La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 022 del 25 de septiembre de 2019 por medio de la cual  da instrucciones relacionadas con la Ley 1908 de 2018.

 

El siguiente es el texto completo de la Circular 22:

 

Apreciados señores:

 

La Ley 1908 de 2018 “Por medio de la cual se fortalecen la investigación y judicialización de organizaciones criminales, se adoptan medidas para su sujeción a la justicia y se dictan otras disposiciones” estableció restricciones a las cuentas bancarias y operaciones en efectivo de las personas condenadas por los delitos enumerados en su artículo 30-A pertenecientes a un Grupo Armado Organizado (GAO) o un Grupo Delictivo Organizado (GDO) y que les hayan sido concedidos mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad. Estas restricciones mencionadas consisten en la prohibición de realizar operaciones mensuales en efectivo en montos superiores a diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes y el deber de manejar sus recursos en una cuenta bancaria única, así como la prohibición de manejar recursos de liquidez a través de otros productos financieros distintos a la referida cuenta bancaria.

 

El parágrafo 2 del artículo 30-A de la referida Ley 1908 de 2018 dispuso que esta Superintendencia expedirá la regulación necesaria para garantizar el acceso disposiciones.

 

En consecuencia, este Despacho, en ejercicio de sus facultades legales y en particular aquellas establecidas en el literal a) del numeral 3º del artículo 326 del EOSF, el artículo 9 º de la Ley 1328 de 2009, el numeral 5º del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010 y el parágrafo 2 del artículo 30-A de la ley 1908 de 2018, imparte las siguientes instrucciones:

 

PRIMERA. Adicionar el numeral 1.6. al Capítulo I del Título III de la Parte I de la Circular Básica Jurídica, relacionado con las instrucciones especiales referidas a la restricción de cuentas bancarias y operaciones en efectivo establecidas en la ley 1908 de 2018.

 

SEGUNDA. La presente circular rige a partir de su expedición.

 

Se anexan las páginas objeto de modificación.

 

Cordialmente,

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia

La Contaduría General de la Nación pone a discusión de los interesados y del público en general las propuestas de modificación de las Normas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público.

 

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

José Andrés Romero Tarazona, director general de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que 5.400 ciudadanos con activos en el exterior y pasivos inexistentes, se acogieron al beneficio de normalización con un aporte frente a este impuesto de $1.1 billones, cumpliendo en un 111.5% la meta establecida.

 

El directivo se mostró complacido con esta cifra, al confirmar que se cumplió la meta de recaudo proyectada por la entidad para el Impuesto de Normalización Tributaria, que era de $1 billón.

 

Del listado de países desde los cuales los ciudadanos colombianos realizaron la normalización tributaria, los diez con mayor valor patrimonial son: Panamá, Estados Unidos, Islas Vírgenes, Bahamas, Isla Niue, Reino Unido, Suiza, Islas Caimán, Curazao y España.

 

Quienes no se acogieron a la norma con beneficios tributarios se verán enfrentados a la aplicación, en la declaración de renta, de una sanción de inexactitud del 200% del mayor valor del impuesto a cargo, determinado cuando se omiten activos o incluyen pasivos inexistentes.

Adicionalmente, la entidad interpondrá las correspondientes denuncias ante la Fiscalía General de la Nación por el tipo penal “Omisión de activos en el exterior y pasivos inexistentes".

 

Inician vencimientos del impuesto al patrimonio

Es importante tener en cuenta que hasta el 9 de octubre son los vencimientos para el pago de la segunda cuota del impuesto al patrimonio, el cual fue creado con la Ley de Financiamiento y aplica para las personas que a 1 de enero de 2019 contaban con un patrimonio líquido superior a $5.000 millones.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, presentó a las direcciones de Regulación de los ministerios de Hacienda y Crédito Público y Comercio, Industria y Turismo la propuesta definitiva (para trámite del decreto correspondiente) la propuesta para modificar el Marco Técnico de Auditoría y Aseguramiento de la información financiera vigente en Colombia.
 
El documento comprende las modificaciones a:
 
Modificación Norma Internacional de Auditoría (NIA) 250 - consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros.
Modificación Norma Internacional de Auditoría (NIA) 720 - responsabilidades del auditor con respecto a otra información.
Modificación Norma Internacional de Auditoría (NIA) 800 - consideraciones especiales – auditorías de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos
Modificación Norma Internacional de Auditoría (NIA) 805 - consideraciones especiales - auditorías de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero.
Modificación Norma Internacional de Auditoría (NIA) 810 - encargos para informar sobre estados financieros resumidos.
Modificación Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento (NIEA) 3000 - encargos de aseguramiento distintos de la auditoría o de la revisión de información financiera histórica.
Modificación Marco Internacional de Encargos de Aseguramiento.
Tratamiento de la información a revelar en la auditoría de estados financieros – NIA revisadas y modificaciones de concordancia.
 
La iniciativa surtió el debido proceso de discusión pública y estuvo disponible para comentarios hasta el 30 de junio de 2019.

Para ver los documentos, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se adiciona la Resolución 000015 del 17 de febrero de 2016, para ampliar el programa de Operador Económico Autorizado a las Instalaciones Portuarias.

 

Por lo anterior, la entidad se recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 10 de octubre de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

Hasta el 11 de octubre la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recibirá comentarios por el proyecto de resolución por la cual se prescribe el formato de Reporte de Conciliación Fiscal de que trata el numeral 2 del artículo 1.7.1 del Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria para el período gravable 2020 y fracción de 2021.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades viene trabajando arduamente para fortalecer al sector empresarial a través de una supervisión pedagógica que permita la "educación para la legalidad". Conforme a este propósito, pone a disposición del público la "Guía Práctica de transmisión y reexpresión de estados financieros", para orientar a las entidades supervisadas sobre la forma y términos correctos de transmitir los estados financieros de fin de ejercicio a la Entidad, la forma adecuada de realizar la reexpresión de los mismos, y su modificación en los casos en que proceda.

 

La iniciativa está dirigida a quienes preparan y presentan estados financieros en el Informe 01 – Estados Financieros de fin de ejercicio en XBRL Express y a través de la plataforma SIRFIN.

 

Además de la presentación, el documento ilustra de manera detallada temas relacionados con el envío de estados financieros como la responsabilidad de quienes lo hacen, los documentos que acompañan los estados financieros, y los errores que pudieran presentarse en el proceso. La guía considera además los distintos casos en que pudiera presentarse la reexpresión de tales estados financieros y el procedimiento para realizarla. La guía se apoya en la normativa contable, jurídica y la doctrina vigente y los diferentes conceptos emitidos por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP, en estos temas.

 

A través de este tipo de documentos pedagógicos, la Superintendencia de Sociedades busca fortalecer al sector empresarial para generar valor a las empresas, maximizando su impacto económico y social y generando equidad.

 

Para conocer la Guía transmisión y reexpresión de Estados Financieros, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 021 del 24 de septiembre de 2019, que tiene como referencia: Medidas preventivas para manejar los recursos públicos a través de los canales transaccionales por parte de los Entes Territoriales y Empresas Sociales del Estado (ESE).

 

El siguiente es el texto completo de la Circular 21:

 

Apreciados señores:

Con el propósito de fortalecer la gestión del riesgo operativo asociado con el manejo de las cuentas de los Entes Territoriales y de las Empresas Sociales del Estado (ESE), en particular aquel derivado de los procesos de transición entre administraciones, y considerando que las próximas elecciones regionales se llevarán a cabo el 27 de octubre de 2019, esta Superintendencia considera oportuno que los Establecimientos de Crédito recomienden a las citadas entidades algunas pautas mínimas de seguridad para manejar los recursos públicos, entre otras:

 

•    Mantener actualizado el software operativo y de seguridad de los equipos en los cuales se realizan operaciones con recursos públicos.
•    No compartir las claves ni los elementos de seguridad como los tokens.
•    Adoptar controles efectivos para custodiar los Tokens.
•    No compartir con otros usuarios los equipos desde los cuales se realizan las operaciones. Deben ser de uso exclusivo de los administradores de las cuentas. No ingresar a los portales desde otros equipos.
•    Atender oportunamente los mensajes de texto o correos electrónicos que se envían notificando las operaciones realizadas, aun cuando ellos se reciban en horarios no hábiles.
•    Verificar con frecuencia el saldo de las cuentas.
•    No abrir correos de dudosa procedencia, no instalar archivos que puedan contener software malicioso ni navegar por sitios desconocidos en los equipos donde se realizan las operaciones.
•    La importancia de inscribir, cuando sea posible, un correo institucional para la notificación de las operaciones realizadas.
•    Implementar estándares de seguridad, calidad e idoneidad, para la contratación de terceros encargados de la revisión y mantenimiento de los equipos e instalación de software o hardware que soportan la realización de operaciones.
•    Adoptar las demás recomendaciones de seguridad formuladas por los establecimientos de crédito.

 

En adición y de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 326 del Decreto 663 de 1993 y el artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y con el propósito de impartir instrucciones relacionadas con las medidas preventivas para manejar los recursos públicos a través de los portales transaccionales, se imparten las siguientes instrucciones:

 

PRIMERA: Adicionar el numeral 1.5. al Capítulo I, Título III de la Parte I de la Circular Básica Jurídica (CBJ), que contiene las instrucciones relativas al acceso e información por parte del consumidor financiero.

 

SEGUNDA: La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Se adjuntan las páginas correspondientes.

 

Cordialmente,

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia

En desarrollo de las acciones del Plan de Cobro y Fiscalización que hacen parte de la jornada “Al Día con la DIAN, le cumplo al país", en septiembre la entidad realizará acciones de control enfocadas en las actividades económicas relacionadas con bares, restaurantes, floristerías, moteles y comercio en general, buscando gestionar $341.841 millones por concepto de cobro y $349.284 millones por acciones de fiscalización.

 

El director de gestión de ingresos, Lisandro Junco Riveira mencionó que las acciones se concentrarán especialmente en las ciudades en las que la cartera morosa es más elevada como: Bogotá con una cuantía de $81.193.834.249, Medellín con $31.679.241.762, Bucaramanga con $12.500.534.172, Barranquilla con $10.629.750.413 y Popayán con $6.444.407.779.

 

Adicionalmente, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) gestiona, durante el mes de septiembre, cartera por un valor de $341.841 con la realización de 10.970 acciones entre las que se encuentran: aplicación de Depósitos Judiciales de 2.533 contribuyentes que adeudan a la entidad $61.938 millones, envío de 1.238 insumos a la unidad penal por el delito de omisión del agente retenedor, autoretenedor y recaudador, de contribuyentes con obligaciones por valor de $23.620 millones, secuestro de 288 bienes por obligaciones que suman $55.858 millones y 121 avalúos por de bienes de contribuyentes con deudas por valor de $23.372 millones, Procesos de Cobro relacionados con el Sector 6.790 en cuantía de $177.053 millones.

 

Es importante advertir a los contribuyentes, que, de no ponerse al día en sus obligaciones, se iniciarán acciones como: embargos a sumas de dinero y bienes, además del envío de insumos a la unidad penal por el delito de omisión del agente retenedor, autoretenedor y recaudador.

 

En materia de fiscalización tributaria se llevarán a cabo más de 400 visitas a los establecimientos de comercio de productos como floristerías, perfumes, zapatos, relojes, joyería, prendas de vestir, comercio de rancho y licores, así como a los responsables que presten servicios de restaurante y bar, con el fin de realizar seguimiento de control y fiscalización de facturación, recaudo y pago del impuesto a las ventas e impuesto al consumo, de acuerdo con la actividad económica.  

 

Recaudo por gestión
Como resultado de las jornadas “Al Día con la DIAN, le cumplo al país" con corte al 31 de agosto, se han realizado 107.116 acciones que han permitido el recaudo de $8 billones por gestión de cobro, frente a los $6.2 billones obtenidos en el mismo periodo del año anterior y $1.78 billones de gestión aceptada, como resultado de las acciones de fiscalización tributaria.

Representantes del Gobierno colombiano liderados por el Ministerio del Trabajo sostuvieron una primera reunión con la delegación del Gobierno de Francia con el propósito de avanzar en la primera ronda de negociación para suscribir un convenio de Seguridad Social.

 

Durante el desarrollo de la agenda de trabajo que tendrá una duración de tres días, se abordarán todos los puntos necesarios para la construcción de un proyecto de convenio en esta materia que beneficie tanto a los ciudadanos colombianos que se encuentran realizando sus aportes pensionales en el país galo como a las personas de nacionalidad francesa que están radicadas en Colombia.

 

De la delegación francesa hacen parte François Brillanceau y Romain Plantade, de la División de Asuntos Comunitarios e Internacionales del Ministerio de Solidaridad y Salud; Anne Hautefeuille del Centro de Relaciones Europeas e Internacionales de Seguridad Social; y Kaya Ekmekci, redactora de Convenciones de Seguridad Social, Seguridad Civil y Servicio Nacional.

 

Este primer encuentro fue presidido por el viceministro de Empleo y Pensiones, Andrés Felipe Uribe, a quien acompañaron en representación del Estado colombiano, Raúl Vargas, gerente Comercial de Colpensiones y Luis Fernando Ucrós, gerente de Determinación de Derechos de esta entidad, así como delegados del Ministerio de Relaciones Exteriores.

 

En esta primera sesión se trazó un paralelo entre los sistemas pensional de ambos países.

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