de la productividad es una de las tareas. Esto va a estar contenido en el Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022", señaló Rafael Puyana, subdirector general sectorial del Departamento Nacional de Planeación.

 

“Estado Simple, Colombia Ágil” fue lanzada el pasado fin de semana con el anuncio de los primeros 10 trámites intervenidos, que benefician a sectores relacionados con los ministerios de Comercio, Industria y Turismo, de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de Salud y Protección Social, y que involucran también al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), la Dirección General Marítima y Portuaria (Dimar), Migración Colombia, el Instituto de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

 

La meta inicial es intervenir por lo menos 50 trámites en lo que queda del 2018.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó las indicaciones para presentación del Reporte de Conciliación fiscal por el año gravable 2017.

 

Es importante señalar que por el año gravable 2017, solamente están en la obligación de presentar el Reporte de conciliación fiscal – Formato 2516 a través del Servicio Informático Electrónico - SIE, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, obligados a llevar contabilidad o por quienes de manera voluntaria decidan llevar contabilidad, declarantes en el Formulario No. 110, que en el mismo período 2017 hayan obtenido ingresos brutos fiscales (ordinarios y extraordinarios) iguales o superiores a 45.000 UVT ($1.433.655.000).

 

En atención a los próximos vencimientos para la presentación del Reporte de conciliación fiscal correspondiente al año gravable 2017, la Subdirección de Gestión de Fiscalización Tributaria informó los pasos para la presentación, así:

 

1) Descargar e instalar el Prevalidador Reporte Conciliación Fiscal F2516v1 (Año gravable 2017) versión 1 que se descargar de manera gratuita del portal de la DIAN.

https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Prevalidadores.aspx

2) Instalado el prevalidador deberá diligenciar las secciones del Reporte de conciliación fiscal según corresponda y generar el archivo XML. Para ello puede apoyarse en la guía de diligenciamiento del reporte (Anexo 2 de la Resolución 073 del 29 de diciembre de 2017) y la guía del usuario del prevalidador, adjunta al prevalidador.

3) Una vez generado el archivo XML deberá cargarlo en el sistema por la opción “presentación de información por envió de archivos" del sistema MUISCA. Para ello, seguir instrucciones señaladas en el documento “Guía para la carga y envío del Archivo xml.pdf", igualmente adjunta al prevalidador.

4) El reporte de conciliación fiscal debe ser firmado y presentado por el Representante Legal haciendo uso del Instrumento de Firma Electrónica (IFE) emitido por la DIAN, lo cual se efectuará al momento de “Diligenciar solicitud envío de archivos" (ver la Guía para la carga y envío del Archivo xml.pdf)

5) Al momento de “Diligenciar solicitud envío de archivos", el sistema le generará el formato 10006 con la marca de agua “EN TRAMITE", debidamente firmado. Presentado el archivo XML, el sistema procederá a su validación, lo que puede tardar algunos minutos dependiendo de la carga del sistema; si la validación resulta exitosa, así lo identificará el estado del archivo presentado y la marca de agua del formato 10006 cambiará a “RECIBIDO", que será el soporte de la correcta presentación del Reporte de conciliación fiscal.

Si la validación resulta con errores, el estado de la solicitud indicara “error generando archivo" y la marca de agua del formato 10006 permanecerá “EN TRAMITE".

6) Si el archivo XML presenta error, se deberá modificar la información generando un nuevo archivo XML. Recuerde que el archivo deberá seguir con el concepto 1 “inicial"

 

La normativa relacionada con la conciliación fiscal puede ser consultada en el siguiente enlace:

https://www.dian.gov.co/fizcalizacioncontrol/herramienconsulta/NIIF/novedades/Paginas/default.aspx

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