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Decreto 444, establece el Plan de Austeridad del Gasto para 2023
El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 444 de 2023 que establece el Plan de Austeridad para las entidades que pertenecen a la rama ejecutiva del orden nacional y que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, fijando medidas concretas en contratación de personal, viáticos, eventos, esquemas de seguridad, suscripciones, así como papelería y telefonía.
La norma determina que la modificación de la planta de personal y la estructura organizacional en las entidades se podrá realizar solo cuando su costo sea cero o genere ahorro, sumado, además, al concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE).
Sin embargo, las transformaciones que representen gasto y que sean “consideradas como prioritarias para el cumplimiento de las metas y políticas del Gobierno Nacional en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo”, también deberán contar previamente con la aprobación del DAPRE.
A su vez, precisa que, en la contratación de personal para la prestación de servicios profesionales, “solo se celebrarán los contratos que sean estrictamente necesarios para coadyuvar al cumplimiento de las funciones y fines de cada entidad, cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados”.
En cuanto a las sedes e inmuebles usados para su funcionamiento, las entidades deberán implementar planes para reducir gastos de arrendamiento, adelantar el mantenimiento de las mismas cuando se realice de manera preventiva y no represente un riesgo para trabajadores. Esto se complementa con el artículo 6 del decreto, que pone en consideración la prelación del trabajo virtual.
En lo que respecta a viajes aéreos nacionales e internacionales, todos los servidores, salvo casos determinados, deberán transportarse en clase económica o una tarifa que no supere su costo. Así mismo, fija estrictos requisitos para el reconocimiento de viáticos.
Sobre los esquemas de seguridad, la Unidad Nacional de Protección (UNP) y la Dirección de Protección de la Policía Nacional, “deberán en lo posible realizar una revisión a los esquemas de seguridad de los servidores públicos de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y procurar reducir su conformación”. La norma es clara y señala que “estas actuaciones deberán ser enmarcadas en el respeto a la vida e integridad personal de los servidores”.
En el marco de la vigilancia, las entidades evaluarán la viabilidad de implementar dispositivos tecnológicos, con el fin de reducir el gasto en este tipo de contratos.
También, a partir de la fecha, deberán abstenerse de celebrar contratos de publicidad y/o propaganda personalizada como almanaques, agendas, pocillos, etc.
“Todo gasto de publicidad estatal deberá enmarcarse en el uso adecuado y eficiente de los recursos públicos destinados a la contratación, con el fin de evitar el uso excesivo, controlar el gasto público y garantizar la austeridad”, indica el Decreto 444.
De manera enfática, está prohibida la realización de recepciones, fiestas, agasajos o conmemoraciones de las entidades con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación, exceptuando gastos del DAPRE y aquellas reuniones protocolarias o internacionales que requieran realizar los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Comercio, Industria y Turismo (exclusivamente para actividades encaminadas al fomento del comercio exterior).
Para la racionalización en la contratación de estudios y/o diseños, la norma estipula que antes de celebrar dichos contratos, cada entidad deberá verificar si ya se tienen documentos con el mismo o similar objeto, evaluando si es posible utilizar total o parcialmente lo allí contenido para el fin que se propone o si es necesario actualizar o completar. De ser necesario, se aplicarán los principios de contratación pública y sólo se contratarán los trabajos adicionales.
Finalmente, añade que las suscripciones a bases de datos electrónicas, periódicos o revistas especializadas, se realicen cuando sea necesario; pide utilizar medios digitales y evitar impresiones, reducir el consumo, reutilizar y reciclar implementos de oficina, al igual que adoptar las acciones para garantizar la sostenibilidad ambiental como: sistemas de reciclaje de aguas, cultura de ahorro de energía y agua y promover el uso de transportes sostenibles.
Decreto 442, modifica Decreto sobre los sistemas de facturación
El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 442 del 29 de marzo de 2023, por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 511, 615, 616-1 modificado por el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021,617,618 Y771-2 del Estatuto Tributario, y se modifican los numerales 3, 5, 8 Y 11 del artículo 1.6.1.4.1., el parágrafo 1 del artículo 1.6.1.4.3., el inciso 1 y el numeral 13 del artículo 1.6.1.4.6., el numeral 2 del artículo 1.6.1.4.12., los artículos 1.6.1.4.16.,1.6.1.4.23. Y 1.6.1.4.26.; se adicionan los numerales 13 y 14 al artículo 1.6.1.4.1., el numeral 9 al artículo 1.6.1.4.3., los incisos 3 y 4 al artículo 1.6.1.4.5. y se sustituyen los artículos 1.6.1.4.4., 1.6.1.4.7., 1.6.1.4.8., 1.6.1.4.15., 1.6.1.4.19. Y 1.6.1.4.27. del Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, relacionado con los sistemas de facturación.
Decreto 2645, línea de crédito Findeter para IPS y EPS para saneamiento fiscal
Por medio del Decreto 2645 del 30 de diciembre de 2022, el Ministerio de Hacienda modifica el Título del Capítulo 8, Titulo 7, Parte 6, Libro 2 y los artículos 2.6.7.8.1., 2.6.7.8.2. y 2.6.7.8.4. del Capítulo 8, Título 7, Parte 6, Libro 2, del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, correspondiente a la línea de crédito con tasa compensada de la Financiera de Desarrollo Territorial, S.A. - Findeter, destinada a irrigar recursos de capital de trabajo, sustitución de deudas e inversión a las IPS y EPS del Sector Salud, así como para las Entidades Territoriales que destinarán los recursos para la financiación de los proyectos de inversión en los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero de las Empresas Sociales del Estado.
Decreto 2621, fija fecha de convocatoria de proyectos de obras por impuestos
El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 2621 del 29 de diciembre de 2022, "Por medio del cual se modifica el parágrafo 1° del artículo 1.6.5.3.3.1. de la Sección 3 del Capítulo 3 del Título 5 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, y se reglamenta el inciso 2 del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016", referente a la fecha de corte para recibo de proyectos del programa obras por impuestos.
Decreto 2617, alternativa contable para mitigar efectos del cambio de tarifa de Imporenta
A través del Decreto 2617 del 29 de diciembre de 2022, expedido por el Ministerio de Hacienda, se reglamenta el artículo 50 del Decreto Ley 41 O de 1971 y se establece una alternativa contable para mitigar los efectos del cambio de la tarifa del impuesto sobre la renta y del cambio en la tarifa del impuesto a las ganancias ocasionales en el periodo gravable 2022.
Decreto 2609, ajusta del costo de activos fijos
El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 2609 del 28 de diciembre de 2022, por el cual se reglamentan los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario y se sustituyen los artículos 1.2.1.17.20. y 1.2.1.17.21. del Capítulo 17 Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente al ajuste del costo de activos fijos.
Decreto 728, Reglamenta Estatuto Tributario sobre rendimientos y componente inflacionario
Por medio del Decreto 728 del 12 de mayo de 2022, el Ministerio de Hacienda reglamenta los artículos 35, 38, 39, 40, 40-1, 41, 81, 81-1 Y 118 del Estatuto Tributario y se sustituyen unos artículos del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente a la los rendimientos y el componente inflacionario.
Reforma a la Salud en 2024 tendrá un costo de $929 mil millones
En 2024, la reforma al Sistema de Salud de Colombia tendrá un costo de $929 mil millones. Así lo señala el escenario de factibilidad realizado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en la ponencia para segundo debate del mencionado proyecto.
Sin reforma, los gastos del sector salud en 2024, según el reporte, alcanzan los $91,3 billones. El informe muestra, además, que con reforma esta cifra en el mismo año suma $92,2 billones. Para esta vigencia, el balance con reforma muestra un déficit de $3,2 billones.
Si bien la reforma al sistema de salud implica mayores gastos en el corto y mediano plazo, derivados de la ampliación en la atención primaria, la formalización del talento humano en salud, la construcción y recuperación de la infraestructura pública hospitalaria y la creación de licencias de maternidad universales, entre otros, en el largo plazo, se espera que el énfasis en la prevención se traduzca en menores gastos de atención en mediana y alta complejidad.
La siguiente gráfica compara el gasto en salud hasta 2050 en un escenario con y sin reforma. Como se observa, aunque durante los primeros años el gasto del escenario con reforma es superior, esta situación se invierte a partir de la vigencia 2036.
El informe del Ministerio de Hacienda y crédito Público destaca que, para garantizar el derecho fundamental a la salud, la iniciativa contempla la articulación del sistema alrededor del aseguramiento social, con enfoque basado en la estrategia de Atención Primaria en Salud.
Con la reforma renglones como el de Atención Primaria en Salud pasará de $16,5 billones a $17,5 billones.
De acuerdo con el Ministerio de Salud y Protección Social, considerando que el país tiene alrededor de 16 mil sedes de baja complejidad, varias de las cuales ya funcionan como Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS), los recursos requeridos para la construcción de nuevos CAPS se estiman en $500 mil millones por año.
El proyecto de reforma también establece como parte de la política de formación y educación superior en salud, la creación, por parte del Gobierno, de becas de matrícula para formación posgradual de profesionales de salud en áreas médico-quirúrgicas y de salud pública. Según el Ministerio de Salud y Protección Social, el gasto anual se estima en $120 mil millones a partir de 2025.
La iniciativa busca crear un fondo para la atención de catástrofes y epidemias. De acuerdo con el Ministerio de Salud y Protección Social, se requerirían alrededor de $50 mil millones por año de manera que, al cabo de una década, se cuente con una reserva de al menos $500 mil millones, gasto que se proyecta a partir de 2025.
Para conocer el informe del Ministerio de Hacienda, haga clic aquí.
Diferencias entre DIAN y contribuyentes se podrán solucionar a través de arbitrajes
Con el fin de autorizar el arbitraje para disputas tributarias, aduaneras o cambiarias entre los contribuyentes y la DIAN, el Gobierno Nacional radicó en el Congreso de la República el proyecto de ley de arbitramento de litigios.
El objetivo es agilizar y mejorar la eficiencia en la resolución de estas disputas, en comparación con los procedimientos judiciales convencionales.
Y es que actualmente, el índice de congestión de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa en Colombia es del 64%, lo que evidencia la pertinencia de esta iniciativa, al permitir el arbitraje como mecanismo alternativo que disminuye la saturación del sistema judicial.
El ministro de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla, destacó que la base de datos de litigios del Estado revela que existen 7.112 procesos activos de la DIAN por un monto de $27,3 billones, con corte a mayo de 2023. Es así como con los mecanismos previstos en el nuevo proyecto de ley, se permitiría movilizar un mayor recaudo para financiar niveles de gasto social consistentes con la implementación del Plan de Desarrollo.
“La iniciativa crea una nueva alternativa de resolución de las disputas entre los contribuyentes y la administración, lo cual reduce el tiempo en el que incurren ambas partes en su resolución”, precisó.
Es así como gracias a las disposiciones de este proyecto de ley, es razonable esperar que buena parte de estos procesos se resuelvan en un término menor de 12 meses, considerando los procesos arbitrales que se realizan en otras áreas del derecho.
Así, la iniciativa es beneficiosa para los contribuyentes y contribuye a aumentar la eficiencia en la generación de recaudo por parte de la DIAN.
Proyecto de Decreto, Costo Fiscal de los Activos
El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamentan los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario y se sustituyen los artículos 1.2.1.17.20 y 1.2.1.17.21 de Capítulo 17 Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria para ajustar el costo fiscal de activos fijos”.
La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 7 de diciembre 2023.