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La Superintendencia de Sociedades reportó un creciente interés sobre la información financiera de las empresas colombianas, a juzgar por el alto volumen de entradas que registra el Portal de Información Empresarial PIE, el cual sobrepasó la cifra de un millón de visitas.

 

Un estudio adelantado por la Delegatura de Asuntos Económicos y Contables revela que el aumento en el número de conexiones hechas por usuarios de esta herramienta ha sido de 1.000 por ciento en los últimos cuatro años.

 

Los registros evidencian que cada vez hay un mayor interés desde el extranjero por conocer la situación financiera y los movimientos de las empresas que tienen su domicilio en Colombia y que le reportan sus balances a la Superintendencia de Sociedades.

 

Además, estas cifras confirman que se ha consolidado el Portal de Información Empresarial PIE, como una herramienta que permite poner a disposición del público la información financiera reportada a la Superintendencia de Sociedades, por alrededor de 20 mil compañías.

 

La SuperSociedades destaca el uso masivo del Portal como un significativo logro que permite que la información financiera de las empresas locales sea analizada y estudiada no solo en Colombia, sino también a nivel internacional.

 

Dicha información está contenida bajo el formato XBRL, que es una especie de idioma universal que se utiliza al rededor del mundo para consultar los reportes financieros empresariales, por lo que es conocido por los usuarios a muchos países y que incluye información que antes no se conocía.

 

Al respecto resulta pertinente recordar que entre mayor información tengan los empresarios e inversionistas, mejores decisiones de negocios se pueden tomar y es la Superintendencia de Sociedades la entidad que la provee.

 

La información financiera de las compañías no solo se consulta en Colombia. El PIE registra ingreso desde Estados Unidos, Ecuador, Perú, Bélgica, Bulgaria, Canadá y Australia, entre otros países. Esto demuestra la universalidad del proceso y la importancia de poder mostrar los informes de las empresas.

 

Durante el 2018, por segundo año consecutivo las empresas han reportado sus estados financieros bajo normas internacionales NIIF, lo cual también representa un logro significativo para la Superintendencia de Sociedades, si se tiene en cuenta que esto hace posible la comparación de los balances bajo estándares mundiales.

A partir de encuestas realizadas entre más de seis mil empresarios, la Superintendencia de Sociedades pudo establecer que, al menos 5 de cada 10 compañías instaladas en Colombia se registran como Sociedades por Acciones Simplificadas S.A.S.

 

A través de encuestas elaboradas entre más de 6 mil compañías del sector real, el organismo pudo establecer los sistemas societarios más utilizados por los empresarios. El más reciente estudio indica que el 54 por ciento de las sociedades operan bajo el modelo S.A.S; le siguen las tradicionales Sociedades Anónimas (S.A) con un 30,8%, las Compañías Limitadas (LTDA) con un 9% y otras formas empresariales con 6,1%.

 

Los resultados de la encuesta (a diciembre 31 de 2017) arrojan que 3483 empresas son S.A.S, un total de 1987 son sociedades anónimas, 583 son compañías limitadas y 393 pertenecen a otros tipos de modelo corporativo.

 

Se estima que tras una década de existencia, el modelo S.A.S ha dado lugar a la creación de más de 500 mil empresas, con la consecuente generación de empleo y riqueza para el país. Bajo este modelo, se encuentra cerca del 98% de las sociedades que se constituyen en Colombia, según los registros que llevan las cámaras de comercio.

 

El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, enumeró los beneficios de la adopción de este modelo para los empresarios y nuevos emprendimientos. Dijo que "entre sus bondades se destaca una drástica reducción de costos de transacción, lo cual solo puede lograrse con una estructura leve, carente de arcaicos formalismos y cortapisas a la iniciativa privada".

 

Reyes Villamizar afirmó que "el favoritismo expresado por empresarios locales y extranjeros respecto de esta forma asociativa, se explica por las innegables ventajas incorporadas en la Ley 1258 de 2008. En virtud de las características muy flexibles de este tipo societario, es de esperarse también que continúe el tránsito acelerado hacia la SAS, por parte de empresarios constituidos bajo las formas asociativas tradicionales".

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La Superintendencia de Sociedades adelanta una cruzada diplomática en países de Europa y Latinoamérica para intensificar la persecución al delito de soborno de transnacional.

 

En una nueva fase de la lucha contra este delito, la Superintendencia, a través de la Delegatura de Asuntos Económicos y Contables, adelanta contactos con autoridades económicas de países con los que Colombia aspira a trabajar de la mano para perseguir conductas ilícitas, que impliquen el ofrecimiento y pago de recursos o dádivas por parte de empresas colombianas que adelanten negocios con entidades del sector público en el exterior.

 

El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, explicó que actualmente "se adelanta la negociación de memorandos de entendimiento con varios países entre los que figuran Ecuador, México y Uruguay, entre otros. Todo esto busca facilitar el intercambio de información que nos conduzca a sanciones efectivas para combatir este flagelo".

 

El funcionario recordó que en una primera fase de la estrategia contra el delito de cohecho "la Superintendencia ha podido llevar a cabo unas investigaciones muy profundas y tenemos los primeros resultados con sanciones en firme por soborno internacional. En el último año hemos llevado a cabo más de 20 diligencias administrativas con instrumentos tecnológicos que hemos adquirido y que nos permiten recaudar información de las sociedades que estamos investigando".

 

Así mismo, cabe recordar que Colombia ya tiene suscritos acuerdos de intercambio de información con autoridades de Perú y de Brasil, que fueron los primeros países en respaldar las acciones que lidera la Superintendencia de Sociedades, encaminadas a investigar y sancionar estas conductas, bajo los principios de la Ley 1778 de 2016.

 

Otras medidas adoptadas recientemente para combatir y sancionar el soborno internacional tienen que ver con la activación de un canal virtual de denuncia, que permite a cualquier ciudadano reportar casos sospechosos de soborno y aportar información que facilite el inicio de nuevas investigaciones.

 

Adicionalmente la Superintendencia de Sociedades expidió una cartilla explicativa, en la que da cuenta de manera pedagógica sobre en qué consiste el delito de soborno internacional, cuáles son las consecuencias y las sanciones a las que se puede someter una compañía que incurra en este tipo de prácticas ilícitas.

La Superintendencia de Sociedades registró un sustancial incremento de los pleitos societarios que se presentan a través del denominado "expediente digital". Durante el último año, este tribunal conoció cerca de 500 casos a través del nuevo canal de trámites.

 

Entre agosto de 2017 y agosto de 2018, la Delegatura para Procedimientos Mercantiles reportó un total de 496 demandas societarias, que se tramitan a través de los canales informáticos que ha establecido la Superintendencia de Sociedades, como parte de su plan de modernización y agilización de trámites.

 

La cifra contrasta con las 205 demandas que se registraron en el periodo inmediatamente anterior, es decir, entre agosto de 2016 y agosto de 2017. El aumento en los casos coincide con la modernización de los sistemas de la Superintendencia.

 

El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, afirmó que "la Corte Societaria, en la que se tramitan este tipo de pleitos, ha desarrollado sofisticados métodos que le han permitido resolver los litigios empresariales de una manera más ágil, eficiente y oportuna".

 

Agregó que "este tribunal especializado es modelo en América Latina y que su gestión ha contribuido a reducir la congestión judicial en forma significativa. En esta instancia se dirimen pleitos relacionados fundamentalmente con causales de disolución de determinadas compañías".

 

El expediente digital ha permitido a la entidad, además, conocer y tramitar de manera más ágil casos en los cuales se impugnan decisiones de asambleas, así como las relacionadas con determinaciones de las juntas directivas.

 

La Superintendencia de Sociedades también es competente para resolver situaciones relacionadas con abusos del derecho de voto, responsabilidades de los administradores, desestimación de la personalidad jurídica y responsabilidad de socios y liquidadores, entre otros asuntos.

 

Al mismo tiempo, la modernización de las salas de audiencias, con el acondicionamiento de nuevas tecnologías, ha permitido mejorar los servicios de la justicia societaria que administra la Superintendencia de Sociedades, integrando a sus regionales para facilitarles estos trámites a los empresarios y a los usuarios en general.

 

Cabe recordar que la Superintendencia de Sociedades puso en marcha recientemente un sofisticado robot digital denominado Sistema con bases de Inteligencia Artificial para la Resolución de Litigios Societarios (Siarelis), que permite proyectar sentencias y consultar jurisprudencia en pleitos similares. Esta tecnología les permite, tanto a la Superintendencia como a los usuarios del servicio, conocer decisiones tomadas por el tribunal societario en circunstancias similares.

La Superintendencia de Sociedades impulsará nuevas investigaciones sobre soborno transnacional gracias a la creación de un nuevo esquema de beneficios por cooperación, contenido en la resolución 200-000816 de 2018.

 

"Este mecanismo permitirá que las sociedades que hayan entregado, ofrecido o prometido sobornos a funcionarios públicos en el extranjero, puedan denunciar a otras compañías involucradas a cambio de beneficios y alentará la entrega de información detallada a la entidad antes del cierre de las investigaciones", explicó el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.

 

Para acceder a las rebajas de multas los denunciantes deben revelar a la SuperSociedades la identidad de las personas que participaron en los hechos, los beneficios que esperaban obtener o que obtuvieron con el soborno y las pruebas que demuestren esas acusaciones.

 

La Superintendencia de Sociedades se reserva el derecho a archivar solicitudes de beneficios y continuar con el proceso de sanción si considera que la colaboración fue tardía, no resultó útil o no contenía información de calidad.

 

Sobre las sanciones por soborno transnacional

A partir de la Ley 1778 de 2016, la Superintendencia de Sociedades puede imponer multas de hasta 200.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes a las sociedades responsables de sobornar a funcionarios públicos en el extranjero y que no cooperen con las investigaciones.

 

La entidad también puede imponer sanciones distintas a la multa como la publicación de la sanción en medios de comunicación, la inhabilidad para contratar con el

Estado y la imposibilidad de recibir subsidios o beneficios del gobierno hasta por 5 años.

 

Canales de denuncia

Si usted conoce un caso de soborno transnacional puede hacer una denuncia anónima directamente en la página web de la Superintendencia de Sociedades www.supersociedades.gov.co en el botón "Denuncias Soborno Transnacional".

"Tal vez no exista profesión que ofrezca tantas posibilidades de servicio como el Derecho (…) para contribuir a que se cumplan los objetivos de equidad y de justicia que subyacen a nuestra profesión".

 

Así lo señaló el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, durante el discurso de graduación de postgrados de la Universidad de los Andes en el que explicó que es fundamental que el ejercicio del derecho se conciba también como un instrumento benéfico para el futuro del país. Pero, para que lo anterior ocurra se requiere que la educación sea de alta calidad, agregó.

 

En el discurso, el superintendente Reyes Villamizar recuerda que en Colombia, conforme al Sistema de Información del Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia hay, cuando menos 400.000 abogados con tarjeta profesional. Hay 355 abogados por cada 100.000 habitantes, cifra que sobrepasa a la mayoría de países del mundo.

 

En Francia apenas hay 77 abogados frente al mismo número de habitantes. Frente a los 355 de Colombia, Francia, que es la cuna de muchas de nuestras instituciones jurídicas, está cuatro veces por debajo de esta proporción, recalcó el superintendente.

 

De igual forma recordó que en Colombia hay cerca de cien facultades de derecho, cifra que contrasta con el número de facultades que existen en Alemania: Apenas 22, a pesar de que la población allá es de 82 millones de habitantes.

 

"En Holanda, solo hay nueve. Con el número de habitantes que tiene Colombia, si quisiéramos tener una proporción semejante a la alemana, deberían existir aquí tan solo 13 facultades de Derecho", agregó.

 

En su reflexivo discurso, el superintendente explicó que a multiplicación de escuelas de leyes a lo largo y ancho del país, no se ha caracterizado, en general, por verdaderos controles de calidad sobre los programas, las instalaciones y la calidad de la formación que se imparte.

 

Por ello es viable afirmar según citó reyes Villamizar a John Coffee, que los sistemas jurídicos sólo tienen verdadera incidencia en el crecimiento económico cuando las normas sustantivas están acompañadas de una adecuada ejecución práctica. Y en esta materia la educación juega un papel preponderante.

 

En un auditorio de centenares de abogados el Superintendente recordó que el Derecho Comparado es fundamental no solamente para conocer las novedades legislativas y jurisprudenciales que acontecen en otras latitudes, sino, muy especialmente, para reflexionar sobre el sistema propio y evaluar sus fortalezas y debilidades.

 

Sumado a esto, recalcó que no es menos relevante es el aprendizaje de idiomas y no solo extranjeros. "Hay que comenzar con el idioma propio, para cuyo conocimiento es indispensable el hábito de la lectura".

 

Reyes Villamizar recordó también frases de Ángel Osorio, quien señaló que "en el abogado la rectitud de conciencia es mil veces más importante que el tesoro de los conocimientos".

 

En síntesis, dijo el superintendente, es claro que una conducta ética es indispensable en el ejercicio profesional y que siempre será mejor actuar con rectitud de conciencia, en lugar de apegarse al simple texto frío de las normas jurídicas.

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La Superintendencia de Sociedades reportó que el número total de procesos de insolvencia (liquidaciones y reorganizaciones) alcanzó la cifra de 4027, desde el año 2007 cuando comenzó a regir esta ley.

 

Los registros de la entidad dan cuenta de la apertura de 109 procesos de liquidación, bajo los términos de la Ley 1116 de 2006, durante los primeros 8 meses del año. Con lo anterior, el total de procesos de liquidación  tramitados por esta entidad en una década alcanza los 1625 casos.

 

La mayor cantidad de compañías convocadas a liquidación judicial se encuentran localizadas en Bogotá y en los departamentos de Antioquia, Valle, Atlántico y Cundinamarca, mientras que por tamaño, el mayor número de liquidaciones corresponde a micro, pequeñas y medianas empresas.

 

Las causas de las liquidaciones son tan diversas como las actividades que desarrollan las sociedades. Principalmente los reportes apuntan a la incapacidad para cumplir con sus obligaciones con trabajadores, proveedores, entidades de seguridad social y acreedores financieros, entre otros.

 

Entre tanto, la Superintendencia de Sociedades inició un total de 365 procesos de reorganización, entre el primero de enero y el 31 de agosto del presente año. Con esta cifra, ya son 2402 los casos de reorganización empresarial atendidos por la entidad desde la expedición de la Ley de Insolvencia, de acuerdo con el reporte de la delegatura encargada de adelantar estos procedimientos.

 

La mayoría de las compañías en reorganización pertenece a los sectores del comercio, la industria manufacturera, los servicios y la construcción.

 

Cabe recordar que, de acuerdo con los principios de la Ley de Insolvencia, a través de la figura de la reorganización la Superintendencia de Sociedades adelanta esfuerzos y despliega toda su capacidad institucional con el objetivo de sacar a las compañías de la crisis y de normalizar su situación financiera, para que puedan continuar desarrollando su objeto social y preservarlas como fuentes generadoras de empleo y riqueza.

La Superintendencia de Sociedades ha desplegado una ofensiva para detectar y sancionar conductas que violen las normas cambiarias, en operaciones relacionadas con el ingreso y la salida de divisas del país, bajo la modalidad de inversión extranjera.

 

Un grupo élite de la entidad, especializado en seguir el rastro a este tipo de operaciones reportó que adelanta 680 procesos contra personas naturales y jurídicas, en el marco de investigaciones por posibles infracciones al régimen cambiario.

 

En lo corrido del año, la Superintendencia ha impuesto 22 multas, por este tipo de infracciones, luego de comprobar que dineros que ingresaron o salieron del país no fueron destinados para los fines reportados inicialmente, al amparo de los beneficios establecidos para la inversión extranjera.

 

El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, afirmó que “la competencia de la entidad en esta materia de vigilancia versa en torno a tres aspectos: inversión extranjera en Colombia, inversión colombiana en el exterior y operaciones de endeudamiento externo por parte de personas jurídicas”.

 

Reyes agregó que “para ejercer estas funciones de control y sanción, la Superintendencia utiliza como principal insumo los reportes que le envía el Banco de la República, dado que el Emisor es la entidad que maneja la información de los intermediarios de los recursos que entran y salen del país, bajo la modalidad de inversión, y lleva los registros de monetización de divisas”.

 

Cabe recordar que la vigilancia y control al cumplimiento de las normas cambiarias le permite al País conocer a ciencia cierta qué cantidad de recursos ingresan y salen para inversión y si se están destinando para los fines reportados.

 

Con estos controles es posible también identificar operaciones sospechosas o de lavado de activos, en cuyo caso la Superintendencia corre traslado a las autoridades penales competentes.

 

A través del envío de oficios masivos, la Superintendencia de Sociedades adelanta acciones pedagógicas, con el fin de que las compañías e inversionistas cumplan con sus obligaciones y legalicen sus movimientos de divisas.

La Superintendencia Financiera de Colombia presentó los resultados generales del reporte de implementación en 2017 de mejores prácticas de gobierno corporativo, conocidas como Código País, los cuales demuestran que el nivel de implementación por parte de los emisores de valores de las 148 recomendaciones estuvo por encima del 60%.

 

Dentro de las cinco grandes áreas, integradas por 33 medidas que agrupan las 148 recomendaciones, en 2017 se presentó una implementación de las recomendaciones referentes a las áreas de Arquitectura de control en un 73,6% y de Transparencia e información financiera y no financiera en un 66,1%, incrementando así 1,6 y 1,3 puntos porcentuales, respectivamente, en comparación con el 2015.

 

Por otro lado, las Áreas referentes a Derechos y trato equitativo a los accionistas, Asamblea general de accionistas y Junta directiva presentan una implementación de entre el 50% y el 60%.

 

Los resultados reflejan, además, un interés creciente de parte de los emisores de valores por mejorar sus estándares de gobierno corporativo y realizar asambleas de accionistas más participativas. De igual forma, se aprecia un mayor uso de nuevas tecnologías, tendientes a maximizar el acceso de la información para los accionistas, antes y durante la realización de las reuniones de asamblea.

 

Los emisores también continúan propendiendo por una mayor transparencia del mercado, al aprobar políticas de divulgación de información a la sociedad y su conglomerado.

 

Con respecto a la implementación de las mejores prácticas de gobierno corporativo relacionadas con Derecho y trato equitativo de accionistas y Junta directiva, los resultados demuestran que se han mantenido constantes desde 2015, con niveles superiores al 56%.

 

Por nivel de implementación de recomendaciones del Código País, se encuentra que el 98.45% de los emisores colombianos han tomado medidas administrativas para asegurar que los documentos soporte de la información que presentan al mercado tienen la facilidad de ser impresos, descargados y compartidos, lo que facilita la consulta y análisis de los mismos, convirtiéndose en la recomendación con mayor acogida durante el 2017.

 

Implementación en los 17 emisores del Colcap
Según se destaca en el informe 2017, en el 100% de los emisores del Colcap los comités de auditoría cumplen con su función de asesorar a la junta directiva en la supervisión de actividades fundamentales para una eficiente arquitectura de control, al contribuir en la evaluación de temas como la auditoría de sistemas, de gestión de riesgos y la evaluación de la relación con el revisor fiscal y los procesos contables.

 

Todos los emisores del Colcap respondieron que los miembros de sus comités de auditoría son rigurosos en el desempeño de sus funciones, gracias a los conocimientos contables y en otras materias con los que cuentan, permitiendo así hacer análisis que tienen en consideración la complejidad de las organizaciones donde se desempeñan.

 

En lo relativo al comité de riesgos, la adopción de las recomendaciones es alta. Con el 94,12% de implementación, los emisores indican que este comité tiene como principal objetivo asesorar y asistir a la junta directiva en la supervisión de la gestión de riesgos.

 

Con los anteriores resultados se puede concluir que la junta directiva de los emisores del Colcap, así como sus respectivos comités de auditoría y de riegos, cumplen con altos estándares de gobierno corporativo, lo cual asegura un adecuado funcionamiento de su arquitectura de control.

La Superintendencia de Sociedades lanzó el manual contable y la preparación financiera que deben aplicar las sociedades que hagan parte de consorcios en la construcción de las vías de Cuarta Generación.

 

La Guía Contable se convierte en un elemento clave para orientar a los responsables de la información financiera de las sociedades supervisadas por esta entidad.

La iniciativa está dirigida a quienes participen como accionistas de las compañías dedicadas a operar los contratos de concesión de infraestructura vial 4G.

 

El manual toma en cuenta, entre otros aspectos, la normativa jurídica y contable vigente, aplicable en los casos en que una o varias sociedades hagan parte de las firmas concesionarias. De igual forma se apoya en los diferentes conceptos emitidos por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), relativos a este tipo de proyectos.

 

Tanto la Guía, como la conferencia explicativa, estarán disponibles para el público a través de las redes sociales oficiales de la Superintendencia de Sociedades y en la página web para consultas posteriores.

 

Esta Guía se expide “con el propósito de contribuir a una supervisión constructiva, que facilite la compresión práctica de las normas contables vigentes respecto de algunos aspectos técnicos y, en ningún caso, exime a los usuarios de la responsabilidad de dar cumplimiento a las disposiciones legales”, explicó coordinador del Grupo de Regulación e Investigación Contable de la Superintendencia de Sociedades, Mauricio Español.

 

Po lo demás, la guía desarrolla criterios bajo la hipótesis de la existencia de un negocio en marcha, en virtud del cual, dicha información se prepara bajo el supuesto de que la entidad está funcionando y continuará con su actividad dentro del futuro previsible.

 

Para conocer la Guía completa, haga clic aquí.

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