En el marco de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Laborales y Salariales (CPCPLS), que sesionó en las instalaciones del Ministerio del Trabajo, la titular de la cartera laboral Griselda Janeth Restrepo Gallego dio a conocer el cronograma y la agenda prevista para la negociación del salario mínimo 2018.

 

Según lo definió la CPCPLS, el 21 de noviembre de 2017 en la sede de MinTrabajo, empezó la discusión en relación con la productividad, una de las variables económicas que se tienen en cuenta para la fijación del salario mínimo. El análisis sobre este tema se llevará a cabo en el transcurso de la presenta semana y se podría extender sí así lo definen los miembros de la Subcomisión integrada con este objetivo.

 

Posteriormente, a partir del 5 de diciembre en las instalaciones de Compensar de la calle 68, se da inicio a las discusiones en torno al salario mínimo, con la exposición por parte de las entidades del Gobierno: Ministerios del Trabajo, Hacienda, Banco de la República, Departamento Nacional de Planeación (DNP) y Dane, de las respectivas valoraciones de la situación económica del país, teniendo en cuenta los aspectos fijados para este incremento: Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año causado y su proyección para el siguiente; PIB del presente año y su proyección; y el aporte de la productividad al crecimiento de la economía.

 

Para el 7 de diciembre está previsto que sector empresarial y organizaciones sindicales presenten sus ofertas. Las negociaciones sobre salario mínimo en la etapa inicial podrían extenderse hasta el 15 de diciembre, fecha del primer vencimiento para que las partes lleguen a un acuerdo. El plazo máximo legal para la expedición del decreto con el incremento del salario mínimo es el 30 de diciembre.

 

Al término del encuentro, la Ministra Griselda Janeth Restrepo Gallego, en compañía del presidente de la CUT, Alejandro Pedraza, en representación de las centrales obreras, y Alberto Echavarría, vocero de la ANDI y en representación de los gremios de la producción, expresó que, “todas las partes que conforman esta Comisión estamos optimistas: el Gobierno Nacional, el sector sindical y los gremios económicos, tenemos la responsabilidad de encontrar una fórmula que nos permita llegar a un consenso respecto al salario mínimo para el 2018, y vamos hacer todos los esfuerzos para que sea a través del diálogo social y la concertación que podamos llevar a cabo esta discusión tan trascendental para los trabajadores colombianos”.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 4 de diciembre de 2017, el Proyecto de Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para sustituir el capítulo 17 del título 1 de la parte 2 del libro 1, para reglamentar los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario, en lo relacionado con el ajuste del costo de los activos fijos para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional".

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

En último debate, el Concejo de Medellín aprobó el proyecto de Acuerdo presentado por la Alcaldía de Medellín N°109 de 2017 por medio del cual se somete a estudio la propuesta de reforma al Estatuto Tributario Municipal. Esta propuesta es el resultado del trabajo articulado entre las distintas dependencias de la Administración, las entidades Territoriales, DIAN, Cámara de Comercio y la Academia con el fin de aportar al continuo desarrollo de la Ciudad.

 

El estatuto tributario es el instrumento a través del cual el Municipio de Medellín adopta los impuestos, tasas y contribuciones; las sanciones y los beneficios tributarios.

 

El principal objetivo de esta Reforma al Estatuto Tributario Municipal, es actualizar y modernizar la norma vigente enmarcando en seguridad jurídica las actuaciones de los contribuyentes y funcionarios, simplificar el sistema tributario buscando eficiencia en la administración de los tributos y una adecuada experiencia de los contribuyentes.

 

Además, fortalecer las herramientas de fiscalización de forma tal que permitan poner a todos los contribuyentes en igualdad de condiciones tributarias y mejorar los indicadores de competitividad ajustando las tarifas principalmente en Industria y Comercio y aportando vía exenciones al Plan de Ordenamiento Territorial y Política Pública de desarrollo económico de la ciudad.

 

Fortalezas de la reforma al estatuto tributario municipal

  • Actualizar la norma tributaria municipal teniendo en cuenta las modificaciones que trajo consigo las Leyes nacionales.
  • Nuevos beneficios tributarios para la construcción sostenible y la renovación urbana.
  • Combatir la evasión y la elusión de los impuestos municipales a través de estrategias de inteligencia fiscal.
  • Fortalecer la seguridad jurídica en la relación tributaria entre el Municipio y los contribuyentes.
  • Asegura los ingresos actuales y futuros de la economía digital asignando una tarifa preferencial para las empresas que desarrollan estas actividades con el fin de que se formalicen y establezcan en el Municipio de Medellín.
  • Se incentivan las actividades de economía naranja apostándole al sector y a la política pública de desarrollo económico.
  • Con disminución de las tarifas del Impuesto de Industria y Comercio y exenciones en construcción sostenible y en parqueaderos en altura, soterrados y mecanizados se aporta a retos medioambientales y de movilidad que presenta actualmente la ciudad.
  • En alumbrado público, se elimina el cobro para el estrato 1 y disminuye la tarifa para los sectores industriales y comerciales.
  • En degüello de ganado menor se aseguran mayores ingresos para el fortalecimiento del desarrollo rural.

 

El Acuerdo ahora pasa a sanción del Alcalde de la ciudad. 

Por medio de la Resolución 2517 del 17 de noviembre de 2017, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, Seccional Medellín, modificó el horario de atención al público en todas sus sedes, el cual quedará de 7:45 am hasta la 1:00 pm, en jornada continua.

 

Para conocer la Resolución 2517 completa, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución No. 000063 del 14 de noviembre de 2017, por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable para el año 2018 en $33.156.

 

Para conocer la Resolución 063 de la DIAN, descargue el archivo adjunto a esta noticia.

Por medio de la Circular Externa No. 201-000004 del 10 de noviembre de 2017, expedida por la Superintendencia de Sociedades, la entidad realiza la solicitud de los Estados Financieros del año 2017.

 

Para conocer la Circular externa 004 completa, descargue el archivo adjunto a esta noticia.

A través de labores de inteligencia adelantadas en varias ciudades del país, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, identificó la utilización de un programa informático contable ilegal que permite el fraude al fisco nacional.

 

El software es ofrecido públicamente a los comerciantes, a través de correo electrónico, con la principal “ventaja” de ajustar el valor de las ventas y facturas, de acuerdo con el valor definido por los dueños de los establecimientos comerciales en las declaraciones mensuales o trimestrales de los impuestos a las ventas (IVA) y al consumo.

 

A partir de ello, DIAN realizó inspecciones a comercios en ciudades como Bogotá, Cartagena, Bucaramanga, Sogamoso, Santa Marta, Medellín, Cali, Barrancabermeja y Barranquilla. En cuatro de estos casos, los valores dejados de declarar (evadidos) a la DIAN, por IVA e Impoconsumo, ascienden a $140.000 millones.

 

En otras 16 investigaciones que adelanta la Administración Tributaria, este valor supera los $100.000 millones, dentro de los cuales también se hallaron contribuyentes omisos o que dejaron de declarar y pagar los correspondientes impuestos a la DIAN.

 

En de los comercios inspeccionados por la DIAN se destacan reconocidos restaurantes, supermercados, empresas de alimentos, comercializadores de productos agrícolas, locales de zapatos, comercio al por menor de prendas de vestir y sus accesorios, entre otros.

 

De acuerdo con lo indicado por la Directora de Gestión de Fiscalización, María Pierina González Falla, los casos identificados permitirán a la DIAN recuperar importantes cifras de dineros evadidos al fisco nacional. Para ello, la Entidad requirió a los responsables de los establecimientos comerciales corregir sus declaraciones tributarias con los valores adecuados. De no hacerlo en un tiempo prudencial definido por la DIAN, podrían incurrir en un delito penal, tal como lo estable el artículo 339, de la Ley 1819 de 2016.

 

“Con la información obtenida en la investigación, la DIAN denunció ante la Fiscalía General de la Nación al proveedor de este software fraudulento y seguiremos en la búsqueda de otros productos similares que afectan grandemente los impuestos con los cuales se financia el funcionamiento del estado colombiano”, agregó la Directora de Gestión de la DIAN.

La Subdirección de Gestión de Tecnología de Información y Telecomunicaciones de la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que el sábado 18 de noviembre de 2017 entre las 5:30 a.m. y las 7:30 a.m. se realizará mantenimiento a la plataforma tecnológica de la DIAN.

 

Debido a lo anterior y durante este tiempo, no habrá disponibilidad de ningún servicio aduanero y/o tributario dispuesto por la Entidad.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 30 de noviembre de 2017, el Proyecto de Decreto por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 para reglamentar la actividad de administración de plataformas electrónicas financiación colaborativa, y se dictan otras disposiciones.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

Hasta el 29 de noviembre estará dispobible para comentarios el proyecto de decreto del Ministerio de Hacienda “Por el cual se reglamenta el Artículo 47 de la Ley 1762 de 2015 y se establece el listado de produ vctos sensibles”.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

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