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El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, emitió el Decreto 045 del 30 de enero de 2024, "Por el cual se modifican los artículos 2.2.2.46.1.1., 2.2.2.46.1.2, 2.2.2.46.1.3., 2.2.2.46.1.4., 2.2.2.46.1.5. Y 2.2.2.46.1.6. Y se adiciona el artículo 2.2.2.46.1.12, en la sección 1 del Capítulo 46, del Título 2, de la Parte 2, del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, sobre tarifas de derechos por registro y renovación de la matricula mercantil, y se dictan otras disposiciones".

Para conocer el Decreto 045, haga clic aquí.

El Ministerio de Industria y Comercio emitió el Decreto 434 del 19 de marzo de 2020, por el cual se establecen plazos especiales para la renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL y los demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social RUES, así como para las reuniones ordinarias de las asambleas y demás cuerpos colegiados, para mitigar los efectos económicos del nuevo coronavirus COVID-19 en el territorio nacional.

 

Para conocer el Decreto 434, haga clic aquí.

La ministra del Trabajo, Clara López Obregón, firmó el Decreto 639 de 2017 por medio del cual se reglamenta el artículo 3 de la Ley 1780 de 2016, Ley Projoven y establece la exención del pago de la matrícula mercantil y la primera renovación para las pequeñas empresas jóvenes, que hayan iniciado su actividad económica principal a partir del 2 de mayo de 2016.

 

El Decreto se construyó entre los Ministerios del Trabajo; Comercio, Industria y Turismo; la Superintendencia de Industria y Comercio y las Cámaras de Comercio en cabeza de Confecamaras, con base en los aportes de la sociedad civil a través de los ejercicios de democracia participativa.

 

La jefa de la cartera laboral explicó que la nueva norma establece que los emprendedores que deseen acceder a los beneficios deberán tener entre 18 y 35 años, contar con un máximo de 50 trabajadores y activos totales que no superen los 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Estas condiciones deberán mantenerse para conservar la exención del pago al momento de la primera renovación de la Matrícula.

 

“Para acceder a los beneficios los emprendedores deberán acercarse a las Cámaras de Comercio donde recibirán orientación sobre el procedimiento y soportes que se deberán entregar. Las empresas que hayan registrado su matrícula mercantil, por primera vez después del 2 de mayo del 2016, podrán acceder de forma retroactiva a los beneficios si cumplen los requisitos establecidos por la Ley, en consecuencia, las Cámaras de Comercio deberán devolver a dichas empresas los dineros pagados por concepto de la matrícula mercantil”, puntualizó la alta funcionaria.

 

Así mismo, López Obregón afirmó que la gratuidad de la matrícula mercantil facilitará la creación de nuevas empresas por parte de jóvenes emprendedores y promoverá la formalización empresarial de pequeñas iniciativas, que hoy enfrentan en la informalidad una barrera para acceder a oportunidades de negocios que los vinculen con circuitos económicos más dinámicos. Adicionalmente, en la medida que reducirá los costos para la creación de nuevos emprendimientos, el nuevo beneficio representa un complemento a todos los servicios de desarrollo empresarial o apoyo al emprendimiento que ofrece el Gobierno Nacional y que hará parte de las estrategias de generación de oportunidades dirigidas a las zonas rurales afectadas por el conflicto armado, donde podrá beneficiar a productores rurales, víctimas de la guerra o a combatientes en procesos de reincorporación que cuenten con iniciativas empresariales.

 

La Ley 1780 de 2016 o Ley Projoven, fue expedida con el objeto de promover la generación de empleo para jóvenes entre 18 y 28 años de edad, eliminando las barreras de acceso al mercado de trabajo que impiden mejorar sus condiciones de vida y la de sus familias, e impulsando herramientas para el diseño y la ejecución de políticas de empleo y emprendimiento.

Todas las empresas y establecimientos de comercio tienen plazo hasta el 31 de marzo para renovar su matrícula mercantil. La Cámara de Comercio de Bogotá le invita a renovar y pagar ya desde la comodidad de su móvil, casa y oficina fácil, rápido y seguro en www.ccb.org.co y evitar congestiones de último momento.

La renovación se realiza de manera fácil rápida y segura en tres pasos:
1) Ingrese a www.ccb.org.co y autentique su acceso con la clave virtual asignada para realizar las transacciones con la entidad.
2) Diligencie la información actualizando número de celular, correo electrónico, dirección de su empresa o establecimiento de comercio y actividades comerciales que desarrolla, además de la información financiera de la empresa y establecimientos de comercio.
3) Por último, realice el pago en el mismo canal digital a través de la pasarela de pagos, usando el portal PSE con débito a la cuenta bancaria, o con tarjeta de crédito. De manera alternativa, puede imprimir la orden de pago y acudir a una entidad bancaria autorizada o a cualquiera de las diferentes sedes presenciales de la CCB para pagar y culminar el proceso.

Los beneficios de renovar
Las empresas que están al día con su negocio pueden acceder a oportunidades como los beneficios del Gobierno Nacional y otras organizaciones. En el caso de la Cámara de Comercio de Bogotá los empresarios pueden acceder a más de 1000 servicios, la mayoría de los cuales son gratuitos.

Acceda a asesorías para el fortalecimiento de su negocio, talleres y cursos, y participe en las convocatorias que tiene la entidad para promover los negocios. En 2021 la CCB prestó más de 400 mil servicios a emprendedores y empresarios que contribuyeron en la etapa de impulsar su reactivación.

Hacer la renovación quiere decir que esa empresa o establecimiento de comercio puede hacer negocios con otras unidades productivas, puede acceder fácilmente a créditos con el sector financiero, además de recibir acompañamiento gratuito por parte de la Cámara de Comercio de Bogotá para el fortalecimiento de las empresas.

La Red de Cámaras de Comercio, Confecámaras, recordó que la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 1068 de 2020 facultó a la Superintendencia de Sociedades para declarar la disolución de las sociedades no operativas.

Esta declaración aplica a las sociedades no sujetas a la supervisión de un ente especializado y que no estén en un proceso de insolvencia de que trata la Ley 1116 de 2006.

Se presumen no operativas:
Las sociedades que no hayan renovado la matrícula mercantil por tres (3) años consecutivos; o
Las sociedades que no hayan enviado la información financiera requerida por la Superintendencia de Sociedades durante tres (3) años consecutivos

La Superintendencia de Sociedades tendrá en cuenta la ausencia de renovación de la matrícula mercantil o de entrega de la información financiera oportuna a partir de los años 2020, 2021 y 2022.

El pasado 31 de marzo se cumplió el plazo definido por la ley para renovar los diferentes registros a nivel nacional, excepto el Registro Único de Proponentes, el cual finaliza el 6 de abril.

 

Este año se presentó un aumento del 6,12% de matrículas renovadas en comparación con 2017. 1.871.386 empresas y otras organizaciones (entre personas naturales, personas jurídicas, establecimientos de comercio, Entidades sin Ánimo de Lucro y operadores de libranza) renovaron sus registros a 31 de marzo de 2018, frente a 1.763.497 que lo hicieron a la misma fecha de 2017.

 

"Nos satisface la respuesta positiva de los empresarios y que comprendan el verdadero valor de renovar", afirmó Julián Domínguez Rivera, Presidente de Confecámaras. "Desde la Red de Cámaras de Comercio continuaremos promoviendo la formalidad empresarial como uno de los pilares del desarrollo del país", añadió.

 

Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de su renovación, las 57 Cámaras de Comercio del país dispusieron diferentes canales de atención personalizada para la renovación de los registros a través de sus sedes físicas, visitas itinerantes a los municipios y a través de medios virtuales, donde las personas pudieron realizar todo el proceso de forma fácil, rápida y segura.

 

La información suministrada por las empresas en su registro es de gran utilidad para proporcionar seguridad y seriedad en los negocios, promover la inversión, el diseño de políticas de desarrollo y la lucha contra la ilegalidad.

 

Gran compromiso empresarial
“El registro mercantil acredita a los empresarios ante sus clientes e inversionistas como legalmente constituidos, cumplidores de sus deberes legales y con una trayectoria reconocida, aspectos que generan confianza y facilitan los negocios; de ahí la importancia de su renovación a tiempo y de actualizar la información consignada en él”, afirmó el Presidente de Confecámaras.

 

El líder gremial también invitó a los empresarios a conocer los servicios y programas de apoyo y fortalecimiento empresarial que ofrecen las Cámaras de Comercio, los cuales son estructurados conforme a las necesidades identificadas en el sector productivo y sus proyectos de consolidación, crecimiento e internacionalización.

 

De igual forma, las Cámaras de Comercio como agencias de desarrollo propenden por generar un entorno eficiente para la gestión empresarial, privilegiando siempre la visión regional y el interés general.

La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia hace un llamado a los empresarios para que renueven a tiempo la matrícula mercantil, cuya fecha límite es el 31 de marzo y evitar de esta manera que puedan ser sancionados por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

 

Cabe destacar que la última semana que la Ley establece para cumplir con la diligencia coincide este año con la celebración de la Semana Santa, por lo cual es recomendable adelantar la gestión. Aunque el 31 de marzo es sábado, la Cámara de Comercio abrirá sus puertas de 8:00 a.m. a 12:00 m. para atender a quienes no lograron cumplir con el requisito de manera previa.

 

Desde la Cámara de Comercio están disponibles los espacios físicos alternos y virtuales para facilitar la renovación de la matrícula mercantil a los empresarios. Este año están habilitados en el departamento 4.988 puntos de servicio y recaudo para que comerciantes y empresarios de la jurisdicción de la Cámara cumplan con esta obligación legal.

 

La renovación también puede hacerse en el sitio web camaramedellin.com, en las sedes de la Cámara en Medellín y en las subregiones donde tiene presencia; además de ello, los recaudos también se pueden hacer en la red de bancos, corresponsales bancarios de Banco de Occidente y en la red de recaudo no bancario como puntos del Grupo Éxito, Baloto y Gana.

 

Se espera que al 31 de marzo, 91.066 comerciantes renueven su matrícula mercantil y que hagan lo propio 4.841 entidades sin ánimo de lucro.

 

Beneficios de la renovación

  • Participar sin costo en capacitaciones orientadas al crecimiento empresarial.
  • Acceder a Herramientas Empresariales, un servicio desarrollado para los empresarios que se formalizan y hacen parte de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia.
  • Obtener descuentos y tarifas especiales en el portafolio de Servicios Especializados.
  • Recibir asesoría personalizada en el Consultorio en Comercio Exterior.
  • Acreditar al empresario ante los clientes como una organización segura y seria, además de transmitir la confianza necesaria por estar legalmente constituidos.
  • Permite una mayor visibilidad como empresarios en el mercado, además de tener acceso a créditos y concursar en licitaciones.
  • La renovación permite acceder a nuevos mercados y expandir la actividad económica.
  • Renovar fortalece el sector formal del país, y cierra brechas a la ilegalidad.

 

Sanciones

  • De acuerdo con el artículo 30 de la Ley 1727 de 2014, la no renovación oportuna de la matrícula mercantil puede acarrear sanciones económicas de hasta 17 SMMLV, que serán impartidas directamente por la Superintendencia de Industria y Comercio —SIC—.
  • Compete a la Superintendencia de Industria y Comercio imponer sanciones cuando tal obligación no se cumpla, según lo dispone el numeral 5 del artículo 11 del Decreto 2153 de 1992.
  • También cabe destacar que la Ley 1727 de 2014 en su artículo 31 ordena a las cámaras de comercio depurar el Registro Mercantil e ingresar en estado de liquidación y disolución a las empresas que en el lapso de los últimos cinco años no hayan cumplido con la obligación de renovar su matrícula mercantil.

 

Aplicación del Código Nacional de Policía
Para los empresarios a quienes se les haya impuesto una multa con fundamento en el Código Nacional de Policía y Convivencia, hayan pasado más de seis meses desde la fecha de expedición del comparendo y aún no han pagado, no podrán renovar la matrícula mercantil, lo que ocasionaría sanciones por la no renovación a tiempo de la matrícula.

 

Asimismo, esta normativa aplica para las actividades de alto impacto, que son aquellas en las que existe la venta y consumo de bebidas alcohólicas o los servicios sexuales; para esto el comerciante, que debe estar formalizado, al realizar la actualización debe aportar a la Cámara de Comercio, el certificado del uso del suelo en el que conste que dicha actividad es permitida en el lugar. Esto depende de cada plan de ordenamiento territorial de cada uno de los municipios adscritos a la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Medellín.

La Superintendencia de Industria y Comercio recordó a todos los comerciantes del país (personas naturales o jurídicas), a renovar su Matrícula Mercantil y la de sus establecimientos de comercio antes del 31 de marzo de 2018.

 

De conformidad con el artículo 33 del Código de Comercio, es obligación de todo comerciante (persona natural o jurídica), renovar su Matrícula Mercantil y la de sus establecimientos de comercio, dentro de los tres (3) primeros meses de cada año.

 

“Renovar la Matrícula Mercantil genera seguridad para hacer negocios. Hace que los clientes sepan que los comerciantes con los que tratan juegan de manera legal y son cumplidores de sus deberes. La invitación desde la Superintendencia de Industria y Comercio es que hagan ese registro pronto y no lo dejen para última hora, porque este año la fecha coincide con Semana Santa”, indicó el Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo.

 

Es importante recordar que los comerciantes que no cumplan con la obligación de renovar la Matricula Mercantil antes de la fecha establecida (antes del 31 de marzo de 2018) podrán ser sancionados por la Superintendencia de Industria y Comercio con multas que ascienden a los TRECE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO CATORECE PESOS M/C ($13.281.114.oo), que equivalen a DIECISIETE SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (17 SMLMV).

 

¿Cómo renovar la Matrícula Mercantil?
Para cumplir con el proceso de renovación de la Matrícula Mercantil, el comerciante sólo debe dirigirse a cualquiera de las más de 220 oficinas de las 57 Cámaras de Comercio que funcionan en todo el territorio colombiano o a través de su respectiva página web, diligenciar los formularios y cancelar los respectivos derechos de matrícula que se liquidarán según los activos reportados.

 

En cuanto las tarifas, se pueden encontrar en la página Web de cada Cámara de Comercio y están asociadas al valor de los activos que están incorporados a cada empresa.

 

Todas las Cámaras de Comercio otorgan beneficios para quienes realicen el registro de manera anticipada a la fecha límite.

Debido a las fallas en la plataforma tecnológica de la Cámara de Comercio de Bogotá, situación que lamenta profundamente, ha ampliado el plazo para culminar la renovación de la matrícula mercantil y demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social (RUES) hasta el próximo 5 de abril.

 

Es importante señalar que la Cámara de Comercio de Bogotá, ante este caso fortuito, solicitó a la Superintendencia de Industria y Comercio ampliar el plazo para realizar la renovación, sin que se generen sanciones, solicitud que fue respondida positivamente mediante Resolución 15867 de 2017 .

 

La entidad invita a los empresarios a renovar su matrícula mercantil. Se mantendrá la atención en todas las sedes en horario extendido de 8:00 a. m. a 7:00 p. m. los días 3, 4 y 5 de abril.

 

Así mismo, informó a los empresarios que NO habrán sanciones por renovar su matrícula mercantil dentro del nuevo plazo establecido y también podrán contar con los Beneficios de renovar por internet por renovar a tiempo.

Con una masiva afluencia de público a las sedes de las Cámaras de Comercio de todo el país y un elevado uso de sus plataformas tecnológicas terminó el pasado viernes 31 de marzo el plazo que concede la ley para que los empresarios realicen la renovación de sus registros.

 

Este año se presentó un aumento del 12% de matrículas renovadas en comparación con 2016. Según cifras preliminares, 1.825.590 empresas y otras organizaciones (entre personas naturales, personas jurídicas, establecimientos de comercio y entidades sin ánimo de lucro) renovaron sus registros a 31 de marzo de 2017, frente a 1.630.050 que lo hicieron a la misma fecha de 2016.

 

Por un caso fortuito presentado en la plataforma tecnológica de la Cámara de Comercio de Bogotá, que le impidió la adecuada atención de sus usuarios frente al deber de renovar su matrícula mercantil y demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social – RUES, la Superintendencia de Industria y Comercio autorizó ampliar el plazo de renovación hasta el próximo miércoles 5 de abril, lo que aplica sólo para los empresarios que deban hacer sus trámites ante esta Cámara de Comercio.

 

Gran compromiso empresarial
Las Cámaras de Comercio ofrecieron a sus usuarios atención personalizada y modernos servicios en línea para facilitarles el cumplimiento de este requisito legal, por medio del cual los empresarios formales del país ratifican su compromiso con su actividad productiva, al brindar seriedad y seguridad a sus clientes, inversionistas y a la sociedad en general, y, lo que es más importante, actualizar su información lo que es indispensable para el diseño de políticas públicas, la transparencia de la actividad empresarial y la generación de nuevas decisiones de negocios e inversión.

 

“Con la renovación a tiempo de su matrícula mercantil los empresarios formales ratificaron su condición de personas comprometidas con la competitividad de sus negocios y del país, ya que este es un paso fundamental para la eficiencia empresarial y el diseño de políticas de fomento y control por parte del Estado”, afirmó Julián Domínguez Rivera, Presidente de Confecámaras.

 

Las Cámaras de Comercio como agencias de desarrollo propenden por generar un entorno eficiente para la gestión empresarial, privilegiando siempre la visión regional y el interés general. El registro mercantil proporciona seguridad y seriedad a los empresarios, y los acredita ante los clientes como empresarios legalmente constituidos y cumplidores de sus deberes legales.

 

“Con la renovación a tiempo de su matrícula mercantil los empresarios formales ratificaron su condición de personas comprometidas con la competitividad de sus negocios y del país, ya que este es un paso fundamental para la eficiencia empresarial y el diseño de políticas de fomento y control por parte del Estado”, afirmó Julián Domínguez Rivera, Presidente de Confecámaras.

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