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Domingo, 17 Noviembre 2013 21:37

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Autoretenedor de Renta: : SiNo

Autoretenedor de ICA: SiNo

Gran Contribuyente: SiNo

Observaciones:

Domingo, 03 Noviembre 2013 16:09

Decreto 0862, Reglamentación del CREE

Decreto Número 0862

( 26 Abril 2013 )

Por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012


CONSIDERANDO


Que la Ley 1607 de 2012 creó, a partir del 1° de enero de 2013, el impuesto sobre la renta para la Equidad -CREE, el cual se consagra como el aporte con el que contribuyen las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta, nacionales y extranjeras, en beneficio de los trabajadores, la generación de empleo y la inversión social.
 
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DECRETO NÚMERO 0805

( 24 Abril 2013)

"Por el cual se reglamenta el artículo 173 del Decreto 019 de 2012"

Que a través de la Ley 527 del 18 de agosto de 1999, se reconoció en Colombia la validez jurídica y probatoria de los mensajes de datos.
Que el artículo 173 del Decreto 019 de 2012 modificó el artículo 56 del Código de Comercio, autorizando a los comerciantes para llevar los libros de comercio en archivos electrónicos, siempre que garanticen en forma ordenada, la inalterabilidad, integridad y seguridad de la información, así como su conservación, de conformidad con las normas contables vigentes y aplicables al diligenciamiento de los libros de contabilidad.
Que así mismo, el artícL.:o 175 del Decreto 019 de 2012 modificó el numeral 7 del artículo 28 del Código de Comercio, en el sentido de indicar que deberán inscribirse en el registro mercantil, a cargo de las Cámaras de Comercio, solamente los libros de registro de socios o accionistas y los de actas de asamblea y juntas de socios, y por lo tanto, los comerciantes no están obligados a inscribir los libros de contabilidad en el registro mercantil.
Que en virtud de las disposiciones previstas en el Decreto 2364 del 22 de noviembre de 2012 se reglamentó el uso de la firma electrónica, consagrada en el artículo 7 de la Ley 527 de 1999.
Que de acuerdo con lo anterior, para los efectos de este decreto se reconoce la importancia de facilitarle a los comerciantes el uso de las distintas alternativas de firmas electrónicas disponibles.
Que para efectos de la adecuada aplicación del artí'culo 173 del Decreto 019 de 2012, se hace necesario que el Gobierno Nacional expida la reglamentación correspondiente en lo relacionado con el registro de los libros electrónicos

DECRETA:

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Decreto Número 0803 de 2013 Impuesto Nacional al Consumo

 
(24 Abril de 2013)

Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012.

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1607 de 2012 dictó normas en materia tributaria e introdujo modificaciones al Estatuto Tributario, entre las cuales se destacan las relativas al impuesto sobre las ventas y la creación del impuesto nacional al consumo, disposiciones que requieren ser precisadas para su correcta aplicación.
Que el artículo 512-13 del Estatuto Tributario establece un régimen simplificado para el impuesto nacional al consumo de restaurantes y bares, el cual debe ser objeto de desarrollo en el presente decreto, para su correcta aplicación.
Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en relación con el texto del presente Decreto,
 
DECRETA:
IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO

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Domingo, 03 Noviembre 2013 16:09

Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM

DECRETO  0568

Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM

Ver artículo completo

Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 862 de 2013  EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso de sus facultades constitucionales…

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