Viernes, 03 Enero 2025 08:42

Circular 020, Tarifas máximas del SOAT para 2025 presentan reducción del 8,68%

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La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) ajustó las tarifas máximas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y que regirán en 2025.

En cumplimiento del Decreto 2312 de 2023, se dispuso que las tarifas máximas aplicables a las categorías con rango diferencial por riesgo definidas en el Decreto 2497 de 2022, deben incrementarse con base en la variación anual de la Unidad de Valor Tributario (UVT), aproximadamente en 5,81% para 2025. Para las demás categorías y que representan el 52% del parque automotor, las tarifas se reducen aproximadamente en el 8,68%.

En conjunto, se busca que los recursos disponibles sean suficientes para la atención de las víctimas de accidentes de tránsito, la operación del ramo y las transferencias establecidas por la Ley, en función de los principios de equidad, suficiencia y moderación, señalados en el artículo 193 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

Con base en lo observado entre 2023 y 2024, el ajuste en las tarifas para 2025 se explica principalmente por la disminución del 10% en el número de personas afectadas en accidentes de tránsito; el aumento del 2% del parque automotor asegurado, el cual es inferior al crecimiento de los últimos dos años[3], y al incremento del 3% en el valor promedio pagado por víctima. Estas variables dan como resultado una reducción de la siniestralidad del ramo de 9,7%; sin embargo, por categoría de vehículo, las motocicletas registran un aumento de 18,8% en este indicador durante el período de referencia.

Determinantes de la tarifa máxima
El análisis realizado por la SFC con base en la información disponible reportada por las compañías de seguros permite concluir que:

- Durante el último año aumentó 2,1% el parque automotor asegurado, que pasó de aproximadamente 9,7 millones a 9,9 millones de pólizas expedidas. Este incremento se dio principalmente en categorías de vehículos que muestran los mayores incrementos en sus tasas de siniestralidad. Para 2025 se proyecta que estas categorías concentren el 50% del parque automotor asegurado.
- La frecuencia –entendida como el número de personas afectadas en accidentes de tránsito por cada 100 pólizas de SOAT vigentes en el año– presentó una disminución de 1,07 puntos porcentuales, pasando de 9,07% en 2023 a 8,00% en 2024. Las estimaciones arrojan que en 2025 este indicador llegaría a 8,17% como resultado de los cambios en la composición del parque automotor.
- La severidad de los siniestros –el costo promedio por víctima– presentó un aumento aproximado de 100 mil pesos, pasando de $2,8 millones de pesos en 2023 a $2,9 millones de pesos en 2024. Las proyecciones realizadas para 2025 estiman que el costo promedio será de $3 millones de pesos.
- La siniestralidad general del SOAT experimentó una disminución del 9,7% entre 2023 y 2024, lo que permite una reducción en las tarifas para el 2025 de categorías que no están contempladas en el Decreto 2497 de 2022.

Recomendaciones al momento de comprar el SOAT
Utilice siempre los canales oficiales. La SFC tiene a disposición los canales presenciales y no presenciales a través de los cuales se puede presentar una reclamación en caso de que haya una inadecuada aplicación de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia o cuando una compañía de seguros autorizada para expedir el SOAT no lo haga:

Centro de contacto: (+57) 601 307 8042
Línea gratuita nacional 01 8000 120 100
Desde el celular #903
Botón naranja “Personas” ubicado en la página principal de nuestro sitio web www.superfinanciera.gov.co en la opción “Presenta tus inconformidades”
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Asunto: queja por no expedición SOAT
Punto Ciudadano ubicado en nuestra sede Calle 7 No. 4-49 en Bogotá
Evite caer en el SOAT falso. Verifique en los sitios web de las compañías aseguradoras los canales digitales y puntos de venta físicos autorizados en los cuales puede comprar el SOAT y tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

Verifique que la entidad sea vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia en https://www.superfinanciera.gov.co/jsp/61694
Acceda a los canales oficiales de las entidades vigiladas para consultar los productos ofrecidos o realizar pagos.
Al utilizar internet, ingrese a sitios seguros y escriba directamente la dirección web oficial de la entidad vigilada.
Si va a adquirir el SOAT a través de un intermediario de seguros (personas naturales y/o jurídicas), verifique si efectivamente está autorizado para comercializarlo a través del Sistema Único de Consulta de Intermediarios de Seguros en https://www.superfinanciera.gov.co/jsp/10089684
Absténgase de consignar dinero en cuentas bancarias o depósitos cuyo titular sea una persona natural, salvo que haya corroborado que se trata de un intermediario de seguros autorizado.

Para conocer la Circular 020, haga clic aquí.

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