Discusión pública del Anexo 1 (NIA 220 revisada) para actualización de NAI 2019 – 2021
Recientemente el Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP – abrió la discusión pública del documento sobre las Normas y Enmiendas Emitidas por el IAASB durante los periodos 2019 a 2021 con plazo para la remisión de comentarios del cuatro de octubre de 2021.
Como parte de la propuesta que modifica la normativa del Aseguramiento de la Información se encuentra el Anexo 1, que comprende la NIA 220 revisada y que aborda la Gestión de la Calidad para la Auditoría de Estados Financieros.
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata con las responsabilidades específicas del auditor con respecto a la gestión de la calidad en el encargo para una auditoría de estados financieros, y las responsabilidades relacionadas con el socio del encargo. Esta NIA debe interpretarse conjuntamente con los requerimientos de ética aplicables.
Las modificaciones
De acuerdo con el análisis del CTCP, la NIA 220 se encuentra alineada con lo establecido en la NIGC 1, lo que hace que la modificación sea importante y estructural.
La NIA 220 (Revisada) trata sobre las responsabilidades específicas del auditor con respecto a la gestión de la calidad al nivel del encargo para una auditoría de estados financieros, y las responsabilidades relacionadas con el socio del encargo (par. 1).
Establece requerimientos de escalabilidad, cuando se trate de una entidad menos compleja (el socio del encargo realiza la totalidad del trabajo), la escalabilidad pretende que se aplique en el contexto de la naturaleza y circunstancias de cada auditoría. Esto incluye auditorías realizadas íntegramente por el socio del encargo y aquellas cuya naturaleza y circunstancias son más complejas (par. 8, A13 y A14).
Será aplicable en el ámbito internacional a las auditorías de estados financieros cuyos periodos inicien el o después del 15 de diciembre de 2022 (par. 10).
Establece que el socio del encargo es el responsable del cumplimiento de los requerimientos de esta NIA (par. 9 y 13).
Realiza cambios en la definición de equipo del encargo para reconocer las diferentes estructuras del equipo del encargo y su evolución (par. 12, y A15 a A21).
Requiere que el socio del encargo tenga en cuenta la información obtenida en el proceso de aceptación y continuidad al planificar y realizar el encargo de auditoría (par. 22 a 24).
Los requerimientos y la guía de aplicación son más explícitos sobre lo que el socio del encargo debe revisar, incluida una lista de ejemplos de juicios significativos en relación con el encargo de auditoría.
Aclara que, normalmente, el equipo del encargo puede depender de las políticas o procedimientos de la firma, a menos que: (i) el conocimiento o la experiencia del equipo del encargo indique que las políticas o procedimientos de la firma no serían eficaces o (ii) la información proporcionada por la firma u otros, indican que las políticas o procedimientos de la firma no están operando de manera eficaz. Este enfoque evita el riesgo de que el equipo del encargo confíe ciegamente en el sistema de gestión de la calidad de la firma.
Integra los nuevos conceptos de gestión de la calidad de la NIGC 1, Gestión de la calidad para firmas de auditoría que realizan auditorías o revisiones de estados financieros u otros encargos de aseguramiento o servicios relacionados, de manera que dichos conceptos se puedan llevar a cabo durante el encargo.
Incluye material nuevo sobre la importancia del escepticismo profesional y el juicio profesional en la realización de encargos de auditoría.
La guía de aplicación describe los impedimentos para el escepticismo profesional, sesgos del auditor, y las acciones que puede llevar a cabo el equipo del encargo (par. A28 a A37).
Indica que el socio del encargo es responsable de determinar que existen los recursos suficientes y adecuados, asignados o puestos a disposición de manera oportuna y de tomar las medidas adecuadas cuando la firma proporciona recursos insuficientes o inapropiados, entre otras cuestiones (par. 25 a 28 y, A59 a A79).
Envíos Urgentes o Envíos de Entrega Rápida en Reforma Tributaria
La DIAN informó que en virtud de lo establecido por el artículo 53° de la Ley 2155 de septiembre 14 de 2021, a partir del 14 de septiembre de 2021 entró en vigencia la exclusión del IVA en la importación de bienes por la modalidad de tráfico postal, envíos urgentes o envíos de entrega rápida cuyo valor no supere los doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 200).
El beneficio aplica para las mercancías que no tengan fines comerciales, procedan de los países con los cuales Colombia tiene suscritos acuerdos o tratados vigentes de libre comercio y que en virtud de los mismos, se obligue al no cobro de este impuesto.
Proyecto de Decreto, días sin IVA en 2021
El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamentan los artículos 37, parágrafo 2 del artículo 38 y 39 de la Ley 2155 de 2021 y se adicionan unos artículos al Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”. Observaciones aquí
La entidad recibirá comentarios hasta el 1 de octubre 2021.
Entidades VUCE reducen tiempos de respuesta a solicitudes por importaciones
Una reducción en los tiempos de respuesta a las solicitudes que hacen los importadores ante cuatro entidades, que forman parte de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, VUCE, es el resultado de los avances de interoperabilidad enmarcados dentro de las estrategias de facilitación del comercio y de Estado Simple, Colombia Ágil.
Estos menores tiempos de respuesta a los usuarios obedecen a la interoperabilidad entre la VUCE y los sistemas informáticos de la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y del Ministerio de Justicia y del Derecho.
En el caso de las solicitudes de visto bueno que se hacen ante la SIC para la importación de productos acreditados por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia, ONAC, el tiempo de respuesta pasó de un día a tres horas en promedio.
Sobre las aprobaciones automáticas que entrega la ANLA y permiten el ingreso al país de vehículos, el tiempo de respuesta pasó de un día a solo 10 minutos. Esta misma disminución se dio en el caso de las solicitudes ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad, referidas a los equipos utilizados en actividades de vigilancia y seguridad privada.
Finalmente, en el caso de las licencias de importación para sustancias y productos químicos controlados que se tramitan ante el Ministerio de Justicia y del Derecho, la respuesta ahora se evalúa en un día y no en dos, como ocurría antes.
Los resultados forman parte de más de 90 acciones que han permitido simplificar o eliminar trámites, remover barreras e intervenir normas para simplificar los procedimientos de importaciones y exportaciones como parte de Estado Simple, Colombia Ágil.
Sistema de Administración de Riesgo (SAR)
De otra parte, y como resultado del fortalecimiento de la VUCE, se trabaja en la implementación del Sistema de Administración de Riesgos (SAR) en las entidades integradas a la ventanilla.
La herramienta ya se implementó con el Ministerio de Transporte para material CKD (chasises y otras partes de vehículos) y con la Cancillería para las solicitudes que requieren visto bueno de esa entidad. Próximamente se implementará con el Invima para las solicitudes de importación relacionadas con frutas y hortalizas.
Concepto 347, nota crédito en factura electrónica
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 347 del 26 de 2021, referente a una nota Crédito en factura electrónica. Este concepto responde a la siguiente consulta:
El año anterior se realizó una factura por un valor equivocado, esta fue enviada electrónicamente a la Dian, por lo tanto, quedó registrado el ingreso de esta factura. Al día siguiente evidenciamos el error y la factura fue anulada mediante una nota crédito.
¿Es posible realizar la contabilización en el débito en la misma cuenta del ingreso, esto es aceptado contablemente?
Si la respuesta es afirmativa ¿debo corregir las declaraciones tributarias que ya se presentaron, para que reflejen la realidad económica de la compañía?
Si la respuesta a la primera pregunta es negativa, ¿debo continuar dándole el manejo contable que se ha dado hasta ahora, teniendo en cuenta que fue un error, y asumiendo las responsabilidades que implican el aumento del ingreso bruto?”
Para conocer la consulta completa y la respuesta del CTCP, haga clic aquí.
Concepto 333, CTCP sobre depósitos judiciales - servidumbres
Por medio del Concepto 333 del 2021, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre depósitos judiciales – servidumbres. La pregunta es la siguiente:
“Una compañía que COTIZA en bolsa, posee servidumbres en las cuales el dueño del predio no estuvo de acuerdo con lo ofrecido, y se hizo necesario constituir un depósito judicial por el litigio o pleito iniciado. Ante lo descrito, realizo las siguientes preguntas:
1. Este depósito realizado al banco agrario a nombre del tercero, debe ser reconocido como Cuenta por Cobrar ‐CxC‐ o como un activo intangible por servidumbres? Aquí es bueno precisar que esta servidumbre ya está generando beneficios económicos por su uso
2. Al salir el fallo, el valor del depósito judicial puede estar por debajo o por encima del valor fallado; ante esto, cual es el proceder teniendo en cuenta si es un activo intangible por servidumbres o una CxC”.
28 de septiembre vence plazo para pago sin recargo del impuesto predial en Medellín
El impuesto predial es uno de los tributos más importantes y representa el 41% de los ingresos tributarios del presupuesto del Municipio de Medellín, por esta razón, la Administración Municipal hace un llamado a todos los contribuyentes para que realicen el pago oportuno del tercer trimestre de este impuesto, el cual vence el martes 28 de septiembre.
El subsecretario de Ingresos, Henry Morales Gómez, dijo que “es importante recordar que para el tercer trimestre del impuesto predial, la Administración Municipal aplazó la fecha límite de pago, consciente de las dificultades económicas de muchos contribuyentes; sin embargo, es fundamental para el municipio el cumplimiento de la obligación que vence el día 28 de este mes”.
Si bien la fecha fue aplazada a causa de la pandemia, la ciudad requiere el pago oportuno de los impuestos.
“La ciudadanía de Medellín se ha caracterizado por tener una excelente cultura tributaria. Somos una ciudad que logra recaudar, aproximadamente, 80 de cada 100 pesos facturados en un impuesto tan importante como el predial”, afirmó el Subsecretario.
Esta cultura de pago permitió que el recaudo tributario por impuesto predial, hasta el mes de agosto, fuera de $619.290 millones, que corresponde al 71,9 % del presupuesto del año para esta renta.
Los pagos se pueden realizar en el botón de pago de impuestos de la página web www.medellin.gov.co/portaltributario, en la aplicación HaciendaMed o en las entidades bancarias autorizadas.
España y Colombia modernizarán reglas de juego para la inversión
Un nuevo Acuerdo Para la Protección y Promoción Recíproca de Inversiones entre Colombia y España, encuentros empresariales, la búsqueda de puntos comunes en temas de emprendimiento y el lanzamiento de un plan de becas en turismo sostenible conforman los focos de la agenda de Comercio, Industria y Turismo dentro de la visita del presidente Iván Duque al país europeo.
“En el 2020, la inversión extranjera directa de España fue de US$1.800 millones. Tenemos perspectivas de inversión por más de US$2500 millones en los próximos 3 años con una generación de 8.000 empleos directos en Colombia”, dijo la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba.
Sobre el Acuerdo para la Protección y Promoción Recíproca de Inversiones, (APPRI) -que la ministra Lombana firmará con su homóloga de Industria, Comercio y Turismo de España, María Reyes Maroto Illera- explicó que había un instrumento vigente desde el 2007, pero al terminar su periodo se determinó negociar uno más acorde con las condiciones actuales.
Entre los elementos destacados del nuevo mecanismo está la revisión de los estándares de inversión, acotando de manera detallada su alcance. También habrá mayor claridad en los procedimientos en materia de solución de controversias inversionista - Estado y, en general, un mayor equilibrio con las necesidades y potestades estatales.
Por ejemplo, aclara conceptos como inversión, expropiación indirecta y trato justo y equitativo. Señala excepciones precisas en las que el Estado no es responsable por decisiones inevitables que puedan llevar a afectar o incumplir alguna obligación, por ejemplo, lo ocurrido en el marco de la emergencia por la pandemia del covid-19.
Más de 600 empresas españolas hoy invierten en Colombia como Telefónica-Movistar, BBVA, Mapfre, ACS, OHL, Sacyr, Ferrovial, Repsol, Zara, NH, Iberia o Air Europa.
Entre las oportunidades de nuestro país destacan la oferta en competitividad, energías renovables, infraestructura, industrias 4.0, metalmecánica, ciencias de la vida, turismo y economía naranja.
Comercio y emprendimiento
La Ministra anunció que se lanzará un programa de becas para 100 jóvenes, quienes serán seleccionados a partir de propuestas que ellos mismos presenten en turismo sostenible. Este es un programa conjunto con la Organización Mundial del Turismo, cuya sede es Madrid.
Para afianzar lazos con los empresarios de la península, la delegación oficial colombiana y un grupo de empresarios nacionales participarán de un foro coorganizado por ProColombia, la Confederación Española de Organizaciones Empresariales, CEOE, la Cámara de Comercio de España, la Secretaría de Estado de Comercio y Procolombia.
Han sido convocadas más 60 de las principales compañías españolas, varias con presencia en Colombia, en sectores como TIC, banca, seguros, infraestructura, agroalimentos, energías renovables, industrias 4.0 y tercerización de proceso de negocios BPO, entre otros.
Parte de las organizaciones confirmadas para este encuentro son el Banco Santander, Telefónica, ACS, Iberdrola, Gestamp, Ferrovial, Mutua Madrileña, Sacyr, Elecnor y Amadeus.
También se han programado actividades destinadas a intercambiar experiencias y avanzar en el fortalecimiento de estrategias comunes para impulsar la creación de nuevas empresas.
España cuenta con una promisoria política denominada “España nación emprendedora”, que ya tiene un alto comisionado y un comité asesor, y maneja cuatro grandes metas relacionadas con inversión, talento, escalabilidad y un sector público más alineado con el entorno emprendedor.
Ley de reforma tributaria amplía apoyo económico para la generación de empleo
Con la nueva reforma tributaria o Ley de Inversión Social, se crearon nuevos apoyos para la generación de empleo. El beneficio que ya viene funcionando del 25 % de un salario mínimo por cada joven contratado se convierte en política pública y adicionalmente se crea el apoyo económico para quienes contraten a mujeres y hombres mayores de 28 años.
Los beneficios para protección y generación de empleo que hacen parte de la Ley son:
- Ampliación del PAEF hasta el 31 de diciembre de 2021: Se beneficiarán 60 mil micro y pequeñas empresas y 400 mil empleados. Este programa costará $1,5 billones.
- El 25 % del salario mínimo ($227.131) para empleadores que creen nuevos puestos de empleo para jóvenes entre 18 y 28 años de edad y la meta a 2022 es tener 600.000 beneficiados.
- El 15 % del salario mínimo ($ 136.278) por crear nuevos trabajos para mujeres mayores de 28 años que ganen hasta tres salarios mínimos.
- Así mismo, el 10 % del salario mínimo (90.852) por crear puestos adicionales para hombres mayores de 28 años de edad con ingresos de hasta tres salarios mínimos.
- Estos tres incentivos para la generación de empleo, con la nueva Ley de Inversión Social se convierten en Política Pública para permanecer en el tiempo.
Para aplicar a los beneficios, debe hacerse el trámite los primeros días de cada mes ante la entidad bancaria de confianza del empleador, con el formulario de manifestación de intención y postulación, la certificación de cumplimiento de requisitos y aportes en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA-.
Los recursos serán consignados en la cuenta de la entidad financiera indicada, aplicando los gravámenes legales.
Datos
Con el beneficio económico del 25 % de un salario mínimo para generar empleo a jóvenes entre 18 y 28 años, en el mes de julio se postularon 4.800 empresas con 55.103 empleos nuevos.
El programa de creación de nuevos empleos para jóvenes, mujeres y el resto de la población, tiene un costo de $174.000 millones para 2021, $982.000 millones para 2022 y de $278.000 millones en 2023.
Conozca el Abecé del MinComercio sobre la Ley de reforma tributaria
Para facilitar el entendimiento de la nueva Ley de reforma tributaria, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, publicó el documento de sensibilización Abecé de la Ley de Inversión Social. En este se explican de forma sencilla los beneficios de la norma para empresarios y consumidores.
Entre los principales atributos descritos están el de Apoyo a la Nómina, los subsidios al empleo joven y mujeres, las iniciativas para la reactivación del comercio, la tarifa de renta diferencial, los beneficios para el turismo y los créditos para la reactivación.