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La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramirez, resaltó la importancia del proyecto de reforma laboral, Trabajo Por el Cambio, radicado ante el Congreso de la República y basado en el artículo 53 de la constitución política que mandata al congreso a expedir el estatuto del trabajo.

Según el artículo antes mencionado, la ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales: Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo, entre otros.

“Me parece que cuando dicen que la reforma laboral es un pliego sindical, lo que refleja es un desconocimiento de la normatividad, tanto nacional como internacional, esto es un sistema de pesos y contra pesos de manera distinta en el mundo del trabajo, pero sobre todo estamos respondiendo a las recomendaciones de la OIT, estamos respondiendo a las sentencias que tiene la Corte Constitucional en tal materia y al derecho de huelga que está en la Constitución Política”, puntualizó, la ministra del Trabajo.

Según la jefa de la cartera laboral, la reforma, busca restituir los derechos de las y los trabajadores en términos de jornada laboral, como recargos nocturnos, dominicales y festivos. El empleo es una política pública y el estado debe garantizarlo como lo mandata la constitución en su artículo 54. Por su parte el trabajo es un derecho fundamental.

“Están diciendo que la reforma laboral, no genera empleos y no ataca la informalidad, yo quiero decirles a los colombianos y colombianas, que la informalidad ha sido sostenida desde el año 90 en este país, este es un problema de tipo estructural y para ello tiene que ver claramente las políticas económicas, no solamente la relación laboral, por eso es una falacia que nos digan que con relaciones laborales ampliamos o quitamos la informalidad”, puntualizó, Gloria Inés Ramírez.

Dentro del proyecto, Trabajo por el Cambio, existen capítulos destinados a reducir de manera directa la informalidad, por ejemplo, poblaciones tradicionalmente informales como: Trabajadoras domésticas, que suman cerca de 700 mil, formalización para los y las trabajadoras migrantes sin consideración a su nacionalidad, deportistas, trabajadores y trabajadoras de plataformas digitales de reparto que con la reforma se podrían formalizar a más de 100 mil y la creación del jornal agropecuario que impactaría a la informalidad en este sector que está en 86%. Con esta medida se busca formalizar cerca de 1 millón 500 mil trabajadores y trabajadoras rurales (cuenta propia y jornaleros)

“En la reforma laboral damos elementos para que todos los y las trabajadoras que hoy están en la informalidad como en el campo, hablamos de un contrato agropecuario que les va a posibilitar acceder a la seguridad social, de igual manera para los trabajadores que hacen temporadas, que son estacionales en los centros urbanos, temporadas de cosechas y del sector turismo, tienen la posibilidad de un contrato parcial, pero con derechos”, dijo, la alta funcionaria.

Finalmente recordó que en por lo menos tres sentencias de la corte constitucional han calificado como “regresiva” la ley 789 del 2002 que recortó derechos adquiridos a los y las trabajadoras. Así mismo, el procurador para el 2011, Edgardo Maya, hizo la siguiente afirmación ante el congreso de la república frente a la ley 789: “Una muestra de la ineficacia generada por la vigencia de esta ley se precisa del siguiente esquema: en el cuatrienio 2003-2006 a decir del gobierno, se generarían 710.000 empleos como resultado de la reforma laboral; según la Contraloría General de la República y el Observatorio del Mercado de Trabajo y Seguridad Social, en dicho período se generaron tan solo entre 160.000 y 200.000 respectivamente, es decir una quinta parte de la meta propuesta (22%).

“Estamos muy contentos con el trabajo que hemos venido realizando en esta mesa de concertación nacional de la reforma pensional, donde de manera juiciosa y rigurosa hemos venido trabajando desde el 24 de octubre del año pasado”, señaló la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez.

Así lo expresó, al finalizar la sesión de la Comisión de Concertación de Políticas Laborales y Salariales, donde en diálogo tripartito se aprobaron 86 de los 89 artículos del proyecto de ley que se presentará mañana 22 de marzo a las 11:00 a.m. al Congreso de la República. “Invito a todos y todas y les digo: Dialogar sí paga”, dijo.

Agregó: “En las 3 sesiones de la mesa de concertación hemos mirado 1 a 1, la manera de que efectivamente podamos beneficiar a más y más colombianos para que tengan el derecho a la pensión”.

“Hoy es muy importante decir que efectivamente hemos logrado el sistema de pilares, que es un cambio cualitativo, es decir, pasamos de un régimen que está en competencia y paralelo a un régimen unificado. Esto nos va a garantizar que a diferencia de lo que ocurre hoy que, por cada 4 adultos mayores, solo uno alcanza la pensión, que efectivamente este derecho lo extendamos a muchos más colombianos y colombianas”, anotó Ramírez Ríos.

El delegado de la Confederación de Pensionados de Colombia, CPC, Anselmo Gómez, “Hoy es un día histórico, hemos llegado prácticamente a una concertación de presentar un proyecto de reforma pensional unificado donde hay unos alcances sociales para todas las personas que no tenían la posibilidad de pensionarse, de madres cabeza de familia, colombianos del común, campesinos”.

Destacó: “Sobre todo, resaltamos que va a quedar dentro del marco de esta reforma la seguridad jurídica de las pensiones, tema bandera nuestro, no pueden continuar revisando pensiones de más de 20 o 25 años del pensionado haber adquirido sus derechos”.

El presidente de la Central Unitaria de Trabajadores, CUT, Francisco Maltés, precisó: “Con esta reforma pensional se amplía de una manera sustancial la cobertura en pensiones y se comienza a pagar la deuda social con los adultos mayores de 65 años sin posibilidad de pensionarse, es una de las grandes importancias de esta reforma”.

La presidenta de Acopy, Rosmery Quintero, resaltó: “Esta reforma representa como los sistemas pueden coexistir, y en esta reforma estructural tenemos elementos importantes: cierre de brechas sociales, pero muy significativo para la tranquilidad del sector empresarial y de los inversionistas que tiene un soporte jurídico y financiero muy fuerte”.

La representante de la Confederación Democrática de Pensionados, María Cabrera, anotó: “Esta reforma pensional también favorece a las mujeres madres de familia, quienes por cada hijo tendrán reconocidas 50 semanas para poderse pensionar y hasta 3 hijos, pero además es una reforma generosa con la población en condición de discapacidad como nunca se había hecho”.

El directivo de la CGT, Percy Oyola, “Lo más importante de esta reforma es que avanzamos en el diálogo social, que estamos concertando que eso es posible y que llamamos la atención frente a la polarización que se pretende hacer entre empleadores y trabajadores. Aquí todos juntos estamos construyendo una Colombia mejor”.

Tras la instalación de la subcomisión de reforma pensional el 24 de octubre del 2022, gremios de la producción, centrales obreras y expertos del gobierno del Cambio han revisado los insumos para la construcción del proyecto de ley de reforma pensional. Los puntos que se destacan en el borrador de la iniciativa son los siguientes:

Establece el sistema de pilares:
Pilar solidario: es para todos los mayores de 65 años, que son 2.5 millones de personas, a quienes se les dará una renta por encima de la línea de pobreza, equivalente a $223.000. Tres veces superior al subsidio que actualmente otorga el programa “Colombia Mayor”. Está renta será ampliada de acuerdo al crecimiento económico del país.

Pilar semicontributivo: Otorgará una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en una Administradora de los Fondos de Pensiones.

Pilar contributivo: En este pilar, estarán todas las personas afiliadas al Sistema, en donde Colpensiones recibirá los aportes hasta los 3 primeros smlmv cotizados y las Administradoras de los Fondos de Pensiones recibirán las cotizaciones que exceden los 3 smlmv. Esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez.

Los parámetros para reconocer la pensión de vejez, tales como edad y semanas se mantienen.

Pilar ahorro individual voluntario: Las personas que tengan capacidad de pago pueden ahorrar con este mecanismo para obtener una mejor pensión.

Se creará un FONDO PARA EL AHORRO, que evitará cualquier impacto al mercado de valores y adquisición de TES o títulos de deuda pública. Los dineros que tienen los afiliados en sus cuentas de ahorro continuarán siendo administrados por las AFP, Administradoras de Fondos de Pensiones y solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones.
Además, se establecen condiciones especiales para la MUJER otorgando una reducción en la cantidad de semanas mínimas, de 50 semanas por cada hijo sin que supere los 3 hijos es decir, 150 semanas para compensar el trabajo de cuidado.
Las pensiones de INVALIDEZ Y DE SOBREVIVIENTES continúan igual, con los mismos requisitos, pero ahora serán reconocidas por Colpensiones.
Se respetarán los DERECHOS ADQUIRIDOS, es decir, las personas pensionadas continúan en las mismas condiciones
6. Se establece un RÉGIMEN DE TRANSICIÓN para aquellas personas afiliadas al sistema que cuenten con 1000 semanas, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en el régimen anterior (Ley 100 de 1993)
El proyecto de reforma pensional, Cambio por la Vejez, busca unificar y complementar el sistema pensional entre los fondos privados y Colpensiones, que permita mayor cobertura del sistema y promueva la justicia social para la población que no tiene la posibilidad de acceder a una mesada pensional.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, ha sostenido reuniones bilaterales con centrales obreras y los gremios de la producción para revisar punto por punto y ajustar algunos detalles de las propuestas frente al mundo laboral y pensional.

El gobierno Nacional y las principales centrales sindicales como: La Confederación Colombiana de Trabajadores (CTC), la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Confederación General del Trabajo (CGT) y las confederaciones de pensionados, avanzan en los últimos detalles para la construcción de los textos de las reformas laboral y pensional que serán discutidas en la Comisión permanente de políticas laborales y salariales, integrada por empleadores, sindicatos y gobierno.

“Estamos trabajando con las centrales obreras, con las confederaciones de pensionados, sobre el borrador que ha elaborado la subcomisión de la reforma laboral y efectivamente haciendo lo mejor para llevar un proyecto de ley a la gran mesa de concertación que dignifique a los y las trabajadoras”, puntualizó la ministra del trabajo, Gloria Inés Ramírez.

Para Fabio Arias, secretario general de la CUT, las reformas laboral y pensional se están construyendo de manera histórica en medio de un verdadero diálogo social.

“Aspiramos que de estas conversaciones salga verdaderamente algo que nunca ha existido en Colombia, un verdadero diálogo social, que permita avanzar en derechos, especialmente para las y los trabajadores”, subrayó, Arias.

“A través del diálogo y la concertación es que se deben llegar a acuerdos para tener un mejor país, más equitativo y una sociedad más justa e igualitaria” afirmó, Nidia Tarazona, representante de la CGT

“La Confederación de Trabajadores de Colombia, CTC, hace parte del Gobierno del Cambio y espera concertar la mejor reforma para los y las trabajadoras de Colombia”, puntualizó, Natalia Ilis, secretaría jurídica de la CTC

Las confederaciones de pensionados por su parte esperan que las reformas respondan a las necesidades para impulsar la formalización laboral.

“Las confederaciones de pensionados estamos en unidad de acción, participando en la reforma laboral y la reforma pensional, consideramos que la mejor reforma pensional, es la reforma laboral”, puntualizó, María Cabrera, representante de asuntos internacionales de la Confederación Democrática de Pensionados.

“Estamos trabajando conjuntamente, con los gremios de la producción, centrales obreras y gobierno nacional para llegar a una concertación”, aseguró, Rubén Mejía, de la Confederación de Pensionados de Colombia.

Recordemos que las subcomisiones donde se han discutido las reformas fueron instaladas por iniciativa del gobierno del cambio desde el pasado 24 de octubre del 2022, es decir, hace cerca de 5 meses, como herramienta fundamental del diálogo tripartito para llevar al congreso los proyectos de ley de manera unificada y concertada.

La ministra del Trabajo, Gloría Inés Ramírez hizo un llamado a empleadores públicos y privados, aseguradoras y entidades públicas a nivel nacional para tomar medidas urgentes y contundentes que atiendan y prevengan el acoso laboral y sexual contra las mujeres y personas LGBTIQ+ en el ámbito laboral.

“Las brechas laborales persisten en nuestro país y el 41 % prefieren manejar la situación por ellas mismas sin denunciar, por temor a perder su trabajo. Solo el 10 % lo revelan ante el empleador, jefe o ante el superior jerárquico. Por ello desde el gobierno del cambio y como mujer me he propuesto como una de las metas contribuir para la prevención y atención de las violencias que viven las mujeres y personas de los sectores sociales LGBTIQ+ en el entorno laboral”.

El anuncio fue hecho en el marco del Día Internacional de la Mujer y aseguró que esta cartera emitió una circular que recuerda la importancia de avanzar en la ratificación del Convenio 190 de la OIT de la violencia en el trabajo, dirigida a empleadores públicos y privados, aseguradoras y entidades nacionales, recordando aspectos con la prevención y atención del acoso laboral y de no atenderlas, traería consecuencias en la salud y en el empleo.

Reiteró: “el cambio es con las mujeres, y el presidente de la República así lo ha reiterado. Gobernar con y para las mujeres”.

La próxima semana el proyecto borrador del articulado de la reforma laboral, que propone modificar 77 artículos del Código Sustantivo del Trabajo, las Leyes 50 de 1990 y la 789 de 2002, así como otras normas laborales, será presentado a la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, y donde se discutirán los puntos clave de la construcción del texto de la reforma para los y las trabajadoras y el empresariado.

“Este jueves finalizamos los debates jurídicos y técnicos del trabajo permanente para la construcción colectiva de los textos de la reforma en la Subcomisión de Reforma Laboral y que nos permitirá avanzar en el derecho al trabajo y comprender la realidad del mundo laboral, desde el diálogo del tripartismo”, así lo informó la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez.

La Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, conformada por las organizaciones sindicales, el sector empresarial y el Gobierno, es la que fija el salario mínimo cada año, entre otras responsabilidades del mundo laboral.

Así mismo, el secretario Técnico de la Subcomisión de la Reforma Laboral, Nicolás Escandón, precisó: “Los encuentros de las subcomisiones iniciaron el 24 de octubre y se trabajó conjuntamente en 18 sesiones, escuchando los argumentos y peticiones de gremios y centrales sindicales y motivando el diálogo democrático. El trabajo de la subcomisión es ejemplo de diálogo social".

Este proceso para la reforma ha tenido acompañamiento de expertos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a través de los órganos de control y se recibieron insumos técnicos y experiencias internacionales de la Misión de Empleo 2020, Misión Alternativa de Empleo, Corte Suprema de Justicia, OCDE-ELSAC, reforma laboral y reforma legal de México, Ley de trabajo en plataformas digitales de Chile, reforma laboral de España, modelo de negociación por rama de Argentina, y relatoría de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), entre otros.

Según lo confirmó la titular de la cartera laboral la propuesta de reforma laboral será una Ley ordinaria y modificará parcialmente el Código Sustantivo del Trabajo, teniendo como base el artículo 53 de la Constitución.

La reforma laboral está compuesta por tres partes: Principios constitucionales: La igualdad de oportunidades para cualquier trabajador del sector público o privado, cualquiera que sea su situación contractual, que tenga una remuneración mínima y estabilidad del empleo.

La segunda, integrada por el derecho individual del trabajo, busca proteger al trabajador o trabajadora; y la tercera, contiene el derecho laboral colectivo del trabajo, que consta de garantías para la asociación sindical, negociación colectiva y huelga.

Una invitación a los empresarios para vean en la población migrante una fuerza laboral que complemente la de los colombianos, realizó el viceministro encargado de Empleo y Pensiones, Juan Carlos Hernández, durante el lanzamiento de la campaña “Entrelazando”.

La campaña “Entrelazando”, liderada por el Ministerio del Trabajo, la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo y la Fundación ANDI, con el apoyo del Proyectos Lazos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y de Oportunidades Sin Fronteras de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo (USAID), busca sensibilizar y orientar a los empleadores sobre la contratación de personas trabajadoras migrantes.

Durante su intervención el viceministro, dejó clara la visión del Gobierno Nacional sobre la migración venezolana como una oportunidad para el desarrollo socioeconómico del país.

Según Migración Colombia, Venezuela es el país de mayor procedencia de emigrantes con más de 2,5 millones de personas, lo que representa desafíos para todas y todos, y oportunidades en términos de desarrollo económico, social y cultural.

“Entrelazando” presenta a los generadores de empleo los beneficios que las personas trabajadoras migrantes aportan al país y a las empresas que las vinculan.

La experiencia, conocimiento, creatividad, innovación, vinculación a empleos de difícil provisión y alta rotación, algunos de los factores que generan efectos positivos en las empresas que abren sus puertas a las personas trabajadoras migrantes.

Así mismo, se quiere sensibilizar sobre temas como la igualdad de derechos y condiciones dignas y justas de trabajo que deben garantizarse a las personas trabajadoras, sin distinción de origen.

El proceso para vincular a un talento migrante y el registro, lo puede realizar el empleador en las plataformas de Migración Colombia y el Ministerio del Trabajo.

Los empleadores aprenderán a través de videos y piezas gráficas a identificar los documentos que permiten a los extranjeros trabajar en Colombia (Visa y Permiso por Protección Temporal -PPT), registrar a sus trabajadores migrantes en el Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros -SIRE de Migración Colombia y en la plataforma del Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia -RUTEC, entre otros.

La Comisión de Expertos de la OIT presentó las observaciones para Colombia en cuanto a los convenios ratificados y que deben ser tenidos en cuenta para la discusión de la reforma laboral, en materia del tiempo de la jornada laboral, la seguridad y salud en el trabajo, igualdad de oportunidades y de trato, e inspección del trabajo.

En cuanto al tiempo de trabajo, la comisión de expertos recomendó al Gobierno Nacional que adopte medidas específicas para asegurar que en la práctica se fije un límite diario específico a la jornada laboral.

Así lo destacó la Especialista en Normas Internacionales del Trabajo de la OIT para los Países Andino, Marialaura Fino: “Es necesario que se fijen unos límites de las horas trabajadas por día y que las horas extras, sean retribuidas de manera oportuna y por supuesto que existan límites a estas horas extras tanto a nivel semanal como anual como lo establece los convenios de la OIT”.

El informe de la comisión de expertos de la OIT también considera “peligroso y desventajoso”, la eliminación del límite de la jornada diaria de 8 horas que contiene la Ley 2101 de 2021.

En la Subcomisión tripartita de la Reforma Laboral que sesionó este martes, además se abordaron temas y puntos claves como el derecho laboral individual y colectivo que incluye las horas de trabajo, descanso semanal, vacaciones, despidos sin justa causa y la estabilidad laboral reforzada.

La Corte Constitucional de Colombia, dio luz verde al “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)”, que permite a los colombianos que cotizan en el exterior, acumular los tiempos laborados para acceder a pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia de origen común.

El Ministerio del Trabajo recibe con beneplácito este concepto dado por la Corte Constitucional a la Ley 2103 del 15 de julio de 2021, que beneficia a muchos colombianos que han migrado a los 15 países que hacen parte de este convenio.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, señaló: “Acogemos con alegría esta decisión de la Corte Constitucional, que va a permitir realizar los trámites formales ante la secretaría técnica de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, OISS, para que se inicie la aplicación del convenio en los 15 países que hacen parte del mismo”.

Sobre el contenido del Convenio, la Procuraduría General de la Nación anotó “que se ajusta a la Constitución Política en tanto permite el desarrollo del trabajo en condiciones dignas y justas, optimiza el principio de favorabilidad y contribuye a la consolidación del derecho a la seguridad social, especialmente, en lo referente a la observancia de los principios de eficacia, universalidad y solidaridad”.

Además, indicó, que las disposiciones del tratado son acordes con las garantías laborales reconocidas en el artículo 53 de la Constitución, porque reconocen la importancia del trabajo y propenden por asegurar el mínimo vital de las personas que han desarrollado su vida productiva en distintos países.

Finalmente, la Procuraduría precisó que el tratado promueve la igualdad entre nacionales y migrantes, contribuye a la ampliación progresiva de cobertura y al acceso al sistema de seguridad social y protege a las personas mayores y a quienes se encuentran en situación de discapacidad.

¿Qué permitirá el “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social”?

Garantiza la igualdad de trato de los trabajadores iberoamericanos con independencia de la nacionalidad cuando trabajen en un país diferente al suyo.
Admite la totalización de los periodos de cotización a pensión, acreditados en los distintos países que hacen parte del convenio; garantizándose la conservación de los derechos en curso de adquisición.
Asegura la conservación de los derechos adquiridos, no perdiéndose las prestaciones por trasladarse a otro país.
Permite la aplicación de las disposiciones más favorables al trabajador en el caso de que existan un convenio bilateral.
Establece la colaboración administrativa y técnica entre las instituciones gestoras para facilitar la aplicación de los derechos de los beneficiarios.
No modifica las legislaciones de los países, las coordina para evitar la pérdida de derechos contributivos

Dato
El texto del “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)”, fue admitido el 10 de noviembre de 2007, en Santiago de Chile, por la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado.

Expertos de la Organización Internacional del Trabajo, provenientes de Suiza, compartieron en la subcomisión de reforma pensional ante representantes de los gremios, de los trabajadores, del Gobierno Nacional y de expertos, un estudio comparativo del Análisis de la legislación y práctica nacional frente al Convenio No. 102, que establece los criterios mínimos para regímenes de seguridad social.

La oficial de la OIT, Maya Stern-Plaza Logal, señaló “hemos concentrado nuestro enfoque sobre los sistemas de pensiones de vejez, y los insumos preliminares muestran que hay todavía problemas de compatibilidad entre el régimen de pensiones tanto el de prima media, como el de la RAIS, que necesitarían unos cambios estructurales, con el fin de asegurar la suficiencia en la prestación”.

Por su parte, el especialista de la OIT, Pablo Casalí, agradeció la oportunidad de compartir en este espacio tripartito el informe preliminar sobre la brecha de compatibilidad entre la legislación nacional y los principios y orientaciones del Convenio No. 102, de la norma mínima de seguridad social.

Como puntos de referencia que constituyen las normas mínimas de protección social, se contemplaron la definición de la contingencia, personas protegidas, tipo y monto de las prestaciones, condiciones para tener derecho a las prestaciones, incluido el periodo de calificación y la duración de la prestación y el periodo de espera.

Así mismo, la contingencia, condición de acceso, cobertura mínima, la duración de la prestación y las características mínimas.

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