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Reducir la jornada laboral semanal de manera gradual, como lo señala la Ley 2101 de 2021, sin disminuir el salario ni afectar los derechos adquiridos y garantías de los empleados, también aplica para los trabajadores y trabajadoras del sector de vigilancia y seguridad privada, reiteró el Ministerio del Trabajo y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a través de la circular conjunta 079 del 27 de octubre de 2023.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, manifestó que la reducción de la jornada también aplica a este sector: “son más de 400 mil trabajadores que desarrollan la actividad en el país y los que laboren más de 47 horas semanales, se les considerará como trabajado extra o suplementario, así lo estipula la ley, vigente desde el 16 de julio del presente año”.

En la circular se reitera que la implementación gradual se debe reducir una hora la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas a la semana (julio de 2023) y posteriormente, pasados tres años de la entrada en vigor de la ley, se reducirá otra hora más (julio de 2024) es decir, quedando en 46 horas y a partir del cuarto año (julio 2025) se disminuirán otras dos más hasta llegar a las 42 horas semanales (julio 2026).

La norma también establece que la remuneración debe ser respetada por el empleador, sin cambiarle los derechos adquiridos a los trabajadores, lo que significa que no implicará reducción salarial ni prestacional, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, ni exonera de obligaciones en favor de los trabajadores. Esta flexibilidad se extiende, siempre que el promedio semanal no exceda las 42 horas laborales.

El viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Edwin Palma Egea, también aclaró: “la Ley 2101 del 2021 modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, estableciendo cambios significativos en la duración de la jornada laboral, con la finalidad de promover un equilibrio entre las necesidades de los empleadores y el bienestar de los empleados en el ámbito laboral, esto es una conclusión muy importante porque distintos sectores venían señalando, que al gremio de la vigilancia no se les aplicaba. El Ministerio del Trabajo y la Supervigilancia han concluido que a este sector se le debe aplicar esta norma. Es importante que a los trabajadores que no se les aplique esto, acudan a las oficinas del Ministerio del Trabajo”, subrayó el viceministro Palma.

Para conocer la Circular 79, haga clic aquí.

El Ministerio de Transporte emitió el Decreto 050 del 15 de enero de 2023, por medio del cual se ordena no incrementar las tarifas de peaje a vehículos que transiten por el territorio nacional por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías - INVIAS y de la Agencia Nacional de Infraestructura.

Para conocer el Decreto 050, haga clic aquí.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, con la participación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) oficializó el nombramiento del nuevo facilitador de la Comisión de Tratamiento de Conflictos, CETCOIT, Beethoven Herrera Valencia.

Herrera Valencia fue elegido por los integrantes de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, y escenario para reactivar dicha comisión especial.

La comisión fue creada el 31 de octubre de 2000 a través de acuerdo en la Comisión Permanente Concertación de Políticas Salariales y Laborales, encargada de atender los conflictos suscitados en relación con los temas de libertad sindical, derecho de asociación y negociación colectiva.

Así mismo, es una comisión tripartita integrada por representantes de los empleadores, centrales de trabajadores y Gobierno en cabeza del Ministerio del Trabajo. Los miembros de la Comisión Especial deben reunir las características de representatividad de cada sector y de amplio conocimiento de los marcos normativos y sociales de las relaciones laborales.

La titular de la cartera laboral precisó: “El Doctor Beethoven Herrera ha sido una persona muy conocida en sus investigaciones, su rigurosidad y como intermediario para solucionar los conflictos. Colombia es uno de los países que más conflictos ha tenido en el Comité de Libertad Sindical de la OIT, hablamos de 217 casos, 11 activos, 21 en seguimiento y 185 casos cerrados. Por esta razón, para la comunidad internacional ha sido importante que Colombia sea ejemplo de diálogo social”.

Esta experiencia exitosa en Colombia ha sido conocida por la Dirección de Normas Internacionales del Trabajo y del Comité de Libertad Sindical, quienes han visitado al país y han manifestado la importancia de replicarla en otros países.

Uno de los objetivos de la CETCOIT, es contribuir a la resolución de conflictos, para que tanto las centrales de trabajadores como los sindicatos, eligiendo este mecanismo, puedan por voluntad de las partes suscribir acuerdos y cumplirlos de buena fe, restablecer la confianza y mejorar sus relaciones laborales, de modo que estas organizaciones sindicales no vean la necesidad de presentar quejas ante los órganos de Control de la OIT, ni ante la justicia ordinaria o inspecciones de trabajo, contribuyendo así a descongestionar esas instancias, a ahorrar recursos y evitar procesos engorrosos e innecesarios que se pueden solucionar a través del diálogo social y la concertación.

La CETCOIT, tiene un facilitador independiente, por consenso tripartito, se designó en el año 2012 como facilitador al abogado Eduardo Cifuentes Muñoz. Posteriormente fue nombrado como presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, y en su reemplazo asumió el cargo José Noé Ríos, a quien el Gobierno del presidente Gustavo Petro, lo nombró como embajador de Colombia en Cuba, quedando vacante dicho rol, quien ahora lo ocupará Beethoven Herrera.

En el segundo debate de la Plenaria del Senado de la República, se aprobaron los primeros 58 artículos del proyecto de ley de reforma pensional de los 94 que contiene la iniciativa, entre ellos, la creación de un Fondo de Ahorro para proteger el pago de las pensiones y se estableció el umbral de 2.3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes para cotizar a Colpensiones.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, expuso 10 puntos de la reforma pensional:

1. Se construye un único Sistema Integral de Protección a la Vejez, cuyo administrador será Colpensiones. Se establecer una rectoría robusta del Sistema con un mecanismo de monitoreo permanente que permita evaluar los parámetros y recomendar periódicamente al Ejecutivo y al Congreso ajustes a los mismos de ser necesario.
2. Resuelve el problema que existe de competencia entre dos regímenes pensionales lo que ha generado desequilibrio en el Sistema, primero, por cuanto concede mesadas pensionales muy diferentes para personas con las mismas condiciones de cotización y de edad. Segundo, porque los fondos privados, que reciben mayoritariamente los recursos de las cotizaciones, no están pensionando, y el régimen público es quien está asumiendo el pago de las pensiones, cumpliendo con su objeto social, pero sin los ingresos suficientes por cotizaciones. Esta última situación ha llevado a un desequilibrio financiero que ha obligado a la Nación a hacer un gasto adicional.
3. El proyecto de reforma pensional además resuelve el problema de los grandes subsidios a las altas pensiones en el sistema público (Colpensiones), al limitar el subsidio para todos los que cotizan sobre más de 2.3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes.
4. Incrementa la cobertura en protección real a la vejez, a través de tres mecanismos: renta solidaria, renta vitalicia, y pensión. Principalmente, el mecanismo de la prestación anticipada optimiza la cobertura pensional. En el primer año de la reforma se pasa de una cobertura del 24 % al 53.73 % (4.662.000 personas aproximadamente) y al 2052 una cobertura del 87 % (más de 13 millones 700.000 personas mayores).
5. Elimina la pobreza extrema en la población mayor en Colombia. La renta solidaria corresponde al valor por debajo del cual se considera en pobreza. 2 millones 600 mil adultos mayores serán beneficiarios hasta que fallezcan.
6. La iniciativa de ley amplia un 22 % la probabilidad de que una mujer en Colombia logre la pensión. Reconoce la dedicación de la mujer al cuidado de los hijos, acoge las sentencias de la Corte Constitucional, tiene enfoque de género y elimina las diferencias que existen hoy, en las mesadas entre hombres y mujeres (que cotizaron sobre los mismos tiempos) en los fondos privados. Da un mayor subsidio a la mujer (30%) en la construcción de una renta vitalicia, en caso de no lograr una pensión.
7. Con el umbral dispuesto en la reforma, es decir, 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, se contribuye a la sostenibilidad del Sistema Pensional, que hoy no existe.
8. Garantiza la solidaridad para todos, la universalidad y la eficiencia, principios del artículo 48 de la Constitución Nacional los cuales hoy no se están cumpliendo.
9.Fortalece e incentiva el ahorro individual pensional. Todo colombiano logrará cobertura de algún tipo en función de su ahorro y los más vulnerables tendrán un mayor apoyo del Estado.
10. El proyecto de ley protege el ahorro pensional ya existente (aproximadamente 405 billones) y construye nuevo ahorro. Se frena la caída del ahorro que hoy existe en el Fondo de Ahorro Individual debido a los traslados masivos de los fondos privados hacía Colpensiones. La totalidad del mismo seguirá administrada por los fondos privados. Se construye un nuevo ahorro colectivo público (Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo. art. 24) que será la garantía de la pensión de los que hoy son jóvenes.

El Gobierno Nacional, por medio del ministerio del Trabajo y La DIAN en alianza con el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, promueven una mayor igualdad de género para reconocer e incentivar tributariamente a las empresas que contraten mujeres víctimas de violencia.

Así lo resaltó, la ministra del Trabajo, Gloría Inés Ramírez Ríos, quien explicó que la deducción es del 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagadas durante el año o periodo gravable.

Para la titular de la cartera laboral: “empoderar económicamente a las mujeres, en especial a las que han sufrido diferentes tipos de violencias, contribuye directamente a la igualdad de género, erradicación de la pobreza y crecimiento económico inclusivo”, de tal forma que promover la empleabilidad de esta población, permite contribuir a su empoderamiento para erradicar ciclos de violencia que han permeado la vida de estas mujeres.

Según el último reporte del Sistema Integrado de Información sobre Violencias de Género-SIVIGE, correspondiente al año 2021, en Colombia se identificaron 50.911 casos de violencias de género. Situaciones que requieren del acompañamiento del Estado colombiano, entre otras acciones como promover y proteger la empleabilidad de las mujeres que han sido víctimas.

Para la identificación de las mujeres víctimas, el ministerio del Trabajo acompañará a las empresas para que a través del ministerio de la igualdad y los mecanismos de género en todo el país se identifiquen a las mujeres objeto de este incentivo.

Así mismo, en alianza con la Junta Central de Contadores de Colombia, se activarán canales virtuales para asesorar a los empleadores interesados en esta iniciativa tributaria.

Durante la jornada se reconoció además a 23 empresas y organizaciones del Sello Equipares, por la labor que han realizado para el cierre de brechas de género, mediante la implementación del programa y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la norma del Sello.

¿Cómo será el incentivo?

a). Deberá solicitarse a partir del período gravable que corresponda a la vinculación directa de la trabajadora víctima de violencia comprobada y hasta por un término máximo de tres (3) años por cada trabajadora vinculada, si la relación laboral perdura tal como lo dispone la ley;

b). El monto de la deducción será del 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o periodo gravable a partir del inicio de la relación laboral y hasta por un término máximo de tres (3) años si esta se mantiene;

c). La deducción no se aceptará sobre los pagos realizados a trabajadores/as a través de empresas de servicios temporales;

d). Es necesario que las decisiones y medidas en favor de la mujer víctima de la violencia, señaladas en el literal a) del artículo 3° del presente decreto, hayan sido dictadas con posterioridad a la expedición de la Ley 1257 de 2008 y que la vinculación laboral se haya iniciado después de la adopción de las mismas.

Al ratificarse el Convenio 190, los países integrantes de la OIT se comprometen a establecer mecanismos de prevención y protección, control de su aplicación, vías de recurso y reparación, así como orientación y difusión. Este instrumento impone la obligación de adoptar la legislación que garantice el derecho a la igualdad y no discriminación en el empleo.

El Convenio 190 no solo promueve espacios seguros en el trabajo, sino también reconoce que la violencia doméstica afecta la participación de las mujeres en el campo laboral, su productividad, acceso al empleo y su salud.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, se mostró optimista por el avance de este importante convenio.

“Celebramos un paso importante, hacia el cumplimiento de los sueños de muchas mujeres, trabajadoras, empresarias, emprendedoras y sus organizaciones y el mío, por tener un trabajo sin miedo, sin violencias de género y sin discriminaciones”, dijo la Ministra.

La relevancia de este convenio es que se generan entornos de trabajos seguros y libres de violencia de género para lograr equidad en el trabajo y se salda una deuda histórica con las mujeres trabajadoras en prevención del acoso laboral.

“Ratificar este convenio significa que vamos a avanzar en combatir, prevenir y sancionar las violencias de género que viven las mujeres y personas de las diversidades sexuales, en el ámbito laboral”, puntualizó la jefa de la cartera laboral.

El acuerdo sobre la violencia y el acoso de la OIT fue adoptado en junio de 2019 en la Conferencia del Centenario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), siendo uno de los primeros instrumentos internacionales que reconocen específicamente el derecho de todas las personas a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, introduciendo aspectos garantistas y novedosos con un ámbito de aplicación amplio.

El Gobierno nacional presentó la nueva versión del ‘Protocolo prácticas seguras para los trabajadores que usan la motocicleta como herramienta de trabajo’ para el país.

Este importante documento busca fortalecer la protección de la vida de todos los trabajadores y trabajadoras que usan la moto y busca entregar lineamientos a las organizaciones para sus procesos de gestión del riesgo vial, relacionados al Sistema de Gestión en Salud y Seguridad en el Trabajo y Planes Estratégicos de Seguridad Vial.

Para la implementación del Protocolo la industria podrá identificar los riesgos en la vía, evaluar y definir los mecanismos de control. También establecer que en el corto plazo se implementen programas de capacitación periódicos para todos los actores viales en la organización, así como la entrega y seguimiento al uso de elementos de protección personal para motociclistas trabajadores.

En el caso de los trabajadores en motocicletas, establecer la importancia del uso de los elementos de protección personal para mitigar la gravedad de las lesiones ante la ocurrencia de un siniestro vial. Conducir a velocidades adecuadas, acatando las señales y normas de tránsito. Y realizar revisión preoperacional y el mantenimiento preventivo periódico de la motocicleta.

Con relación a la manipulación y traslado de paquetes, los lineamientos contemplan las buenas prácticas del traslado de cargas en la moto, sin exceder el peso descrito por los fabricantes del vehículo entre el paquete, cajones o aditamentos para el cargue y peso del motociclista.

Mariantonia Tabares, directora general de la Agencia Nacional de Seguridad Vial agradeció a las empresas por unirse a esta iniciativa, a los aliados, a los colectivos, a los gremios, a Fedemoto, la Federación Internacional de Motociclismo, y a toda la ciudadanía. “No es solo un envío, no es solo un paquete, es la vida nuestra y de todas las personas que compartimos la vía, la cual tenemos que cuidar y proteger; hoy me siento muy orgullosa de este compromiso de país con quienes día a día se montan en una moto para llevar el sustento a su casa, los motociclistas son motor de desarrollo en nuestro país, mujeres y hombres trabajadores”, concluyó.

Este año, en Colombia han fallecido más de 3.800 motociclistas a causa de siniestros viales, en un alto porcentaje hombres trabajadores en moto, entre 20 y 35 años.

Por su parte, Diana Carolina Galindo, directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo le envió un mensaje a los empresarios y a los motociclistas del país que “si logramos salvar vidas desde las empresas, formar a nuestros trabajadores como actores viales conscientes, estamos formando sociedades más justas y equitativas. No queremos más muertes en nuestras vías, cada persona que fallece significa una pérdida para su familia; no veamos la moto como un arma, sino como una herramienta para preservar la vida”.

Las empresas y personas interesadas en acceder al Protocolo pueden hacerlo ingresando aquí.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, anunció que la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, donde se inicia el proceso de negociación para el incremento del salario mínimo para 2024, se convocará para el 28 de noviembre.

La titular de la cartera laboral es muy optimista frente a lo que será la negociación del salario mínimo de las y los colombianos para el año 2024 y dijo: “Esperamos concertar un salario mínimo para mantener el poder adquisitivo de las y los colombianos”.

Los parámetros económicos a tener en cuenta en esta negociación serán: el IPC y el PIB causado y el proyectado para el próximo año, el índice de productividad y la contribución de los salarios al ingreso nacional.

“Trabajamos con la estadística de la inflación del 30 de noviembre, pero desde luego empezaremos antes para ir haciendo con la mesa de concertación los estudios preliminares, que nos permitan tener unas reflexiones mucho más profundas, allí tendremos la posibilidad de escuchar la propuesta de los empresarios, sus análisis, lo mismo la de los trabajadores, llevaremos la academia y desde luego el Gobierno también hará sus análisis y desde allí esperamos concertar un salario mínimo que nos permita mantener el valor adquisitivo que este año ha sido una muy buena apuesta y avanzar para que efectivamente Colombia no sea tan impactada ni por la inflación ni por las tasas de interés”, explicó Ramírez Ríos.

La ministra recordó que gracias a las medidas adoptadas en la negociación del salario mínimo para el presente año se ha logrado mantener un incremento real de más del 4%, mientras que en el año 2022 esta cifra fue negativa y afectó el bolsillo de las y los colombianos.

“La desindexación fue una medida que nosotros tomamos para preservar el valor adquisitivo del salario y eso es lo que ha ocurrido. Hoy nuestro salario tiene 4 puntos de aumento real y esto lo que significa es que no ha sido consumido por el costo de la inflación y por eso hoy todavía tenemos un valor adquisitivo protegido y esperamos que esta experiencia tan buena de la mesa de concertación que fue unánime, podamos trabajarla para el próximo año”, aclaró la Ministra.

Es de recordar que el año inmediatamente anterior por decisión unánime durante la sesión tripartita de la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, se crearon las Subcomisiones de Reforma Laboral, Reforma Pensional, de Empleo y Empleabilidad, y de Análisis de decretos y convenios de la OIT.

El 15 de diciembre de 2023, será el primer vencimiento legal para concertación del salario mínimo de 2024

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, se mostró optimista frente a la negociación del salario mínimo de las y los colombianos para el año 2024.

“Trabajamos con la estadística de la inflación del 30 de noviembre, pero desde luego empezaremos antes para ir haciendo con la mesa de concertación los estudios preliminares, que nos permitan tener unas reflexiones mucho más profundas, allí tendremos la posibilidad de escuchar la propuesta de los empresarios, sus análisis, lo mismo la de los trabajadores, llevaremos la academia y desde luego el Gobierno también hará sus análisis y desde allí esperamos concertar un salario mínimo que nos permita mantener el valor adquisitivo que este año ha sido una muy buena apuesta y avanzar para que efectivamente Colombia no sea tan impactada ni por la inflación ni por las tasas de interés”, explicó la titular de la cartera laboral.

La ministra recordó que gracias a las medidas adoptadas en la negociación del salario mínimo para el presente año se ha logrado mantener un incremento real de más del 4%, mientras que para el año 2022 esta cifra fue negativa y afectó el bolsillo de las y los colombianos.

“La desindexación fue una medida que nosotros tomamos para preservar el valor adquisitivo del salario y eso es lo que ha ocurrido. Hoy nuestro salario tiene 4 puntos de aumento real y esto lo que significa es que no ha sido consumido por el costo de la inflación y por eso hoy todavía tenemos un valor adquisitivo protegido y esperamos que esta experiencia tan buena de la mesa de concertación que fue unánime, podamos trabajarla para el próximo año”, puntualizó, Ramírez Ríos.

Actualmente la inflación para el mes de septiembre según el DANE se ubicó en 10,9% lo que significa una tendencia a la baja luego de iniciar el año con un dato de 13.2%, sin embargo, el salario mínimo fue concertado para el 2023 con un incremento del 16%, lo que ha significado una mayor protección de los salarios y del poder adquisitivo de las y los colombianos.

El concepto de impacto fiscal de la ponencia para segundo debate, del proyecto de ley de reforma pensional, emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, manifiesta que la iniciativa permite alcanzar los objetivos propuestos por el Gobierno Nacional como son: mejorar la sostenibilidad, la cobertura y la suficiencia que implica una pensión digna para las y los trabajadores colombianos y una mayor equidad.

Para la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, el concepto fiscal es un respaldo contundente a un trabajo juicioso y responsable entre todos los sectores económicos, expertos y academia.

“Es muy importante resaltar el mensaje de responsabilidad fiscal y buen diseño técnico que esta propuesta de reforma trae consigo. Las y los colombianos pueden estar tranquilos sobre la sostenibilidad fiscal que plantea. El Ministerio de Hacienda en su concepto así lo manifiesta. La viabilidad fiscal de la reforma pensional respalda la sostenibilidad de esta iniciativa”, puntualizó la Ministra.

El concepto del Ministerio de Hacienda es claro al resaltar que:

“La implementación de la propuesta de reforma consistente con las disposiciones del articulado de la ponencia para segundo debate, implicaría un impacto fiscal neto que se acoge a las posibilidades financieras de la Nación, en el marco de las restricciones fiscales actuales y proyectadas. Todas las consideraciones incluidas son fiscalmente factibles, manteniendo la sostenibilidad del Sistema de Protección a la Vejez y de las finanzas públicas en el largo plazo, de modo que pueden incorporarse en la planeación financiera del Gobierno Nacional, en línea con las restricciones presentadas en el Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP), el Marco de Gasto de Mediano Plazo (MGMP) y en estricto cumplimiento de la regla fiscal”.

El mencionado concepto también ratifica lo que el Gobierno del Cambio ha planteado en todos los escenarios, que es la mayor cobertura en protección integral a la vejez que la propuesta ofrece. Esta mayor cobertura es generada por el esquema de pilares y los elementos progresistas que incorpora, entre los que están:

a) La protección a toda la población mayor de 60 años mujeres y 65 años hombres, que se encuentren en condiciones de extrema pobreza y vulnerabilidad, recibirán una renta correspondiente, al menos al umbral de pobreza extrema (aproximadamente $223.000 para el año 2024).

b) La población que será objeto del pilar semicontributivo, que corresponde a población que cotizó al sistema contributivo, al menos 300 semanas y que no logra el mínimo de semanas necesarias para la pensión, recibirá una renta vitalicia subsidiada, que será un ingreso permanente en la vejez.

También, la reforma propuesta plantea en el artículo 75 la creación de una Comisión Técnica de Protección Social Integral para la Vejez que monitoree y haga seguimiento al gasto fiscal en pensiones, entre otras funciones, de forma que se podrán hacer los ajustes necesarios periódicamente para impedir que situaciones de alto impacto puedan llegar a presentarse.

El concepto fiscal muestra un aumento al año 2100 del pasivo pensional de la Nación, correspondiente a 40 puntos del PIB aproximadamente.

“Este costo adicional debe ser analizado a la luz de un importante aumento de cobertura en protección a la vejez, de un impacto social mayor y sobre todo, del alto impacto económico que va a generar el que las y los colombianos mayores tengan unas pensiones equitativas, suficientes y subsidios dignos para esta población extremadamente pobre y vulnerable”, subrayó la Ministra del Trabajo.

Adicional, es importante señalar que en el escenario actual el gasto al que se expone la Nación si no se hace la reforma y por consiguiente el monto del pasivo pensional, no solamente corresponde a las obligaciones pensionales que se puedan generar con la población beneficiaria del Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones, sino que debe contemplar también la presión que genera en el sistema los traslados de los afiliados de los fondos privados hacia Colpensiones, así como la carga fiscal que compromete al Estado, por cuenta del Fondo de Garantía de Pensión Mínima, hoy administrado por los fondos privados.

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