Viernes, 17 Agosto 2018 07:31

Si es facturador electrónico, también debe recibir facturas electrónicas de generación

Valora este artículo
(0 votos)

Una de las obligaciones de los facturadores electrónicos es entregar al adquirente la factura en el formato electrónico de generación, siempre que el adquirente también expida factura electrónica, o que este se encuentre registrado como adquirente para recibir factura electrónica. Este registro forma parte del catálogo de participantes.

 

Para tal fin, todos los obligados a facturar electrónicamente, ya sean seleccionados o voluntarios, deben registrarse en el catálogo de participantes como “adquirentes electrónicos", mantener su información actualizada y su dirección de correo electrónico para el recibo de la factura electrónica, notas débito y crédito en formato electrónico de generación.

 

En consecuencia, ningún facturador electrónico podrá negarse a recibir la factura electrónica en la dirección de correo registrada en el catálogo de participantes para este efecto.

 

Sin embargo, cualquier otro mecanismo para el recibo y entrega de la factura electrónica adicional al correo electrónico, deberá ser previamente acordado entre el obligado a facturar electrónicamente y el adquirente. Esto, siempre y cuando los esquemas adoptados no impliquen costos o dependencias tecnológicas para las partes.

 

La DIAN invita a los facturadores electrónicos que no han actualizado su registro en el catálogo de participantes a hacer este registro cuanto antes, mediante el Servicio Informático Electrónico de factura electrónica.

Visto 2001 veces
Inicia sesión para enviar comentarios

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.