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A través del Concepto 034 del 10 de marzo de 2022, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, responde a una consulta sobre inquietudes de partidas conciliatorias. Algunas de las preguntas hechas a la entidad fueron:

- ¿Se puede impedir el cierre contable de una entidad por identificar que se tienen partidas conciliatorias bancarias pendientes por registrar?
- Si un período contable anual ya se encuentra cerrado y se han identificado rechazos bancarios en los pagos a proveedores, ¿Se debe abrir el período contable cerrado para registrar estos rechazos o es posible registrarlos en el siguiente período?
- Teniendo en cuenta que el proceso conciliatorio entre la realidad bancaria y la realidad contable inicia comparando las cifras de los saldos en libros con los saldos bancarios, ¿qué debe existir primero: el cierre contable o la conciliación bancaria?

Para conocer el Concepto 034 con la respuesta completa del CTCP, haga clic aquí.