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El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, anunció que se radicó ante la Corte Constitucional la sustentación del Incidente de Impacto Fiscal en contra de la sentencia que permite la deducción del 25% de los pagos laborales en el IMAN y en el IMAS. (Sentencia C-492 de 2015).

 

El alto funcionario indicó que “la sentencia tiene un costo fiscal de $335 mil millones anuales”, y beneficia a las personas con mayor capacidad contributiva, es decir, a las personas con ingresos anuales superiores a $43 millones, en contra del principio de progresividad y “pone de presente que el fallo omite la obligación de quienes tienen mayor capacidad de asumir obligaciones correlativas a sus ingresos”.

 

Por ejemplo, antes del fallo, un empleado o trabajador independiente con ingresos superiores de $500 millones anuales ($41.667.000 al mes) tributaba con IMAN a una tarifa implícita de 15.9% y en consecuencia pagaba $79,6 millones de impuesto de renta. Para este segmento de personas, la Corte redujo la tarifa implícita a 9,8%, lo que se traduce en un descuento en el impuesto de $30,8 millones de pesos, pues pasaría a pagar $48,8 millones (suponiendo que el valor por IMAN es superior a la renta ordinaria).

 

El Ministro le solicitó a la Corte diferir los efectos del fallo por un año para que en el marco de la reforma tributaria estructural se revise de manera sistemática, integral y uniforme el ordenamiento tributario en su conjunto y en particular los beneficios existentes.

 

El IMAN (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional) y el IMAS (Impuesto Mínimo Alternativo Simple) son dos sistemas alternativos de determinación del impuesto de renta que fortalecían el principio de progresividad del sistema tributario. El IMAN creó un “piso” mínimo de tributación para personas de altos ingresos. El IMAS permite presentar una declaración simplificada del impuesto en el cual se establecen tarifas reducidas y procedimientos simples para efectos de facilitar el pago.

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