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Con la expedición del Decreto reglamentario el Gobierno Nacional viabiliza la creación de las nuevas entidades, estableciendo las condiciones que deberán cumplir para captar los recursos del público, los requerimientos de capital para operar y cómo deberán manejar el efectivo, entre otras disposiciones.

 

Así lo explicó el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría, quien dijo que la reglamentación de la Ley 1735 de 2014 que creó las Sociedades Especializadas en Depósitos y pagos Electrónicos (Sedpe), destinadas a promover la inclusión financiera a través de productos financieros transaccionales, como las transferencias, los pagos, los giros y el recaudo se expidió mediante el Decreto Número 1491 del 13 de julio de 2015.

 

El titular de la cartera resaltó que el decreto crea un campo de juego nivelado para todos los competidores que presten este tipo de servicios.

 

En ese sentido, el documento establece que los establecimientos de crédito y las Sedpe podrán ofrecer depósitos electrónicos con trámite simplificado de apertura cuando el saldo que manejen y el monto de los débitos que se realicen en un mes, no excedan los 3 salarios mínimos. Los demás depósitos electrónicos tendrán un trámite de apertura ordinario con la aplicación plena de las normas de conocimiento del cliente.

 

Adicionalmente, las Sedpe al igual que los establecimientos de crédito y otras instituciones financieras, podrán prestar sus servicios a través de corresponsales, con lo cual, podrán aprovechar las redes y la infraestructura ya existente.

 

“Gracias a los requerimientos regulatorios más livianos y un objeto social restringido, estas entidades podrán llevar servicios financieros transaccionales como pagos, giros y recaudos, a más colombianos y a más bajo costo, a zonas alejadas de la geografía nacional, y al mismo tiempo permitirá ir construyendo historiales de pagos para la población que les permita posteriormente el acceso al crédito y a otros productos financieros”, explicó el Ministro.

 

De igual manera, el funcionario hizo énfasis en que con esta regulación el Gobierno Nacional pretende que haya mayor competencia en la prestación de servicios financieros transaccionales con el fin de permitir el acceso a millones de ciudadanos que antes no tenían o no usaban servicios financieros formales, en igualdad de condiciones con las entidades financieras que actualmente operan en Colombia.

 

El Gobierno Nacional espera que se aproveche la infraestructura tecnológica y las redes disponibles y de esta forma contribuir con la meta del Plan Nacional de Desarrollo de reducir el efectivo.

 

Para conocer el Decreto 1491 del 13 de julio de 2015, haga clic aquí.

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