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El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que dentro de las medidas del Gobierno Nacional para impulsar el consumo y al mismo tiempo, proteger el medio ambiente y el bolsillo de los colombianos, el Ministerio de Hacienda reglamentará el impuesto sobre las ventas en la adquisición de neveras nuevas para sustitución.


El Jefe de la cartera de Hacienda aclaró que ya está publicado en la página web del Ministerio, para comentarios, el decreto que le facilitará el acceso a refrigeradores de última tecnología a hogares de bajos ingresos.

“En la Reforma Tributaria creamos un incentivo para la sustitución de neveras ambientalmente ineficientes, no solo con el propósito de proteger el medio ambiente, sino considerando que éstos consumen una parte muy importante del subsidio de energía de los estratos bajos”, aseguró el funcionario.

Y agregó: “el decreto que esperamos expedir reglamenta la tarifa preferencial del 5% en IVA para las neveras nuevas, cuyo precio sea igual o inferior a $956.000 (30 UVT), beneficio al que podrán acceder personas de estrato 1, 2 o 3 y que en el momento de la compra entreguen su nevera usada”.

El titular de la cartera de Hacienda además explicó que esta medida también busca aumentar el nivel de ingreso de las familias más vulnerables al disminuir el valor que pagan por el servicio de energía con neveras de última tecnología.

"La nevera representa cerca del 40% del consumo de energía de un hogar de estratos bajos. Una nevera nueva consume la mitad de la energía que consume una nevera vieja. Con la tarifa preferencial del IVA, se estimula el cambio a neveras eficientes.", concluyó.

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Como parte de una propuesta de 10 puntos que busca reactivar la economía, Guillermo Botero Nieto, presidente de Fenalco, hizo un llamado al Gobierno nacional y al Congreso para que los meses de noviembre y diciembre suspendan los tres puntos adicionales del IVA, derivados de la pasada Reforma Tributaria.

 

El presidente de los Comerciantes aseguró que el IVA ya ha sido suspendido con éxito en ciertas zonas del país, en especial las fronterizas, para superar las crisis económicas.

 

Así mismo, los comerciantes proponen al Gobierno expedir una directriz presidencial en la que se comprometa a eliminar dos regulaciones por cada nueva propuesta regulatoria que pueda imponer obstáculos a la empresa privada. Es de conocimiento general que la sobrerregulación es un problema con el que tiene que lidiar el sector empresarial colombiano, de hecho en la actualidad, según datos del Departamento Nacional de Planeación se expiden diariamente en promedio, 2,8 decretos, 11,2 resoluciones y 15,4 normatividades.

 

Por otra parte la tasa de usura, que acaba de ser modificada por el Gobierno nacional, debería ser 1.25 veces el interés bancario corriente y no 1,50%.

 

Por último el comercio sugirió una reforma arancelaria integral, lo que ayudaría a disminuir el contrabando y la evasión. Se deben tomar medidas urgentes para eliminar las llamadas medidas paraarancelarias Además, se debe reforzar la seguridad jurídica para incentivar la inversión extranjera.

 

En la actualidad existen más de 25.000 barreras no arancelarias vigentes en Colombia, como por ejemplo, los reglamentos técnicos. Así mismo, según información de Juan José Echavarría, en 2012, el 62% de las partidas arancelarias tenían alguna barrera no arancelaria para su importación a Colombia.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, lleva a cabo durante esta semana la campaña “Al día con la DIAN, le cumplo al país”, con la que a través de una serie de Jornadas Integrales de Atención y Control a nivel nacional, la Entidad busca fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones; así como realizar acciones de control, a los Agentes Retenedores que no han cumplido con el deber de consignar lo retenido, presentando declaraciones sin pago o con pago parcial y a los Responsables de IVA que a 30 de noviembre de 2016 tienen declaraciones presentadas diligenciando un periodo gravable que no corresponde al señalado en la Ley, a quienes se invita a utilizar el beneficio de la Ley 1819 de 2016 para corregir estas inconsistencias. Esta vez la jornada se desarrolla del 21 al 24 de marzo, en Medellín, Envigado y Sabaneta.

 

En el desarrollo de esta jornada se adelantarán más de 7.000 visitas a morosos para recuperar cartera por $500 mil millones en las 34 Direcciones Seccionales de la DIAN a nivel nacional, realizando un mayor despliegue de funcionarios en las ciudades de Medellín (Envigado y Sabaneta), en donde se realizarán 500 visitas, para recuperar una cartera cercana a las $24.000 millones; Bogotá (Usaquén); Cali (Comuna 19); Bucaramanga (Centro); Cartagena (Centro); Barranquilla (Centro); Pereira (Cuba y alrededores). Adicionalmente para la ciudad de Bogotá se programaron citas para 3.000 contribuyentes morosos en la sede que funciona en el BCH de la Seccional de Impuestos, con una cartera por cobrar de $251 mil millones.

 

Entre tanto, 486 auditores de fiscalización realizarán acciones de control a responsables del Impuesto sobre las Ventas e Impuesto Nacional al Consumo, mediante:

 

1. Visitas de verificación de ingresos y facturación, con el fin de garantizar que todas las transacciones económicas sean debidamente facturadas registradas y posteriormente declaradas.

2. Orientación a responsables del impuesto sobre las ventas, que hayan presentado, hasta el 30 de noviembre de 2016, declaraciones de IVA utilizando un periodo gravable diferente al que les corresponde de acuerdo con lo establecido en el artículo 600 del Estatuto Tributario, para informarles e invitarlos a corregir esta situación.

3. Orientación a los agentes retenedores, que hayan presentado antes del primero (1) de diciembre del año 2016, declaraciones ineficaces de acuerdo con lo establecido en el artículo 580-1 del Estatuto Tributario, para informarles e invitarlos a corregir esta situación.

4. Divulgar a los responsables del IVA e Impuesto Nacional al Consumo obligados a expedir factura, que a partir de la expedición de la Ley 1819 de 2016, el no cobro y recaudo del IVA constituye un delito, qué contempla penas entre 4 y 9 años.

 

En cada ciudad, personal especializado de la Entidad estará dispuesto en los Puntos de Contacto para que los contribuyentes puedan resolver dudas y realizar trámites; en Barranquilla, se atenderá desde el punto Edificio Miss Universo; en Bogotá, los contribuyentes serán atendidos en el Punto de contacto BCH Seccional de Impuestos; en Cali, se atenderá en el Punto Edificio Antiguo BCH; en Medellín, en La Alpujarra; en Cartagena, en Bucaramanga y Pereira será desde los puntos de las sedes principales.

 

De otro lado, se realizarán más de 150 visitas a establecimientos de comercio ubicados en las principales ciudades del país, con el fin de verificar la legal introducción y permanencia de mercancías de procedencia extranjera en el territorio aduanero nacional. Especial importancia tendrán, para efectos de este control, aquellas mercancías que resultan sensibles para la economía colombiana, como textiles, confecciones, calzado, electrodomésticos, que afectan gravemente la producción nacional, al generar competencia desleal cuando su ingreso al país se produce en condiciones de irregularidad.

 

Finalmente, la DIAN invita a los Agentes Retenedores y responsables de IVA mencionados, a que subsanen su situación antes del 29 de abril de 2017. El beneficio de la Ley 1819 de 2016 consiste en que dichos Agentes de Retención y responsables de IVA, vuelvan a presentar las declaraciones ineficaces o con error, en el periodo gravable y paguen el saldo pendiente, si es el caso, ahorrándose el 100% de la sanción de extemporaneidad y de los intereses de mora.

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La Fiscalía General de la Nación y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, le recordaron a la ciudadanía que, a partir de este año, el no cobro y recaudo del IVA son delito, y podría contemplar penas entre 4 y 9 años.

 

En materia de evasión de impuestos, uno de los principales cambios de la Reforma Tributaria, es la penalización a aquellas personas obligadas (comerciantes, restaurantes, profesionales independientes, entre otros) que decidan no cobrar el impuesto al valor agregado (IVA) y el Impuesto Nacional al Consumo (INC).

 

En este orden de ideas, la FGN y la DIAN iniciaron reuniones de articulación para trabajar en conjunto en el alcance de las nuevas previsiones que contempla la Reforma Estructural Tributaria 2016.

 

Esta decisión se tomó luego que el Fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, en diciembre del año pasado, cuando se revisó el artículo de la reforma tributaria, señaló “la importancia de castigar la práctica de algunos comerciantes que les preguntan a los ciudadanos si quieren comprar los productos sin IVA o sin factura”.

 

“Cuando hay evasión del IVA y en la medida en que se aumenta en tres puntos hay mayor proclividad para la evasión, hay que considerar la evasión del IVA como un tipo penal”, aseguró el Fiscal General de la Nación.

 

Para el Director General de la DIAN, Santiago Rojas Arroyo, esta será una valiosa herramienta para combatir una de las mayores formas de evasión de este impuesto.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió el primer concepto general del impuesto a las ventas – IVA, el cual está basado en la Ley 1819 de 2016.

 

Este concepto aborda temas como:

  • La vigencia y aplicación de la nueva tarifa del IVA
  • Plazo máximo para remarcación de precios por cambio de tarifa del IVA
  • Efecto de la duplicidad de la tarifa del IVA por remarcación de precios de venta, en la declaración a presentar por el primer bimestre o primer cuatrimestre del IVA del 2017
  • Contratos celebrados con entidades públicas
  • Plazo para presentar declaraciones de IVA sin efecto legal alguno

 

Para conocer el concepto de la DIAN completo, haga clic aquí.

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Aunque la DIAN ha venido realizando diferentes acciones de control, persisten casos de Agentes Retenedores que no han cumplido con el deber de consignar lo retenido presentando declaraciones sin pago o con pago parcial, así como casos de responsables de IVA que a 30 de noviembre de 2016 tenían declaraciones sin efecto legal alguno, es decir, presentadas en un periodo diferente al obligado.

 

La Ley 1819 de 2016 introdujo una norma de carácter transitorio para que estos obligados subsanen tal situación. El beneficio consiste en que dichos Agentes de Retención y responsables de IVA vuelvan a presentar y pagar, si es el caso, sus declaraciones ahorrándose el 100% de la sanción de extemporaneidad y de los intereses de mora desde la fecha en que debió haber cumplido con la obligación.

 

La Administración Tributaria recomienda a estos Agentes de Retención y responsables de IVA utilizar este beneficio lo antes posible para evitar el pago de sanciones e intereses, cierre de su establecimiento y/o denuncias y sanciones penales.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, precisa que, por mandato constitucional, las leyes que regulen contribuciones en las que la base sea el resultado de hechos ocurridos durante un período determinado, se aplican a partir de la vigencia siguiente a la ley, es decir, en este caso, los cambios introducidos por la Ley 1819 de 2016 al Impuesto Sobre las Ventas -IVA, quedarán vigentes a partir del 1° de enero de 2017.

 

No obstante, de acuerdo a la norma de transición y con el fin de evitar traumatismos a los establecimientos de comercio que venden bienes y servicios sujetos a este impuesto y que a la fecha de entrada en vigencia de la ley tienen sus mercancías con un valor de venta al público establecido con la tarifa anterior, (es decir, IVA del 16% o del 5%, según corresponda), podrán seguir vendiendo con esos precios hasta que se agoten existencias o hasta el 31 de enero de 2017. A partir del 1° de febrero todos los bienes deben tener incorporada la nueva tarifa.

 

En consecuencia, la transitoriedad aquí señalada solamente aplica para aquellos establecimientos de comercio que tienen bienes y, o servicios exhibidos en mostradores con venta directa al público, con el precio marcado directamente en el producto o establecido con la tarifa vigente con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016.

 

La Administración Tributaria aclaró igualmente que, a partir del próximo 1º de enero bajarán las tarifas para aquellos bienes expresamente señalados en la ley y que quedan con tarifas diferenciales, tales como: tampones, toallas higiénicas, bicicletas cuyo valor sea inferior a 50 UVT y vehículos eléctricos.

 

Finalmente, la DIAN recordó que, de acuerdo al Estatuto Tributario, en materia del Impuesto Sobre las Ventas -IVA, con las modificaciones introducidas en la Ley de Reforma Tributaria, existen dos períodos gravables, el Bimestral y el Cuatrimestral. En este sentido, el primer Bimestre corresponde a los meses de enero y febrero y el primer cuatrimestre al período comprendido entre enero y abril de cada año.

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Ejecutando los planes de cobro y antievasión, la DIAN sale una vez más tras morosos y declarantes de retención omisos, tratando de obtener por la vía de la persuasión el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Por esto, hoy y mañana se adelantarán 5.348 visitas a contribuyentes que están en mora con el pago del Impuesto al Valor Agregado – IVA por un total de $408.712 millones.

 

De igual manera se visitarán agentes retenedores que pese a practicar las retenciones en la fuente, recaudando en nombre de la DIAN ingresos por este concepto, no pagaron los valores diligenciados en sus declaraciones de Retención en la Fuente.

 

En la capital antioqueña desde el pasado 24 de noviembre, se vienen adelantando visitas de cobro a morosos de IVA, es decir, aquellos responsables que cobraron el IVA al consumidor y no lo consignaron. Además, esta semana se llevaron a cabo cerca de 200 visitas para recuperar cartera por $44.808 millones.

 

Por su parte, en la capital del país los pasados 24 y 25 de noviembre, se llevaron a cabo 701 visitas de cobro a morosos que deben $108.744 millones. Y esta semana, se realizaron 665 visitas para recuperar cartera por $177.182 millones.

Los contribuyentes que no acaten la invitación al pago, serán objeto de medidas cautelares, se les impondrá sanción de cierre de establecimiento y se les denunciará penalmente por omisión al agente retenedor y, o recaudador.

 

Entre las actividades económicas que desarrollan estos morosos a nivel nacional, se encuentran el Comercio al por mayor y al por menor no especializado (28.7%); le siguen Actividades profesionales, científicas y técnicas (25.1%); Industrias Manufactureras (22.7%); Otras actividades de servicios (45.3%) y Construcción (8.2%).

 

Se intensifican controles a contribuyentes incumplidos
Por otra parte, la DIAN ha detectado agentes retenedores que no pagaron sus declaraciones de Retención en la Fuente. Labores de investigación adelantadas por la administración tributaria, permitieron identificar en la ciudad de Medellín más de 2.814 obligaciones de 194 contribuyentes que presentaron sus declaraciones de Retención en la Fuente sin pago, por un valor aproximado de $87.690 millones.

 

Para verificar y controlar este tipo de conductas, la DIAN dispuso 75 funcionarios para que realicen visitas a fin de ubicar a estos contribuyentes e invitarlos a que realicen el pago respectivo. En los casos en que persista su incumplimiento, se procederá a interponer la denuncia penal correspondiente y a proferir la sanción por no declarar.

 

Los funcionarios realizarán estas visitas con un auto comisorio expedido por el Jefe de Fiscalización de la Seccional de Impuestos de Medellín y por el Subdirector de Fiscalización Tributaria, levantarán un acta de la visita y recogerán algunos soportes contables.

 

Igualmente, se realizará una visita de cumplimiento de obligaciones formales; esto, con el propósito de verificar temas como estar inscrito en el RUT y el cumplimiento de requisitos de expedición de facturas.

 

Estas acciones se desarrollan como complemento de las que se han venido adelantando en todo el país y en las cuales se ha podido detectar evasión en IVA, Impuesto Nacional al Consumo, Renta y CREE por un valor cercano al 1 billón de pesos como ingresos omitidos por los contribuyentes investigados.

 

Lucha frontal al contrabando
Como parte de sus esfuerzos por controlar el delito del contrabando y fortalecer la protección de la industria nacional, la DIAN dio inicio a la temporada decembrina, desplegando en los operativos en todo el país dirigidos a establecimientos que comercializan mercancías de procedencia extranjera, con el fin de verificar su legal introducción y permanencia en el territorio aduanero nacional.

 

Para ello, la DIAN dispuso de funcionarios de las principales Direcciones Seccionales del país, de la Dirección de Gestión de Fiscalización y de la Subdirección de Gestión de Fiscalización Aduanera, para revisar los productos importados junto con sus documentos soporte.

 

En caso de hallar mercancía que no cumpla con la normatividad aduanera, se procederá a tomar la medida cautelar correspondiente, de conformidad con lo señalado en los Decretos 2685 de 1999 y 390 de 2016.

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El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, aseguró que junto a los Coordinadores y Ponentes del Proyecto de Ley de Reforma Tributaria analizan la posibilidad de destinar de manera específica, en el incremento del IVA, recursos para salud y educación.

 

De acuerdo al titular de la cartera de Hacienda esta propuesta se analiza desde la propuesta inicial del Gobierno de aumentar en la tarifa del IVA del 16% al 19%.

 

“Se trata de un IVA social porque necesitamos más recursos para el Régimen Subsidiado de salud, mejorar la calidad de la atención en este régimen, que son la mayoría de los colombianos y más recursos para asegurar la continuidad de programas educativos como alimentación escolar o los créditos que benefician con subsidios a través del Icetex como Ser Pilo Paga”, aseguró el funcionario.

 

Según el Jefe de la cartera de Hacienda, el aumento en la tarifa del IVA garantiza los recursos adicionales que le permitirán a Colombia seguir avanzando en materia educación y también en salud.

 

“Estos recursos son necesarios para que los beneficios del Régimen Subsidiado de salud sean idénticos a los del Régimen Contributivo, es decir, que haya un solo tipo de atención y de afiliación (…) necesitamos que todos los colombianos podamos tener acceso a una buena salud, necesitamos que no haya pacientes de primera ni de segunda y eso requiere más recursos”, destacó Cárdenas.

 

Y agregó: “aquí hay que poner más recursos, en la Reforma si se quita algo, hay que buscar de donde compensar. La reforma requiere todos los recursos que planteó el Gobierno”.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN informa que en el Proyecto de Reforma Tributaria Estructural se protege la industria editorial.

 

Los beneficios para los libros se mantendrán exentos de IVA, tal como lo establece el artículo 478 del Estatuto Tributario que busca estimular la producción intelectual de los escritores y autores colombianos tanto de obras científicas como culturales en Colombia y fomentar el hábito de la lectura el país.

 

La Ley del Libro contiene incentivos de tipo fiscal para los editores como la exención total del Impuesto sobre la Renta y Complementario, del Impuesto sobre las Ventas IVA y de tipo arancelario en la importación de materia prima e insumos para los impresores.

 

Actualmente, las empresas editoriales tienen una renta exenta pero pagan CREE. En el proyecto de Reforma Tributaria, el Gobierno propone que las empresas que tengan utilidades inferiores a los mil millones de pesos, queden gravadas con una renta de 9% equivalente a lo que hoy pagan por CREE.

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